Debida diligencia: Derechos laborales no son costos a reducir por las Mineras

La semana pasada ocurrió un lamentable accidente de transporte donde 16 trabajadores de 8 empresas contratistas de la empresa minera Las Bambas perdieron la vida. La empresa minera emitió un comunicado donde señala que las personas fallecidas eran “colaboradores”. Debe quedar claro que, si bien se trataban de trabajadores contratados por empresas tercerizadas, todas estas personas realizaban labores directamente vinculadas a garantizar la producción de la empresa principal, es decir la empresa minera.  No se trata de “colaboradores” sino de trabajadores a los que les corresponden derechos sociales.

Debida diligencia: Los derechos laborales no son costos a reducir por las mineras

La tercerización es la figura legal que utilizan las empresas para reducir sus costos de producción. Especialmente las empresas mineras, que se basan fuertemente en políticas de competitividad y productividad. La ventaja competitiva es aplicada por las empresas mineras como principio orientador de su gestión y de manejo de sus procesos productivos. Sin embargo, cuando se trata de derechos humanos, como el derecho al trabajo, todas las empresas deberían de actuar con debida diligencia. La “debida diligencia” es un concepto que se introduce desde los Principios Rectores en Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas (PRNU) el 2011. En el marco de estos principios se establece que en base al deber de prevención, las empresas deben actuar con debida diligencia para evitar la violación de los derechos humanos.

La debida diligencia implica que las empresas mineras identifiquen previamente todos los riesgos que sus actividades productivas generan, además es necesario que identifiquen y delimiten los derechos humanos en riesgo. Sin embargo, como es el caso de empresas como Las Bambas, persisten en sus políticas de negación de derechos humanos. Esta es una política común en varias empresas mineras, por ello los sindicatos mineros están en permanente lucha. Es el caso ahora del Sindicato Unificado de los Trabajadores de Atococha, quienes han realizado una marcha de sacrificio a la ciudad de Lima para exigir el cumplimiento de una sentencia judicial a su favor que anula el proceso de cese colectivo que aplicó la empresa minera Cerro SAC en Pasco y que afectó a 164 trabajadores y sus familias

El secretario general del sindicato ha informado que la autoridad laboral regional no atiende sus demandas y que esperan una solución de parte del Ministerio de Trabajo. Los ceses colectivos junto a la suspensión perfecta son modalidades que las empresas mineras han utilizado para prescindir de los trabajadores y reducir sus costos de producción. Al igual que en el caso de la tercerización laboral, su objetivo es no tener trabajadores en planilla con derechos reconocidos de forma integral.

Debida diligencia: Los derechos laborales no son costos a reducir por las mineras

Fuente: Facebook de la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos.

Es de suma importancia que el Estado en todos sus niveles pueda implementar un enfoque de derechos humanos en sus políticas de promoción de la economía, ya que la estabilidad de la inversión minera en nuestro país no puede seguir suponiendo recorte de derechos humanos, especialmente derechos de carácter social como el derecho al trabajo. El gobierno actual debe asumir una política en debida diligencia en derechos humanos para fortalecer su potestad de regulación y promover un desarrollo sostenible.

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