Editorial: Sesenta días de un gobierno que insiste en desproteger los territorios

Por: Lilian Oscco, secretaria ejecutiva de la Red Muqui

En apenas dos meses, se ha puesto en marcha una agenda de reorganización, simplificación y flexibilización que amenaza con debilitar aún más la institucionalidad ambiental. Mientras se reducen controles sobre el agua y se plantean nuevas facultades para modificar procedimientos que afectan al ambiente, son los territorios y las comunidades las que siguen cargando con los impactos de la gran minería y con el avance de actividades mineras ilegales.

Las primeras decisiones del gobierno de Keiko Fujimori en materia ambiental nos alertan que, bajo el argumento de modernizar el Estado, destrabar inversiones y eliminar “cuellos de botella”, se viene impulsando una agenda que puede terminar reduciendo las capacidades de regulación, fiscalización y prevención ambiental. No se trata de cuestionar la necesidad de mejorar la gestión pública. El problema aparece cuando la simplificación administrativa empieza a confundirse con la reducción de controles y garantías que existen precisamente para proteger el agua, los ecosistemas, la salud y los derechos de las poblaciones.

El último Decreto Supremo N.° 012-2026-MINAM, que declara por 120 días la modernización y reorganización del Sector Ambiental, comprende al Ministerio del Ambiente (MINAM), sus programas y proyectos especiales y organismos adscritos como el OEFA. Aunque plantea objetivos como superar duplicidades y mejorar la eficiencia, la propia norma coloca entre sus consideraciones aspectos vinculados con el interés económico y la sostenibilidad financiera. Esto genera cuestionamientos sobre lo que busca el actual Gobierno, si es realmente fortalecer la capacidad del Estado para prevenir y controlar los impactos ambientales o hacer más rápida la aprobación y ejecución de proyectos extractivos.

La cuestión es relevante porque esta reorganización ocurre en paralelo a otras decisiones que van en la misma dirección. En agosto se declaró la reorganización de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), mientras que una resolución de la propia entidad modificó las reglas para autorizar vertimientos y reúso de aguas residuales tratadas. Entre los cambios señalados se encuentra la eliminación de requisitos vinculados al derecho de uso de agua, la opinión técnica favorable de DIGESA y la memoria descriptiva del proceso industrial. Son requisitos que permiten conocer mejor de dónde proviene el agua utilizada, qué procesos intervienen y qué sustancias pueden terminar siendo descargadas en los cuerpos de agua. En un país atravesado por la crisis climática, la pérdida de biodiversidad, los efectos del Fenómeno del Niño, las crecientes presiones sobre las fuentes hídricas, reducir información y controles sobre los vertimientos significa aumentar los riesgos para las poblaciones que dependen de ríos, lagunas, bofedales y aguas subterráneas. 

La experiencia previa demuestra además que esta lógica no es nueva, la Red Muqui ha advertido desde hace años sobre procesos de flexibilización de estándares ambientales, en particular aquellas vinculadas a la actividad minera. En el caso de la exploración, la reducción de exigencias, la desprotección de cuerpos de agua, la aprobación automática de instrumentos y el debilitamiento de la participación ciudadana fueron identificados como medidas que trasladan los costos ambientales hacia los territorios y pueden terminar incrementando la conflictividad social y los costos de remediación.

Lo preocupante es que estas reformas se plantean mientras conflictos territoriales se mantienen latentes. El caso del Valle de Tambo es un ejemplo concreto. Han pasado 17 años desde la consulta vecinal de septiembre de 2009, en la que la población expresó mayoritariamente su rechazo a Tía María y a actividades mineras que pudieran poner en riesgo el agua, el ambiente y la agricultura. Hoy, mientras el proyecto vuelve a ser impulsado con la aprobación del Ministerio de Energía y Minas, la población de Valle del Tambo ve con mayor preocupación que estas modificaciones ya no exijan estándares ambientales y de calidad del agua, para garantizar sus medios de vida.

La situación muestra una contradicción de fondo. De un lado, el Estado busca acelerar inversiones mineras, de otro lado, las poblaciones continúan demandando participación efectiva en las decisiones que afectan sus medios de vida, que expresan una preocupación que permanece vigente sobre el derecho a ser escuchadas cuando están en juego el agua, la agricultura y el futuro de sus territorios.

A ello se suma la situación de la pequeña minería y minería artesanal. La respuesta del Estado no puede limitarse a ampliar plazos de formalización o flexibilizar requisitos sin enfrentar las condiciones que permiten la expansión de actividades ilegales y economías criminales. Formalizar sin transformar el modelo de concesiones mineras y sin garantizar controles ambientales efectivos no resuelve el problema de fondo. Mientras la gran minería puede encontrar cada vez más facilidades regulatorias, numerosos territorios continúan expuestos a contaminación, deforestación, pérdida de fuentes de agua y presencia de actividades vinculadas a la minería ilegal.

El problema, es que superar los supuestos “cuellos de botella administrativos” del Decreto Supremo 012-2026-MINAM, no puede significar convertir los mecanismos de prevención, evaluación ambiental, fiscalización y participación ciudadana en obstáculos que deben eliminarse. Una evaluación rigurosa, el monitoreo ambiental, la fiscalización y la participación de las poblaciones no son trabas burocráticas, sino que son garantías frente a decisiones que pueden generar impactos irreversibles.

Después de 60 días, la tendencia resulta preocupante porque las distintas medidas empiezan a conectarse con la reorganización del MINAM, reorganización de la ANA, la flexibilización de reglas sobre vertimientos, las propuestas en la solicitud de facultades legislativas del Ejecutivo que proponen la simplificación de procedimientos y una política de promoción acelerada de la inversión minera. El riesgo es que, mientras, por un lado, se agilizan los procedimientos para las empresas, por otro lado, se mantengan o incluso se profundicen las dificultades de las poblaciones para defender sus territorios, acceder a información y exigir responsabilidades frente a los daños ambientales.

Porque cuando se flexibiliza una norma ambiental, el impacto no queda en el papel. Puede terminar en un río contaminado, una fuente de agua deteriorada, una comunidad afectada o una actividad agrícola amenazada. Y cuando el Estado reduce sus capacidades para prevenir esos daños, los costos terminan trasladándose a los territorios, a las poblaciones y a las generaciones futuras.

1 octubre, 2026

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