PESE A OPINIONES FAVORABLES DE SECTOR AMBIENTE

  • Economía y Finanzas tiene una semana para emitir opinión a Comisión de Ambiente

Los miembros de la Comisión de Ambiente del Congreso de la República, acordaron que el proyecto de ley que le devuelve las facultades sancionadoras al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), sea sometido a opinión del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Con 10 votos a favor, y dos en contra, congresistas fujimoristas que integran la comisión, decidió que el MEF emita un informe sobre la iniciativa legislativa que propone eliminar el artículo 19 de la Ley N° 30230, que forma parte de los paquetazos ambientales que han venido debilitando la institucionalidad ambiental desde el gobierno de Ollanta Humala.

No obstante, el lapso de una semana, el MEF o la comisión de Economía tienen plazo para emitir una opinión –o informe- del proyecto de ley (N° 00269/2016-CR) presentado por el congresista, Oracio Pacori.

“Para el día martes (22 de noviembre) esperamos contar con la opinión técnica del Ministerio (de Economía). Este es el plazo. En caso no llegara la respuesta, someteremos nuevamente a voto la aprobación del dictamen para poderla presentar en el pleno”, indicó María Elena Foronda, presidenta de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso.

Durante el debate de la sesión de hoy, la congresista Foronda recordó que este proyecto que permite devolver su capacidad de sanción al OEFA, ha tenido opiniones favorables de dicho organismo autónomo, así como del Ministerio del Ambiente.

Por su parte, el congresista del Frente Amplio, Marco Arana, insistió que en el pleno se pueden hacer llegar informes de los ministerios de Economía y del Ambiente. Y en caso la observación fue insalvable, el dictamen puede regresar a la comisión.

“Me preocupa que hagamos depender el dictamen de esta comisión a una opinión que es históricamente contraria a fortalecer la institucionalidad ambiental, en favor del interés privado. El bien y el lucro no pueden estar por encima del bienestar de las personas”, manifestó.

En respuesta, y tras reiterar que la bancada de Fuerza Popular no se opone a que la OEFA recupere sus funciones en materia de sanción, el congresista Edwin Vergara argumentó que la opinión del MEF o de la comisión de Economía le daría un refuerzo técnico al proyecto, antes de ser discutido en el pleno.

“Si es que demora la opinión del MEF, entonces que se le remita a la comisión de Economía para ir fortalecidos con el predictamen. Tener una propuesta medioambiental y una opinión favorable de una comisión que ve recursos económicos”, reiteró.

A este pedido se sumó su colega de bancada, Patricia Donayre, quien solicitó un dictamen sólido, con la opinión del MEF o de la comisión de Economía, “la que llegue primero”, señaló.

Cabe recordar que la misma presidente del OEFA, Tessy Torres, ratificó que con esta disposición (Artículo 19 de la Ley N° 30230) no se pueden sancionar los derrames de hidrocarburos por no generar daños reales o muy graves a la vida de las personas, tampoco la falta de remediación de suelos impregnados de hidrocarburos, etc.

La iniciativa del legislador del Frente Amplio, esta propuesta de norma pretende contrarrestar los efectos de la Ley N° 30230 que debilita la institucionalidad ambiental al recortar la facultad estatal –del OEFA– de sancionar o multar a aquellos actores que realizan actividades contaminantes, lo que acaba generando un espacio de mayor permisividad con la contaminación.

Cabe recordar a fines de julio del año 2014, el OEFA se vio obligado a emitir normas reglamentarias (Resolución de Consejo Directivo 26-2014-OEFA/CD) para adecuarse y facilitar la aplicación del artículo 19 de la Ley N° 30230.

Fotos: OEFA / Comunicaciones RED MUQUI

TRAS REVISIÓN DE PROYECTO DE LEY

  • OEFA reconoce que limitación de sus funciones permite que empresas cometan infracciones

El Ministerio del Ambiente (Minam) y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) se mostraron de acuerdo en que, mediante proyecto de ley (N° 00269/2016-CR), se les devuelva sus facultades las facultades de sanción perdidas, luego que el gobierno de Ollanta Humala promulgara la Ley N° 30230, con el fin de brindar facilidades a las inversiones.

Precisamente, en su artículo 19, la ley más conocida como Ley del paquetazo ambiental, limita las funciones del OEFA, al recortar su capacidad de dictar medidas correctivas y preventivas tramitando procedimientos sancionadores de forma excepcional.

Es así que el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, Fernando León, y la Presidenta del OEFA, Tessy Torres, reconocieron este punto de la 30230 “no puede ser considerado como un mecanismo de prevención, ay que constituye un mayor incentivo para que las empresas cometan infracciones, al ver que el costo de incurrir en una infracción disminuye”. Es por ello que saludaron la iniciativa de ley del congresista Oracio Pacori, que propone derogar este artículo de la ley.

Durante su participación en la sesión de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República (del 8 de noviembre), la presidenta de la OEFA señaló que desde la vigencia de la Ley N° 30230 se ha incrementado el porcentaje de incumplimientos en materia de procedimientos administrativos sancionadores, existiendo mayores incentivos para cometer infracciones.

Asimismo, ratificó que con esta disposición no se pueden sancionar los derrames de hidrocarburos por no generar daños reales o muy graves a la vida de las personas, tampoco la falta de remediación de suelos impregnados de hidrocarburos, ni los incumplimientos vinculados a los planes de contingencia contenidos en los instrumentos de gestión ambiental que deberían ser aplicados luego de los accidentes que generan daño ambiental.

Las empresas mineras pasaron del 10 al 37% de incumplimientos, mientras que las empresas del sector hidrocarburos, por ejemplo, pasaron de 24% de incumplimientos a un 76% con la ley 30230. El sector pesca alcanzó un pico de 76% de incumplimientos, a comparación del 2% que registraron antes de la existencia de la ley, expuso Tessy Torres.

“Es urgente avanzar con la aprobación de esta iniciativa legislativa para que el OEFA recupere su rol de fiscalización y sanción contra las empresas que contaminan, y de esa manera se garantice el derecho a un ambiente saludable de toda la población”, declaró Oracio Pacori.

Por su parte, la presidenta de la Comisión de Pueblos, María Elena Foronda, señaló que se procederá a elaborar el pre-dictamen correspondiente para que el proyecto de ley sea aprobado en el espacio de su grupo de trabajo, para luego pasar a discusión en el Pleno del Congreso de la República.

Fuente: Despacho Congresista Pacori / Convoca.pe

Fotos: OEFA / Comunicaciones RED MUQUI

“La iglesia agradece a todos aquellos que se ocupan de la defensa de la vida y del ambiente (…) está cercana a los campesinos que con amor generoso trabajan duramente la tierra para sacar, a veces en condiciones sumamente difíciles, el sustento para sus familias y aportar a todos, los frutos de la tierra” (DA. 472)

Las instituciones copartes de Misereor, reunidos en Otuzco, La Libertad, los días 07 y 08 de noviembre del 2016 en el encuentro “Soberanía alimentaria y agricultura familiar”, hemos reflexionado sobre la problemática e importancia de la agricultura familiar en el país, como base principal para la soberanía y seguridad alimentaria de nuestras poblaciones.

Y es que el 81% de los productores existentes en el Perú son pequeños agricultores que producen el 70% de los alimentos de la canasta familiar, y éstos son primordialmente agricultores familiares. Sólo el 7% del territorio nacional se dedica a ésta actividad fundamental para la vida, y para ello es necesario otorgar garantías para los territorios de las comunidades y familias campesinas y nativas, las que se ha perdido o debilitado con la normativa y políticas públicas impulsadas para favorecer el acceso a la tierra para la gran inversión nacional y extranjera, especialmente minera y extractiva en general.

Además, el cambio climático que afecta esencialmente a nuestras zonas rurales, hace prever que los recursos hídricos serán especialmente afectados respecto a su cantidad. Por ello es necesario incidir en la gestión integrada del agua, con especial atención a la protección de las cabeceras de cuenca y los ecosistemas frágiles generadores del recurso, y su manejo sostenible.

Asimismo, el otro problema es el de la calidad del agua que afecta fundamentalmente la salud de las personas y la seguridad alimentaria, ya que impacta en la producción y comercialización de alimentos, siendo los más perjudicados con ello, los pequeños agricultores y agricultores familiares, que no cuentan con apoyo real y efectivo del Estado a nivel local, regional y nacional.

La historia nos demuestra que el Perú es un país agrario, y es necesario aprovechar nuestros recursos naturales de manera más adecuada y sostenible, rechazando los transgénicos, impulsando la agricultura ecológica, favoreciendo el acceso a nuevos mercados evitando con ello los intermediarios y monopolios de hecho, revalorando los saberes ancestrales y complementándolos con la tecnología e innovación, entre otras acciones que favorezcan dicha actividad.

Para todo ello es necesario involucrar en dicha tarea al Estado, poblaciones, comunidades y sociedad civil, en una tarea conjunta y coordinada.

Finalmente, mostramos nuestra preocupación por la situación de conflictividad socio ambiental que se mantiene con el nuevo gobierno, especialmente respecto de la actividad minera y de hidrocarburos; y que recientemente ha generado dos nuevos fallecidos en la provincia cercana de Pataz-La Libertad, por las protestas en contra de la contaminación generada por la empresa minera Consorcio Minero Horizonte, y que se suma a lo acontecido en la zona del proyecto minero Las Bambas, donde podemos comprobar que el poder económico mediante convenios maneja las decisiones del Estado, lo que es un serio riesgo para las poblaciones afectadas y del entorno.

“Firmamos el presente con esperanza de un mundo mejor”

1. RED MUQUI – LIMA

2. AMAS – LA LIBERTAD

3. CEDEP – ANCASH

4. CENTRO LOYOLA – AYACUCHO

5. REDES – HUANCAYO

6. CEPROM – HUANCAYO

7. GRUFIDES – CAJAMARCA

8. DIOCESIS DE CHULUCANAS – PIURA

9. REDAD – PIURA

10. VIMA – JAEN

11. PASSDIH – HUANCAYO

Diversas organizaciones de derechos humanos denunciamos la existencia de convenios entre la Policía Nacional del Perú y varias empresas mineras, entre ellas la titular del proyecto minero Las Bambas en Cotabambas – Apurímac.

Estos convenios han sido dados a conocer por la organización Derechos Humanos Sin Fronteras de Cusco luego de una sentencia judicial, a través de un habeas data que demoró casi dos años, mediante la cual el Poder Judicial ordenó a la Región Policial del Cusco entregue a la organización en mención estos convenios. Sin embargo, aún esta información no se encuentra disponible para toda la ciudadanía, ya que a la fecha ninguno de estos convenios, estén vigentes o no, no están disponibles en la página web del Ministerio del Interior, ni han sido difundidos por los medios de comunicación. Por lo tanto, estos convenios aún son secretos.

Es inaceptable que en un país en el que los conflictos socio ambientales han traído como consecuencia cientos de personas muertas y heridas, ya sean de la población civil o de la PNP, se manifiesten propuestas para sólo revisar los marcos normativos que posibilitan o sustentan convenios privados y secretos entre la PNP y las empresas mineras.

De otro lado se sabe que en los conflictos generados por los proyecto mineros Rio Blanco en Piura, Tintaya Antapaccay en Espinar, Conga en Cajamarca, Tía María en Arequipa, entre otros casos, se han dado detenciones arbitrarias, torturas, sembrado de evidencias, uso excesivo de la fuerza (con personas heridas y fallecidas), existencia de comisarias dentro del campamento minero, entre otras irregularidades. En buena parte de los casos mencionados ya existían convenios entre la PNP y las empresas mineras.

Frente a ello expresamos lo siguiente:

1. Saludamos que, en su comunicado del 26 de octubre, el Ministerio del Interior reconozca el convenio que existe entre la PNP y la empresa titular del proyecto minero Las Bambas, que fue suscrito el 13 de agosto del 2015 y revalidado por la PNP el 22 de setiembre del 2016. Esta información, hasta hace poco reservada, confirma la vigencia de los convenios. De nada sirve que la empresa Las Bambas suscriba los Principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos a nivel internacional, pues la muerte del señor QUINTINO CERECEDA nos demuestra la transgresión que se está cometiendo de dichos principios, que en la práctica no brindan ninguna garantía de protección a los derechos.

2. La existencia de estos convenios demuestran que la PNP viene recibiendo hasta tres tipos de beneficios económicos por parte de las empresas mineras: 100 soles diarios para los efectivos policiales que realizan labores de seguridad; 110 soles diarios para efectivos de nivel superior (responsables de Convenios o quienes los suscriben) y el 0.11% de una UIT que se deposita en una cuenta corriente y que ingresa como recursos directamente recaudados. Esta situación, no sólo demuestra la dependencia económica de nuestra PNP también transgrede abiertamente su función constitucional, sometiéndola a intereses privados especialmente en territorios de permanente conflictividad generada por los proyectos mineros, donde la desconfianza hacia la PNP y al Estado se va ahondando, en un contexto de impunidad facilitada por los marcos normativos y la corrupción.

3. Lo antes mencionado resulta muy grave para el respeto y promoción de los derechos humanos en el Perú, ya se está produciendo un delicadísimo fenómeno de privatización de la fuerza pública al servicio de empresas privadas, fundamentalmente del sector minero extractivo y de hidrocarburos, al punto que algunos analistas independientes hablan de la mercerización de la fuerza pública en favor de la defensa de interés de grandes empresas transnacionales. Así mismo se usan los recursos humanos y materiales financiados por los recursos públicos para brindar actividades de seguridad privada utilizando leyes que vulneran la constitución peruana y los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos.

4. Efectivamente, existe un marco legal que es permisivo con la prestación de servicios de seguridad de la PNP con el sector privado, previsto en el art. 55 del D.L. N° 1148 (Ley de la Policía Nacional del Perú) que tácitamente ha sido ratificado por los Decretos Legislativos 1213 y 1230 que si bien establecen la dedicación exclusiva del personal que ejerce función policial y le prohíben expresamente la prestación individual de servicios de seguridad privada en sus días de descanso; también establece la posibilidad de que los servicios de seguridad privada puedan ser brindadas por personas naturales o jurídica públicas o privadas. Esta permisividad “legal”, posibilita que la PNP, como en el caso del señor QUINTINO CERECEDA, se parcialice optando defender a los intereses del sector privado antes que a la población en su conjunto.

5. No es posible admitir que los servicios de protección y seguridad sirvan para el aprovechamiento de los recursos naturales estratégicos que posibilitan el desarrollo económico del país, como lo ha referido el viceministro de Gestión Institucional, Ricardo Valdés, pues con esa justificación nos preguntamos ¿Quién responde por la muerte del señor Cereceda y los demás fallecidos en conflictos socio ambientales?, ¿La empresa o la Policía Nacional del Perú?

6. No es posible que bajo convenios privados se prevea el uso de la fuerza para casos excepcionales, ¿Quién define el uso de la fuerza en esos casos?, ¿Cuáles son esos casos excepcionales? ¿Quién determina su excepcionalidad? ¿Fue excepcional la muerte de QUINTINO CEREDA para proteger intereses mayores a una vida?.

7. Es insuficiente la revisión del marco legal que permite la suscripción de convenios con las empresas extractivas. La actuación de la PNP -denunciada por el propio Ministro del Interior- en el último conflicto con el proyecto minero Las Bambas, ha puesto en evidencia que se requieren cambios profundos, así como la fiscalización de los recursos que desde años atrás la PNP percibe como producto de la suscripción de dichos convenios. Exigimos conocer cuánto percibe la PNP por este tipo de convenios y en qué se gasta este dinero. Además, es imprescindible un debate público y transparente. Emplazamos al Congreso de la República cumpla con su rol de fiscalización, modifique un marco legal inconstitucional que deslegitima y pone al servicio de intereses privados a nuestra PNP, y que se establezcan los niveles de responsabilidad de las empresas mineras en dicho accionar.

Cusco – Lima, 03 de noviembre del 2016.

POR OTORGAR CONCESIONES SIN AVISO

  • Comunidades de Juli y Atuncolla esperan que, por vía judicial, el Estado respete y aplique su derecho a la consulta
  • Estado concesionó el 100% del territorio comunal de Atuncolla sin previo aviso
  • Defensa es asumida por DHUMA y el IDL

En los próximos quince días, la Primera Sala Civil de Puno podría ordenar que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) y el Instituto Geológico Minero Metalúrgico (INGEMMET), cumplan con aplicar el derecho a la consulta previa en favor de las comunidades de los distritos de Atuncolla (Puno) y Juli (Chucuito).

Tanto Quechuas (Atuncolla), como Aymaras (Juli), presentaron una acción de amparo por omisión al derecho de consulta previa, luego que el INGEMMET otorgara concesiones en territorios comunales, en favor de la empresa minera Billinton World Expedition en el año 2011 y Cemento Sur en el 2014, respectivamente.

Recién este 03 de noviembre, los magistrados encargados de llevar este proceso constitucional, recién recibieron a las comunidades en dos audiencias públicas para la vista de causas (conocimiento de motivos de los casos).

Caso Chila Pucara y Chila Chambilla

La primera audiencia pública, fue concedida a las comunidades Chila Pucara y Chila Chambilla (Juli, Chucuito), en donde por primera vez, un representante comunal pudo dirigirse al presidente de una Sala Civil.

«Queremos justicia, queremos que la ley nos proteja a nosotros como comunidad originaria. Nosotros vivimos en el campo, de nuestra agricultura y ganadería. Con esto prácticamente nos están discriminando y nos están matando con la minería», manifestó Laureano Apaza, dirigente de Chila Pucara.

A su turno, la defensa asumida por el abogado Juan Carlos Ruiz (Instituto de Defensa Legal, IDL) solicitó la nulidad de la concesión minera –no metálica- que le ha restado 1000, de las 1600 hectáreas (has) del territorio ancestral de Chila Pucara. Al igual que a Chila Chambilla que, hoy en día, vive con la mitad de sus tierras concesionadas (1000 de 2000 has).

«El procedimiento de concesión es nefasto. Ya que se expiden concesiones sin notificar a los afectados. A lo mucho se publican anuncios en el periódico que no especifican qué comunidades son afectadas, ni donde quedan las concesiones, solo colocan cuadrículas técnicas», indicó Ruiz Molleda.

Durante su exposición, el abogado recordó a la Sala, que el artículo 17.3 del Convenio 169 de la OIT, señala que no se puede aprovechar el desconocimiento de los pueblos acerca de las normas, para despojarlos de sus territorios.

“El otorgamiento de concesiones mineras, de espaldas a las poblaciones afectadas, están causando mucha conflictividad social en nuestro país. Lo lesivo, no es la concesión en sí, sino la omisión de un derecho que es la Consulta Previa», aseveró.

Asimismo, remarcó que las comunidades demandantes, no han caído en la tentación de recurrir a mecanismos de violencia y de confrontación para resolver sus conflictos, sino que han decidido acudir al Poder Judicial porque están convencidos de llegar a una solución bajo mecanismos institucionales.

Tras reiterar el pedido de admisión de demanda, la defensa de Chila Pucara y Chila Chambilla, dijo considerar que este problema le corresponde resolver a los jueces, ya que no es resuelto por el poder político (Ejecutivo).

Caso Atuncolla: 2 a 1

El caso de Atuncolla es complicado, si se toma en cuenta que los tres vocales que vieron el caso, no se ponen de acuerdo. Dos de ellos, revocaron la sentencia que declaró infundada –en primera instancia- la demanda de amparo presentada por las comunidades; mientras que el tercero desaprueba esta resolución de sus colegas magistrados.

Ante esta situación se convoca a un cuarto vocal para dirimir y solucionar este caso.

Al igual que las comunidades del distrito de Juli, Atuncolla solicitan que se suspendan los efectos de la resolución de las concesiones mineras en favor de la minera Billinton, que en el 2011 obtuvo la titulación del 100% de sus territorios. Hecho que supieron de manera extraoficial.

Durante la segunda audiencia del 03 de noviembre, el vocal dirimente, no permitió que ningún representante de las 11 comunidades de Atuncolla, pueda dirigirse a él.

«Para el otorgamiento de concesiones mineras superpuesta sobre el 100% de las tierras de las comunidades demandantes, no se ha tomado en cuenta la existencia de comunidades campesinas, ni de templos, ni de restos arqueológicos declarados patrimonio cultural de la Nación, como son las chullpas blancas, Sillustani, ni cabeceras de cuenca, entre otros», dijo el abogado defensor Cristóbal Yugra, durante su exposición de hechos.

Ante el vocal dirimente, la defensa insistió en que si bien la Ley de Consulta Previa (Ley N° 29785), no estaba promulgada en mayo del 2011; el Convenio 169 de la OIT se superpone, por estar vigente en nuestro país, desde 2 de febrero del 1995.

Demoras en los procesos

En opinión del abogado, José Bayardo de Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA Puno), ambos procesos están demorando más tiempo de lo establecido en los códigos procesales constitucionales.

Refirió que la demanda de Acción de Amparo del caso Atuncolla, fue presentada en el 2012 y admitida en primera instancia, sin embargo, ahora está en segunda. En cuanto a Chila Pucara y Chila Chambilla, su demanda se presentó en el 2014, y dos años después, recién se está llevando a cabo una audiencia para resolver este caso.

“Si la resolución resulta contraria, tendremos que recurrir al Tribunal Constitucional para seguir haciendo valer estos derechos”, adelantó.

DATOS:

Expediente N° 163-2016 corresponde a la demanda de las Comunidades Aymaras de Chila Chambilla y Chila Pucara (distrito de Juli, provincia de Chucuito).

Expediente N° 01846-2012, corresponde a la demanda de 11 comunidades de Atuncolla (Palamayo, Trinidad de Moyogachi, Colca, Ticani pampa, San José principio de Santa Cruz, Virgen soledad Cochela, San Gerónimo de Ullagachi, Micaela Bastidas de Yamojo, San Antonio de Umayo y Jipa Grande y Chico).

Fuente / fotos: Comunicaciones RED MUQUI

AFIRMAN EN ENCUENTRO MUNDIAL

El dirigente del Movimiento de Trabajadores Sin Tierra del Brasil, Pedro Stedile, afirmó que vivimos hoy una crisis profunda del sistema capitalista, un sistema que actualmente es sinónimo de muerte y atraso. “La tarea nuestra es superar ese sistema”, sostuvo al iniciar el tercer Encuentro Mundial de Movimientos Populares (EMMP), en la ciudad del Vaticano.

“Nos encontramos ante un capitalismo que expresa el atraso, la explotación, la expulsión…El planeta está siendo agredido por el capital, que se ha apropiado de la naturaleza, privando de la misma a los seres humanos”, dijo.

Al emplazar a los delegados y delegadas del encuentro, fue enfático al decir que ya es hora de discutir nuevas formas de política popular.

“El sistema democrático burgués de la Revolución francesa ya no funciona más. El pueblo ya no consigue ejercer su capital político a través del voto. Más que nunca precisamos seguir el debate y formular propuestas alternativas a los problemas que la humanidad está enfrentando”, aseveró.

Por su parte, el cardenal Peter Turkson, del Consejo Pontificio de Justicia y Paz del Vaticano, recordó las palabras de Papa Francisco en la encíclica Laudato Si’, y señaló que la exclusión social se determina por dos factores: el social y el medioambiental, que se expresan como dos caras de la misma moneda.

“En este encuentro los hemos invitado a discutir para ver cómo cambiamos las cosas, no se trata de ser únicamente agentes de cambio hacia afuera, sino de ser agentes de cambio hacia adentro”, señaló.

Asimismo, añadió “no somos buscadores de trabajo, somos creadores de trabajo. Cuando hablamos del trabajo, del techo, de la tierra, de la democracia, el punto de partida siempre es la gente real y sus problemas reales. Más allá de las estadísticas, se trata de personas concretas”.

En ese sentido, el cardenal apuntó a discutir cuáles son los cambios que necesitamos, y la iglesia y los movimientos populares trabajaremos juntos para fomentar los cambios más profundos que necesita nuestra sociedad.

A su turno, Xaro Castelló, de la Hermandad Obrera de Acción Católica (HOAC) y Movimiento Mundial de Trabajadores Cristianos (MMTC) de España insistió en que ya es hora de actuar.

“En el primer encuentro nos dimos la tarea de sacar una radiografía de lo que era la realidad de millones de personas en las 3 dimensiones del encuentro, Tierra, Techo y Trabajo. En el segundo asumimos los compromisos volcados en la carta de Santa Cruz de la Sierra. En este tercer encuentro, nuevamente en Roma, queremos dar un paso adelante, estamos en el momento de actuar, de hacer. Hemos analizado las realidades más diversas, sus identificado sus principales problemas, hoy debemos pensar qué políticas implementar, que tengan como fin último el verdadero bienestar del pueblo”, insistió.

Durante su intervención en el panel de apertura, Juan Grabois del Comité Organizador del EMMP, remarcó que este tercer encuentro tiene que ver con la acción. “Siguiendo el método de la Doctrina Social de la Iglesia, en el primer encuentro nos dedicamos a VER, a conocernos, en el segundo nos dedicamos a JUZGAR, acordamos un diagnóstico y asumimos compromisos entre las más de mil organizaciones que participaron del mismo. Hoy nos toca ACTUAR. (…) Para construir la fuerza de los Movimientos Populares, necesitamos 5 principios: Unidad, Organización, Conciencia, Espíritu elevado y Acción”, concluyó.

Más sobre el EMMP

Con la participación de 170 delegadas y delegados de 65 países, movimientos populares en los que se organizan trabajadoras y trabajadores de la economía popular- del campo y diversos sectores que representan a los excluidos de la sociedad- invitados por el Papa Francisco; este Miércoles 2 de Noviembre hasta el sábado 5 comienza el III Encuentro Mundial de Movimientos Populares en el Vaticano.

A través de los cuatro días de encuentro se abordarán diferentes discusiones y debates bajo los ejes que ya históricamente vienen marcando el evento y que representan preocupaciones latentes para los movimientos como para el Papa: Tierra, Techo y Trabajo.

En esta oportunidad también se abren nuevos debates ampliados a perspectivas de análisis y trabajo sobre Pueblo y Democracia, Territorio y Naturaleza y Refugiados y Desplazados del Mundo. Con el objetivo de tener nuevas herramientas, fortalecidas por la propia visión de los protagonistas de estas problemáticas.

Los intercambios de las delegaciones participantes concluirán el 5 de noviembre cuando, en diálogo con el Papa Francisco le presenten el documento final con las propuestas del Encuentro.

Fuente y fotos: Iglesias y Minería / movimientospopulares.org

SEGÚN CONVENIO INTERINSTITUCIONAL

  • Convenios fueron entregados por Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF), CooperAcción, RED MUQUI y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH)
  • Acuerdos privados entre la minera y Ministerio del Interior no garantiza respeto a los derechos humanos
  • Efectivos custodian integridad de la minera haciendo el el uso de la fuerza
  • PNP del Cusco entregó documentos de convenios a DHSF, luego de un orden judicial

El proyecto minero Las Bambas (Cotabambas, Apurímac) paga entre 100 a 110 soles diarios, a los efectivos que repriman protestas sociales y custodien solo la integridad de la minera, según convenio interinstitucional firmado con la Policía Nacional, a través de la Región Policial del Cusco (Oficio N° 088-2016-REGPOL CUSCO-EM/OID). Todo ello en el marco prestación de servicios extraordinarios complementarios.

Estos pagos se realizan de manera individual, de acuerdo a la jerarquía de cada policía, y de manera quincenal. Sin embargo, el depósito se hace por medio de la institución policial sin transparencia alguna.

En el documento refiere que la empresa minera, es quien mantiene libros y registros contables de todos los pagos que efectúa a la PNP por un periodo no menor a tres años.

Como parte del convenio, la Policía coloca a disposición de la minera, al General PNP Directoral de la Región Policial Sur Oriente quien es el encargado del control, supervisión, coordinación, evaluación y planeamiento. Es decir, se coloca a un funcionario público al servicio de un privado, aun cuando sus funciones son pagadas por el Estado.

Asimismo, se establece un depósito en cuenta corriente (N° 002-161102172 del Banco de la Nación) del 0.11% de la UIT por hora, a nombre de la Unidad Ejecutora 000036 “X Dirección Territorial de Policía Cusco”, como recursos directamente recaudados dentro de los primeros 10 días de cada mes. Recaudaciones que no se dan a conocer públicamente.

Además de ello, la minera establece que los efectivos policiales asignados desempeñen otras acciones fuera del área del PROYECTO. Por ejemplo, en la cláusula 5.1.7 indica que las operaciones policiales pueden realizarse fuera del área geográfica del PROYECTO.

“El Jefe del Destacamento, ante cualquier contingencia, deberá dirigir las operaciones policiales…ya sea dentro del área de EL PROYECTO o, cuando las circunstancias lo ameriten, fuera de dicha área”, especifica el documento.

No obstante este no es el único convenio que la Región Policial del Cusco ha suscrito en la zona sur del país. Entre los años 2010 y 2014, se suscribieron otros con la Compañía Minera Quechua (Espinar), Compañía Minera Tintaya-Antapaccay (Espinar) y Minera Hudbay (proyecto Contancia en Chumbivilcas), todas ubicadas en el Cusco.

Sin garantía de derechos

Aunque estén respaldados por Ley, lamentablemente estos convenios permiten el abuso y la violación de los derechos humanos. Sumado a ello, desnaturalizan la función policial, que, en vez de resguardar y garantizar la seguridad de todos los peruanos, termina por convertirse en una especie de seguridad privada de la empresa minera.

“La Policía Nacional hará uso de la fuerza en casos excepcionales y extremos, cuando esté en riesgo inminente la vida del personal de LAS BAMBAS y/o sus contratistas” exige la empresa minera.

Como resultado de esta cláusula convenios, que no son de carácter público, están los hechos violentos como el que sucedió el pasado 14 de octubre, en medio del conflicto de Las Bambas, en donde el comunero Quintino Cereceda Huisa (42 años) falleció tras recibir un impacto de bala en la cabeza. Acto que ha desprestigiado a la Policía en el manejo de conflictos socio ambientales.

Aunque la empresa aclara que no existe ningún tipo de vínculo laboral, ni dependencia, entre el personal de la PNP y LAS BAMBAS (cláusula 12.3.1.) consideramos que, si existiría un nivel de dependencia e incluso, la empresa podría tener la condición de tercero civilmente responsable en la medida que su comportamiento tolera o promueve una conducta punible.

Sociedad Civil presentó convenios

 

En conferencia de prensa, Ruth Luque, abogada de Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF) estimó que producto de todos los convenios existentes en el Perú, la PNP estaría recibiendo más de un millón de soles a nivel institucional debido al porcentaje que percibe por cada hora que trabajan los efectivos por resguardar a las mineras.

“Nos preguntamos en qué se gasta ese dinero que ingresa bajo el rubro de recursos directamente recaudados. Esta dependencia económica es inaceptable en un Estado constitucional donde los policías deben estar al servicio de toda la población”, señaló.

Otra preocupación expresada por Luque en la rueda de prensa fue el del uso de la fuerza utilizado al servicio de Las Bambas, por ejemplo.

«Los casos excepcionales y extremos no son especificados en los convenios, pero sí se establece que Policía tiene que anteponer la defensa del personal de Las Bambas, su infraestructura, sus terceros y contratistas, dejando de lado la protección de los pobladores»

«Esto evidencia que la Policía está parcializada, en este caso con las empresas mineras. Lo mismo ocurrió en Espinar en el 2012, donde incluso se tenía un destacamento policial al interior del campamento minero. Esta forma de intervención policial en base a convenio se ha repetido en muchas zonas del país donde hay actividad minera», recalcó Jaime Borda, Director de Derechos Humanos Sin Fronteras.

«El viceministro de Interior ha reconocido que existen 200 convenios con empresas privadas, 31 de los cuales son con industrias extractivas. Todos ellos rebasan los marcos constitucionales, así como los principios voluntarios de la seguridad y derechos humanos de las propias empresas», dijo Jorge Bracamonte, Secretario Ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

«A esta situación de los convenios se suma la cooptación de entidades de la Policía, como fue el caso de la DINI en donde se colocó un funcionario relacionado a una empresa minera», apuntó Javier Jahncke, Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI.

«Aquí los protocolos, sobre los cuales la policía debe tomar decisiones han sido trastocados y perturbados por estos convenios establecidos con la empresa minera. El mismo Ministro del Interior, Carlos Basombrío, ha reconocido que en el conflicto de Las Bambas, los efectivos al mando no supieron seguir los protocolos», recordó José De Echave, miembro de CooperAcción.

Cómo se obtuvieron

El 01 de setiembre del 2014, la organización Derechos Humanos Sin Fronteras, interpuso una acción de Habeas Data ante el Juzgado Mixto de Wanchaq (Cusco) y consiguió que dos años después, la Región Policial Sur Oriente de Cusco entregue una copia de dichos convenios suscritos entre los años 2010 al 2014. La información entregada, no solo reconfirma la existencia de convenios, sino brindan información sobre sus objetivos y los beneficios económicos que obtiene la PNP.

DATOS:

El objetivo de estos acuerdos interinstitucionales, y de otros a nivel nacional, se da en el marco de la aplicación de la Ley de la Policía Nacional del Perú (Ley N° 27238), y el Decreto Supremo N° 004-2009-IN, que reglamenta los Servicios Extraordinarios Complementarios a la función Policial, con el fin de prestar servicios de vigilancia, seguridad y otros convenios en el área de influencia del proyecto minero.

Fotos: Jorge Chávez / Comunicaciones RED MUQUI