Comunidades aimaras de Puno solicitan audiencia a la CIDH para tratar la sentencia del TC que niega la consulta previa

Comunidades campesinas de Chila Chambilla y Chila Pucara, Juli-Puno, solicitan a la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Tania Reneaum Panszi, audiencia en el 184° Periodo Extraordinario de Sesiones para abordar la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que niega la consulta previa como derecho fundamental a los pueblos indígenas. La actividad tendrá lugar del 13 al 24 de junio de 2022.

La solicitud tiene como finalidad, presentar las recientes decisiones del Tribunal Constitucional (TC) que desconoce la consulta previa como derecho fundamental de los pueblos indígenas, teniendo consecuencias en el derecho al territorio, a la cultura, a la libre determinación y a la vida, dejando desamparado a las comunidades con relación a las actividades extractivas en sus territorios.

Las comunidades aimaras de Puno, conjuntamente con las organizaciones que velan por los derechos humanos, Derechos Humanos  y Medio Ambiente (DHUMA), el Instituto de Defensa Legal (IDL), La Red Muqui y la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa, podrán explicar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el desconocimiento adrede del TC (máximo órgano que interpreta la constitución), la Convención Americana sobre Derechos Humanos y del Convenio 169 de la OIT.

Además, se espera en la audiencia, que el Estado peruano presente su posición sobre estas decisiones y explique las medidas que implementará para asegurar el cumplimiento y garantía del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas del Perú.

Cabe recordar que el problema viene desde año 2005, donde el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), entrega a la empresa CAL Y CEMENTO SUR S.A. (parte del Grupo Gloria), 2000 hectáreas de concesión minera en territorio de las comunidades campesinas de Chila Chambilla y Chila Pucara, sin llevar un proceso de consulta previa, libre e informada de acuerdo al Convenio 169 de la OIT. En la actualmente la titularidad de las concesiones mineras es ejercida por la empresa KUSKALLA MINING COMPANY S.A.

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