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Tras las protestas realizadas por las comunidades afectadas de Cotabambas por el paso de cientos de camiones con minerales de la empresa minera MMG Las Bambas en sus territorios – tras la modificación inconsulta del Estudio de Impacto Ambiental-, en septiembre del 2015, en que fallecieron 3 personas producto de la represión policial y resultaron más de 20 personas heridas; la Fiscalía acusó a 19 comuneros por la comisión de delitos de tenencia ilegal de armas, producción de peligro común con medios catastróficos, disturbios y, daños. La condena solicitada era hasta 17 años de cárcel, y la reparación civil de 20 mil y 88 mil 660 dólares en favor del Estado y la empresa minera.

Pasaron varios años de juicio con diversos problemas de suspensión de audiencias porque los comuneros no eran correctamente notificados, no había traducción al quechua y en varias oportunidades algunos jueces no asistieron; sin embargo, el día de ayer -después de haberse adelantado el fallo de absolución en marzo-, tal como lo relata FEDEPAZ, quien junto a APRODEH realizaron la defensa legal de los acusados; el Juzgado Unipersonal de Cotabambas notificó por fin la sentencia -después de 7 meses- en que absuelve a los 19 comuneros criminalizados. A lo largo del proceso penal, la defensa técnica logró demostrar que el Ministerio Público de Challhuahuacho no logró acreditar fehacientemente la participación de los comuneros en los delitos atribuidos al no presentar medios probatorios; lo que fue corroborado por la propia declaración de los comuneros, testigos y otros medios probatorios.

La sentencia

La sentencia relata: “…De acuerdo a las reglas de la lógica, a las máximas de la experiencia y a los conocimientos científicos, con los medios probatorios actuados, se ha generado en el magistrado a cargo del juzgado la plena convicción de la falta de responsabilidad de los acusados …”.

Este proceso judicial es especial porque detuvieron a 25 campesinos – que fueron llevados por la PNP al campamento minero-, disponiéndose prisión preventiva, por seis meses, para dos de ellos: Eduard Brandos Quispe Ccuno y Javier Mamani Coaquira. Se les acusó de poseer un arma de fuego y dinamita, teniendo como supuesta prueba incriminatoria un acta de incautación suscrita, incluso, por el propio General Rucoba Tello, en aquel entonces Jefe de la Región Policial de Apurímac. Durante el juicio, los dos acusados en mención señalaron que cuando los efectivos policiales los llevaron al campamento minero les sembraron dichas pruebas.

La defensa legal cuestionó esa prueba – el acta- por haberse elaborado vulnerando groseramente las formalidades exigidas por la ley y por contener información falsa y contradictoria en sí misma, señaló a Red Muqui, el abogado David Velasco de Fedepaz.

El juzgado señaló en su sentencia que: “ … El testigo General Rucoba Tello, manifestó haber suscrito las mismas para refrendar el trabajo de sus subalternos, labor que no le  competía, lo que lleva a inducir que quisieron validar tales actas de manera apresurada o desesperada. Por otro lado, las demás pruebas documentales actadas, en modo alguno acreditan la vinculación directa entre el origen ilegal o ilícito de la posesión del arma de fuego y las dinamitas por parte de los acusados …”.

De esta manera, «el juez reconoce la grave irregularidad en la elaboración y suscripción por parte del Jefe Policial mencionado, de la supuesta acta de incautación que, entendemos, se hizo así en un vano intento de fabricar y sembrar una prueba falsa que incrimine, también falsamente, a los dos campesinos acusados», agrega David Velasco de Fedepaz.

Sentencia reconoce derecho a la protesta social

En la sentencia, el Juzgado concluye que el Estado Peruano mediante sentencia del Tribunal Constitucional ha reconocido la protesta social como un derecho contenido en el artículo 2, inciso 12 de nuestra Constitución Política. De esta manera, queda demostrado que las «protestas del 2015 eran legítimas, en la medida que buscaban que se proteja derechos constitucionales como al medio ambiente, territorio, consulta entre otros, ejercido por los comuneros defensores y defensoras ambientales y territoriales», señala la reciente nota de prensa de Fedepaz, Aprodeh y Cooperacción.

Desde Red Muqui saludamos esta resolución, que evidencia que los defensores de derechos humanos y del medio ambiente muchas veces son incriminados sin prueba alguna bajo una estrategia de criminalización de la protesta por órganos del Estado y las empresas mineras; y porque reconoce el derecho a la protesta social.

Conjuntamente con la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH); CooperAcción; el Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAP); Estudios para la Defensa de los Derechos para la Mujer (DEMUS); Derechos Humanos sin Fronteras (DHFS), el Insituto de Defensa Legal (IDL); la Asociación Nacional de Centros de Investigación Promoción Social y Desarollo (ANC); la Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), hemos publicado el siguiente pronunciamiento sobre el conflicto en Las Bambas, emitido hoy, 1 de abril, en el diario la Républica.

Las peruanas y peruanos hemos visto en las últimas semanas la situación de tensión y conflicto producida por el impacto de las actividades de la empresa MMG Las Bambas, en las regiones de#Apurímac y #Cusco, en particular en las provincias de #Cotabambas#Espinar y #Chumbivilcas. La problemática que afecta a la comunidad de#Fuerabamba también es compartida por otras comunidades de la zona, razón por la que se requiere sentar las bases para una salida dialogada, pacífica y duradera al conflicto. Con ese propósito, las organizaciones abajo firmantes planteamos:

1. A lo largo de la carretera por donde se transportan los minerales de la empresa MMG Las Bambas, existen 149 centros poblados y 72 comunidades, varias de ellas han visto afectada su propiedad y sufren los impactos ambientales del transporte minero. Esto ha sido motivo de conflictos en el año 2016, con las protestas de las comunidades de Choqueca, Pumamarca, Ayahua y Quehuira, en el 2017 con las comunidades de Mara, y en el 2018 con las de Pisacassa, Pitic y Fuerabamba. Esta situación revela la urgencia de una solución para todas las comunidades afectadas, pues de lo contrario los conflictos volverán a repetirse.

2. Las comunidades afectadas por las actividades de la empresa MMG Las Bambas, en las regiones de Apurímac y Cusco, se han visto limitadas en el ejercicio de sus derechos individuales y colectivos por el establecimiento de los Estados de Emergencia impuestos indebidamente por el Ejecutivo. El Estado debe derogarlos para contribuir a un clima de confianza y diálogo, sin presiones ni mecanismos coercitivos que afecten las libertades de las partes.

3. En el caso particular de la comunidad de Fuerabamba, además del pago por el uso de sus tierras para la carretera, es importante saldar de una vez por todas la entrega de las tierras pendientes, según el convenio celebrado el 2009 entre la empresa Glencore Xstrata y la Comunidad de Fuerabamba. Consideramos que los acuerdos alcanzados deben cumplirse y se deben manejar con total transparencia.

4. Además de Fuerabamba, otras comunidades han planteado diversas quejas por acuerdos incumplidos. A fin de restituir la confianza entre las partes, estos acuerdos, y la situación de los mismos deben transparentarse. La participación de la Defensoría del Pueblo, como instancia externa y neutral a las partes, resulta necesaria para realizar el seguimiento al cumplimiento de los acuerdos suscritos.

5. Según el BCR el 1% del PBI corresponde a la producción de Las Bambas. Una operación tan importante no puede desarrollarse en condiciones de clara afectación a los derechos de las comunidades y a los estándares ambientales, así como de infraestructura precaria (carreteras afirmadas).

6. Es necesario un reconocimiento de los errores y malas decisiones cometidas por los sucesivos gobiernos y la empresa MMG Las Bambas en el trámite de los permisos ambientales. En la segunda modificatoria del EIA se incorporó el cambio de mineroducto por transporte terrestre, a través de un mecanismo de consulta irregular (ITS). Esto originó que el transporte del mineral tenga un tratamiento inadecuado de prevención y reducción de daños. Pese a las quejas de las comunidades afectadas por los daños, nadie fiscalizó ni se responsabilizó de estos hechos, pues no había obligaciones establecidas para fiscalizar.

7. Urge que el Estado recupere la confianza de las comunidades en estas zonas con presencia importante de inversiones y actividades extractivas. Es la única vía para que las comunidades puedan canalizar sus demandas a través de mecanismos institucionales y no recurran a estrategias desesperadas. Los convenios entre las empresas mineras y la Policía Nacional deben ser eliminados. La Policía Nacional no puede convertirse en policía privada de las empresas, debe recuperar su rol de servicio público.

8. Datos oficiales muestran que en las regiones de impacto del proyecto minero Las Bambas se evidencia la persistencia de graves problemas de discriminación y violencia de género, hechos que se traducen en nuevas modalidades de explotación sexual, tráfico de mujeres y trata, así como casos de feminicidios y mortalidad materna. Estos casos deben ser investigados y denunciados por el Ministerio del Interior, y deben visibilizarse en el diálogo entre las partes en conflicto.

9. La detención irregular del Presidente de la Comunidad de Fuerabamba Gregorio Rojas ha evidenciado la situación límite de la relación entre las comunidades afectadas, la empresa y el Estado peruano. La fragilidad de las condiciones para el diálogo se hizo evidente en tanto se criminaliza a las y los representantes legítimos: que diversos personajes ajenos a los intereses de la comunidad ganaran protagonismo y pretendieran instrumentalizar el conflicto para sus propios fines. El Estado, y en particular el Ministerio Público, deben cesar de criminalizar a las y los representantes de las comunidades afectadas y encauzar debidamente la solución a los conflictos.

A partir de lo señalado, exhortamos al Gobierno y a las distintas instancias involucradas del Estado, a tratar los temas y problemas de fondo que plantean conflictos como el de Las Bambas. Del mismo modo, a que se revisen las políticas públicas, los marcos normativos ambientales y sociales, y los mecanismos de participación ciudadana y consulta previa que están a la base de los cuestionamientos de las comunidades impactadas por los megaproyectos, para garantizar así la convivencia pacífica y duradera, el reconocimiento y respeto entre las partes, y la legitimidad y sostenibilidad de los proyectos.

Lima, 31 de marzo del 2019

EN CALIDAD AMBIENTAL AIRE

La Directora General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM), Juliana Becerra, reconoció que existen ciertos Límites Máximos Permitidos (LMP) que aún no han sido aprobados para ciertos sectores, como la minería, y que debido a ello, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) no alcanza a fiscalizar a todas las empresas que generan emisiones.

Durante su presentación en la Audiencia Pública “Calidad ambiental del aire y salud pública”, organizada por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, la funcionaria del MINAM especificó que solo se cuenta con cinco normas para los LMP de emisiones.

La del sector minero metalúrgico (1996) que necesita ser revisada y actualizada, aseguró que el MINAM ya trabaja en ello; En Transporte (2012), en industria cementera (2002), pesquería (2009) e hidrocarburos (2010).

“Los LMP están sujetos a fiscalización ambiental. Ahora debemos trabajar para fijar los que faltan para que el OEFA cumpla con su labor. Hay muchas empresas y sectores industriales que aún no cuentan con LMP”, indicó mientras presentaba la propuesta de Estándares de Calidad Ambiental para Aire (ECA-Aire).

Falta reconocer Calidad Ambiental

Becerra reconoció que existe una brecha enorme entre la ejecución y evaluaciones, y el conocimiento real de la calidad ambiental en todas las zonas del Perú.  Incluso mencionó que esto ha sido detectado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en su evaluación de desempeño ambiental.

“Hay deficiencia en la infraestructura de una red de monitoreo, salvo en Lima y Callao. En los demás lugares del Perú, existe solo información aislada de campañas de monitoreo que intentan evaluar el cumplimiento de los ECA. Sumado a ello, tenemos protocolo de monitoreo de calidad del aire del año 2005, y que no es cumplido por todos aquellos que realizan monitoreo”, apuntó.

GESTA La Oroya responde

Alejandro Guadalupe, miembro del Consejo departamental del Colegio de Ingenieros de Huancayo, cuestionó que el MINAM argumente que es necesario aumentar los ECA – Aire porque es “imposible llegar a los parámetros de 20 microgramos por m3 en el corto plazo, dado que ello depende de la tecnología instalada, los aspectos económicos y la capacidad de la gestión de la calidad del aire el cual está en proceso de fortalecimiento”.

“Con esto dan carta abierta a las trasnacionales que no pueden instalar una ‘tecnología de punta’, y que en el Perú no se lo podemos exigir. La misma Doe Run ha reconocido que cuenta con maquinaria obsoleta, por eso emiten dióxido de azufre en cantidad”, remarcó Guadalupe, quien además denunció que el MINAM haya elegido a un funcionario de la empresa Doe Run integre el GESTA de La Oroya como juez y parte.

Por su parte, Christian Huaylino, abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) y representante legal de 79 afectados por contaminación en La Oroya, lamentó que el MINAM proponga subir más de 12 veces el límite de contaminación cuando el sistema de salud en La Oroya es bastante precario y no se da abasto para atender a toda la provincia de Yauli.

Recordó que en el 2009 el ECA en La Oroya era de 80 microgramos por m3, luego en el 2013 se estableció que debería ser 20 microgramos por m3 en todo el país. Luego se sacó una norma que permitía una excepción y se regrese a 80 microgramos por m3 en la cuenca atmosférica de Arequipa, Ilo y La Oroya. Y este es el estándar actual.

“El MINAM ahora propone 250 microgramos por m3, y a esto se suma la aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC) que le permitirá al nuevo operador del complejo metalúrgico de La Oroya, iniciar con un nivel de 365 microgramos por m3 que irá bajando durante 14 años hasta llegar al nivel actual. Es decir, hasta el 2030, la exposición a metales pesados será más intensa para la población”, advirtió.

Sustento de ECA

Durante su presentación, la Directora General de Calidad Ambiental del MINAM, aseguró que, para elaborar el decreto, se revisaron las directrices sanitarias de la Organización Mundial de la Salud (OMS) del año 2005, 2001, 1987 y 1979, y ver cómo es que esta entidad trabaja sus estándares.

Además, citó otros documentos de referencia como el del Ministerio de Salud de Canadá (2016), y de la Environmental Protection Agency (EPA), el cual se centra en dióxido de azufre.

Por qué un nuevo ECA Aire

“Hemos concluido que los decretos supremos deben ir en uno solo, y así alinear la Política del Aire a la Política nacional del Ambiente, e integrar al Sistema Nacional de Gestión Ambiental”, puntualizó.

Recordó que en el año 2001 fue la primera vez que se formularon los ECA – Aire en el Perú. Luego, cuando se creó el MINAM en el 2008 se establecen y modifican los ECA, y además de incluir el dióxido de azufre, se incluye el valor de material particulado como nuevo parámetro.

“Este trabajo empezó en setiembre tras una revisión y diagnóstico de la normativa del MINAM, y en noviembre del 2016 se creó un grupo de trabajo interno (R.M. N°331-2016-MINAM) que ha venido coordinando sostenidos algunas reuniones con otros sectores del Estado y la Sociedad Civil”, reveló.

DATOS:

  • El MINAM tiene la función de elaborar los ECA y los lineamientos para su aplicación. Son de alcance nacional y debe elaborar los ECA de aire, agua y suelo
  • Los ECA y LMP son instrumentos de gestión ambiental y establecen niveles de concentración y parámetros de diferentes sustancias físicas, químicas y biológicas

Fuente: RED MUQUI

Fotos: Radio Nacional / RED MUQUI 

EVIDENCIA INFORME INTERNACIONAL

  • Diez organizaciones de derechos humanos presentaron publicación que refleja políticas de represión hacia quienes protestan
  • APRODEH presentó el caso de Perú respecto a pueblos indígenas y actividades extractivas

En América Latina, los Estados que han logrado crecimiento económico y mejora en la condición de vida de algunos sectores sociales, respondieron de manera hostil y antidemocrática ante quienes expresan las contradicciones del desarrollo económico a través de la protesta social, señaló el informe “Los Estados Latinoamericanos frente a la protesta social”.

Tras las diversas presentaciones de casos y normativas desde las fuerzas del orden, el documento muestra cómo es que los gobiernos latinoamericanos respondieron de forma dispar a tensiones y conflictos que expresan las contradicciones del modelo económico, y la desigualdad social que aún queda por reducir.

Esta publicación documenta y analiza casos sobre las respuestas del Estado frente a la protesta social en ocho países de la región: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México, Paraguay, Perú y Venezuela.

“Con distintos niveles de gravedad, la respuesta estatal violenta, la criminalización de los militantes y activistas, las políticas públicas que buscan limitar o restringir las protestas y manifestaciones y la impunidad de las violaciones de los derechos humanos son características comunes a todos los países analizados”, se refiere de manera preocupante.

Desde nuestro país, la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), miembro de la RED MUQUI, formó parte del grupo de diez organizaciones latinoamericanas de derechos humanos, que construyeron y presentaron dicho informe.

En su aporte desde el caso peruano, APRODEH señaló que la criminalización de la protesta social y de la defensa de territorios indígenas obedece a la expansión de megaproyectos extractivos durante los últimos 25 años.

Las 10 organizaciones latinoamericanas del informe, añaden que el derecho a la manifestación está amenazado tanto por las prácticas históricas de reprimir y perseguir judicialmente a los manifestantes y líderes sociales, como por nuevas tendencias que recrudecen este panorama e incluyen la criminalización de acciones de protesta, a través de reformas normativas y legislativas.

“Los Estados suelen utilizar la fuerza para contener y controlar las manifestaciones públicas, en vez de tomar medidas para garantizar el ejercicio de derechos y resolver los problemas de fondo”, remarcaron.

En su introducción, el documento enfatiza que la protesta social es un derecho fundamental para la defensa de otros derechos. “Muchos de los derechos y libertades del presente son consecuencia de luchas y conquistas que sucedieron en las calles en el pasado”, se precisa.

Sin embargo, las respuestas estatales que buscan restringir las protestas, se dan a través de regulaciones, de la criminalización y del uso de la fuerza afectan de manera negativa a la vida democrática.

A lo largo de la publicación se presentan cuatro ejes: las restricciones legales y administrativas a las manifestaciones públicas, la represión y el uso de la fuerza, la criminalización de la protesta y la impunidad de la violencia policial.

Asimismo, se profundiza en temas vinculados con los conflictos de tierra y territorio, la intervención de las fuerzas armadas en la protesta social, la falta de investigación y sanción de las violaciones a los derechos humanos en las manifestaciones y el impacto de las leyes antiterroristas.

Otra cuestión, es la violencia policial contras las mujeres y los habitantes de las zonas rurales y las prácticas estatales racistas.

Algunos apuntes sobre Perú

A lo largo del documento se van mencionando los puntos en común entre los nueve países. APRODEH, miembro de la RED MUQUI, señaló que en Perú la criminalización de la protesta social y de la defensa de territorios indígenas obedece a la expansión de megaproyectos extractivos durante los últimos 25 años.

En ese sentido se da cuenta sobre la arbitraria declaración de Estado de Emergencia, que, si bien está en el artículo 137 de la Constitución, se ha convertido en una práctica estatal reiterativa que prohíbe –durante 30 o 60 días- las manifestaciones y reuniones públicas en conflictos de gran repercusión y militarizar el control del orden público. Ante ello se citan los casos de Amazonas, en 2009; en Cajamarca, en 2011 y 2012; en Espinar, en 2012; en Islay y en Apurímac, en 2015.

Entre otros puntos, se resalta En Perú, la extrema violencia con la que las fuerzas del orden actúan durante los conflictos entre las comunidades rurales y las industrias extractivas. Entre 2010 y 2015 se registraron por lo menos 75 muertes en este tipo de conflictos, la mayoría de ellas ocasionadas por el uso de armas de fuego.

Conclusiones

La reflexión del informe refiere a cómo los Estados pueden evitar situaciones de violencia en las protestas mediante protocolos, leyes e interpretaciones judiciales protectoras de derechos. Se destacan en ese sentido las pautas delineadas por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Una perspectiva respetuosa de los estándares de derechos humanos implica que los Estados establezcan regulaciones para garantizar el derecho a la protesta. En este sentido, es importante que el sistema internacional de protección de derechos humanos precise el contenido y alcance de estas obligaciones positivas de los Estados”, resaltan las organizaciones participantes.

Esta publicación es el resultado del trabajo colectivo de las siguientes organizaciones:

Justiça Global, Brasil.

Corporación Humanas, Chile.

Observatorio Ciudadano, Chile.

CAJAR- Colectivo de Abogados José Álvarez Restrepo, Colombia.

Centro Prodh- Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, México.

Fundar- Centro de Análisis e Investigación, México.

Frente por la Libertad de expresión y la protesta social, México.

Codehupy- Coordinadora Derechos Humanos Paraguay, Paraguay.

APRODEH- Asociación Pro Derechos Humanos, Perú.

Provea- Programa Venezolano de Educación -Acción en Derechos Humanos, Venezuela.

CELS- Centro de Estudios Legales y Sociales, Argentina.

Fotos: Mídia Ninja Brasil / Fabiola Ferrero de Venezuela

DERECHOS HUMANOS

  • Ello parte del gobierno de Canadá desde la política “Open for justice”

RED MUQUI estuvo entre las organizaciones que respaldaron al Primer Ministro de Canadá, Justin Trudeau, en decisión de designar -a futuro- a un Defensor de Derechos Humanos que se encargaría de atender a las personas afectadas por compañías petroleras, gasíferas y mineras canadienses en el extranjero.

Es así que la RED MUQUI, junto a la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y la Asociación Nacional de Centros (ANC), manifestó su apoyo a esta iniciativa de “Open for Justice” del Canadian Network on Corporate Accountability (CNCA).

“La creación de este Defensor permitiría una mejor gestión del impacto de las empresas canadienses en el mundo y brindaría una instancia a las personas afectadas desde sus respectivos países”, enfatizaron las organizaciones peruanas en la carta dirigida a Trudeau.

A ello agregaron que la existencia de una instancia que atienda denuncias de violaciones a los derechos humanos por responsabilidad empresarial en el sector extractivo, significaría un paso fundamental en la ‘justiciabilidad’ internacional de los derechos humanos, además de un efecto positivo en la reputación del sector extractivo canadiense.

Recomendaciones a Canadá

En la misiva, RED MUQUI, APRODEH, CNDDHH y la ANC, formularon algunas recomendaciones al gobierno canadiense en torno a esta nueva instancia.

La sociedad civil peruana consideró indispensable que la oficina del eventual Defensor de Derechos Humanos, debe mantener total independencia del gobierno y de las empresas del sector extractivo, cuya participación también debería ser obligatoria.

Asimismo, las organizaciones peruanas comprometidas con la promoción y protección de los derechos humanos, sugirieron que esta oficina posea facultad de investigar las alegaciones de violaciones a los derechos humanos, así como evaluar que las empresas extractivas cumplan con un conjunto de estándares, de esta manera se podrá determinar si se ha ocasionado el daño alegado.

En otro punto, se exhortó a que se pueda llevar un proceso transparente que incluya la publicación de un informe público final con recomendaciones desde las empresas y el gobierno.  Luego de ello, sería necesario hacer un seguimiento sobre el cumplimiento efectivo de todas las recomendaciones. A ello se suma la recomendación de prever la posibilidad de que las empresas se vean limitadas en recibir apoyo del gobierno canadienses, en caso de no cumplirlas.

Para todo ello, la sociedad civil peruana indicó que estas recomendaciones se realizar en base al proyecto de ley The Global Leadership in Business and Human Rights Act: An act to create an independent human rights ombudsperson for the international extractive sector, elaborado por Canadian Network on Corporate Accountability (CNCA).

Referencias

RED MUQUI, APRODEH, CNDDHH y la ANC también dieron cuenta sobre las graves afectaciones ambientales, económicas, sociales y culturales por parte de las industrias extractivas en nuestra región.

Para ello citaron el estudio “El impacto de la minería canadiense en América Latina y la responsabilidad de Canadá”, que realizó el Grupo de Trabajo sobre Minería y Medio Ambiente en América Latina.

 

En dicho documento se analizaron veinte proyectos extractivos que pertenecían a empresas con casas matrices en Canadá, de ello se constató que, en cuatro de estos, hubo vulneraciones de varios derechos, entre ellos, los derechos a la vida, a la integridad personal, a la salud y a la propiedad, para las comunidades aledañas al proyecto minero respectivo.

Disponible en: http://www.dplf.org/sites/default/files/informe_canada_resumen_ejecutivo.pdf

 

Fuente: Carta dirigida al Primer Ministro Justin Trudeau, sobre llamado para la creación de un Defensor de Derechos Humanos para el sector extractivo canadiense en el extranjero.

Foto: Thisisinsider.com

EN FORO PARLAMENTARIO

A través del Foro: La agenda parlamentaria frente a las industrias extractivas y los conflictos socioambientales, la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) generó un espacio de diálogo alrededor de una mesa compuesta de representantes parlamentarios, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos, a fin de evaluar conjuntamente las propuestas y perspectivas sobre la regulación y el impacto de las inversiones extractivas en el Perú incidiendo en la  promoción de  propuestas favorables  respeto a los derechos humanos, territoriales y ambientales.

Los congresistas electos de Acción Popular, Miguel Román; de Peruanos Por el Kambio, Gino Costa, y del Frente Amplio, Humberto Morales, dieron a conocer las propuestas de sus respectivos partidos, así como el impulso que darán, desde el Congreso, a problemáticas en torno a: Ordenamiento territorial, Consulta Previa, Fortalecimiento ambiental y Gestión de conflictos sociales. En este encuentro el partido de Fuerza Popular decidió no participar.

Consulta previa, conflictos sociales y diálogo pendiente

RED MUQUI y CooperAcción participaron como panelistas y expusieron la situación actual de la conflictividad social y la consulta previa ante los nuevos parlamentarios.

Javier Jahncke, secretario ejecutivo de la RED MUQUI, se refirió a los mecanismos de toma de decisión que no involucran a gobiernos regionales, ni locales, pese a que estos tienen competencias en planes de desarrollo y ordenamiento territorial, ya que las concesiones están por encima. De igual modo Jahncke indicó que un proceso de concesión no se puede afirmar que exista una verdadera participación ciudadana que otorgue una licencia social. «Las audiencias públicas que se llevan a cabo con la población se orientan solamente a informar a la población sobre el proyecto, es decir, solo se cumple un ‘mero requisito administrativo’ para dar luz verde a la concesión del proyecto», remarcó.

Como parte de esa problemática, Jahncke comentó a los congresistas electos que en el sector minería solo se han llevado a cabo tres procesos de consulta previa debido a esta lógica de “informar a la población en audiencias públicas”. El secretario de la RED MUQUI puntualizó que muchas de las empresas no reconocen la presencia de pueblos indígenas debido a que no existe una base de datos adecuada desde el Ministerio de Cultura, que además no es constitutiva de derechos.

Por su parte, Ana Leyva, Directora Ejecutiva de CooperAcción, indicó a los candidatos que los conflictos sociales deben ser entendidos de una manera multidimensional y que las demandas de las poblaciones afectadas por megaproyectos, no necesariamente son económicas. En ese sentido, Leyva remarcó la necesidad de establecer una tipología de conflictos, ya que no todos se dan por un afán de resistencia, sino de convivencia con la empresa. Una tipología permite un tratamiento diferenciado para poder lograr un mejor entendimiento y resolución del mismo.

Como asesora de las comunidades en la Mesa de Trabajo de Cotabambas (Apurímac), Ana Leyva aseguró que el carácter de estas mesas, son de negociación mas no de diálogo, lo cual conlleva a una lucha por anteponer intereses de la inversión a las demandas de quienes se sienten afectados, en este caso por el proyecto minero Las Bambas. “No hay un búsqueda por establecer nuevas relaciones de confianza duraderas entre la empresa y la población, sino de aminorar el problema”, señaló.

Propuestas a impulsar

Para el congresista electo, Miguel Román de Acción Popular, en un escenario de conflictividad social sería necesario paralizar las operaciones de un proyecto hasta que se le explique a la población sobre los beneficios. Este proceso, según dijo, debería ser por tiempo indeterminado hasta el momento en que las comunidades den su aprobación, de ser necesario a través de una consulta previa.

Gino Costa de Peruanos Por el Kambio puntualizó que su partido tiene en propuesta la creación de un sistema nacional de prevención y gestión pacífica de conflictos sociales, en el cual la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la PCM, funcionaría como secretaría técnica. Costa también comentó que se reactivaría la procuraduría del orden público dentro del Ministerio del Interior, con el fin de identificar los actores que incitan a la violencia y al desorden público para que puedan ser llevados a la justicia con celeridad.

A su turno, Humberto Morales del Frente Amplio, manifestó que no se puede negar que la conflictividad social se da a causa de un tema ideológico, como es el del buen vivir y otras formas de entender el uso de los recursos naturales. Morales resaltó la necesidad de contar con una ley de Ordenamiento Territorial en el que las Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) sea vinculante para gestionar el buen uso del territorio, además de una ley de protección de cabeceras de cuencas. Con el cumplimiento adecuado de ambas normativas podrían evitarse muchos de los conflictos sociales, anotó.

 

Fotos / Videos: Comunicaciones RED MUQUI