NO AL GOLPE DE ESTADO

Las instituciones y organizaciones sociales abajo firmantes expresamos lo siguiente:

  • Rechazamos el golpe de Estado y esta vacancia presidencial que distorsiona el artículo 113 de la Constitución, referido a la “incapacidad moral permanente”, y deja al país en una situación de incertidumbre, en el preciso momento que enfrentamos la mayor crisis sanitaria, económica y social.
  • La decisión del Congreso pone en cuestión el Estado de Derecho, el equilibrio entre poderes del Estado, los avances en la lucha contra la corrupción y la independencia del sistema de justicia, como es la elección de las y los magistrados del Tribunal Constitucional, entre otras importantes autoridades judiciales y fiscales.

Ante las actuales circunstancias, exigimos:

  • Al Congreso de la República respetar el Estado de Derecho y reconsiderar la votación que aprobó una vacancia inconstitucional, y que adolece de nulidad.
  • Asimismo, suspenda el proceso de elección de las y los miembros del Tribunal Constitucional por no contar con las garantías de imparcialidad ni transparencia. Y se separe de las comisiones parlamentarias a las y los congresistas que tengan sentencias judiciales firmes y/o investigaciones por delitos de corrupción.
  • Al Pleno del Congreso, se garantice el cumplimiento del calendario electoral de las elecciones generales del 11 de abril y el respeto de la autonomía de los organismos electorales.
  • Al Tribunal Constitucional resuelva con carácter de urgencia la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo, especificando los parámetros que evite el uso arbitrario de la causal de incapacidad moral permanente a fin de impedir su uso en beneficio de intereses subalternos.
  • A todos los poderes y autoridades del Estado, defender y garantizar el orden constitucional, el respeto a las instituciones, la democracia y la transparencia.
  • Asimismo, se garantice el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la protesta de las movilizaciones ciudadanas en rechazo al golpe de Estado.

Recordamos al Congreso de la República y al país que la Constitución, en su artículo 46, dispone que: “Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional…”.

Solicitamos a la OEA la aplicación de la Carta Democrática, y a la comunidad internacional a expresar su rechazo al golpe de Estado.

Finalmente, convocamos a las organizaciones sociales y gremiales, y a la ciudadanía en general, a mantenernos vigilantes y en movilización permanente a nivel nacional hasta el restablecimiento del orden democrático.

Perú, 10 de noviembre del 2020

 

  1. 13 Brujas
  2. Acción por los Niños
  3. Aldeas Infantiles SOS Perú
  4. Alsakuy Agroecológica
  5. AMAS Marianistas
  6. Articulación de Lesbianas Feministas de Lima
  7. ASAP
  8. Asociación Ágape
  9. Asociación Agenda Mujeres
  10. Asociación Amar C
  11. Asociación Arariwa
  12. Asociación Civil Centro de Cultura Popular Labor
  13. Asociación Civil Centro de Desarrollo Andino – Sisay
  14. Asociación Civil JAPIQAY, Memoria y Ciudadanía
  15. Asociación de jóvenes indígenas amazónicos del Megantoni
  16. Asociación Nacional de Familiares de Desaparecidos, Ejecutados Extrajudicialmente y Torturados – ANFADET
  17. Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú – ANFASEP
  18. Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH
  19. Asociación PRODEMU
  20. Asociación Servicios Educativos Rurales
  21. Asociación WAYRA
  22. CAPAZ PERÚ
  23. Casa Bagre
  24. Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica
  25. Centro Cristo Rey
  26. Centro de Desarrollo Andino Amazónico
  27. Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos- Perú EQUIDAD
  28. Centro de Promoción y Desarrollo Poblacional- CEPRODEP
  29. CISMA Pukara EIRL
  30. Colectiva 8M
  31. Colectivo Por La Igualdad de Género
  32. Colectivo por la Igualdad Huancavelica
  33. Colectivo Sonqo Warmi Cusco
  34. Colectivo Yuyananchis
  35. Colegio de Sociólogos de Piura
  36. Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de las mujeres-CLADEM Perú
  37. Comunidad Nativa Arizona Portillo
  38. Conectar para Actuar
  39. CooperAcción
  40. Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – CNDDHH
  41. CPM Micaela Bastidas
  42. Demus
  43. Derecho Ambiente y Recursos Naturales
  44. Derecho, Interculturalidad y Ambiente
  45. DIACONIA
  46. Ecomenstruantes Perú
  47. Emma y Yo
  48. Epicentro Trujillo
  49. Esclavas de Corazón de Jesús
  50. FEDECMA
  51. FENUPETROL
  52. Foro Ecológico del Perú
  53. Forum Solidaridad Perú
  54. FOVIDA-Fomento de la vida
  55. GirlGov Perú
  56. GirlGov Perú en Acción
  57. GNRC-Perú
  58. Grupo de Justicia Fiscal
  59. Grupo de Seguimiento a las Esterilizaciones Forzadas
  60. Grupo de Trabajo de Salud Mental de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos-GTSM
  61. Grupo Impulsor de Mujeres y Cambio Climático GIMCC
  62. Iglesia Luterana del Perú
  63. Illa, Centro de Educación y Comunicación
  64. Industrias Creativas Tesla
  65. Instituto de Defensa Legal
  66. Instituto Promoviendo Desarrollo Social – IPRODES
  67. Jóvenes Peruanos frente al Cambio Climático
  68. Juntos Perú
  69. Juventud cristiana por la democracia
  70. Kachkaniraqmi
  71. Kusi Ayllu
  72. Lesbianas Independientes Feministas Socialistas – LIFS
  73. Madres en Acción
  74. Más Igualdad Perú
  75. Mesa de Salud Ambiental y Humana
  76. Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático – MOCICC
  77. Movimiento Ciudadano por la Igualdad de Género
  78. Movimiento de Promoción Por Los Derechos Humanos de las Mujeres AMHAUTA
  79. Movimiento Manuela Ramos
  80. Movimiento Tzuk Kim-pop
  81. Ni Una Menos Arequipa
  82. Observatorio de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las personas con discapacidad
  83. Parió Paula Percusión
  84. Paz y Esperanza
  85. Plataforma de la Sociedad Civil sobre Empresas y Derechos Humanos
  86. Plataforma de Recursos Naturales y Desarrollo Sostenible – RENADES
  87. Plataforma para el Ordenamiento Territorial
  88. Plataforma para la Gobernanza Responsable de la Tierra
  89. ProgettoMondo Mlal
  90. Programa Laboral de Desarrollo
  91. Promotoras legales de Villa el Salvador
  92. PsicólogaMente Perú
  93. Quinta Ola
  94. Red Muqui
  95. Red para la infancia y la familia – Perú
  96. Red Peruana por una Globalización con Equidad (RedGE)
  97. Red Regional Agua Desarrollo y Democracia
  98. Renovemos
  99. I Girl Up
  100. SEDYS – Trujillo
  101. Smiles and Hope Peru
  102. Sostenibles – Colectivo Ciclista Feminista
  103. Sub Grupo sobre Derrames petroleros
  104. Tambora Resistencia
  105. Terre des Hommes Suisse
  106. Tránsito – Vías de Comunicación Escénica
  107. Tu y Yo activismo
  108. Voce en linea Perú
Foto de monitoras ambientales de Cajamarca – Grufides

Las organizaciones de la sociedad civil, así como los monitores y vigilantes ambientales comunitarios, preocupados por el cuidado y protección del ambiente, la conservación de los recursos naturales y los territorios, ante la actual crisis sanitaria por la Covid-19 queremos expresar a la opinión pública, a las autoridades que correspondan, y de modo particular al Congreso de la República lo siguiente:

  1. Actualmente se encuentra en debate en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro-Peruanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República, el pre dictamen de una iniciativa legislativa denominada “Ley para la articulación de la vigilancia y monitoreo ambiental ciudadano e indígena en el sistema nacional de gestión ambiental”, que busca reconocer la labor de los vigilantes y monitores ambientales ciudadanos y comunales. Esta iniciativa ya fue presentada en años anteriores (por la excongresista Maria Elena Foronda) y ha sido retomado por el despacho del congresista Lenin Bazan. El pre dictamen ha generado resistencias por parte de la Sociedad Nacional de Minería, Petroleo y Energia (SNMPE), Ministerio de Ambiente, de Energía y Minas, de Agricultura y Riego, así como del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), y la Autoridad Nacional del Agua (ANA), quienes aducen que ya existe una norma de participación ciudadana y que se busca duplicar competencias, entre otros.

 

  1. Desde nuestro punto de vista, y tomando en cuenta la actual crisis ambiental que venimos atravesando por la acelerada degradación ambiental de nuestros territorios, el agua y los recursos naturales en el contexto de la pandemia, la propuesta de ley que se viene discutiendo en la referida comisión es un avance sustancial en el reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas, sobre todo en garantizar una real participación de estas comunidades y poblaciones, así que no vemos que se dupliquen competencias, por el contrario, los complementa y los potencia. Es más, los resultados de las acciones de vigilancia y monitoreo comunitario servirían como primer eslabón de alerta temprana dentro del sistema nacional de gestión ambiental. Así mismo los monitores y vigilantes ambientales pueden cumplir un rol de prevención de indicios de contaminación ambiental, así como de posibles conflictos socio ambientales.

 

  1. Los pueblos indígenas amazónicos, andinos y costeros, desde tiempos ancentrales vienen realizando labores de vigilancia ambiental de sus territorios, inclusive en lugares donde el mismo Estado no ha llegado, por ello la labor de los monitores y vigilantes ambientales ciudadanos y comunitarios ayudaría a mejorar y fortalecer el Sistema Nacional de Gestión Ambiental – SNGA aportándole mayor información sobre la realidad de los territorios y el campo y alertando de forma temprana acerca de potenciales desastres ambientales. Al prevenir estos desastres, también se generaría un ahorro importante en términos de remediación ambiental y salud pública.

 

En definitiva, este pre dictamen que reconoce el trabajo de los vigilantes y monitores ambientales es de vital importancia para el país y en especial para los pueblos indígenas y poblaciones locales. Exhortamos a los congresistas de la referida Comisión para que puedan reconocer e institucionalizar su participación y con ello una mejora en la calidad de vida de las peruanas y peruanos.

 

Lima, 14 de julio del 2020

Firman:

  • Federación Agraria Revolucionaria Túpac Amaru de Cusco – FARTAC, CUSCO
  • Asamblea Regional de Jóvenes Cusco – AREJO, CUSCO
  • Federación de jóvenes de la provincia de Paruro – FEDEJOP, CUSCO
  • El Centro para el Desarrollo de los Pueblos Ayllu – CEDEP AYLLU, CUSCO
  • Instituto de Estudios de las Culturas Andinas – IDECA PERÚ, PUNO
  • La Red Muqui Nacional
  • Derechos Humanos Sin Fronteras – Cusco
  • Red Muqui Sur
  • Asociación T’ikariy de la provincia de Chumbivilcas, Cusco
  • Asociación Marianista de Acción Social – AMAS – La Libertad
  • Derechos Humanos y Medio Ambiente – DHUMA Puno
  • Frente de defensa en contra de la contaminación del Río Coata y la bahía interior del Lago Titicaca – Puno
  • Frente de defensa Unificado en defensa de la cuenca del río Coata y el Lago Titicaca – Puno
  • Asociación de Mujeres Defensoras del Territorio y la Cultura K’ana de Espinar – Cusco.
  • Asociación de Vigilantes y Monitores Ambientales de Espinar – Cusco
  • Frente Único de Defensa de los Interes del distrito de Chamaca – FUDICHA, Chumbivilcas – Cusco
  • Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente – IDMA Abancay – Apurimac
  • Pastoral Social de Dignidad Humana – PASSDIH – Huancayo
  • Instituto NATURA – Chimbote
  • GRUFIDES- Cajamarca
  • Defensoras y defensores de la vida y la pachamama- DEVIPACAJ
  • Comité de vigilancia ambiental juanchopuquio del Distrito de la Encañada – Cajamarca
  • Comité de vigilancia ambiental Cushunga del Distrito de la Cajamarca

La Red Muqui, colectivo de 29 instituciones que promueven la defensa de derechos humanos y ambientales a nivel nacional, frente a la actual situación política y de conflictividad social que vive el país, señala a la opinión publica lo siguiente:

Primero: En medio de la actual crisis política y los casos de corrupción vinculados a Odebrecht, y los cambios ministeriales recientes; rechazamos los casos de conflicto de intereses o las llamadas “puertas giratorias” de funcionarios del Estado y de empresas privadas. No sorprende el caso del ex ministro de Energía y Minas, Juan Carlos Liu, por trabajos anteriores realizados para Odebrecht. No basta con cambiar ministros, la crisis se mantendrá si no se hacen cambios de fondo; mientras se mantenga el marco normativo que permite la modificación de EIAs vía ITS en el sector minero, la política de concesiones mineras, la permisibilidad de las puertas giratorias, así como los decretos de urgencia emitidos sin la aprobación del Congreso, entre otros.

Segundo: Llamamos la atención sobre la reactivación de la conflictividad social que se viene dando en las provincias de Cotabambas, Espinar y Chumbivilcas, en el denominado corredor minero de Cusco y Apurímac. Las comunidades ubicadas en el entorno minero y la carretera del corredor vial exigen atención a los acuerdos firmados por el gobierno nacional en las múltiples “mesas de diálogo”, así como la compensación por los daños que se viene ocasionando en sus territorios. Sin embargo, en vez de respetar y avanzar en los acuerdos de las mesas de diálogo; la respuesta del Gobierno Nacional ha sido nuevamente declarar en estado de emergencia la zona y criminalizar la protesta social, lo que agrava aun más la situación de tensión y conflictividad.

Tercero: Valoramos la lucha de los pobladores y agricultores del valle de Tambo en Arequipa por defender su principal actividad económica que es la agricultura, frente a la insistente imposición del proyecto Minero Tía María por parte de la empresa Southern Copper Corporation. Que finalmente ha llevado al presidente Martin Vizcarra y la PCM a afirmar que el proyecto minero no va en este gobierno porque: “no están dadas las condiciones». Si bien este anuncio es un logro para los pobladores del valle de Tambo, exigimos que se retire a las FF.AA. y la PNP, ya que la hostilización continúa en la zona. El Gobierno debe reconocer que el proyecto Tía María es inviable porque no cuenta con la aceptación social de la población. Además, persisten observaciones ambientales al proyecto aprobado; por ejemplo, las observaciones hechas por la UNOPS no han sido levantadas hasta ahora. En el valle de Tambo hay otras opciones de proyectos de vida como la agricultura, que son incompatibles con la actividad minera y que debe ser respetada por su aporte a la soberanía alimentaria y al desarrollo del país.

Finalmente, urge retomar el debate jurídico y político sobre el rol de la minería en el país con la participación de todos los sectores involucrados; principalmente de las comunidades y poblaciones en cuyos territorios se ven afectados sus derechos. No contamos con una institucionalidad pública que garantice la gobernabilidad democrática y el respeto de los derechos humanos de todos los ciudadanos por igual. Además, los marcos normativos actuales son insuficientes para garantizar el acceso al derecho a la salud humana y ambiental; a la participación ciudadana; a la consulta previa y el ordenamiento territorial. Como lo ha señalado recientemente Michel Forst, Relator Especial para Defensores de Derechos Humanos de la ONU, en su visita oficial a nuestro país: “Se debe fomentar instituciones públicas fuertes con medidas adecuadas que combatan la corrupción, los conflictos de intereses y uso de influencia indebida”.

Lima, 17 de febrero del 2020.

RED MUQUI, ante la situación de conflictividad social que persiste en el Valle de Tambo en Arequipa, y que se ha extendido a Moquegua, Tacna, Cusco, y otros lugares del país, y frente a las recientes decisiones asumidas por el gobierno y la postura de los gremios empresariales, se dirige a la opinión pública para manifestar lo siguiente:

  1. El Estado necesita fortalecer, priorizar y ejercer su rol protector de la persona humana y de su dignidad ante cualquier decisión que requiera tomar.
  2. Consideramos que las inversiones son importantes para la economía del país, pero deben darse o promoverse en el marco del respeto de los derechos humanos. Los últimos gobiernos, acogiendo el discurso de los sectores empresariales, han buscado incrementar las inversiones, en particular para las actividades extractivas, y en especial en minería, con marcos normativos y políticas que sacrifican la regulación de protección del ambiente y los derechos de las personas bajo una justificación de “simplificación administrativa” o de “reducción de la tramitología”.
  3. Estos “paquetazos” normativos debilitaron los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), entre otras cosas, facilitando su modificación por Informes Técnicos Sustentatorios (ITS) cuyo plazo de aprobación es de tan solo 15 días. También se debilitó la fiscalización ambiental al limitar la función sancionadora de OEFA durante tres años.
  4. Nos preocupa que las presiones de los gremios empresariales sigan incidiendo en las decisiones que se toman en diversas instancias del gobierno nacional, y ello evite que el Estado asuma su rol garante de derechos frente a situaciones que pueden generar conflictividad social. El Estado no puede reducir su rol a ser sólo “mediador”.
  5. El caso del proyecto minero Tía María nos plantea la necesidad de contar con un Estado que recupere su rol constitucional, garante de derechos como prioritario; y desde esa perspectiva revise sus decisiones en marcos normativos y políticas públicas sobre temas ambientales, sociales y de criminalización de la protesta, que hoy en día facilitan las actividades extractivas en desmedro de derechos fundamentales de las poblaciones y comunidades de las zonas de influencia de los proyectos, propiciando mayor conflictividad social.
  6. En ese sentido, es necesario comprender que las protestas que hoy se extienden a nivel nacional son legítimas, porque las poblaciones y comunidades lo único que hacen es defender sus territorios y bienes comunes; en particular, exigiendo se respeten sus modos de vida y sus actividades económicas ancestrales. Se trata de poblaciones que subsisten sin mayor apoyo de un Estado, que, en vez de despreciar sus actividades como la agricultura, la ganadería, la artesanía, y el turismo sostenible; o ponerlas en riesgo, debiera apoyarlas para que mejoren sus condiciones de existencia. Este apoyo es una exigencia porque es el Estado el responsable de que todos y todas lleven una vida con dignidad y justicia en el país.

RED MUQUI se dirige la opinión pública nacional e internacional para manifestar lo siguiente:

Esta semana la Presidenta de la CONFIEP, María Isabel León anunció la presentación al Presidente Vizcarra de la “Agenda País” de dicho gremio empresarial.
Nos preocupa que entre las prioridades exigidas como parte de su Agenda, CONFIEP haya planteado como “señal importante”, que el gobierno peruano otorgue la licencia de construcción al proyecto minero Tía María de la empresa mexicano-norteamericana Southern, antes del vencimiento del plazo de vigencia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de dicho proyecto, que se producirá el 31 de julio próximo.
Denunciamos la evidente presión del empresariado nacional, en particular minero, para lograr la realización del proyecto Tía María, buscando una señal “de que la inversión va a ser protegida”, como se ha dicho desde CONFIEP. Ante ello, esperamos que el presidente cumpla con su declaración respecto de Tía María: “queremos que los proyectos se hagan fruto del consenso, no fruto de la imposición”.
Debemos recordar que el rechazo mayoritario de la población del Valle de Tambo de la provincia de Islay en Arequipa al proyecto minero lleva ya 10 años. Se trata de una lucha legítima que se centra en la agricultura como opción de desarrollo, la misma que aporta a la canasta familiar de las regiones del sur del Perú, dando empleo y siendo respetuosa del ambiente y la naturaleza.
Por ello la población del valle de Tambo se expresó en setiembre del 2009 en una consulta vecinal, con un 97% de los votos válidos en los 6 distritos de la provincia de Islay, rechazando el proyecto minero Tía María y cualquier otro proyecto que implique un riesgo para el valle y la cuenca del río Tambo.
Los riesgos han sido demostrados. Las 136 observaciones al primer EIA del proyecto minero que realizó la Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos – UNOPS nunca fueron resueltas debidamente. El nuevo EIA no consideró en su audiencia pública la participación de los agricultores afectados del valle, no se les permitió participar. Las observaciones presentadas al uso del agua de mar con la planta desalinizadora, el impacto sobre aguas subterráneas (con un estudio hidrogeológico deficiente, como lo demostraran expertos internacionales), el impacto del polvo (por falla en la modelación de la dispersión del aire y el establecimiento de solo dos puntos de monitoreo), gases y vibraciones sobre el valle y la población, no fueron debidamente levantadas, ni rigurosamente sustentadas ante el MINEM ni tampoco en los debates realizados. Pese a ello fue aprobado.
Por todo ello, desde RED MUQUI consideramos que sería irresponsable otorgar la licencia de construcción, y con ella dejar expedita la autorización de inicio de operaciones de exploración al proyecto minero Tía María, lo que podría generar un nuevo y más grave conflicto social, que esperamos tampoco se resuelva con una eventual militarización. Si los verdaderos representantes de los pobladores y agricultores del Valle de Tambo aceptan el espacio de diálogo propuesto desde el Ejecutivo, este proceso no debe convertirse en una “negociación”, ni servir para “dar viabilidad” al proyecto, sino debe escuchar la razones por las que los agricultores no consideran viable el proyecto Tía María, no creen que la agricultura sea compatible con dicho proyecto, y recoger sus propuestas sobre la mejora de sus actividades económicas agrícolas y el futuro del Valle, y todo ello no puede estar condicionado a los días que quedan de vigencia del EIA del proyecto.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Perú.

 

Descripción de la situación:

El Observatorio ha recibido información de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú (CNDDHH) sobre la criminalización de los Sres. Juan Carlos Ruíz Molleda, abogado de derechos humanos que trabaja en el Instituto de Defensa Legal (IDL)[1] y Fernando Osores Plenge, médico ambientalista comprometido con la denuncia de los impactos sobre el derecho a la salud provocados por la contaminación ambiental.

Según la información recibida, el 8 de noviembre tuvo lugar la audiencia de control de la acusación que el Ministerio Público ha presentado en contra de los Sres. Ruíz Molleda y Osores Plenge por la supuesta comisión del delito de uso de documento público falso en agravio del Ministerio de Salud. La audiencia fue inicialmente suspendida hasta el 30 de noviembre y con posterioridad ha sido nuevamente aplazada hasta el 20 de diciembre.

Tras pasar por varias instancias del poder judicial peruano, el 11 de junio de 2018 la Fiscalía emitió su requerimiento acusatorio en contra de los Sres. Ruíz y Osores, en el que solicitaba la imposición de pena privativa de libertad de dos años, la pena accesoria de 30 a 90 días multa, así como el pago de una reparación civil de 6 mil soles (1 565 Euros). Según las mismas informaciones, la acusación del Ministerio Público presentaba serias falencias a nivel probatorio y además únicamente se basaba en una parte de la documentación puesto que no tomaba en consideración como parte de su valoración jurídica importantes elementos que habían sido aportados por la defensa en su solicitud de sobreseimiento[2].

El proceso en su contra se inició el 2 de octubre de 2015 con una denuncia penal presentada por elMinisterio de Salud (MINSA) y el Instituto Nacional de Salud (INS) en la que se les acusaba de lo siguiente: delitos contra la fe pública en sus modalidades de falsedad ideológica (artículo 428 del Código penal), falsificación de documento público y uso de documento público falso (artículo 427), y falsedad genérica (artículo 438); así como el delito de grave perturbación de la tranquilidad pública (artículo 315-A del Código Penal). Varios de estos delitos fueron posteriormente descartados por el Ministerio Público falta de elementos de convicción.

La acusación se produjo como reacción a la publicación en internet el 4 de agosto de 2015 de un artículo de los Sres. Juan Carlos Ruíz y Fernando Osores titulado «La contaminación en Espinar por metales pesados comienza a cobrar sus primeras víctimas»[3]. En dicho artículo los Sres. Ruíz y Osores hicieron pública la violación de los derechos humanos de las comunidades en el marco de una crisis de intoxicación por metales pesados que padece la población campesina de Espinar (Departamento del Cusco) y que había provocado la muerte el 11 de mayo de 2015 en el Hospital Goyeneche de Arequipa de la Sra. Margarita Ccahuana Córdova, comunera de la comunidad campesina Alto Huancané que había solicitado asesoría y representación legal al IDL meses antes de su muerte. Para la elaboración del artículo los Sres. Ruíz y Osores contrastaron los resultados de un estudio médico de 2010 del MINSA, a través del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente (CENSOPAS) en el que a la Sra. Margarita Ccahuana Córdova se le encontraron niveles elevados en los cuatros metales pesados bajo estudio, con otros informes médicos que acreditaban el mismo peligro.

Este caso de criminalización tiene lugar en un contexto de crisis socioambiental y de derechos humanos en la provincia de Espinar. Desde 2010 la población de Espinar reclama al Estado una atención médica especializada que haga frente a la exposición a metales pesados (plomo, cadmio, mercurio y arsénico entre otros) muy por encima de los límites establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y que estarían presuntamente vinculados con las actividades del proyecto minero Antapaccay, de la multinacional suiza Glencore. La crisis socioambiental ocasionó en 2012 una serie de protestas en las que murieron 3 manifestantes y otros 15 resultaron heridos en un contexto de fuerte represión y criminalización de la protesta social y de la defensa de los derechos humanos. La represión de las comunidades se ha mantenido hasta la actualidad incluyendo a través de la aplicación abusiva y contraria a los estándares internacionales de los estados de emergencia en el Corredor Minero[4], la militarización, la criminalización de los dirigentes campesinos Oscar Mollohuanca Cruz, Herbert Huamán y Sergio Huamaní Hilario[5] o el desplazamiento forzado de las comunidades campesina de Oquebambas y Alto Huarca en el año 2018, entre otras violaciones de derechos humanos.

El Observatorio muestra su preocupación por el hecho de que en octubre de 2018 el Congreso de la República archivase el Proyecto de ley sobre salud ambiental y humana de afectados por metales tóxicos, lo que parece evidenciar que, en vez de atender los problemas de fondo, se dedica a perseguir a las personas defensoras que denuncian estas violaciones de derechos humanos.

El Observatorio destaca las enormes dificultades que enfrentan quienes defienden derechos humanos en el Perú. Según cifras de la CNDDHH entre 2011 y la actualidad, 119 personas defensoras han sido asesinadas, y en 2017 más de 800 personas defensoras estaban siendo objeto de criminalización[6]. Durante una reciente misión en el Perú el Observatorio denunció que las personas defensoras trabajan en un clima de estigmatización y criminalización, y se enfrentan a un marco punitivo y represivo de la protesta social y la defensa de los derechos humanos y a la absoluta inacción de las autoridades para protegerlas.

Por todo lo anterior, el Observatorio condena la criminalización de los Sres. Juan Carlos Ruíz Molleda y Fernando Osores Plenge, y exige que se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo al nivel judicial, en su contra. Además, el Observatorio insta al Estado peruano a cumplir con su compromiso de desarrollar una política pública integral de protección de las personas defensoras que incluya componentes de protección, prevención y lucha contra la impunidad.

 

Acción solicitada:

 

Por favor, escriban a las autoridades del Perú instándolas a:

Velar por que se respeten las garantías del debido proceso y se ponga fin a todo tipo de hostigamiento, incluyendo al nivel judicial, en contra de los Sres. Juan Carlos Ruíz Molleda y Fernando Osores Plenge, y en general, en contra de todas las personas defensoras de derechos humanos en el Perú;

Impulsar una política pública integral de protección a las personas defensoras de derechos humanos que incluya componentes de protección, prevención y lucha contra la impunidad a través de un proceso amplio y participativo;

Implementar políticas de reconocimiento, incluyendo el reconocimiento público por parte del presidente de la República y otros altos funcionarios, de la importancia de la legítima labor llevada a cabo por los defensores y defensoras de derechos humanos en el Perú;

Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2.

De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por el Perú;

Direcciones:

  • Sr. Martín Alberto Vizcarra, Presidente de la República del Perú. E-mail: [email protected]
  • Sra. Silva Pessah, Ministra de Salud. E-mail: [email protected]
  • Sr. Daniel Sánchez Velásquez, Viceministro de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. E-mail: [email protected]
  • Sr. Pedro Chavarry, Fiscal de la Nación. E-mail: [email protected]
  • Sr. José Luis Lecaros Cornejo, Presidente del Poder Judicial. E-mail: [email protected][email protected]
  • Sr. Walter Gutiérrez, Defensor del Pueblo. E-mail: [email protected]
  • S. E. Sr. Claudio de la Puente, Embajador, Misión Permanente del Perú ante la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: [email protected]
  • S. E. Sr. Gonzalo Gutiérrez Reinel, Embajador del Perú ante el Reino de Bélgica, el Gran Ducado de Luxemburgo y la Unión Europea . E-mail: [email protected]
  • S. E. Ana Rosa María Valdivieso Santa María, Embajadora del Perú ante la Organización de los Estados Americanos. E-mail: [email protected]

 

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas del Perú en sus respectivos países.

***

Ginebra-Paris, 10 de diciembre de 2018

Agradecemos que nos informen sobre cualquier acción emprendida, citando el código de este llamado en su respuesta.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la FIDH y tiene por objetivo intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. OMCT y FIDH son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad civil internacional.

 

Para contactar al Observatorio, comuníquese con la Línea de Urgencia:

E-mail: [email protected]

Tel. y fax: OMCT : + 41 22 809 49 39 / + 41 22 809 49 29

Tel. y fax: FIDH : + 33 1 43 55 25 18 / + 33 1 43 55 18 80

 


[1] El Instituto de Defensa Legal (IDL) es una institución de la sociedad civil que tiene como fin la promoción y defensa de los derechos humanos, la democracia y la paz en el Perú y en América Latina. Es una de las organizaciones miembro de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

[2] El certificado de defunción de la Sra. Ccahuana, uno de los documentos en los que se basaba el artículo de los Sres. Ruíz y Osores, señalaba como causa directa de muerte un choque séptico e insuficiencia cardiorrespiratoria, con la contribución de la intoxicación crónica por cadmio y arsénico. Posteriormente, el doctor afirmó por escrito que no tenía evidencias objetivas que sustentasen la intoxicación crónica por metales pesados padecida por la Sra. Ccahuana. Finalmente, el doctor había denunciado presiones y se había retractado de dicho escrito. Sin embargo, la retractación no ha sido tomada en cuenta por el Ministerio Público.

[3] El artículo está disponible aquí: http://www.justiciaviva.org.pe/new/wp-content/uploads/2018/06/Art%C3%ADculo-La-contaminaci%C3%B3n-en-Espinar-por-metales-pesados-comienza-a-cobrar-sus-primeras-v%C3%ADctimas.pdf

[4] Para más información sobre los estados de emergencia véase el comunicado conjunto del 26 de noviembre de 2018 de la CNDDHH y la OMCT, «La CNDDHH y la OMCT reclaman el final de los Estados de Emergencia en el corredor minero», disponible aquí: http://www.omct.org/es/monitoring-protection-mechanisms/statements/peru/2018/11/d25133/.

[5]  Véase informe del Observatorio: Criminalización de defensores de derechos humanos en el contexto

de proyectos industriales: un fenómeno regional en América Latinahttps://www.fidh.org/es/temas/defensores-de-derechos-humanos/criminalizacion-de-defensores-de-derechos-humanos-un-preocupante

[6] Véase: http://derechoshumanos.pe/informe2015-16/Criminalizacion-de-la-protesta.pdf

RED MUQUI, colectivo de 29 instituciones de 11 regiones del Perú que desde hace 15 años acompaña a comunidades y poblaciones que habitan en zonas mineras en la defensa y promoción de sus derechos, se dirige a la opinión pública nacional e internacional para manifestar lo siguiente:

  1. El gobierno del actual presidente Martín Vizcarra, que fuera Vicepresidente de Pedro Pablo Kuczynski, mantiene la misma política de represión, criminalización de la protesta social, imposición de estados de emergencia con suspensión de derechos constitucionales, persecución de dirigentes sociales y miembros de instituciones de derechos humanos y ambientales. Indudablemente, esta política contiene el conflicto pero no los resuelve y debilita la ya precaria democracia peruana.
  1. Esta forma de accionar del gobierno ahora se ha trasladado directamente a organizaciones de defensores y defensoras de derechos humanos, es el caso de Derechos Humanos Sin Fronteras de Cusco, organización miembro de la Red Muqui que ha sido notificada con cartas de la VII Macro Región Policial de Cusco – Apurimac y de la Procuraduria del MININTER       para que se rectifique en la información y denuncias que difunde por las redes sociales sobre abusos de derechos humanos en zonas mineras por parte de la PNP. Por ello denunciamos desde la Red Muqui que DHSF viene siendo objeto de continuo amedrentamiento y hostigamiento por parte del Ministerio del Interior (MININTER) y la Policía Nacional del Perú (PNP) por el trabajo de defensa de derechos humanos que realiza en Cusco.
  1. Del mismo modo la situación de persecución se agudiza con la reciente acusación fiscal dictada contra el abogado Juan Carlos Ruiz Molleda, del Instituto de Defensa Legal (IDL), institución aliada de RED MUQUI y contra el médico Fernando Osores Plenge, quien fuera nuestro consultor para temas de salud ambiental y humana, y que sufren dicha persecución e intimidación por el hecho de haber denunciado irregularidades en los estudios médicos que realizó el Ministerio de Salud (MINSA), que afectaban el derecho a la vida y la salud de pobladores de Espinar.
  1. Recientes campañas de difamación también han sido ejercidas en contra de GRUFIDES de Cajamarca y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, miembros de RED MUQUI, para buscar deslegitimar sus propuestas y acción pública en defensa de los derechos de las comunidades y poblaciones afectadas por la minería.

Desde RED MUQUI consideramos que, si el gobierno busca que avancen las inversiones, no lo va a lograr con prácticas de amedrentamiento y persecución en contra de defensoras y defensores de derechos humanos y ambientales, sino que se requiere marcos normativos y políticas que respeten y garanticen los derechos a la salud, a la vida y al ambiente de los ciudadanos y ciudadanas del Perú. Solo una institucionalidad estatal que haga respetar dichos derechos contribuirá a mejorar la calidad de vida y a garantizar un marco de democracia a los ciudadanos y ciudadanas en el país.

El día viernes el Presidente Vizcarra anunció el inicio de la segunda etapa del proyecto minero Toromocho de la empresa de capitales chinos Minera Chinalco Perú S.A en la región Junín. Ésta segunda etapa, es una ampliación del proyecto minero que añadirá otras 75,000 toneladas métricas finas (TMF) de cobre a la actual producción de la mina.

Este sería un anuncio importante si sólo lo viéramos desde ese punto de vista. El problema es que la aprobación de esta ampliación, no contó con la aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), ya que solo ha sido aprobado a través de un Informe Técnico Sustentatotio (ITS) que no es el instrumento técnico idóneo para evaluar los impactos de los proyectos de esta envergadura, pues no se ha tratado de una modificación secundaria, tal como establece el marco normativo de los ITS.

De otro lado, es preciso mencionar que para que esta ampliación del proyecto se pueda ejecutar, desde el Poder Ejecutivo, a través de la Superintendencia de Bienes Estatales Nacionales (SBN), se ha emitido la Resolución N° 130-2018-SBN-DGCE-SDDI, mediante la cual se expropian las 34 hectáreas de tierras de los pobladores que aún habitan en Morococha antigua, a pedido de Activos Mineros S.A.C, empresa del Estado a cargo de la remediación de dichos pasivos, aduciendo existen pasivos ambientales de alto riego, lo que antes no habían indicado.

En realidad ésta medida posibilita el desalojo de las personas que aún viven en dichas zona, que imposibilitaba para la empresa Chinalco la realización de la ampliación del proyecto, y lo que ha hecho el gobierno es facilitar el proyecto a dicha empresa, con el pretexto de los pasivos ambientales, que nunca ha priorizado procesar y sólo lo hace ahora para la realización del proyecto, en desmedro del derecho a la propiedad de las personas, propiciando un nuevo conflicto social, que ya viene generando movilizaciones y paralizaciones de la población afectada en defensa de su legítimo derecho a la propiedad que viene siendo afectado de manera inconstitucional, pues las normas del Poder Ejecutivo han pasado por encima de nuestra Constitución y del derecho de propiedad que está debidamente establecido en nuestra Carta Magna.

Se demuestra con esta medida que el actual gobierno del Presidente Vizcarra, es la continuidad del gobierno de Kuczynski, que mantiene las mismas prácticas de autoritarismo e impunidad, frente a los conflictos socio ambientales, que se suma a los estados de emergencia que se continúan aplicando y a los convenios que la policía sigue suscribiendo con las empresas mineras, cuyo costo de seguridad subvencionamos todos los peruanos y peruanas, y sufrimos porque nos limitan contar con suficientes efectivos que asuman la seguridad ciudadana.

La empresa minera Chinalco, ha mantenido por años un conflicto desgastante con la población de Morococha, incumpliendo hasta la fecha con las obligaciones del Convenio Marco suscrito para el reasentamiento forzoso de la mayor parte de la población, que supuestamente se realizó según los criterios del Banco Mundial (BM), del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de la Corporación Financiera Internacional (IFC), los que hasta la fecha no son debidamente fiscalizados por la OEFA en su cumplimiento.

Por todo ello, la población de nueva Morococha, unidos con los de la antigua Morococha (aun no reasentados) y de la Comunidad Campesina de Pucará, han retomado sus protestas, entre otros puntos del Convenio, por la falta de sostenimiento económico de la nueva ciudad, al no cumplir la empresa con establecer su campamento con trabajadores en dicho lugar, al no contar con condiciones ambientales adecuadas por la ubicación de la ciudad en zona de bofedales y con la relavera Huasascocha cerca de la zona, lo que ha modificado irreversiblemente la calidad y condiciones de vida de la población, sin que la empresa asuma sus responsabilidades sobre el daño causado.

Por todo ello, desde Red Muqui manifestamos nuestra preocupación por el anuncio del Presidente Vizcarra de iniciar la segunda etapa del proyecto Toromocho en las circunstancias en las que se está dando, cuando es responsabilidad del Estado ante todo, velar por las condiciones ambientales y sociales necesarias que respeten los derechos de las personas, lo que no ha ocurrido con los pobladores de Morococha antigua y nueva hasta la fecha.

El día 12 de abril, mediante Decreto Supremo N° 037-2018-PCM, se prorrogó nuevamente el estado de emergencia, en el denominado “corredor minero” del sur, que involucra zonas de actividad minera en Cusco, Apurímac y Arequipa, sin que se configuren los supuestos constitucionalmente establecidos.

La Constitución Política establece determinados supuestos de hecho para se declare un estado de emergencia: “en casos de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación”. Sólo configurándose estas circunstancias el gobierno puede decretar este régimen de excepción donde se suspenden determinadas libertades como el derecho a reunión , la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito y se habilita a las fuerzas armadas a intervenir en el territorio.

Los estados de emergencia constituyen un régimen excepcional sin embargo la política del actual gobierno del presidente Vizcarra, que es continuidad de la aplicada por Kuczynsku, es la del uso de este mecanismo constitucional como si fuese la regla. Durante el segundo semestre del 2017 el gobierno declaró continuamente en estado de emergencia varios distritos de Cusco y Apurímac fueron alrededor de 120 días[1], a inicios de enero de 2018 el Ejecutivo mediante Decreto Supremo 006-2018-PCM declaró estado de emergencia el denominado Corredor Vial Cusco-Apurímac-Arequipa, extiendo así el territorio que anteriormente ya se encontraba bajo este régimen, y en febrero volvió a prorrogar el Estado de emergencia

El Decreto Supremo N° 037-2018-PCM señala que es el Director General de la Policía Nacional del Perú con el fin de “garantizar el accionar de las fuerzas del orden”, quien recomienda prorrogar el estado de emergencia[2], sin embargo en las zonas intervenidas no existen las condiciones establecidas en la Constitución para que se configure el estado de emergencia.

La lógica del gobierno sigue siendo la de evitar las manifestaciones sociales pacíficas y/o reprimirlas, sin embargo los estados de emergencia no pueden tener naturaleza preventiva, no se puede hacer uso de la fuerza pública para resolver los conflictos sociales y desnaturalizar los mecanismos constitucionales porque estaríamos ante regímenes inconstitucionales, y no estaríamos resolviendo los problemas de fondo que generan las situaciones de conflicto, lo que las mantiene en el tiempo sin solución.

 

Frente a los hechos de violencia sucedidos en la comunidad campesina de Alto Huarca de la provincia de Espinar manifestamos lo siguiente:

  • El 03 de abril del año en curso, en la comunidad campesina de Alto Huarca de la provincia de Espinar, donde se realizó una intervención policial ordenada por la Fiscal Adjunta de Espinar Delia Avendaño Yucra, según oficio N° 546-2018-MP-FPP-ESPINAR, de la misma fecha, solicitó al Comandante de la Comisaria de Espinar, que se designe a siete (07) efectivos policiales en el día; a fin de que se “restablezca el orden”, en la Comunidad de Alto Huarca, cerca al proyecto de la minera Antapaccay en la vía Nacional.
  • Sin embargo, la intervención se realizó con un promedio de cuarenta (40) efectivos policiales y personal de seguridad privada de la empresa, así como ocho funcionarios, personal de relaciones comunitarias y abogados de la empresa minera junto con maquinarias pesadas, que se hicieron presentes en la comunidad de Alto Huarca, con la aparente finalidad de desalojar del territorio de la comunidad a las familias que allí viven.
  • La intervención Fiscal tiene que responder a hechos reales. El no haber cumplido con este deber ha generado abusos como en el caso de la señora Francisca Umasi, posesionaria directa y comunera, quien junto a sus hijas, nietas y familiares (08 personas), sufrieron agresiones físicas y psicológicas (golpes, patadas, insultos y amenazas), que terminaron por desmayar a la señora Francisca, una mujer de 70 años de edad quien sufrió dichas agresiones por el solo hecho de resistirse a firmar un documento.
  • Por estas consideraciones condenamos estos hechos y exigimos a las autoridades competentes que se ordene iniciar las investigaciones penales por el supuesto delito de abuso de autoridad, prevaricato y coacción, contra las autoridades que se han excedido en sus funciones más allá de las atribuciones que la ley les faculta, y se sancione a los responsables. Esto ocurre por la inacción y pasividad de un Estado que permite la celebración de convenios entre la PNP y las empresas mineras, que ocasionan abusos como el ocurrido en Espinar.

Finalmente, los suscritos nos solidarizamos con las víctimas de este nuevo accionar de violencia en contra de poblaciones que solo defienden sus derechos al territorio, al agua y a la vida.

Cusco, 05 de abril del 2018.

Red Muqui – Perú

Red Muqui Sur

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

CooperAccion

Derechos Humanos Sin Fronteras – Cusco.

IDECA – Puno.

Derechos Humanos y Medio Ambiente de Puno.

APRODEH