Congreso derogó ley que creaba entidad expropiadora de territorios indígenas para inversiones

EN EL PLENO

El Congreso de la República aprobó la derogación del Decreto Legislativo N°1333, norma de “simplificación del acceso a predios para proyectos de inversión priorizados” y que creaba el APIP, una entidad expropiadora de ProInversión que facilitaba el acceso a territorios del área rural para fomentar proyectos de inversión de “interés nacional” y ponerlos en manos de empresas transnacionales.

Durante la sesión del pleno, la Comisión de Constitución sustentó que dicha norma creaba inseguridad jurídica entre los pueblos indígenas y ponía en riesgo sus tierras y territorios, ya que autorizaba a sanear todos los documentos legales de propiedad, y en la práctica obligaba a los propietarios de cualquier terreno o inmueble, en el ámbito de un megaproyecto, a enajenar su propiedad en favor de las empresas beneficiarias.

Como era de esperar, los congresistas del partido de gobierno, Gino Costa y Mercedes Aráoz, trataron de salvar el proyecto que le daba poder de expropiación y titulación a ProInversión, aun por encima de la SUNARP y el COFOPRI.

Es así que Gino Costa de Peruanos por el Kambio (PPK), intentó un cuarto intermedio a fin de efectuar modificaciones a fin de asegurar que no se afectarían tierras de comunidades. De igual manera, la segunda vicepresidenta de la República, Mercedes Araoz, intentó sustentar que el gobierno había dialogado con las comunidades y la norma las respetaría, sin embargo, sus pedidos no prosperaron, al considerarse que la titulación comunal es una deuda aún pendiente del Estado peruano.

En el transcurso del debate, los congresistas del Frente Amplio demostraron que la titulación comunal no está regularizada en todo el país, por lo cual nada garantizaba que en los lugares donde no se podía demostrar su vigencia, las tierras comunales fueran arrebatadas por las empresas inversionistas.

Un día antes de la derogación, el Pronunciamiento del Pacto de Unidad de las organizaciones campesinas agrarias y amazónicas, quienes junto con las entidades de la sociedad civil exigían que el Congreso de la República apruebe la derogatoria del D.L. 1333, llamada también “Ley de Despojo” de los propietarios, no sólo de las comunidades originarias, sino de cualquier pequeño propietario rural o urbano.

Entre las organizaciones miembro de la RED MUQUI que firmaron este pronunciamiento estuvo la Asociación Pro Derechos Humanos, Derechos Humanos Sin Fronteras del Cusco, el Centro Peruano de Estudios Sociales (CEPES), la Pastoral Social del Vicariato Apostólico San Francisco Javier de Jaén y la Asociación Marianista de Acción Social (AMAS).

La cuestionada norma forma parte del paquete de 112 decretos legislativos promulgados por el Poder Ejecutivo en base a las facultades legislativas concedidas por el Congreso de la República.

Qué se pretendía con el APIP

  • Tener un órgano ad hoc con el único propósito de sanear tierras a favor de la inversión. Depende de Proinversión, que a su vez responde al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
  • Elaborar y rectificar los planos aprobados por entidades estatales o rectificar áreas, medias perimétricas y linderos de los predios de propiedad privada que presenten supuestas superposiciones con predios que son objeto de las acciones de saneamiento físico- legal de la propiedad.
  • Poder de reubicar poblaciones, aun pasando por encima de los pueblos indígenas que, ante este tipo de medidas, deben dar su consentimiento previo e informado.
  • Poder convocar asambleas en las comunidades, aun violando el artículo 89 de la Constitución Política y la autonomía organizativa de las comunidades campesinas y nativas.
  • Subordinar a otras entidades encargadas de titulación y registro de predios, como la Superintendencia de Bienes del Estado, a la SUNARP, al COFOPRI e incluso a la Policía Nacional para casos de desalojo en los procesos  de  saneamiento.
  • Sobreproteger a los funcionarios de la APIP por encima del Ministerio Público, la Policía Nacional y el Poder Judicial, ya que las denuncias penales contra funcionarios de la APIP iban a requerir de la opinión fundamentada de la propia APIP.

Fuente: APRODEH / SERVINDI

Foto: Despacho Tania Pariona 

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