Rechazamos «Ley de Comités de Autodefensa» que vulnera la autonomía comunal y promueve la violencia y el uso de arma

El pasado 16 de junio del 2022 se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Ley Nº 31494, que reconoce a los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural (CAD) y los incorpora en el Sistema de Seguridad Ciudadana. La Ley dispone que las CADs tienen entre sus funciones participar en el control del orden interno y la lucha contra la inseguridad ciudadana en las zonas rurales, para lo cual podrán adquirir armas de uso civil.

En ese sentido las organizaciones firmante queremos señalar a la opinión pública lo siguiente:

  1. Actualmente las Comunidades Campesinas y Nativas enfrentan la vulneración de sus derechos individuales y colectivos en un contexto donde priman las actividades ilegales como la tala ilegal, minería ilegal, narcotráfico y otros delitos ambientales. Estas actividades son desarrolladas por bandas organizadas que vienen asesinando a defensores y defensoras que defienden sus territorios y los cuales se encuentran sin protección alguna.
  2. Frente a esta creciente situación de inseguridad y agresión a los derechos fundamentales de las Comunidades Campesinas y Nativas, le corresponde a la Policía Nacional garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Y a las Fuerzas Armadas intervenir solo en situaciones excepcionales de estado de emergencia tal como lo dispone el artículo 166 de la Constitución.
  3. Igualmente, amparado en el Convenio 169 OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, en su artículo 2 señala que “los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de desarrollar una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de estos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad, sin exponerlos a mayores daños, salvaguardando su derecho a la identidad cultural”. Así mismo según el artículo 1 de la ley general de comunidades campesinas, el Estado las reconoce como instituciones autónomas en su organización y administración territorial.
  4. Por otro lado, ya se cuenta con la Ley 27908 que reconoce a las Rondas Campesinas como organizaciones autónomas y democráticas de organización comunal y que pueden establecer interlocución con el Estado, que apoyan el ejercicio de funciones jurisdiccionales de las Comunidades Campesinas y Nativas, colaboran en la solución de conflictos y realizan funciones de conciliación extrajudicial conforme a la Constitución y a la Ley, así como funciones relativas a la seguridad y a la paz comunal dentro de su ámbito territorial. Las Rondas Campesinas cuentan con el reconocimiento necesario en sus comunidades y crear otro organismo paralelo atenta la autonomía de las organizaciones de los pueblos originarios y los expone a situaciones mayores de vulnerabilidad y conflictividad.
  5. Asimismo, la pretensión de armar a otros grupos autodenominados “CADs” profundizaría la problemática de despojo y tráfico de tierras en la medida que puedan terminar sirviendo como grupos de paramilitares a sueldo en defensa de intereses privados, vulnerando aún más la integridad de los pueblos indígenas y comunidades campesinas.
  6. En este sentido, si el Congreso de la República quiere avanzar en la protección de los derechos humanos de los defensores ambientales y de las comunidades campesinas y nativas, es necesario recordar que sigue pendiente la ratificación del Acuerdo de Escazú, que precisamente crea los mecanismos para que los defensores ambientales y las comunidades sean protegidos de manera adecuada por el Estado y no generando normas que crean nuevos aparatos represores que pueden tener efectos más nocivos para las comunidades nativas.

Por lo expuesto EXIGIMOS al Congreso de la Republica que derogue la Ley 31494 debido a que expone a la población de las Comunidades Campesinas y Nativas a un estado mayor de vulnerabilidad y que sea más bien el Estado, a través de la Policía Nacional, que adopte una política eficiente y responsable para combatir las actividades ilegales que se vienen dando en sus territorios, al tiempo que se reconozca la importancia de enfoques interculturales en las políticas públicas que atiendan la diversidad de nuestro país.

Firman:

  • Acción Solidaria para el Desarrollo (COOPERACCION)
  • Asociación Arariwa (ARARIWA)
  • Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)
  • CEDEP AYLLU – Centro para el Desarrollo de los Pueblos Ayllu
  • Centro Bartolomé de Las Casas (CBC)
  • Centro Andino de Educacion y Promocion Jose Maria Aguedas (Cadep)
  • Derechos Humanos sin Fronteras (DHSF)
  • Derechos Humanos y Medio Ambiente (DHUMA)
  • Grupo Propuesta Ciudadana
  • Instituto de Estudios de las Culutras Andinas (IDECA)
  • Instituto Sur Andino de Investigación y Acción Solidaria (ISAIAS)
  • Muqui Sur
  • Red Muqui

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