Conclusiones y acuerdos del VII Congreso Provincial de Rondas Campesinas, Urbanas y Nativas de Moyobamba – San Martín

Las 700 autoridades consuetudinarias, representantes de los pueblos originarios, rondas campesinas, urbanas y nativas de la provincia de Moyobamba-San Martín, reunidas en el recreo campestre y turístico, los días 7 y 8 de junio del 2015, en el VII Congreso Provincial rondero, se llegado a las conclusiones y acuerdos que siguen:

1. Nos reafirmamos como pueblos originarios, descendientes de los pueblos que existían desde antes de la invasión europea; que hemos resistido a lo largo de la historia y que actualmente mantenemos nuestra identidad y tenemos nuestras propias instituciones y autoridades políticas; instituciones económicas como la reciprocidad, minga, trueque; nuestros idiomas, y que actualmente nos encontramos organizados como rondas campesinas, comunidades campesinas y comunidades nativas.

2. Nos reafirmamos en la cosmovisión que compartimos todos los pueblos originarios, que somos parte y debemos respetar y proteger la “Mama Pacha” o Madre Tierra y Mama Yaku o Madre Agua, y los Apus sagrados. Nuestra visión del Buen vivir se da en armonía de la Madre Naturaleza, lo que nos lleva a proteger y defender las lagunas, ríos, manantiales; páramos, bosques secos y de neblina; la flora y fauna, áreas verdes y todos los bienes de la Madre Naturaleza.

3. Reafirmamos la decisión de mantener nuestra identidad y ejercer nuestros derechos como pueblos originarios o indígenas, la libre determinación, autogobierno y autonomía, territorio integral (incluyendo los recursos naturales), derecho y justicia propia; y decidimos mantener y revitalizar nuestra identidad cultural y la práctica de los idiomas originarios entre otros.

Esclarecemos que todos los pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas gozamos de todos los derechos de pueblos indígenas, sin exclusión; y que pueden usarse como sinónimos todos estos términos.

4. Decidimos la reconstitución de nuestros territorios ancestrales de forma integral como pueblos; la defensa de la inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad de los territorios de las comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas; y exigimos frenar la parcelación de tierras colectivas.

Incluso donde hay propiedad familiar de la tierra, nos reafirmamos en nuestra identidad y autoridad colectiva del territorio.

5. Decidimos fortalecer la autoridad colectiva, el autogobierno, la autonomía, el derecho y la justicia propia en el ámbito territorial de los pueblos originarios, las rondas campesinas, las comunidades campesinas y nativas.

6. Decidimos mejorar nuestra formación y capacitación, con la transmisión de conocimientos de los/as mayores, y promover la participación de mujeres y jóvenes en nuestras organizaciones, y combatir el machismo y toda forma de violencia y discriminación.

7. Como pueblos originarios, planteamos una nueva forma de relación con el Estado y todos los niveles de gobierno; en el marco de un  modelo de Estado y gobierno plurinacional, con respeto de la libre determinación de todos los pueblos o naciones originarias; con plena participación en la toma de decisiones de los asuntos que nos competen; con consulta y consentimiento respecto de los actos legislativos y administrativos que nos puedan afectar.

8. Nos constituimos como Asamblea de los pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas de Moyobamba, y planteamos una relación de coordinación con, participación en y fiscalización del Estado y todos los niveles de Gobierno central, regional y locales, con respeto de la libre determinación y autonomía de los pueblos.

Asimismo, nos planteamos como horizonte la constitución de un Estado Plurinacional a través de un proceso constituyente donde participemos todos los pueblos o naciones con igual dignidad; con garantía de la participación de mujeres y jóvenes.

9. Con relación al Gobierno central, regional y local, exigimos el respeto y la aplicación efectiva de nuestros derechos, ya reconocidos en la Constitución, el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, ratificado por el Perú y en vigor desde el 2/2/1995, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, las decisiones de la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos; la Ley Orgánica del Gobiernos Regionales Nº 27867, la Ley de Rondas Campesinas Nº 27908, y demás normas que nos corresponden y favorecen.

10. Decidimos fortalecer nuestras acciones de control y fiscalización del Gobierno Central, Regional y locales, para que cumplan bien sus funciones, con compromiso, respeto de nuestros derechos y sin corrupción.

11. Exigimos que el Estado respete la integridad territorial y el consentimiento de los pueblos; y que no utilice la fuerza para imponer proyectos extractivos, de infraestructura, energía, megarepresas o cualquier otro proyecto de desarrollo que genera parcelación y destrucción los territorios y el ambiente, o desplazamiento forzoso.

12. Denunciamos y rechazamos la persecución de autoridades y miembros de pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas; en particular de quienes administran la justicia propia, y de quienes defienden los derechos al territorio y al agua, como en el caso de quienes están procesados y presos por administrar justicia consuetudinaria o por oponerse al megaproyecto extractivos, madereros, petroleros, mineros  y otros proyectos.

13. Exigimos que el Estado cumpla con la medida cautelar otorgada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para proteger la vida e integridad de los 46 líderes y lideresas de comunidades y rondas campesinas, la familia Chaupe, el comunicador César Estrada, en riesgo por oponerse al megaproyecto minero Conga. Asimismo, demandamos la atención de las personas que han quedado heridas o familiares de quienes han muerto en manos de las fuerzas de seguridad del Estado. Nuestra solidaridad y respaldo a los pueblos del Valle el Tambo de la Provincia de Eslay-Arequipa.

14. Las bases y toda su estructura orgánica hasta la CUNARC-P, asumen la responsabilidad de la propaganda intensa y campañas de educación e información para fortalecer la lucha en defensa de la justicia rondera, la vida, el agua, el territorio de uso ancestral, y a nivel nacional la soberanía de la patria.

15. Hacer efectivo la profundización del su Estatuto rondero, marco legal que los ampara y protege como pueblos originarios en todas las regiones, a través de fórums, encuentros y escuelas de capacitación.

16. De acuerdo al Estatuto todo rondero y rondera, tiene derecho a participar en la vida política, económica, social y cultural de su localidad región y país, impulsando el nuevo modelo de desarrollo de acuerdo al derecho a la libre determinación y el buen vivir de los pueblos.

17. Derogatoria de Leyes y normas que en la actualidad están generando conflictos sociales en el país “Ley 30230, Ley 3941 y Decreto Supremo 001-2015 EM que atropellan derechos colectivos de campesinos e indígenas sobre sus territorios, normas que son arbitrarias y anticonstitucionales. Así mismo la derogatoria de la Ley 30151 que en la práctica debilita la defensa de los derechos fundamentales de las personas y que genera impunidad, cuando las fuerzas policiales y del orden reprimen y matan a las personas que protestan por defender sus territorios y derechos consuetudinarios de los pueblos.

18. Respaldamos la propuestas de la CUNARC-PERÚ en donde se exige se reconozcan a las rondas campesinas como pueblos originarios o indígenas y se le considere dentro de la modificación del artículo 16° del Código Penal. Así, el tenor del artículo deberá ser el siguiente:

“Artículo 16.-  La ley penal no se aplica cuando las autoridades de las pueblos originarios o indígenas, sean comunidades campesinas, rondas campesinas o comunidades nativas, ejerzan jurisdicción especial de conformidad con el artículo 149 de la Constitución Política”.

19. Acatar el paro nacional de los pueblos cívico-popular del 22 de junio, por la defensa del marco legal y constitucional de las rondas campesinas y contra las leyes  que han aprobado  los del poder ejecutivo y legislativo que atenta contra los pueblos originarios en el Perú.

20. La bases ronderas, sectoriales, distritales, provincial respetaran la estructura orgánica e institucionalidad de las rondas campesinas de la Central Regional de Rondas Campesinas, Urbanas y Nativas de San Martin y de la CUNARC-P.

21. Se ratifica la unidad, autonomía e independencia de las rondas campesinas y no permitir que nadie lo haga daño y que se respete la institucionalidad y estructura orgánica. Toda actividad que se hagan a espaldas fuera de la estructura orgánica (distritales,  provincial y regional y la CUNARC-P), no serán validados. Se asume la defensa y cuidado de  institucional de las rondas campesinas, para ello las bases de los órganos intermedios en cada evento congresal o asamblea de rondas campesinas ratificaran ser base de la CUNARC-PERÚ.

22. No se les considera miembros de las rondas campesinas a apersonas que promuevan el divisionismo, por intereses particulares ajenos a la noble institución rondera, como:

a) Ronderos que pierden las elecciones en los congresos ronderiles y que luego organizan grupos paralelos a la rondas, rompiendo la estructura orgánica e institucionalidad de la organización.

b) Personas que trafican y negocian utilizando a nuestra organización para sus apetitos personales y de lucro.

c) Los que se convierten en a yayeros de los gobiernos de turno locales, regional y nacional, pretendiendo subordinar a la institución rondera a sus fines politiqueros y populistas tras la mafia y la corrupción gubernamental.

d) No se permitirá que problemas personales se divulguen por medios de comunicación atentando contra la institucionalidad de la ronda campesina.

e) Todo rondero o dirigente de la estructura orgánica de las rondas campesinas de Moyobamba, de la Región San Martin y de la CUNARC-P, serán evaluados y fiscalizados desde las  bases, en eventos distritales, provinciales y regionales de acuerdo al Estatuto y sus reglamentos. De encontrar que estos no cumplen sus funciones o están utilizando sus cargos, con fines particulares o de lucro, serán disciplinados, destituidos de sus cargos y remplazados por otros compañeros o compañeras en asambleas o congresos extraordinarios.

23. Exigir la pronta libertad de los dirigentes hoy prisión preventiva, el compañero Orlando Cacique Panduro de la base Alfonso Ugarte- Moyobamba, y a la vez se archive los procesos seguidos a los ronderos de todas las bases que están pidiendo a cadena perpetua de manera arbitraria y así mismo se realizan jornadas de lucha hasta lograr el archivamiento de dicho proceso  y libertad del compañero.

CON RELACIÓN A LOS  GOBIERNOS LOCALES Y  REGIONAL.

1. El VII Congreso Provincial rondero Como Asamblea de los pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas de SAN MARTIN planteamos una relación de coordinación con, participación en y fiscalización del Gobierno regional y locales; y proponemos sostener 3 reuniones ordinarias con los gobiernos locales y el Gobierno Regional y locales (una al inicio, otra a medio año, y otra al final de año), y otras extraordinarias en caso necesario.

2. Exigimos tener representación en el gobiernos Locales y Regionales como pueblos originarios, comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas, con base en el art. 191 de la Constitución del Perú, el art. 6, inc. 1, b) Del Convenio 169 de la OIT, y el art. 1 de la Ley de Rondas Campesinas Nº 27908.

3. Exigimos tener participación en el Consejo de Coordinación Regional (previsto en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, el art. 11-A) como pueblos originarios, comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas y que, para estos efectos, el Gobierno Regional abra un libro específico para el registro de pueblos originarios, comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas, dado que nuestra existencia legal y personalidad jurídica ya está reconocida por la propia Constitución y tratados internacionales; con base en el art. 12 del Convenio 169 de la OIT, los artículos 89 y 149 de la Constitución del Perú y el art. 1 de la Ley de Rondas Campesinas Nº 27908.

4. Planteamos la creación de una Gerencia de Pueblos Originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, que tenga personal, presupuesto, plan operativo y todos sus instrumentos de gestión; debiendo funcionar siempre en coordinación, consulta, participación y con el consentimiento de los pueblos; encargada la rectoría e implementación de los derechos de los pueblos en la región.

EXIGIMOS QUE LOS GOBIERNOS LOCALES Y EL GOBIERNO REGIONAL CUMPLA CON:

1. Garantizar y llevar a cabo la coordinación, consulta y participación permanente con/de la Asamblea de pueblos originarios y las organizaciones de rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, a fin de llevar a cabo la política, planes, programas y acciones relacionadas con ellos, con su consentimiento.

2. Establecer una Política Pública local y regional sobre derechos de pueblos originarios, la cual debe adoptarse en consulta y con el consentimiento de los mismos.

3. Llevar a cabo una consulta  a los pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, para la elaboración de un Diagnóstico y Plan Regional de Desarrollo y Buen Vivir de los pueblos originarios, y luego su implementación y evaluación participativa.

4. Implementar una política y programas de fortalecimiento organizativo, formación y capacitación a todo nivel, como Escuelas de pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas; así como Diplomados y otros programas autónomos o en convenio con otras instituciones; recuperando los saberes ancestrales y experiencia de los mayores, y promoviendo la participación de mujeres y jóvenes.

5. Fortalecer las funciones jurisdiccionales de los pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, con base en su derecho consuetudinario; y fomentar el intercambio de experiencias.

6. Establecer un área de promoción y defensa jurídica de los derechos de pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas; y de sus autoridades y miembros perseguidos por ejercer o defender sus derechos (con base en el art. 8, inc. 4 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales).

7. Coordinar al interior del Gobierno Local y Gobierno Regional con las diferentes gerencias, oficinas y servicios que brinda, para impulsar y transversalizar los derechos de los pueblos en la región.

8.  Exigimos que el Gobierno Regional dé prioridad y garantice el saneamiento físico y legal de los territorios de pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, con participación de tales pueblos, a fin de garantizar el territorio integral ancestral de los mismos (que incluya la propiedad de áreas forestales y recursos naturales), cautelando su carácter imprescriptible, inalienable e inembargable, con base en el art. 89 de la Constitución, el Convenio 169 (arts. 13 y 14) y el art. 51 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales.

9. Demandamos que el Gobierno Regional adopte una política pública regional consultada sobre la identidad, diversidad cultural y multilinguismo; que parta de la historia de los pueblos originarios; que recoja nuestra cosmovisión y saberes consuetudinarios; que fomente los idiomas originarios y que garantice la educación intercultural bilingüe en la región, así como el uso de los idiomas indígenas en los servicios públicos, con incentivos para quienes hablan dichos idiomas.

10. Que los Gobierno Locales y Regional respete nuestras formas de vida, desarrollo y buen vivir, y dé prioridad a nuestras actividades sostenibles de agricultura, agroforestal, ganadería y turismo, que dan trabajo y permiten mantener la Madre Tierra; y no la minería contaminante.

11. Demandamos la participación de los pueblos originarios en el “presupuesto participativo” y que los gobiernos locales y Gobierno Regional separen un presupuesto específico para la implementación del Plan de Desarrollo y Buen Vivir de los pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas, considerando nuestras prioridades.

12. Proponemos que los gobiernos locales y el GR declare a la Región San Martín como “Región Verde de flora y fauna” que respeta y proteje la Madre tierra, las cabeceras de cuenca y todos sus cuerpos de agua, así como páramos y bosques; que no sean destruidos o contaminados; que asegure la reforestación; que fomente las actividades económicas sostenibles y orgánicas; y que ordene en toda la región la clasificación y reciclaje de residuos, para reducir la contaminación ambiental.

13. Demandamos la realización de un Diagnóstico de pasivos ambientales y la identificación de empresas responsables (madereras, etc...), para la reparación de los mismos; y exigimos el control y la coordinación entre las entidades correspondientes, para que no se produzcan daños en el futuro.

14. Exigimos el mejoramiento y control de los servicios públicos de salud, educación y otros, que cuenten con nuestra participación; que sean accesibles y de calidad, con respeto de nuestra cultura; y sin discriminación de los pueblos.

15. Exigimos que el Gobierno local y Regional sea transparente y dé información previa, adecuada y suficiente de los proyectos y obras que va a realizar para la fiscalización correspondiente. Los pueblos, rondas campesinas, comunidades y nativas establecerán Comités para la  fiscalización de tales proyectos y obras antes, durante y después de la ejecución de los mismos, cuya tarea debe ser facilitada por tales gobiernos.

16. Solicitamos que los gobiernos locales y el Gobierno Regional destinen locales para la Asamblea de Pueblos originarios, rondas campesinas, comunidades campesinas y nativas en la Región San Martin; a fin de que podamos reunirnos de forma autónoma, y desarrollar actividades para nuestro fortalecimiento y formación; y recursos para alojamiento, alimentación y desarrollo de actividades.

17. Solicitamos que los Gobiernos Locales y el Gobierno Regional asuma estos planteamientos como suyos, en forma de “Acuerdo del Concejo local y Regional”, para su implementación en coordinación, con la participación y fiscalización de la Asamblea de Rondas campesinas, comunidades nativas y campesinas.

Moyobamba, 8 de junio del 2015

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