• Por medio de un comunicado expresaron su solidaridad con la campesina y su familia tras última irrupción de minera Yanacocha
  • Medida cautelar de la CIDH que protege a Acuña sigue sin implementarse en el Perú

La comunidad de ganadores del Goldman Prize, publicó el comunicado «Ganadores del premio Goldman se levantan con Máxima», en el que mostraron su solidaridad a Máxima Chaupe y pidieron que el gobierno del Perú tome las medidas necesarias para garantizar la integridad de la vida de Máxima Acuña y su familia, que se ve amenazada por los constantes ataques del personal de seguridad contratado por la empresa minera Yanacocha.

Este documento, fue firmado por 73 activistas de todo el mundo, que fueron galardonados con la Fundación Goldman en los último 25 años (1991-2016).

«Urge que el gobierno peruano garantice la seguridad de Acuña y su familia, incluyendo su derecho a vivir en su tierra. Sus derechos humanos deben ser respetados. Tal como lo indica la Constitución peruana, las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas”, señala el comunicado publicado en la página web de Goldman Prize.

Asimismo, los ganadores del Goldman, apelaron a la última disposición de la Corte Internacional de La Haya sobre compañías, políticos y otros individuos por delitos relacionados «al acaparamiento de tierras y destrucción del ambiente».

De igual modo dirigieron este pronunciamiento a la trasnacional aurífera, Newmont, al ser principal accionista del proyecto minero Conga. Para ello mencionaron que Newmont, en su calidad de integrante del Consejo Internacional de Minería y Metalurgia (ICMM, siglas en inglés), debe sostener uno de sus diez principios, que consiste en «aplicar prácticas comerciales éticas» para apoyar el desarrollo sostenible.

«Denunciamos cualquier acto de violencia que ha sido llevado a cabo contra la señora Acuña y su familia, y pedimos a Newmont (empresa que conforma la minera Yanacocha) y sus subsidiarios (Buenaventura) retirar inmediatamente sus contratados de seguridad que rodean la propiedad de la señora Acuña. Igualmente, pedimos cesar todo tipo de acoso e intimidación, incluyendo alguna acción legal contra Máxima, la familia Chaupe, u otros miembros de la comunidad», enfatizaron activistas de varios rincones del mundo.

En el documento, los firmantes se mostraron «indignados» por todas acciones perpetradas por la minera Yanacocha, que sigue justificando sus acciones en su derecho a la defensa posesoria, actos que los activistas calificaron como «intento de acoso para forzarla a dejar su casa en Tragadero Grande» con el objetivo «de intentar desarrollar el proyecto Conga».

“Nos levantamos junto con Máxima y su familia en su derecho de defender los páramos y las fuentes de agua de Cajamarca, y de todos los peruanos que sufren los estragos de la minería irresponsable con el medio ambiente y las personas”, manifestaron.

Fuente / Foto: Goldman Evironmental Prize

EN PRESENTACIÓN DE HALLAZGOS
• Consultoría financiada por Newmont señala que no existen pruebas concretas en contra de Yanacocha pese a medida cautelar de la CIDH
• Se concluye que empresa minera no persistió en mantener diálogo continuo con la familia Chaupe

RED MUQUI advirtió que en los resultados del Informe “independiente” de la consultora RESOLVE*, que fue encargado y financiado por la trasnacional minera Newmont, se ignoran las pruebas que llevaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a emitir la medida cautelar (Nº 452-11), que obliga al Estado Peruano proteger y garantizar la vida e integridad personal de la familia Chaupe Acuña.

Entre los hallazgos que la Misión Independiente de Constatación de los hechos de Yanacocharecogió entre agosto de 2015 y marzo de 2016, no se consideran los elementos de prueba que se presentó ante la CIDH, y más bien concluye que no existen pruebas concretas de violaciones de derechos humanos por parte de la minera Yanacocha.

“Es incoherente desconocer como hallazgo importante a la medida cautela que la CIDH dictó en este caso. El informe encargado por Newmont también olvidadó que hace unos meses, el propio Estado le otorgó garantías a Máxima y su familia; además tampoco menciona que la medida cautelar todavía requiere ser debidamente implementada por el Estado. Todo esto surge a raíz de las agresiones e incursiones realizadas por la empresa en los cultivos de Máxima Chaupe y su familia”, recordó Javier Jahncke, Secretario Ejecutivo de RED MUQUI.

En ese sentido RED MUQUI cuestionó los criterios para establecer violaciones a los derechos humanos, de quienes elaboraron el Informe Tragadero Grande: Tierra, derechos humanos y normas internacionales en el conflicto entre la familia Chaupe y Minera Yanacocha(YIFFM, por sus siglas en inglés).

¿Por qué un informe?

En mayo de 2015, Newmont le encargó a esta misión examinar el conflicto que generó tras la disputa que mantienen con la familia Chaupe, por la posesión de la parcela de tierra denominada “Tragadero Grande” (Ubicada dentro de la Comunidad Campesina de Sorochuco).

Según señala la trasnacional –accionista mayoritaria de Yanacocha– decidieron contratar la elaboración de este informe ante las “persistentes acusaciones por parte de la familia y de ONGs locales, nacionales e internacionales, hacia Minera Yanacocha, por haber estado implicada en violaciones de derechos humanos, como parte de la disputa de tierras”.

Es así que encargaron le encargaron a Tim Martin (ex embajador de Canadá), liderar esta Misión que tuvo como labor, examinar tres aristas del problema: el proceso de adquisición de tierras por parte de Minera Yanacocha, las acusaciones de violaciones de derechos humanos cometidas contra la familia Chaupe y el cumplimiento de Minera Yanacocha de las políticas y normas internacionales propias de Newmont.

La Misión insiste en que no tuvo por objeto llegar a una conclusión sobre la validez de los derechos de posesión, ni ofrecer una resolución legal respecto a potenciales violaciones de derechos humanos, ya que todo esto solo puede ser determinado por cortes judiciales o acuerdos negociados entre las partes. “La misión no es una investigación judicial. La información recogida no va a reunir los estándares para constituir evidencia judicial. No tiene como fin afectar procesos judiciales”, aclaró RESOLVE.

Vulneración de derechos

En este rubro, el informe de la Misión concluye que Yanacocha no realizó una adecuada diligencia en materia de derechos humanos, lo cual representa uno de los factores que contribuyó a una situación en la que los derechos humanos de la familia se pusieron en riesgo durante este conflicto. Pero en otra conclusión, el informe señala que no existe evidencia concluyente de que Minera Yanacocha cometiera “violaciones de derechos humanos”.

Adquisición de tierras

Respecto a este punto, el informe YIFFM, deja en el aire la información sobre la venta previa de los derechos de posesión de Tragadero Grande, ya que se realizó en la década de los 90 (1996 y 1997), por lo que resulta es compleja y no concluyente.

Asimismo, RESOLVE puntualiza que el proceso general de adquisición de tierras desde Yanacocha fue razonable. No obstante, para RED MUQUI, en el informe no se muestra de qué manera se llevó a cabo el proceso de transferencia de tierras a la empresa por parte de la Comunidad Campesina de Sorochuco; si la decisión fue tomada en Asamblea Comunal en un día y hora determinados, con votación de los comuneros calificados y que estaban en el padrón comunal; o si Yanacocha brindó información suficiente a dicha comunidad para que tome una decisión adecuada (de venta), entre otras cuestiones.

“No está claro cómo es que la Comunidad Campesina decidió acordar la venta. RESOLVE solo muestra como hallazgo, la declaración del Presidente de la Comunidad y con ello no se puede definir la legalidad y legitimidad del proceso”, acotó Jahncke Benavente.

Cumplimiento de estándares Newmont

Cabe remarcar que Newmont es miembro fundador del Consejo Internacional de Minería y Metales (ICMM, por sus siglas en inglés) cuyos lineamientos corporativos se basan en Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas (UNGP, por sus siglas en inglés) y los Principios Voluntarios. Algo que los realizadores del informe, reconocen.

«Los requisitos de las políticas internacionales y de Newmont para el diálogo en la solución de controversias no se satisficieron en el caso Chaupe. Ha habido un retraso para encontrar un camino a la solución debido a una estrategia que priorizó el litigio sobre el diálogo”, puntualizan.

Asimismo, el informe señala la falta de una evaluación de riesgos específica para el caso (con los Chaupe Acuña), un análisis sobre las causas del conflicto y una investigación integral de los asuntos de seguridad.

Respuesta de la minera

El vicepresidente, gerente general y Asuntos Corporativos de Yanacocha, Javier Velarde, insistió en que la empresa minera ha buscado permanente un diálogo con los Chaupe Acuña, sin embargo, se perpetró otro ataque contra Máxima Acuña, y su esposo Jaime, el último 18 de setiembre. Velarde tomó el informe pagado por Newmont como otro punto de vista sobre el problema.

“Algunas de las conclusiones del informe no corresponden con nuestra visión del conflicto, pero reconocemos que debemos estar abiertos a comprender todos los puntos de vista involucrados, para superar el estancamiento actual. Confiamos en que este proceso –que ha durado un año y medio– y el informe final abrirán caminos para iniciar un diálogo con la familia Chaupe, el que hemos estado buscando desde hace unos meses para resolver finalmente la disputa con Yanacocha”, indicó.

DATOS:

  • *El recojo de información y realización del informe fue supervisado RESOLVE, organización sin fines de lucro dedicada a la construcción del consenso multisectorial. Newmont financió las actividades de la Misión con todos los fondos del proyecto transferidos a RESOLVE.
  • El equipo de la misión estuvo compuesto por las siguientes personas: Tim Martin, Director; Myriam Montalvo-Méndez, y Miguel Cervantes Rodríguez, miembros del equipo; Dana Goodson, Asesora en Políticas.
  • La adopción de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido durante más de 30 años un mecanismo para la defensa preventiva de violaciones a los derechos humanos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH).
  • Newmont es un productor líder de oro y cobre, cuyas operaciones se realizan principalmente en los Estados Unidos, Australia, Ghana, Perú, Indonesia y Surinam.

Fuente: Informe Yanacocha Independent Fact Finding Mission / RESOLVE / Yanacocha.com

Foto: Gabriela Delgado RED MUQUI / eltecolote.org / lamula.pe 

CON INICIATIVA DE LEY

  • Se plantea modificar artículo que redujo multas e infracciones

El congresista Oracio Pacori, presentó un proyecto de Ley (N° 269-2016-CR) que busca devolverle el total de su capacidad sancionadora al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), que le fue restada cuando en el 2014, el gobierno de Ollanta Humala promulgó la Ley N°30230*, que forma parte de los paquetazos ambientales normativos.

La iniciativa de esta «Ley que recupera las facultades sancionadoras del OEFA», propone eliminar el artículo 19 que viene limitando en sus funciones de este organismo, a sus acciones de prevención y corrección de la conducta infractora en materia ambiental.

Esto quiere decir que, durante tres años (2014 – 2017), el OEFA debe avocarse a dictar medidas correctivas y preventivas, y solo tramitar procedimientos sancionadores de forma excepcional. De ser así, esta entidad ambiental puede imponer sanciones que no pasen más del 50% de la multa establecida para tal infracción.

De acuerdo a la iniciativa del legislador del Frente Amplio, esta propuesta de norma pretende contrarrestar los efectos de la Ley N° 30230 que debilita la institucionalidad ambiental al recortar la facultad estatal –del OEFA– de sancionar o multar a aquellos actores que realizan actividades contaminantes, lo que acaba generando un espacio de mayor permisividad con la contaminación.

Hasta ahora, la imposición de multas mayores al 50% sólo pueden realizarse en el caso de infracciones calificadas muy graves por haber generado un daño real a la vida o salud de las personas; cuando sea una actividad realizada sin contar con el instrumento de gestión ambiental o en zonas prohibidas; y si se trata de una reincidencia en la misma infracción cometida dentro de los seis meses anteriores a la emisión de una resolución de sanción firme.

Se vence el plazo, pero…

El Secretario Ejecutivo de RED MUQUI, Javier Jahncke, advirtió que se prevé que se mantenga la desregulación y rebaja de estándares ambientales desde el Ejecutivo y el Congreso. Ante ello, se podría esperar que se continúe ampliando el plazo para limitar las funciones sancionadoras del OEFA, dentro de alguna otra normativa que pretenda “reactivar” la economía a favor de las inversiones mineras.

OEFA adecuó sus normativas

Cabe recordar a fines de julio del año 2014, el OEFA se vio obligado a emitir normas reglamentarias (Resolución de Consejo Directivo 26-2014-OEFA/CD) para adecuarse y facilitar la aplicación del artículo 19 de la Ley N° 30230.

“El artículo 19 (de la Ley N° 30230) establece que, durante 3 años, el OEFA tramitará procedimientos sancionadores excepcionales, en los cuales, si declara la existencia de una infracción, únicamente dictará una medida correctiva destinada a revertir la conducta infractora y suspenderá el procedimiento sancionador. Luego, si verifica el cumplimiento de dicha medida, concluirá el procedimiento; de lo contrario, lo reanudará, quedando habilitado para imponer la sanción respectiva”, puntualizó.

Por aquella época, OEFA aseguró que no se estaba afectando sus mandatos de carácter particular, ni sus medidas preventivas, medidas cautelares y medidas correctivas, que garantizan la efectiva y oportuna protección del ambiente y la salud de las personas. Asimismo, el organismo adscrito al Ministerio del Ambiente (Minam) aseguró que la Ley 30230 (artículo 19) tampoco iba en contra de su potestad de imponer multas coercitivas ante el incumplimiento de medidas cautelares y medidas correctivas.

“Las multas coercitivas, que tienen una naturaleza distinta a las multas administrativas, pueden duplicarse sucesivamente e ilimitadamente en tanto persista el incumplimiento de la medida cautelar o correctiva por parte de la empresa investigada o infractor, según sea el caso”, aducieron en el 2014.

DATO:

La Ley N° 29325 – Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental- otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del SINEFA, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental ─a cargo de las diversas entidades del Estado─ se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente.

*Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país

Foto: OEFA / Agencia Andina / Comunicaciones RED MUQUI

  • Se aplicará plan de acción de corto plazo que incluye monitoreo de aguas y salud humana en la zona

El Ministerio de Ambiente (Minam) aprobó por 90 días la declaratoria de emergencia de las microcuencas de los ríos Tingo – Maygasbamba, Hualgayoc-Arascorgue y Perlamayo, ubicadas en la provincia de Bambamarca-Hualgayoc (Cajamarca­), medida con la que se espera comenzar la remediación de casi mil pasivos ambientales mineros en la zona.

La firma de esta declaración de emergencia ambiental se aprobó este martes 27 de setiembre, mediante la Resolución Ministerial N° 272-2016-MINAM, tras la visita del Gobierno Regional de Cajamarca y dirigentes de los diferentes distritos afectados por la contaminación del agua, y que llegaron a Lima para entregar documentación y exigir al Ejecutivo el cumplimiento del compromiso acordado con el Minam durante el gobierno anterior.

Ahora en estos tres meses, el sector Ambiente evaluar en su mayor dimensión la problemática ambiental producto de los pasivos ambientales, y disponer las acciones de las diferentes entidades a mediano y largo plazo.

Según refiere la resolución firmada por la titular, Elsa Galarza, de acuerdo con la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, en este plazo de 90 días se ejecutará un Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, que estará a cargo de distintas entidades públicas y privadas, en coordinación con el Gobierno Regional de Cajamarca. Este plan, propuesto desde la mesa técnica conformada desde hace dos meses, también fue aprobado en la presente resolución.

Esta labor de recuperación y rehabilitación de la calidad ambiental de las áreas de intervención, se hará en conjunto con los ministerios de Agricultura y Riego, a través de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), Ministerio de Energía y Minas (MEM), y el de Salud (Minsa), ya que existen casos de pobladores afectados con metales pesados en su organismo.

El plan

Entre las acciones a corto plazo en estos 90 días se contempla la actualización del Inventario de pasivos ambientales mineros oficial de la provincia de Hualgayoc, con el fin de priorizar la intervención. De ello se harán cargo el MEM y el GORE Cajamarca.

Por su parte la ANA deberá obtener un diagnóstico de la calidad del agua superficial en base a un monitoreo a los recursos hídricos en la provincia de Hualgayoc (Río Tingo Maygasbamba, Hualgayoc-Arascorgue y Perlamayo).

Respecto a la salud humana, se incluirá un plan de trabajo coordinado entre el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas, Minsa) y la Dirección de Salud de Cajamarca. Ello supone la realización de un monitoreo biológico de metales pesados en la población humana (focalizado).

Fuente: Minam

Fotos: GORE Cajamarca / Minam

CON PROYECTO DE LEY

  • Iniciativa pretende fortalecer y complementar actual Ley de Recursos Hídricos
  • Intangibilidad de cuencas dependería de la función ecológica de las zonas donde se ubican

El congresista del Frente Amplio, Marca Arana presentó un proyecto de ley que propone el resguardo de importantes cabeceras de cuenca y zonas productoras de agua, al ser declaradas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA) como libres de daño –intangibles–, ante la ejecución de actividades económicas a gran escala que puedan contaminarlas y amenazar su ecosistema.

“No se trata de una intangibilidad absoluta, o de que no se pueda hacer nada en ellas (las cuencas o nacientes), sino de una intangibilidad restrictiva, en el sentido que actividades que sirvan para la protección y la gestión como: forestación con plantas nativas, como investigación científica o ecoturismo en pequeña escala, sí estaría permitido.

En ese sentido, el congresista representante de Cajamarca, dijo que para determinar cuáles son las zonas productoras de agua que pueden ser declaradas intangibles (libre de daño), se deberá considerar la función ecológica que cumple en el lugar. “En algunos casos pueden ser cuencas muy extensas, en otras microcuencas. Además, posee enfoque integral, al mirar la protección y gestión en la parte alta, media y baja de los ríos”, añadió.

Asimismo, especificó a RED MUQUI que el proyecto de conservación y protección de las cabeceras de cuenca donde se originan las aguas (N°283/2016-CR), también contempla lo contrario, es decir, que una cuenca pueda ser intervenida y no ser declarada como intangible. El texto de la propuesta de ley deja abierta esa posibilidad.

“No se trata de decir que no se toque ninguna cuenca, sino de declarar intangibles a aquellas cuencas que cumplen un rol productor de agua, fundamental para otras actividades económicas o para el consumo humano”, reiteró.

Respeto a propiedad comunal

Arana sostuvo que su iniciativa de ley permitiría tener zonas de conservación y de gestión integrada de recursos hídricos, en el que se respete la titularidad y la propiedad de las comunidades campesinas, o de quienes posean legalmente los predios que se encuentren en zonas productoras de agua. Para ello, el proyecto toma en cuenta el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como la ley de Consulta Previa.

“Al no avanzar en la titulación de las comunidades campesinas, se privilegian actividades que demandan mucha agua o que demandan poca, que encima es contaminada”, señaló.

Importancia

El legislador recalcó que la importancia de este proyecto radica en la prevención de conflictos socio ambientales, que por lo general se deben a la contaminación del agua por parte de las actividades extractivas, especialmente, desde la minería.

Además, apunta a mejorar la coordinación entre la ANA y los Gobiernos Regionales (GORE) y reforzar la Ley de Recursos Hídricos (Ley N° 29338) que ya reconocía la necesidad de resguardar los ecosistemas frágiles de altura, productores de agua, pero sin un marco normativo adecuado para ello.

Aplicable en Cajamarca

Por su parte, Sergio Sánchez, Gerente de Recursos Naturales y Medio Ambiente (Renama) de Cajamarca, aseguró que desde el Gobierno Regional ya tienen lista propuesta técnica que podría aportar y complementar la iniciativa de ley del congresista.

“Con el estudio de Zonificación Ecológica hemos identificados las cabeceras de cuenca más importantes y cuáles son las zonas donde cualquier empresa extractiva quiera entrar tendría que tener una restricción para no malograr actividades agrícolas ganaderas, tomando en cuenta que el 67% de la población es rural, y de ellos, el 55.8% vive de la agricultura y la ganadería”, comentó.

Sánchez acotó que es necesario contemplar el agua superficial, así como la subterránea, al ser lagunas y acuíferos confinados, que es importante para más de la mitad de la población cajamarquina.

“Cajamarca ya ha propuesta áreas de conservación regional, y hasta nacional, como las lagunas del alto Perú, las zonas de Conga, los bosques de Jaén, las lagunas de San Miguel de Tabaconas que colinda con Piura, zonas de importancia hídrica en las que podría aplicarse este proyecto”, finalizó.

Fuente y Fotos: Comunicaciones RED MUQUI

EN ESTA SEMANA

  • Hace dos meses se formó mesa técnica conformada por distritos y autoridades
  • GORE Cajamarca informó al Minam sobre situación de más de 800 pasivos ambientales mineros

Una delegación de los diferentes distritos de Bambamarca-Hualgayoc llega a Lima este lunes para solicitar al Ministerio del Ambiente (Minam), la declaratoria de emergencia que debió firmarse hace más de dos meses para comenzar el plan de remediación de pasivos ambientales en esta provincia de Cajamarca.

Así lo anunció, Sergio Sánchez, Gerente de Recursos Naturales y Medio Ambiente (Renama) de Cajamarca, quien además sostuvo (este jueves 22) una reunión con el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre Chang, para presentarle un informe sobre los 800 pasivos ambientales mineros que persisten en la zona.

“Nosotros como Gobierno Regional (GORE) hemos entregado documentación al viceministro Alegre, la cual se han comprometido a revisar hasta el día martes 27. Según nos respondieron, de acuerdo a ello, el sector tomará la decisión de declarar en emergencia ambiental a la provincia de Bambamarca-Hualgayoc”, comentó a RED MUQUI.

En ese sentido, Sánchez aclaró que en esta gestión de reuniones con los funcionarios del Ministerio del Ambiente (Minam), no se ha pedido ninguna partida de dinero al Estado, y que ese no ha sido el fin de la declaratoria de emergencia en la zona.

“Lo que queremos lograr es una articulación con todos los sectores del Estado con atención estricta a Cajamarca. Para ello solicitamos poner en marcha el plan de trabajo que se formuló dos meses atrás (julio) y así, determinar en cuánto tiempo se pueden tener algunas zonas remediadas y recuperadas”, puntualizó el representante ambiental del GORE Cajamarca.

Sánchez recordó al Minam, que luego de trabajar en mesas técnicas durante dos meses, el exministro del sector, Manuel Pulgar Vidal, se negó a que se declare en emergencia ambiental esta provincia cajamarquina que soporta casi 1000 pasivos ambientales, proveniente de la actividad minera.

“El 11 de julio se esperaba esta resolución de declaratoria. A ello se había comprometido el sector durante el gobierno anterior”, señaló.

Desde la conformación de una mesa técnica (26 de mayo) se llevaron a cabo varias reuniones en las que se acordó establecer la declaratoria de Emergencia Ambiental, establecer un plan de Remediación de las 973 zonas contaminadas, así como la elaboración de un estudio que evalúe donde colocar plantas de descontaminación.

Presupuesto

Respecto a la asignación de 65 millones de soles para el seguimiento técnico y financiero de los procesos de remediación de los programas de adecuación y manejo ambiental; Sánchez refirió que hace dos semanas (lunes 12 de setiembre), el Ministerio de Energía y Minas (MEM) transfirió 45 millones de soles a la subsidiaria “Activos mineros”, encargada de la remediación de los pasivos ambientales en la zona.

“En octubre comienza el proceso de licitación con este dinero transferido. Cabe aclarar que este presupuesto (65 millones de soles) corresponde a la remediación de los pasivos ambientales “huérfanos”, es decir, los que corresponden a minas abandonadas desde hace varios años y que están bajo la responsabilidad del Estado”, indicó a RED MUQUI.

Sánchez explicó que este presupuesto a cargo del MEM solo cubre la remediación de 173 pasivos ambientales, los otros 800 existentes en la provincia corresponden íntegramente a las empresas mineras que siguen activas. Es por ello que no se está pidiendo ningún presupuesto extra al Ejecutivo, tan solo el Estado de Emergencia.7

DATOS

  • En mayo de este año, la población de Bambamarca acató un paro provincial de 9 días en reclamo a la Remediación de los Pasivos Ambientales Mineros en la zona (973) que han afectado los ríos Tingo – Maygasbamba y Hualgayoc – Arascorgue.
  • Desde hace décadas las autoridades locales reclaman el haber encontrado plomo en la sangre en varios pobladores y contaminación de nacientes de recursos hídricos, debido a la expansión minera indiscriminada.

Fotos: La República / RED MUQUI / Radio Coremarca

EN INICIO DE JUICIO ORAL

Este viernes 23 de setiembre se inició la etapa oral del juicio contra el exalcalde de la Provincia de Espinar (Cusco) Oscar Mollohuanca Cruz, y los exdirigentes del Frente Único de Defensa (FUDIE) Herbeth Huamán Llave y Sergio Huamani Hilario, quienes son enjuiciados por los delitos de disturbios, atentado contra la seguridad común, entorpecimiento de los servicios públicos.

Durante esta primera audiencia, la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ica solicitó –para los tres acusados– 20 años de prisión efectiva ante el titular del Juzgado Unipersonal del distrito judicial de Ica, Darcy Vivanco Ballón. Tras su exposición de alegatos, el Fiscal también pidió la inhabilitación a todo cargo público, por cinco años, para el exalcalde de Espinar.

En detalle, el ministerio público de Ica, solicitó para cada uno de los imputados: 8 años de cárcel por el delito de atentado contra la seguridad común; 7 años por el delito de entorpecimiento de los servicios públicos, y otros 7 años por el delito de disturbios; además de una reparación civil de 100 mil nuevos soles y 250 días de multa a razón de 30% de sus haberes diarios (un total de 1875 soles).

A su turno, la Procuradora del Ministerio del Interior, afirmó que, desde el 21 al 30 de mayo del 2012, se registraron hechos de violencia, disturbios y por tanto pérdidas económicas para Espinar y la región Cusco, además de haber afectado las actividades de la empresa minera Antapaccay. En consecuencia, solicitó que se le imponga a la parte acusada, una reparación civil de 5 millones de nuevos soles en favor del Estado.

En respuesta a los alegatos acusatorios, los abogados de la defensa argumentaron que “la protesta social es un derecho legítimo”, y que las exigencias eran justificadas debido a los indicios de contaminación existentes en la zona desde hace muchos años atrás. También señalaron que la Policía Nacional estuvo claramente parcializada con la empresa, ya que mantiene convenios para la protección de los intereses de la minera.

Quien apareció durante el juicio, fue el Procurador de la Municipalidad provincial de Espinar, quien nunca antes se había hecho presente en este caso (la Municipalidad Provincial de Espinar no es parte agraviada en el proceso).

Tras la exposición de las partes, el juez distrital del Ica, programó una próxima audiencia para este viernes 30 de setiembre, a partir de las 3 de la tarde.

De Cusco a Ica

Cabe mencionar que en su momento la defensa de los agraviados, solicitó el retorno de la competencia al Juzgado Unipersonal de Espinar (Cusco), petición que fue concedida en primera instancia, pero que fue apelada por la Procuraduría del Ministerio de Interior.

Finalmente, el caso se está viendo en Ica, vulnerándose varios derechos entre ellos el derecho al Juez Natural y como tal el acceso a la justicia, además de las dificultades económicas que representa para los dirigentes y los abogados el trasladarse para cada audiencia desde Espinar hasta la ciudad de Ica.

Recuento del caso

El conflicto en Espinar se produjo tras los reiterados reclamos de la población a la empresa minera Xtrata Tintaya (Hoy Glencore Xtrata) y al gobierno por los diversos impactos en el ambiente (aire suelo y agua) y sobre todo la salud de la población que presenta metales pesados en la sangre.

Las principales exigencias eran la solución inmediata a los problemas de contaminación e indemnización por los daños ambientales; la restitución de las fuentes de agua afectadas; una auditoría ambiental internacional al cierre de las operaciones y el respeto pleno de los derechos humanos de las comunidades.

Luego del inicio del paro el 21 de mayo de 2012, se declaró el Estado de Emergencia en toda la provincia y al día siguiente fue detenido el alcalde Mollohuanca y trasladado, en un primer momento a la ciudad de Cusco y luego a Ica.

DATOS:

  • En el 2012, mediante las Resoluciones Administrativas N° 096-2012 y N° 1343-2012, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Fiscal de la Nación, se deriva la competencia de los procesos de Espinar – Cusco a los Juzgados y Fiscalías del Distrito Judicial de Ica.

Fuente: DHSF Cusco / Observatorio de Conflictos Mineros

Fotos: DHSF Cusco / Actualidad Ambiental

RED MUQUI, se dirige a la opinión pública nacional e internacional para manifestar lo siguiente:

1. Lamentamos que nuevamente, el personal de seguridad de la empresa minera Yanacocha haya perpetrado una acción de violencia contra Máxima Acuña y su esposo Jaime Chaupe, el 18 de setiembre último. En un comunicado público dicha empresa reconoce haber ingresado a las tierras de los Chaupe Acuña con el fin de remover “unos sembríos ubicados en un área de 200 metros cuadrados“.

2. En un video difundido por la propia empresa Yanacocha, se puede ver como un contingente de alrededor de veinte miembros de seguridad -provistos de escudos y armas disuasivas contundentes- cruzan el cerco perimétrico establecido por la propia empresa minera, que delimita sus tierras, respecto a la propiedad de los Chaupe Acuña.

3. En la grabación se aprecia la fuerza desmedida y desigual que ejerce la seguridad de la empresa minera contra los esfuerzos de Máxima Acuña y su esposo quienes, estando solos, tratan de defender lo que consideran suyo. Como consecuencia la pareja de campesinos termina con severas lesiones, las mismas que han llevado a que ambos sean evaluados y diagnosticados como policontusos. Sobre estos hechos la Defensoría del Pueblo ha presentado una denuncia ante el Ministerio Público.

4. Exigimos al Ministerio Público que investigue a profundidad y con la debida celeridad y transparencia lo sucedido, y denuncie a quienes resultaran responsables.

5. Nos sumamos a la invocación de la Defensoría del Pueblo, y exigimos al Estado peruano que respete sus obligaciones internacionales, cumpliendo con la medida cautelar emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en favor de Máxima Acuña. El Estado debe brindar las garantías y seguridad necesaria a ella y su familia, para evitar que la empresa minera Yanacocha y la empresa que le brinda servicios de seguridad, sigan ejerciendo actos de violencia en su contra, afectando sus derechos a la integridad personal y a la salud.

6. Hacemos de público conocimiento que la acción prepotente ejercida por la empresa minera y la empresa que le brinda servicios de seguridad es favorecida por la Ley N° 30230, norma que forma parte de los paquetazos normativos aprobados entre el 2013-2015. Esta norma, mediante sus artículos 65, 66 y 67, modificaron el artículo 920 del Código Civil respecto a la defensa extrajudicial de la posesión, de la que hace mención la empresa minera Yanacocha en su comunicado para sustentar su acción violenta.

7. RED MUQUI y GRUFIDES, en su momento, denunciamos el peligro de ésta normativa al indicar que permite la “recuperación rápida e inmediata de la posesión”1, sin necesidad de recurrir a la autoridad judicial, permitiendo el uso de la fuerza, o ejerciendo “la justicia por mano propia”. Así ha ocurrido en este caso. Teniendo Máxima Acuña documentos que acreditan la legalidad de su posesión y más aún, encontrándose judicializado el caso, minera Yanacocha ejerce el uso de la fuerza, sin tener ningún tipo de mandato judicial que la ampare.

8. Finalmente, el acto de violencia sufrido por Máxima Acuña y su esposo a través de la aplicación de la “defensa posesoria”, es sólo un ejemplo de las múltiples violaciones de derechos que las normas de los paquetazos normativos (aprobados y promulgados entre el 2013 y el 2015) pueden ocasionar. Por ello demandamos al Poder Legislativo la necesidad de derogar las Leyes N° 30230, N° 30327 y el D.S. N° 001-2015-EM, entre otras normativas, que consideramos lesivas a los derechos fundamentales, y que solo están generando mayor conflictividad social con su aplicación.

Lima, 19 de setiembre de 2016

 

1. En “Paquetes normativos 2013-2015 y su impacto en los derechos fundamentales en el Perú –Análisis”, 2015. RED MUQUI y GRUFIDES.

DÍAS DESPUÉS DE VIGILAR A LA FAMILIA

  • Defensoría denunció hecho ante Ministerio Público y hará seguimiento a medida cautelar a favor de Máxima
  • Médicos confirman diagnóstico policontuso tras agresión a la ganadora del Golden Prize

El día de ayer (domingo 18 de setiembre), aproximadamente a las 9.30 de la mañana. La familia Chaupe Acuña reportó un nuevo ataque por parte de la empresa minera Yanacocha. Esta vez la agredida fue la propia Máxima Acuña, quien se encontraba sola en casa junto a su esposo Jaime ese día.

Personal de la empresa irrumpió sin ninguna autorización al predio y empezaron a destruir los sembríos de papa y ollucos que anteriormente también fueron removidos por órdenes de Yanacocha. Ante esta situación Máxima se acercó a reclamar este nuevo atropello, y al tratar de conversar con el personal de la minera, fue agredida por los de seguridad.

“La empresa minera ha entrado al Tragadero Grande, el terreno que tenemos en litigio. Mi mamá se acercó a preguntarles porqué están entrando y a conocer de quienes se trataba, es ahí donde la seguridad la ha golpeado para impedir que se acerque a estas personas. Algunos de ellos la han tomado de los brazos y le han desabotonado de la blusa. Mi mamá tiene heridas en los brazos, en el pecho y las piernas”, relató Isidora Chaupe, hija mayor de la pareja.

Mientras tanto, Jaime Chaupe no pudo ser “atrapado” por el contingente de 80 personas, entre policías, comuneros del lugar, personal de seguridad e ingenieros de la empresa. Lamentablemente, el esposo de Máxima no puedo hacer nada por ella.

“Desde el día miércoles han estado vigilando para ver cuántas personas están en la casa para ver si se pueden defender. Han comprobado que mi mamá y mi papá han estado solos el día domingo para entrar”, aseguró Isidora Chaupe mientras atendían a su madre en una clínica local de Cajamarca.

Traslado a una clínica

Isidora narró a medios internacionales que cerca al mediodía, un policía del distrito Huasmín (Celendín, Cajamarca) pasaba cumpliendo su rutina, cuando el esposo de Máxima le pidió prestado su celular para comunicarse con ella. “Mi papá me pidió que enviáramos una movilidad para trasladar a mi mamá porque estaba grave”, añadió.

Tras cuatro horas de viaje, la ganadora del Goldman Prize fue trasladada a una clínica en la ciudad de Cajamarca en donde confirmó que fue agredida por personal de la empresa que pretendió ingresar a su propiedad. El periodista cajamarquino, Juan Chillón, pudo recoger escasas declaraciones que fueron publicadas en la cuenta del Facebook del portal Wayka.

«Me han aventado, me han empujado. Me han agarrado del brazo, me han jaloneado y en mi mano me han dado con la escoba. De acá me han cogido (el hombro) y me duele (…) casi me han desnudado. Me duele»

“En estos momentos está imposibilitada, porque le ataca el corazón y le duele el cuerpo por los golpes”, refirió Isidora Chaupe sobre el estado actual de su madre.

Defensoría presente

Cabe mencionar que representantes de la Defensoría del Pueblo de Cajamarca, acompañaron a Máxima Chaupe apenas llegó a la ciudad. Agustín Fernando Moreno Díaz, declaró a Portafolio periodístico de Cajamarca, que este hecho ha sido denunciado ante el Ministerio Público, con el fin de que la señora Acuña de Chaupe pase un reconocimiento médico y sea la Fiscalía quien determinen el grado de lesiones.

“Ella tiene mucho dolor. Su diagnóstico, según el médico con el que conversamos, es policontuso. Hemos colocado el caso en manos del Ministerio Público, ellos evaluarán si corresponde una investigación preliminar”, puntualizó.

Asimismo, el representante de la Defensoría del Pueblo de Cajamarca, recalcó que la agricultora ganadora del Goldman Prize, cuenta con una medida cautelar que busca la garantía de su integridad física.

“La Defensoría ha venido pidiendo bastante información al Ministerio Público y al Ministerio del Interior para ver cómo se ha ido implementando esta medida cautelar. Nos corresponde preguntar al responsable de implementarla, cómo es que se pueden mejorar las acciones de protección y garantía a los derechos de la señora Chaupe”, informó.

La mina responde

En un comunicado difundido el mismo domingo 18, la empresa minera Yanacocha reconoció que removió los sembríos de la familia, y según indicó, estos estuvieron ubicados en un área de 200 metros cuadrados, dentro de la propiedad de Yanacocha y a 300 metros de la casa de los Chaupe Acuña. Nuevamente adujeron que realizaron una defensa posesoria con presencia de su personal de seguridad.

“La empresa está actuando dentro de su propiedad, en firme defensa de sus derechos, y protegiendo la integridad física y los derechos humanos de nuestros trabajadores y los miembros de la familia Chaupe, que no cuentan con autorización judicial para expandir sus actividades en los terrenos de Yanacocha, por lo que la actividad realizada hoy (domingo) responde al cumplimiento estricto de la ley”, señalaron.

En respuesta, la hija mayor de Máxima, dijo que la empresa no cesa en vigilar el predio de sus padres. “Siempre que pueden provocan, en cuanto mi mamá puede defenderse, sacan videos diciendo que ella es la agresora, pero eso es totalmente falso”, aseveró.

DATO

La empresa ha perdido el caso en el Poder Judicial pues Acuña y su esposo probaron con documentos la propiedad de su terreno de 18 hectáreas, adquirido en 1994. Sin embargo, continuamente realiza acciones de intimidación a la familia Chaupe-Acuña, alegando que la familia siembra en su propiedad.

Fuente: Congaconflict / LaMula.pe / Portafolio Periodístico / Yanacocha

Fotos: Facebook Juan Chillón / Captura del YouTube Portafolio Periodístico /YouTube Yanacocha