Sin opinión de OMS: MINAM plantea ECA ambientales de aire más flexibles

NO SE CONSIDERÓ SALUD HUMANA

  • No hubo coordinación entre sectores de Salud y Ambiente en elaboración de propuesta
  • RED MUQUI presentó sus aportes y opiniones a proyecto de Decreto Supremo para establecer ECAs - Aire

RED MUQUI objetó que el Ministerio del Ambiente (MINAM) no haya consultado la opinión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para elaborar la propuesta normativa que establecerá los nuevos Estándares de Calidad Ambiental del Aire (ECA - Aire) -y sus Límites Máximos Permitidos (LMP)- que deben cumplir las empresas que generan emisiones.

El borrador del Decreto Supremo del sector Ambiente, solo se basa en medición de impactos ambientales, dejando de lado la salud ambiental y humana, que está directamente relacionada.

“El MINAM no tomó en cuenta que la salud de las personas depende también de un ambiente saludable. Ello evidencia una falta de coordinación con el Ministerio de Salud (MINSA)”, señaló la RED MUQUI en una carta enviada a la ministra Elsa Galarza.

En ese sentido, RED MUQUI recomendó que las instancias del sector salud revisen la actual propuesta y sustenten el documento final de ECAs - Aire. Asimismo, es necesario contar con opiniones de instancias especializadas, sobre todo de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental (GESTAS) que han evaluado la calidad de aire en 13 regiones priorizadas a nivel nacional.

Otra de las observaciones importantes, es que el Decreto Supremo del MINAM no tiene ninguna disposición que permita la revisión o actualización periódica de los ECA - Aire. El proyecto normativo tampoco ofrece los criterios para aplicar otros parámetros que actualmente no están establecidos en los ECA - Aire.

Es por ello que, la red de 29 de instituciones a nivel nacional sugirió que el tiempo brindado por el MINAM es muy corto para brindar aportes, y hacer públicas las opiniones de entidades nacionales e internacionales consideradas como sustento. Por ello, debería ampliarse e incluso someter el tema a discusión.

Por ejemplo, este 16 de mayo, la Comisión de Ambiente del Congreso de la República llevará a cabo una audiencia pública en Lima con representantes de las zonas donde estuvieron los GESTAS.

Cabe mencionar que, dentro del plazo establecido por el MINAM, RED MUQUI alcanzó sus observaciones al Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para aire, y establece disposiciones complementarias (publicado el pasado 08 de abril de 2017).

Estándares por encima de lo permitido
Una de las preocupaciones planteadas a Ambiente es el incremento del nivel dióxido de azufre permitido: 8 veces más por encima de los 20 µg/m3 –promedio- que la OMS recomienda por cada 24 horas. El MINAM propone que se permitan 250 µg/m3 de SO2, lo cual ocasiona daños en la salud de las personas.

Entre sus observaciones, RED MUQUI también citó a la American Academy of Pediatrics, que en el año 2012 estableció que “ninguna cantidad de plomo en la sangre de los niños puede considerarse segura”.

De igual modo,“el Programa Nacional de Toxicología de la Agencia de Protección Ambiental – EPA (EE.UU), concluyó en que: “Los problemas cognitivos y de comportamiento significativos en niños, están relacionados con el plomo de la sangre que estos presentan. Aun si las concentraciones de dicho metal fueran inferiores a 5 microgramos por decilitro de sangre (mcg / dl)1”.

Partículas de metal en el aire
RED MUQUI también cuestionó que el MINAM se permita dar paso a partículas más finas que a las que son más sólidas. En su propuesta, el sector propone restringir el PM102 (Particulate Matter menor a 10 µm) de 150 a 100 µg/m3 (microgramos por metro cúbico) para 24 horas. Y ahora, más bien, incrementa para doble el valor de PM2.5 (cuyo diámetro es 100 veces más delgadas que el de un cabello humano).

De aprobarse el decreto supremo, se permitirá que las empresas extractivas expelan de 25 a 50 µg/m3 en 24 horas. Además, este valor iría aumentando cada año.

“Se sabe que PM2.5 es un ‘particulado’ muy fino y que fácilmente penetra en las vías respiratorias y llega con rapidez a los pulmones y alveolos. Ello aumenta el riesgo de mortalidad prematura por efectos cardiopulmonares, en exposiciones de corto y largo plazo”, especifican las organizaciones miembros de RED MUQUI.

¿Y los demás parámetros?
Cabe resaltar que se observa un avance en la incorporación de mercurio gaseoso en el ECA - Aire, cuya fuente de contaminación identificada es la minería artesanal y la pequeña minería. Sin embargo, es necesario incorporar otros parámetros que provienen de la actividad minero metalúrgica, es decir de la gran minería (complejos metalúrgicos, tajos abiertos, relaveras, entre otros).

Cuadro 1

Otros parámetros de calidad de aire

ParámetroPeriodoValor (ug/m3)
Arsénico24 horas0.3
Cobre24 horas50
Cadmio24 horas0.025

Fuente: AMBIENT AIR QUALITY CRITERIA.  ONTARIO- CANADÁ (Abril 2012).

“La necesidad de contar con valores para estos contaminantes no sólo obedece a la prevención de posibles enfermedades por exposición a metales pesados en zonas cercanas o aledañas a la actividad minera, sino por casos en que ya se evidenciaron afectaciones de salud en el país”, aseveró el colectivo.

RED MUQUI alertó que, al no incluirse estos parámetros, no se hacen visibles los daños a los ecosistemas y condiciones ambientales para la preservación de la vida en general.

DATOS:

  • Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y los Límites Máximos Permisibles (LMP) son instrumentos de gestión ambiental que consisten en parámetros y obligaciones que buscan regular y proteger la calidad y salud ambiental.
  • Los ECA son indicadores que miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biólogicos que se encuentran presentes en el aire, agua o suelo.
  • Los LMP miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, se encuentran presentes en las emisiones, efluentes o descargas generadas por una actividad productiva (industria, minería, electricidad, pesquería etc.), que al exceder causa daño a la salud humana y al ambiente.

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1. Osores Plenge, Fernando. 2017. Presentación en Congreso de la República sobre Salud ambiental y humana.

2. Pequeñas partículas sólidas o líquidas de polvo, cenizas, hollín, partículas metálicas, cemento o polen, dispersas en la atmósfera, y cuyo diámetro aerodinámico es menor que (1 micrómetro corresponde la milésima parte de 1 milímetro).

Fuente: Red Muqui

Foto: Chile Sustentable

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