Cusco: Juez levanta prisión preventiva a 2 dirigentes de Espinar

Abel Kana Quispe, teniente gobernador, y Jorge Kana Taco, fiscal comunal de Urinsaya, del distrito de Coporaque, perteneciente a la provincia de Espinar, fueron liberados el día de ayer, lunes 3 de febrero, aproximadamente a las 9pm; tras la audiencia llevada a cabo por el juez Miguel Choque Zea de Sicuani, que declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva que la fiscal Carmen Rosa Salas estaba solicitando para los dos comuneros mencionados, por el delito de secuestro al trabajador de la empresa Prosegur, Elvis Flores Maldonado, que brinda servicios de seguridad a la empresa minera Las Bambas.

¿Cómo se dieron los hechos?

En medio de las protestas y asambleas realizadas el 30 de enero por la comunidad de Urinsaya, para que el gobierno anule el DS. N°017-2017-MTC, que reclasifica como Vía Nacional parte de los territorios del Corredor Minero Del Sur; la población detectó a una persona infiltrada, Elvis Flores, que estaba tomando fotos y grabando video sobre las acciones que realizaba la comunidad.

Los comuneros, al darse cuenta de ello, interrogaron a la persona, como se puede ver en uno de los videos, donde se aprecia que conversan, pero, que no está retenido en contra de su voluntad.

"Cuando la Fiscal hace la intervención el día 30 de enero, en el lugar de los hechos y encuentra a la supuesta víctima “retenida”, sólo encuentra a la propietaria del hospedaje, quien inicialmente refiere que efectivamente se encontraba alojado desde el 27 de enero y después que, fue obligada por la comunidad a retenerlo en su propia habitación y de eso dio noticia a la Fiscalía, su compañero de trabajo de la supuesta víctima de secuestro", señala Ramiro Llatas, abogado de los dirigentes.

¿Qué se les imputa?

Se acusa a los dirigentes de haber secuestrado al trabajador de la minera cuando este se encontraba en su cuarto. ¿Qué dice el parte policial? Que le pusieron alambres a la puerta de su cuarto en el hospedaje donde se encontraba.

Sin embargo, las dos personas que estuvieron detenidas no se encontraban en Urinsaya durante el 30 de enero; estaban en la ciudad de Espinar.  El teniente gobernador y el fiscal de la comunidad se encontraban haciendo diligencias en la municipalidad de Espinar. Según la denuncia, supuestamente habían secuestrado al trabajador, y luego habían vuelto a Espinar. En espinar se entregaron a la policía porque los estaban buscando en Urinsaya.

Por la falta de pruebas, el juez de Sicuani resolvió levantar la prisión preventiva a los 2 detenidos. Sin embargo, la solicitud de prisión preventiva para los otros ocho comuneros continúa en ciernes y se verá en una próxima audiencia.

Defensa legal

El abogado de los comuneros, Ramiro Llatas, de la institución de Derechos Humanos Sin Fronteras, señalo que, de acuerdo a la ley, “la prisión preventiva es una medida de ultima ratio, no una medida principal, al menos cuando se trata de hombres del campo que viven de la agricultura y los trabajos eventuales que desarrollan. Tiene arraigo domiciliario, familiar y laboral. Agregó que “los dos comuneros de Coporaque no han participado ni se ha podido demostrar su participación en estos supuestos hechos delictivos de secuestro”.

No obstante, la libertad de los dos detenidos frente a la prisión preventiva, la fiscal Carmen Rosa Salas está solicitando 30 años de cárcel para los 10 comuneros.

Datos:

  • La comunidad de Urinsaya no está incluida como parte del área de influencia directa o indirecta del proyecto minero Las Bambas, pero sufren las mismas afectaciones que otras comunidades, al tener el paso de 500 camiones diarios por la carretera que atraviesa sus comunidades.
  • Actualmente el Ministerio de Transporte y Comunicaciones viene comprando los terrenos a algunas comunidades adyacentes al corredor minero sur. Sin embargo, es decisión de la comunidad y las familias vender sus terrenos al Estado, y ello no puede imponerse como lo viene haciendo el gobierno a través del Decreto de Urgencia N° 026-2019, que autoriza al MTC a expropiar las áreas que resulten necesarias para la ejecución de la obra de infraestructura denominada “Corredor Vial Apurímac – Cusco”.

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