Las organizaciones que conformamos la Plataforma de la Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos (1) , ante la paralización de más de 80 mil trabajadores y trabajadoras del sector de la agroindustria y agroexportación de la región Ica, nos dirigimos a la opinión pública y al actual gobierno para expresar lo siguiente:

La protesta juega un papel central en la defensa de la democracia y los derechos humanos, y su materialización involucra el ejercicio legítimo y constitucionalmente protegido de los derechos a la libertad de asociación, de reunión pacífica y expresión pública de opiniones, disensos, y/o la demanda del cumplimiento de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. El derecho a la protesta no debe ser estigmatizado sino defendido.

Las protestas de Ica, que en cualquier momento pueden extenderse a otras partes del país en las que se viven las mismas condiciones sociales, las y los trabajadores vienen ejerciendo su derecho a la protesta para defender derechos humanos básicos: esencialmente la urgencia del empleo digno y con derechos que les ha sido negado por dos décadas.

En Ica, como en muchas otras regiones costeras del país, se viven situaciones de sistemático abuso laboral, amparadas por una legislación excepcional aprobada en las postrimerías del régimen fujimorista para beneficiar el interés de la gran agroindustria. Un sector que ha edificado su prosperidad con base a privilegios de los que carecen los demás productores del país: la imposición de menores derechos a sus trabajadores, el desfinanciamiento de la seguridad social e injustificadas exoneraciones tributarias que los demás ciudadanos y empresas no tienen y han significado que miles de millones de dólares hayan sido ilegítimamente sustraídos del erario público.

Salvo las muy contadas y destacables excepciones de empresas que han procurado ajustar su accionar a estándares de conducta empresarial responsable, en general, la agroindustria peruana se caracteriza por la casi inexistencia de sindicatos y negociaciones colectivas, el empleo abusivo de contratos temporales, una desnaturalización crítica de la tercerización laboral, el pago de salarios indignos y la imposición de extensas jornadas a los jornaleros. De hecho, durante la pandemia, la mayor parte de estas empresas continuó operando exponiendo a sus trabajadores, obligados por la necesidad, a continuar trabajando generando con ello masivos episodios de contagio por el COVID-19 que la prensa local y nacional silencio. Por si fuera poco, además, la actividad de estas empresas es generalizadamente identificada en Ica como fuente principal de la angustia hídrica que afecta la actividad de la mayoría de los pequeños agricultores.

Llamamos a las y los trabajadores de Ica a canalizar sus demandas mediante el ejercicio pacífico de su legítimo derecho a la protesta social. Por su parte, el Congreso debe escuchar su demanda y derogar el Decreto de Urgencia 043-2019 que prorrogó hasta el año 2031 la Ley del régimen laboral agrario. Llamamos al gobierno del Sr. Sagasti a disponer la elevación del salario mínimo legal y los salarios base de la agroindustria; a disponer la inmediata restructuración de SUNAFIL en Ica y acabar con la precariedad institucional y la falta de recursos e inspectores para garantizar la efectiva tutela de los derechos laborales en dicha región, así como establecer una Mesa de Diálogo local que defina una hoja de ruta que encare los condicionantes que limitan el acceso de los pequeños agricultores a los recursos hídricos que urgen y que permita, asimismo, el acceso de los pequeños y medianos agricultores a los recursos del FAE-AGRO.

LOS TRABAJADORES DEL BICENTENARIO NO ESTÁN SOLOS…!!!

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(1) La Plataforma de Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos se conforma por las siguientes organizaciones: Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), OXFAM en Perú, Diakonia, CooperAcción, Perú Equidad, Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), Red Muqui, RedGe, IBC, Fedepaz, CAAAP, Codehica, EarthRights International, PLADES, APRODEH, CEAS, Derechos Humanos sin Fronteras, IDLADS, CIPCA, GRUFIDES, IESI y 11.11.11.

El día de hoy, lunes 30 de noviembre, el ex alcalde de Espinar: Oscar Mollohuanca, y los ex dirigentes sociales del Frente Único de Defensa de los Intereses de Espinar (FUDIE): Herbert Huamán y Sergio Huamaní, fueron absueltos por el Cuarto Juzgado Unipersonal de Ica, tras haber sido denunciados por el Ministerio Público el 2012 tras las protestas desarrolladas ese año en rechazo a la contaminación ambiental de la empresa minera Xtrata Tintaya (ahora Glencore Antapaccay) y su negativa a aportar al desarrollo de Espinar de acuerdo a las demandas de las comunidades y la ciudad. Años después el Ministerio de Salud confirmó la presencia de metales pesados en el organismo de cientos de espinarenses.

En el paro desarrollado en mayo de 2012 fallecieron 3 personas y resultaron más de 15 personas heridas. El juicio para que esas personas asesinadas encuentren justicia se archivó hace unos años. El jefe del operativo en ese entonces fue Gastón Rodríguez, el ex ministro del Interior del gobierno de Merino, que es el responsable político de la muerte de Inti y Jack y los más de 100 heridos de la última protesta popular nacional.

Adelanto de sentencia

De acuerdo al informe de la Institución Derechos Humanos Sin Fronteras, que asumió la defensa legal de los defensores criminalizados; durante la audiencia virtual de lectura de sentencia, el juez Jean Franco Pinto Fernández, titular del Cuarto Juzgado Unipersonal del Juzgado de Ica, señaló lo siguiente:

“Absolviendo a los ciudadanos Oscar Avelino Mollohuanca Cruz, Herberth Huaman Llave Y Sergio Huamani Hilario, de los cargos formulados en su contra”

El juez Franco Pinto Fernández reiteró que -según el título preliminar del Código Penal- está proscrita la responsabilidad objetiva, y no es posible atribuirle la responsabilidad por el solo hecho de haber convocado protestas, ya que “la protesta es un derecho de rango constitucional que deriva del derecho de la libertad de expresión”.

El secretario ejecutivo de Red Muqui, Jaime Borda, señala que la sentencia es un reconocimiento a la lucha de varios años del pueblo de Espinar. Añade que se debe exigir justicia y reparación para las personas asesinadas y los heridos que dejó la protesta el 2012. «Se está reconociendo el derecho a la protesta, diciendo que la población tiene el derecho legítimo amparado en la Constitución para protestar, reclamar, y que varias de sus demandas sean atendidas». Añadió que espera que el precedente sea positivo para otros casos en el país.

La sentencia íntegra se leerá el 10 de diciembre a las 16 horas, en el marco del Día de los Derechos Humanos.

El día de hoy se llevó a cabo la movilización de los ronderos denominado: “Gran marcha nacional rondera, campesina y popular” con la participación de rondas campesinas de diversas comunidades de Piura, Cajamarca, Amazonas, La Libertad, Puerto Maldonado, Huánuco, Puno, San Martin, Lima y otras regiones más del país.

 

 

Entre las demandas solicitadas por la Central Única Nacional de Rondas Campesinas y Urbanas del Perú (CUNARC) figuran: 1) Asamblea Constituyente para conquistar una Nueva Constitución Plurinacional, 2) Alto a la criminalización de las rondas campesinas por el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, 3) Nulidad de la sentencia 468/2020 del Tribunal Constitucional por violar el derecho a defensa y la jurisdicción especial de las Rondas Campesinas y 4) Declaratoria de emergencia a la agricultura familiar debido a la situación de crisis integral y estrés hídrico.

 

 

Durante la movilización en Lima algunos representantes lograron ingresar al Congreso de la República manifestando su rechazo al fallo del Tribunal Constitucional y exigiendo atención inmediata a sus demandas. En el congreso fueron recibidos por la presidenta del Congreso Mirtha Vásquez y el presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso de la Republica, quienes se comprometieron a canalizar sus demandas, esta pendiente una respuesta formal de parte del Ejecutivo.

Un dato adicional es que la movilización en las regiones incluyen demandas locales propias, es el caso de las rondas campesinas de Piura, sobre todo las provincias de Ayabaca y Huancabamba donde se pide el retiro definitivo del proyecto minero Rio Blanco, que insiste en desarrollar su proyecto minero en la zona, aun sin contar con la licencias social de las comunidades locales.

 

 

Como es sabido, la función que realizan los ronderos a nivel nacional es clave en territorio peruano donde el estado no se encuentra representado en comunidades alejadas, en donde incluso no cuentan con efectivo policiales.

 

 

El pasado miércoles 25 de noviembre Delmer Alva Ballena, dirigente de la JAS del centro poblado de Shiracmaca fue atacado por personal de la empresa minera Summa Gold que opera en Cerro El Toro, ubicado en Huamachuco, las imágenes y el registro de estos hechos circulan en las redes sociales.

Tras recibir una llamada que indicaba la rotura de las tuberías de abastecimiento de agua de las comunidades de Shiracmaca y El Toro, logró llegar al lugar donde se encontró con una operación minera debajo de las instalaciones de agua.

Debido a ello, el sr. Alva Ballena decidió grabar todo para tener pruebas y utilizarlas para denunciar el hecho, sin embargo, a los minutos llegaron trabajadores de la empresa minera Summa Gold a interviniendo de manera violenta al señor Alva; en el video que logró grabar se observa el preciso instante donde uno de los miembros de seguridad desenfunda su arma y realiza 2 disparos al suelo. El dirigente terminó con la cabeza rota producto de un golpe realizado con el arma, además indicó que continuaron realizando disparos a quema ropa.

Trabajadores de Summa Gold

“Fueron directamente a atacarme, a quererme quitarme el celular, me rompieron los audífonos, me quisieron quitar el celular para borrar el video. Me encontraba con mi esposa y un coordinador de Shiracmaca, ellos dispararon a quemarropa, prácticamente mi esposa me cubrió impidiendo que lo hagan, siguieron disparando cuando nos íbamos”

A raíz de lo sucedido, los pobladores de Shiracmaca se han organizado para realizar el día de hoy una gran movilización en contra de la minera Summa Gold que viene operando hace bien tiempo en la zona. La movilización obedece al cansancio y al abuso permanente de la minera, asi como el olvido de las autoridades regionales y nacionales a la demandas que vienen planteando.

 

Instante donde saca el arma y realiza 2 disparos

Antecedentes del caso

El caso esta ubicado en el departamento de La Libertad, en la provincia Sánchez Carrión, Huamachuco; el caso de Cerro El Toro no debe pasar desapercibido por todas las denuncias que se reciben de la zona. Según lo manifestado por el Sr. Moisés Ruiz, Presidente de Defensa de los Intereses de la Provincia de Sánchez Carrión, se trata de un área que del año 2000 al 2012 fue utilizada por mineros artesanales para la extracción de oro. Sin embargo, desde el 2006 la empresa minera, cuya razón social actual es Summa Gold Corporation, consiguió obtener 7 concesiones en cerro El Toro.

Un hecho que no pasa desapercibido para los pobladores de Huamachuco es que esta empresa minera de capital peruano habría cambiado de razón social en cinco oportunidades; Santa Marina S.A en el 2008, Carlos A. Díaz Marino en el 2011, Corporación del Centro S.A.C. en el 2013, Los Andes Perú Gold S.A.C. en el 2016 y finalmente; Summa Gold Corporation desde el 2019 hasta hoy. Según declaraciones del Sr. Ruiz, esto se debería a las diferentes denuncias realizadas por los pobladores en contra de la minera.

Sin embargo, una investigación conjunta entre el medio peruano Ojo Público y La Diaria de Uruguay, muestra que Corporación del Centro fue creada en 2009 y que cambió de razón social en septiembre de 2019 a Summa Gold Corporation. En la actualidad la empresa minera posee un capital de US$3,6 millones.

Comunidades afectadas

Se trata de las comunidades de Shiracmaca, Coigobamba, El Toro y Santa Cruz; cuyos habitantes, en la actualidad, sufren las consecuencias de las vibraciones provocados por las explosiones nocturnas que realiza la minera para extraer el oro de Cerro El Toro.

Debido a estas explosiones a tajo abierto más de 5 mil familias se ven afectadas física y mentalmente por la intoxicación por polvo metálico e impurezas que afectan el agua, tierra y aire. A esto se suma las rajaduras ocasionadas en las casas que ponen en peligro latente a los habitantes de estas comunidades.

El caso más grave es el de la institución educativa IE N°80131 que, según lo manifestado por la consejera regional, Jennifer Catalán, quedó inhabilitado tras colapsar producto de las detonaciones. Por tal motivo los niños del nivel inicial fueron trasladados a aulas prefabricadas.

Sobre las afectaciones de las comunidades, la Defensoría del Pueblo tiene conocimiento del caso e incluso envió el documento Carta de Conclusiones N° 142 – 2020 – DP/OD LA LIB al Sr. Moisés Ruiz Flores constatando las acciones realizadas para la fiscalización de las actividades de la minera Summa Gold.

Lo que viene ocurriendo en el caso de Cerro del Toro y la minera Summa Gold es más que preocupante, debido a que los ataques y acciones de violencia del personal de la mina  y sus aliados es permanente, las comunidades aledañas viven en constante miedo y por más que han hecho las denuncias respectivas no se sienten escuchados. Es hora de que la Defensoría del  Pueblo, el Ministerio Publico, las autoridades regionales y nacionales se pronuncien sobre el tema.

Por: Jaime Borda / Secretario Ejecutivo de Red Muqui

Recientemente el nuevo ministro de Energía y Minas, Jaime Gálvez, anuncio a través de una entrevista televisiva: “Que en enero del 2021 se publicará la propuesta del Acuerdo Previo que permitirá agilizar el diálogo intercultural previsto en el marco legal de la Consulta Previa, reduciendo el plazo estimado de un año a seis meses”. Este anuncio ha sido tomado con sorpresa y preocupación por las organizaciones indígenas y las comunidades campesinas, debido a que se pretende equiparar el “Acuerdo Previo” a la Consulta Previa libre e informada. Al respecto, diversos especialistas y organizaciones de derechos humanos han señalado que el ministro confunde el acuerdo previo con la consulta previa, ya que el primero es el acuerdo entre dos partes para negociar aspectos económicos, e inclusive puede terminar en una especie de convenio entre las partes; en cambio la consulta previa es el ejercicio de un derecho colectivo que ejercen las comunidades y pueblos indígenas para tomar decisiones sobre un determinado tema que los afecta, y esto se hace con el Estado.

Es lamentable la posición del nuevo ministro de Energía y Minas que en la practica asume la agenda de la CONFIEP y de los gremios empresariales mineros, ya que desde hace tiempo se busca destrabar, agilizar, acortar los procesos de aprobación de proyectos mineros, incluidos los que están en fase de exploración minera, con el argumento de la reactivación económica, sin tomar en cuenta la opinión y posición de las comunidades y poblaciones afectadas por las actividades extractivas. Desde Red Muqui hace un buen tiempo que venimos denunciando la reactivación de los conflictos sociales en zonas mineras, y este tipo de anuncios lo único que hace es alimentar nuevamente los conflictos. Señor ministro Gálvez, relajar y retroceder en el ejercicio de los derechos de pueblos indígenas como el de la consulta previa no es un buen mensaje de respeto y escucha a las poblaciones afectadas, como ha señalado el presidente Francisco Sagasti en su mensaje a la nación respecto a la necesidad de que el Estado esté cerca a la ciudadanía; esperemos que se rectifique en el anuncio de esta medida.

De otro lado, queremos comentar el anuncio realizado esta semana por el presidente Francisco Sagasti sobre algunos cambios en la Policía Nacional del Perú. La semana pasada, la premier de la PCM, Violeta Bermudez, y el mismo presidente habían señalado que los hechos de violencia suscitados durante las movilizaciones eran casos aislados y que se iba a investigar; sin embargo, debido a la presión ciudadana retrocedieron en esta postura, y han pasado a retiro a 18 generales de la PNP, los Ternas ya no participarían en las movilizaciones sociales, SERVIR vería la gestión administrativa de las contrataciones, y se conformará una comisión para recomendar acciones de fortalecimiento y modernización de la PNP. Como es evidente esto ha generado la molestia de la institución policial, lo cierto es que desde hace mucho tiempo este sector del Estado requiere cambios de fondo, por ello desde Red Muqui hemos pedido la reforma integral de la institución policial, saludamos estos primeros pasos y anuncios del presidente Sagasti, pero todavía son insuficientes para hacer cambios de verdad en este sector.

El día de ayer 22 de noviembre, en una entrevista televisiva, el actual Ministro de Energía y Minas ha anunciado que “en enero del 2021 se publicará la propuesta del Acuerdo Previo que permitirá agilizar el diálogo intercultural previsto en el marco legal de la Consulta Previa, reduciendo el plazo estimado de un año a seis meses”.

Esta propuesta nos es de especial preocupación, debido a que la intención no sería el mejorar los procedimientos de consulta previa, sino el reducir los plazos para que especialmente las actividades de exploración minera sean llevadas adelante en el menor tiempo posible en nombre de competitividad económica, esto vulnera claramente el este derecho colectivo. Recordemos que la propuesta de la eliminación de la consulta previa para exploración minera es una propuesta de la CONFIEP , quienes argumentan que este derecho sería un “cuello de botella para la inversión en exploración”[1] No se pueden seguir sacrificando los derechos colectivos de los pueblos indígenas en nombre de la economía, esto es contradictorio con los principios el Estado Social y Democrático de Derecho.

Es importante tener presente que, tanto el Convenio 169 de la OIT como la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, Reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) – Ley Nº 29785, no reconocen la posibilidad de un “acuerdo previo” entre un pueblo indígena y una empresa o el Estado, antes de iniciar con el proceso de consulta. El aceptar dicha posibilidad, implicaría que en el fondo se esté disponiendo de este derecho como consecuencia de una negociación privada y/o mercantil; lo cual sería contrario al principio de protección objetiva de los derechos fundamentales. Es decir, los derechos fundamentales son indisponibles.

De otro lado, la Consulta Previa como derechos fundamental colectivo no es un proceso de negociación privada bilateral; sino que esta busca que, a través de un verdadero diálogo intercultural y la flexibilidad en sus plazos y etapas, conforme a las necesidades y la realidad socio cultural de cada pueblo indígena u originario (principios de oportunidad, interculturalidad, buena fe, flexibilidad, plazo razonable, ausencia de coacción o condicionamiento e información oportuna) se permita una real y autónoma participación de estos pueblos, al momento de analizar el contenido, las ventajas y desventajas de una medida administrativa o legislativa.

Por lo que el acuerdo, no puede ser tomado con carácter previo y bilateral; sino esta debe ser el resultado del proceso de consulta. Así lo dispone el artículo 6, inciso 2 del convenio 169 de la OIT, el artículo 3 de la Ley Nº 29785 e incluso nuestro Tribunal Constitucional ha establecido que, “[…] lo que se pretende con el proceso de consulta es que se lleve a cabo un verdadero diálogo intercultural. Con la finalidad no solo de obtener acuerdos que signifiquen garantizar los legítimos intereses de los pueblos; sino en especial al concepto de coparticipación en el disfrute de la riqueza obtenida por la industria ubicada dentro del territorio de determinados pueblos indígenas, los que deberán resultar notoriamente beneficiados” (STC EXP. N.° 0022-2009-PI/TC. Fundamento 33); en cual será arribado en estricto cumplimiento de las etapas del proceso consulta previa: identificación de la medida administraba o legislativa, identificación de pueblo indígena u originario, publicidad de la medida, información de la medida, evaluación interna del pueblo indígena u originario, proceso de diálogo y decisión.

Claramente un “acuerdo previo”, como los derivados de la aplicación del artículo 7 de la Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas – Ley N° 26505, no pueden sustituir al proceso de consulta previa, pues esta tiene una naturaleza privada que busca alcanzar un acuerdo para el uso temporal o sesión de la propiedad de las tierras comunales en favor de una empresa minera. Y menos aún, este acuerdo y los beneficios contenidos en ella, pueden ser usado como un instrumento para condicionar la abstención de exigir la consulta previa de un pueblo indígena u originario.

Es por todo ello el Ministerio de Energía y Minas debe desistir de desarrollar o proponer normativas que transgredan el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la consulta previa, sus principios y etapas; ya que no es un mero trámite sino una garantía de los derechos colectivos y los territorios. Sobre todo, estas propuestas de reducción de plazos no deben de estar motivadas por la intención de facilitar el desarrollo de actividades mineras.  La tendencia en el último año es preocupante pues los gobiernos de turno están decidiendo abiertamente vulnerar derechos colectivo en fase de exploración minera, recordemos que el 30 de julio de este año el MINAM y MINEM emitieron el Decreto Supremo N° 019-2020-EM, que modifica el reglamento de protección ambiental de las actividades de exploración minera, reduciendo estándares de protección ambiental y flexibilizando los procedimientos de evaluación y aprobación de instrumentos de gestión ambiental para exploración minera.

[1] CONFIEP, Agenda de Reactivación 2020, pág, 36

Por: Jaime Borda / Secretario Ejecutivo de Red Muqui

 

Difícilmente olvidáremos lo que ha sucedido estos días, en medio de una crisis sanitaria sin precedentes generada por la pandemia de la Covid-19, hemos tenido una nueva crisis política que casi termina por acabar con nuestra precaria institucionalidad democrática en el país. En una semana hemos pasado a tener tres presidentes en el país, de Martín Vizcarra vacado por presuntos actos de corrupción, al golpista Manuel Merino que renunció por la presión y movilización ciudadana, y el presidente de la transición: Francisco Sagasti. Las consecuencias de los actos previos a la vacancia nadie se lo esperaba, ni los congresistas y sus bancadas golpistas, ni los partidos políticos, y muchos menos los gremios empresariales del país. Hoy en día nadie duda de la legitimidad de las movilizaciones encabezadas principalmente por los jóvenes, quiénes han sido denominados la generación del bicentenario.

Sin embargo, el costo ha sido muy alto, Inti Sotelo y Jack Pintado fueron asesinados en plena movilización por impacto de proyectiles de armas de fuego de la PNP, además se han registrado más de 100 heridos, varios detenidos, incluido desaparecidos, que aparecieron por la presión ciudadana y mediática, todos victimas de la brutalidad policial. Los hechos ocurridos en Lima estos días son un reflejo de lo que viene pasando desde hace mucho tiempo en las regiones y los territorios donde hay actividad minera. En los últimos 20 años tenemos más de 200 personas fallecidas en los conflictos sociales, cientos de heridos que quedaron lisiados de por vida, y otros tantos que afrontan procesos judiciales por participar en las movilizaciones sociales. Esta claro que la forma como actúa la PNP en las protestas sociales debe cambiar radicalmente, se debe hacer reformas de fondo en esta institución, entre ellos desactivar el grupo Terna, y empezar a sancionar a los responsables, no puede haber más impunidad en este tipo de hechos.

De otro lado, la indignación y movilización ciudadana no solo está planteando la lucha frontal contra la corrupción, o las reformas de las instituciones del Estado, también se exigen cambios de fondo, y esto pasa por discutir una nueva Constitución para el país; la que tenemos es producto de un autogolpe de Fujimori (93), alguien ya lo dijo: “Nueva Generación; nueva Constitución”. Por ello, desde Red Muqui, en concordancia con lo que está planteando el movimiento social y los diversos actores sociales y políticos, creemos que ese debate más temprano que tarde se debe iniciar, estos días hemos constatado que ese es el sentir ciudadano y si el Congreso de la República y el Gobierno de la Transición de Francisco Sagasti no logran encausar esta demanda, la situación de crisis y movilización se va mantener.

 

PD: Al cierre de esta edición hemos tomado conocimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que acaba de pronunciarse sobre la demanda competencial de la vacancia y ha declarado improcedente la demanda.

Por: Área de incidencia legal de Red Muqui.

Cuando las fuerzas políticas que componen el Congreso decidieron vacar al presidente Martín Vizcarra por una supuesta “incapacidad moral permanente”[1], no esperaron que la respuesta de rechazo de la ciudadanía fuera tan masiva en diversas ciudades del país. La demanda ciudadana en un primer momento giraba en torno a “Fuera Merino”, pronto se convirtió en un rechazo contra toda la clase política, investigados por actos de corrupción. Los 105 congresistas que votaron a favor de la vacancia presidencial, intentaron sostener que su decisión fue motivada por la lucha anticorrupción; cuando en realidad, como se ha ido apreciando en sus actos, esta estaba dirigida a hacerse con mayores cuotas de poder para seguir garantizando sus intereses particulares.

Frente a ello, las juventudes de distintos estratos sociales se autoconvocaron y movilizaron de forma masiva, conscientes del grado de corrupción de las fuerzas políticas del legislativo y también del ex presidente Vizcarra. Estas movilizaciones  mostraron también su rechazo a la designación de Ántero Flores como presidente del Concejo de Ministros, a pesar de sus cuestionamientos por opiniones racistas y sus políticas de represión durante las protestas sociales. No olvidemos que él fue ministro durante el “Baguazo”. Desde los primeros días de la movilización, los jóvenes denunciaron las estrategias de control de la protesta que desplegaba la PNP, en específico a través del grupo TERNA – Unidad de Inteligencia Táctica Operativa Urbana de la Policía Nacional.  Este grupo que se infiltraba como civil entre los manifestantes para luego realizar detenciones arbitrarias y sembrado de pruebas en los manifestantes. Esta unidad fue creada con el objetivo de luchar contra la delincuencia en zonas urbanas, pero ahora es usada para intervenir en las protestas sociales.

Para el día sábado 14 de noviembre se convocó a la segunda movilización nacional, durante esta jornada de protestas pasó lo más terrible; producto de la represión policial y el uso desproporcionado de la fuerza, 2 jóvenes estudiantes murieron a causa de impactos de proyectiles por armas de fuego: Inti Sotelo y Jack Pintado. La brutalidad policial cobró victimas mortales, a esta se sumó decenas de desaparecidos y de detenciones arbitrarias, 23 personas hospitalizadas por lesiones, así como actos de violencia sexual por parte de la PNP.

Estas estrategias de control de la protesta social y de brutalidad policial no son nuevas, los últimos 20 años, luego de la transición democrática, han seguido ocurriendo como prácticas comunes en el control de la protesta social, por ejemplo en conflictos relacionados a proyectos extractivos mineros. Tal es el caso de lo ocurrido en el año 2003 donde campesinos de Yanta y Ayabaca fueron secuestrados y torturados por oponerse al proyecto minero Rio Blanco en Piura. En Valle de Tambo Arequipa, en los último 10 años, se asesinaron a 7 personas y se criminalizaron a decenas de dirigentes sociales por oponerse al proyecto minero Tía María. En 2015 se asesinó al comunero Quintino Cerezeda por protestar contra el proyecto Las Bambas en Apurímac, entre tantos otros casos.

Desde el 2002 hasta la fecha se habrían registrado al menos 299 personas fallecidas, entre civiles y policías, producto de los conflictos sociales, de los cuales 17 muertes han ocurrido en el gobierno de Alejandro Toledo (2001-2006); 193 muertes en el gobierno de Alan García (2006-2011); 73 muertes en el gobierno de Ollanta Humala (2011-2016) y 16 muertes durante el último gobierno, de los cuales 13 ocurrieron durante la gestión de Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018) y 03 en la gestión de Martín Vizcarra (2018-2019)[2]. Hasta la fecha, en ninguno de estos casos se ha determinado los responsables de estos asesinatos y crímenes y menos aún han habido sanciones; es decir, estos se encuentran en total impunidad.

Se debe destacar especialmente el rol que tiene la Dirección de Operaciones Especiales (DINOES), grupo de inteligencia de la PNP donde se desarrollan estrategias de control de la protesta social y se cataloga a los defensores de derechos humanos como delincuentes o “enemigos internos” a los cuales hay que perseguir y criminalizar.

Los sucesos de los últimos días evidencian estas estrategias de criminalización y control de la protesta social por parte de la PNP. El martes 17 de noviembre, el  General PNP Víctor Zanabria Angulo, en conferencia de prensa, señaló que todas las actuaciones policiales estaban en investigación y que se determinarán los responsables de forma individual y personal; sin embargo, sabemos  que estos actos de brutalidad policial suelen quedar impunes y que no solo se trata de determinar la responsabilidad penal individual, sino que se deben de determinar las responsabilidades de los miembros de la PNP que dirigieron los operativos y de los altos mandos del Ministerio de Interior.

Todo ello debe ser coherente con los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En primer término, los Estados tienen la obligación de: (i) regular adecuadamente su aplicación mediante un marco normativo claro y efectivo; (ii) capacitar y entrenar a sus cuerpos de seguridad sobre los principios y normas de protección de los derechos humanos, los límites y las condiciones a los que debe estar sometido toda circunstancia de uso de la fuerza, y (iii) establecer mecanismos adecuados de control y verificación de la legitimidad del uso de la fuerza. Y el uso en estricto de la fuerza debe satisfacer los siguientes principios:

Legalidad: el uso de la fuerza debe estar dirigido a lograr un objetivo legítimo, debiendo existir un marco regulatorio que contemple la forma de actuación en dicha situación.

Absoluta necesidad: el uso de la fuerza debe limitarse a la inexistencia o falta de disponibilidad de otros medios para tutelar la vida e integridad de la persona o situación que pretende proteger, de conformidad con las circunstancias del caso.

Proporcionalidad: los medios y el método empleados deben ser acorde con la resistencia ofrecida y el peligro existente. Así, los agentes deben aplicar un criterio de uso diferenciado y progresivo de la fuerza, determinando el grado de cooperación, resistencia o agresión de parte del sujeto al cual se pretende intervenir y con ello, emplear tácticas de negociación, control o uso de fuerza, según corresponda. (Corte IDH. Caso Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2018. Fundamentos 161 y 162).

Las muertes de Inti Sotelo y Jack Bryan Pintado , y los asesinatos de defensores de DDHH en otros años no pueden quedar en la impunidad, pues la ciudadanía es consciente de esta injusticia. Inti y Jack fueron dos jóvenes que salieron a manifestarse por una causa justa y democrática, aún en este contexto de pandemia que ha golpeado terriblemente al país. Por muchos años la PNP y los gobiernos de turno han intentado desacreditar todo intento de protesta social, han pretendido negar el ejercicio de este derecho fundamental.

 

 

 

[1] Constitución Política. Artículo 113.- Vacancia de la Presidencia de la República La Presidencia de la República vaca por:

  1. Muerte del Presidente de la República.
  2. Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.
  3. Aceptación de su renuncia por el Congreso.
  4. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.
  5. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.

[2] Información sistematizada por la República.- Wilber Huacasi, 19 agosto 2019. Disponible en: https://www.pressreader.com/peru/peru-la-republica/20190819/282583084657742

Compartimos el pronunciamiento del Pacto Eco-social del sur, del cual Red Muqui es miembro; frente a la crisis política en el país.

«¡Perú despertó! ¡Por la refundación del Perú! Hoy, Perú ya no es el mismo país que antes. Perú es otro, porque despertó con una fuerza imparable, liderado por su juventud, diciendo basta a una institucionalidad política y económica construida a la medida de los más poderosos. Esa juventud logró parar el golpe de los corruptos, y ahora ha abierto la posibilidad de un futuro distinto para el país.
Sabemos que la jornada de lucha de estos días surge de otras acciones, en las que los pueblos del Perú tomaron calles, plazas, lagunas, cerros y ríos en los últimos años, en defensa de la salud, la justicia, el derecho de decidir sobre sus cuerpos, por el trabajo y la vida digna, frente al racismo y la discriminación, contra la violencia, y en defensa de sus culturas y sus territorios.
Es evidente que todas estas luchas ahora han confluido en este rechazo potente y legitimo del golpe a la democracia y al pueblo peruano. Con ello, la movilización peruana, se ha entrelazado con el mismo gesto del año pasado en Chile, Ecuador y Colombia. Percibimos que son tiempos de cambio en el Perú, como en Nuestra América/Abya Yala.
Por ello, desde el Pacto Eco-social del Sur queremos solidarizarnos, y sumarnos humildemente a esta vuestra lucha, expresando lo siguiente:
• La renuncia del gobierno de Merino es una victoria de la gente, que ha parado a un nuevo intento de los sectores más oscuros, corruptos y autoritarios de mantenerse como propietarios del país. La sociedad peruana ha ratificado con una fuerza sin precedentes que nunca más aceptará dictaduras, golpes o manipulaciones de estos sectores.
• La violencia desatada de parte de las fuerzas represivas por órdenes con clara responsabilidad política en el ejecutivo, no puede quedar impune. Urge justicia para quienes perdieron la vida y sus familiares, como para les herides.
• Esta violencia se suma a la misma represión que ha costado vidas antes en Cajamarca, Bagua, Islay y Cotabambas, entre otros. Debe parar la criminalización de la protesta y la disidencia. Y es imperativa la reforma de las fuerzas del orden, para que dejen de ser verdugos del pueblo.
• El corto periodo del ilegitimo e ilegal gobierno de Merino, es solo un episodio más de una crisis política que evidencia el agotamiento y profunda corrupción del modelo político y económico heredado de la dictadura y del neoliberalismo. Los cientos y cientos de miles de personas en la calle han dicho: “Ya Basta” con este modelo, y están exigiendo una sociedad y una democracia realmente distinta.
• Por ello, nos sumamos al llamado de un proceso constituyente, impulsado desde los pueblos, los movimientos y sus organizaciones. Un proceso que, a la vez, enseñará a construir una democracia genuina, y logrará nuevas reglas de juego, para que los pueblos del Perú puedan recuperar su país y vivir bien.
Gracias a la fuerza de la movilización y particularmente de la juventud, hoy el futuro está abierto en el Perú, igual que en Chile, como también está cambiando el rumbo de toda la región nuevamente.
Queda muchísimo por hacer. Las personas y organizaciones que promovemos el Pacto Ecosocial del Sur nos mantendremos en este camino»