Jueces confirman condena a dirigentes del valle de Tambo por protestas contra Tía María del 2015

La Primera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa confirmó el miércoles 2 de febrero la condena impuesta a tres dirigentes del valle de Tambo que lideraron en el 2015 las protestas contra el proyecto minero Tía María.

En este sentido, el pleno presidido por el juez superior, Juan Luis Rodríguez Romero e integrada por los magistrados Roger Pari Taboada y Carlos Luna Regal, confirmó las condenas que se impusieron, en primera instancia, para Pepe Julio Gutiérrez Zeballos, Jesús Mariano Cornejo Reynoso y Jaime de la Cruz Gallegos.

Al ex dirigente Pepe Julio Gutiérrez Zeballos, se le confirmó la condena de 16 años de pena privativa de la libertad que, descontados del periodo que permaneció en prisión preventiva, totalizan 13 años y 3 meses de prisión efectiva por el delito de tentativa de extorsión en agravio del Estado, disturbios y entorpecimiento de los servicios públicos; mientras que el ex dirigente de la Junta de Usuarios: Jesús Cornejo Reynoso fue sentenciado a 7 años y 4 meses por el delito de motín y entorpecimiento al funcionamiento de los servicios públicos. Asimismo, al dirigente, Jaime de la Cruz Gallegos, se le impuso una condena de 12 años y 4 meses por los delitos de disturbios y entorpecimiento de los servicios públicos y motín. Estos dos últimos dirigentes son respaldados por la población del valle de Tambo.

Además, los magistrados dispusieron que Jesús Mariano Cornejo Reynoso, pague una reparación civil de 35 mil soles en favor del Estado por el delito de entorpecimiento de los servicios públicos; mientras que Pepe Julio Gutiérrez y Jaime de la Cruz Gallegos, tienen que pagar la suma de 500 mil soles de manera solidaria por los delitos de disturbios y entorpecimientos de los servicios públicos; además los 3 sentenciados deberán pagar adicionalmente la suma de 100 mil soles de manera solidaria por el delito de motín.

En tanto, se absolvió a los otros dirigentes: Juan Miguel Meza Igme, Hilario Julio Cornejo Reynoso, Juan José Colquehuanca Chaiña, Richard Hitler Ale Cruz, Martín César Augusto Juárez Bernedo, Esteban Nicomedes Pareja Prado, Luis Alberto Justo Laredo y José Miguel Ramos Carrera por los delitos de disturbios, entorpecimiento de los servicios públicos y conspiración para motín. De igual manera, se exculpó de este último delito al abogado Héctor Herrera Herrera y al médico Jorge del Carpio Lazo. La sentencia de segunda instancia, absuelve además al abogado Jesús Gómez Urquizo, acusado del delito de extorsión en contra de la empresa Southern Peru Cooper Corporation.

Los familiares de los dirigentes condenados mostraron su rechazo y consternación ante la lectura de adelanto de la sentencia de este último miércoles 2 de febrero. Para ellos la sentencia es injusta, y no se ajusta a derecho, puesto que los delitos por los cuales fueron sentenciados, nunca llegaron a probarse de parte del Ministerio Público. Consideran que sus familiares están siendo perseguidos y criminalizados por el Estado Peruano, el poder de la empresa minera Southern, y poder político de las transnacionales extranjeras. Por lo cual hacen un llamado al presidente Pedro Castillo para que tome atención a este caso y se pronuncie, ya que en campaña electoral firmó un compromiso de rechazo a la criminalización en las protestas contra el proyecto Tía María y La Tapada. Esperan que el presidente garantice los derechos fundamentales de los defensores ambientales: Jaime de la Cruz Gallegos, ex alcalde del distrito de Deán Valdivia, y Jesús Cornejo Reynoso, ex Pdte. de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo.

Estos días la preocupación de dichas familias está puesta en presentar un recurso de impugnación, para lo cual están en busca de abogados que contribuyan en la elaboración del recurso extraordinario de casación, que tendría un plazo de 10 días hábiles para ser presentado.  Este recurso además, busca revertir la situación de detención inmediata como lo ordena la sentencia en segunda instancia, y el pago de la reparación civil que la procuraduría del Estado Peruano les impuso, montos que NO están al alcance de la economía de los agricultores del Valle de tambo, más aún en tiempos de pandemia.

Los procesos judiciales a los agricultores, vienen dándose hace varios años, y ello ha afectado fuertemente en sus economías, además de deteriorar seriamente su estado de salud. La sentencia de la primera sala penal de apelaciones de Arequipa sienta un mal precedente en cuanto al respeto irrestricto de los derechos fundamentales de los defensores ambientales en el Perú.

Los activistas, defensores de derechos humanos y del ambiente de Arequipa hacen un llamado a las instituciones de derechos humanos del Perú, y del ámbito internacional, a las organizaciones sociales y políticas del país para pronunciarse sobre esta sentencia condenatoria que vulnera el derecho legítimo a la protesta de los pueblos, que en escenarios de conflictos socio-ambientales se convierte en un derecho fundamental del cual se desprenden otros derechos como el derecho a la libertad de expresión, opinión, conciencia, reunión, asociación, etc., los cuales deben ser garantizados en un estado democrático como el nuestro.

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