¿En qué están las demandas por salud humana y ambiental de los afectados por metales tóxicos en el Perú?

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Por: Beatriz Cortez Sánchez
Coordinadora de la Mesa Técnica de Salud Humana y Ambiental

Desde el 07 de diciembre, con la vacancia de Pedro Castillo, el pueblo peruano especialmente del Sur Andino se movilizó masivamente por la defensa del voto popular. Esta lucha contra el sistema político también relevaba un profundo cuestionamiento al sistema económico centralista y privatista que por décadas ha relegado a las regiones y especialmente a los pueblos indígenas y comunidades campesinas. La propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe situacional sobre Perú, señala que la economía peruana está basada en el extractivismo:
“La economía peruana está basada, primordialmente, en un modelo extractivista, cuyas regalías no han contribuido a reducir significativamente la desigualdad ni han traído desarrollo a las regiones donde predominan los pueblos indígenas y las comunidades campesinas.”(párrafo 32)

El modelo económico extractivista peruano trae gravísimas consecuencias para las comunidades. Una de las principales es la afectación a la salud ambiental y humana, que por ende pone en riesgo la vida de las personas. El MINSA en 2020 ya desveló la dramática cifra de 10 millones de personas expuestas a metales tóxicos, en 2018 el MINSA ya había señalado que para la determinación de áreas de peligro de exposición para la población, se tienen en consideración entre algunas de las fuentes de contaminación los pasivos ambientales, las unidades mineras activas y el agua de consumo humano con presencia de metales pesados. [ Documento Técnico “Lineamientos de Política Sectorial para la Atención Integral de las personas expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas”(Resolución Ministerial N° 718-2018/MINSA.)]

En 2021 la Defensoría del Pueblo emitió un informe donde reafirmaba que el principal grupo poblacional que está expuesto a la contaminación con metales pesados son los niños de 0 a 11 años, por ello enfatizó en la importancia de que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, articule con las carteras de Salud y del Ambiente. Ese mismo año se logró la conformación de la Comisión Multisectorial Temporal de Metales Pesados, Metaloides y otras Sustancias Químicas Tóxicas, por ello ahora tenemos el Plan Especial Multisectorial – PEM (Decreto Supremo N° 037-2021-MINAM).

Si bien la aprobación de este Plan significó un gran avance para las poblaciones afectadas, ahora estamos en un contexto muy adverso para lograr su implementación efectiva. Necesitamos un Estado que opere con perspectiva integral, que sea capaz de articular sectores y niveles de gobierno. Pero, nos encontramos ante un Estado que por años ha estado bajo la influencia de la empresa privada especialmente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), y que ahora, en manos de una mafia autoritaria busca restaurar el control empresarial de las prioridades del Estado. Por ello, es seguro que desde algunos sectores productivistas se tendrá escasa simpatía por una mirada integral de la protección de la salud humana y ambiental, especialmente desde el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), que durante el funcionamiento de la Comisión Integral que aprobó el PEM, insistió que para la calificación de las zonas afectadas por metales pesados, se tuviera en consideración además los criterios económicos.

¿En qué forma el nivel de riesgo y gravedad de afectación a la vida humana puede medirse en función de lo económico?. Más bien, se evidencia el rol contrario a la protección de la vida que juega el MINEM. Pese a ello, ahora tenemos un Plan y también una Ley ( Ley Nº 31189) , que reconoce varios elementos del Plan, como marco normativo base. Esto, gracias a la organización y presión de la Plataforma Nacional de personas afectadas por metales, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas y algunas autoridades aliadas. Por ello, debemos tener muy presente, que para que el Estado pueda actuar de forma efectiva e integral se necesitará siempre la presión y movilización social especialmente desde lo local, ya que se ha demostrado que estamos ante un Estado sumamente centralizado donde las prioridades son ordenadas en función de intereses empresariales.

En mayo de 2023 se publicó el Reglamento de la Ley 31189 (Decreto Supremo Nº 007-2023-SA), Ley para fortalecer la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas. Este Reglamento desarrolla la Ley 31189 aprobada en 2021 que constituye el marco normativo general que tenemos sobre atención a personas afectadas por metales tóxicos y que tiene mayor jerarquía que el Plan Especial Multisectorial- PEM (Decreto Supremo Nº 037-2021-MINAM). Los funcionarios del Estado deberán cumplir sus obligaciones a partir de esta norma.

Es decir, tenemos un marco normativo base, pero como reto debemos fortalecer la organización local para exigir y participar activamente en la implementación efectiva del PEM en conjunto con el desarrollo de los Planes de atención local. Recordemos que la Defensoría del Pueblo en 2021, informó que solo ocho regiones de 25, han tenido experiencias de desarrollo del Plan de Atención en el marco de la Directiva Sanitaria N° 126-MINSA/2020/DGIESP. Por ello es cada vez más necesario reforzar la incidencia local.

Hay que tener en cuenta que el régimen de Dina Boluarte, viene presionando a las organizaciones populares en las regiones para que la respalden. La Plataforma Nacional de Personas Afectadas ha manifestado reiteradamente su rechazo al gobierno de Dina Boluarte por ilegítimo y por las graves violaciones de derechos humanos y masacres cometidas contra el pueblo. De ninguna forma se puede permitir que el Estado sea usado para condicionar la atención de demandas sociales de la población movilizada, en este caso los afectados por metales tóxicos. Por ello es clave tener una postura política clara y autónoma frente a un gobierno que cada vez es más autoritario, sin dejar de exigir el cumplimiento de demandas básicas como las relacionadas con la salud ambiental y humana en el país.