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En una contundente muestra de rechazo a las concesiones mineras en su territorio, 87 comunidades de la provincia de Vilcashuamán en Ayacucho han paralizado actividades y bloqueado caminos, en un paro de 48 horas que se está realizando desde hoy martes 9 y se extenderá hasta mañana.

Emiliano Bellido Quispe, presidente de la comunidad de Colpapampa en el distrito de Vilcashuamán afirmó que los habitantes rechazan totalmente las concesiones mineras en el distrito de Vischongo y respaldan a los pueblos afectados en la zona sur del distrito como Pomacocha, Umaro y Pariamarca.

Esta paralización se desarrolla como respuesta a la creciente preocupación de los habitantes de Viscochongo ante la proliferación de proyectos mineros en cabeceras de cuenca, los cuales, según afirman, se quieren imponer sin consultar a sus habitantes y representan una amenaza para numerosos ojos de agua, manantiales y obras de regadío, con lo cual se pone en riesgo el medio ambiente, la salud de la población y el bienestar de las comunidades locales.

Se espera que durante estas 48 horas de paralización, las actividades cotidianas en Viscochongo se vean considerablemente afectadas, con el cese de labores en comercios, escuelas y demás instituciones públicas y privadas. Asimismo, ya se están realizando movilizaciones y manifestaciones pacíficas en las principales calles y plazas del distrito.

Las comunidades de Viscochongo han hecho un llamado a las autoridades regionales y nacionales para que atiendan sus demandas y detengan la expansión de las actividades mineras en la zona.

En un pronunciamiento del Comité de Lucha Pro-Agrario del 5 de abril se afirman las principales demandas de los comuneros: la cancelación de concesiones mineras, el reconocimiento del derecho de propiedad del suelo y subsuelo para las comunidades campesinas, la declaración de intangibilidad de las cabeceras de cuenca, la asignación prioritaria de presupuesto para el desarrollo de sistemas de irrigación, presupuesto para forestación, mejora de las vías de comunicación, la creación de un centro de innovación tecnológica, entre otras.

Este paro de 48 horas representa un hito en la lucha de las comunidades de Vilcashuamán por el reconocimiento de su voz y su derecho a decidir sobre el futuro de su territorio, y con su demanda de seguridad jurídica para las comunidades campesinas – concepto usualmente usado por las empresas a la hora de invertir en los países del sur global al exigir seguridad jurídica para sus inversiones – marca un precedente en la lucha contra la extracción irresponsable de recursos naturales en el Perú.
A fines del año pasado una protesta similar estalló en Huanta, y desde el 2019 existen protestas similares aún latentes en el sur de Ayacucho.

En una nota anterior sobre la situación que enfrenta actualmente la comunidad de Accomarca (Vilcashuamán, Ayacucho) desde Red Muqui se resaltó que dicha comunidad campesina fue escenario de una de las violaciones más graves a los derechos humanos en la época del conflicto armado interno. Una parte de su población (ancianos, mujeres y niños) fue aniquilada a sangre fría y sin escrúpulos por tropas del Ejército, que ejecutaron órdenes de la cadena de mando, en tanto funcionarios públicos justificaron la masacre como medida para combatir una supuesta base terrorista en la zona.

A razón de la experiencia sufrida, la comunidad aprendió a organizarse para protegerse y salvaguardar su territorio frente a cualquier riesgo social, político y ambiental. Actualmente, cerca al río Pampa, dentro de los límites de la comunidad está operando el empresario minero Ismael Medina en laconcesión Huacachina 2016 III(1), quien pese a no contar con un Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) correctamente aprobado por la Dirección Regional de Energía y Minas de Ayacucho, continúa con la extracción de sulfuro de cobre y otros minerales en las zonas de Chamana y Pichuscucho. Por lo demás, no cuenta tampoco con el debido consentimiento de la comunidad campesina.

Debido a lo señalado, el presidente de la comunidad de Accomarca, Zosimo Sulca Quispe, en coordinación con su Junta Directiva cursaron distintas comunicaciones a las instancias de la Administración Pública para entablar un diálogo adecuado para llegar a un acuerdo que les permita vivir sin extracción minera y contaminación en su zona; sin embargo, no hubo respuesta alguna. El pasado 25 de julio, mediante Resolución N° 157-2023-GRA/GG-GRDE-DREM, el director regional de la Dirección Regional de Energía y Minas (DREMA) ordenó la paralización temporal de la actividad minera ubicada en la zona denominada Chamana debido al incumplimiento de sus compromisos ambientales. Asimismo, se informó a la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Huamanga la posible actividad de minería ilegal (2) en la que estaría incurriendo el empresario Medina, lo que derivó en una investigación preliminar en su contra.

En días recientes, debido a la ininterrumpida operación minera, pese a la paralización temporal ordenada por la DREMA, y luego de varias Asambleas Generales, la comunidad campesina, determinó el decomiso de las herramientas y el desalojo del campamento minero. A lo que el operador minero respondió, de manera inmediata, con una denuncia ante la Fiscalía Provincial de Vilcashuamán aludiendo la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de daños(3).

En ese sentido, Red Muqui advierte del riesgo en el que se encuentra la comunidad campesina de Accomarca frente a la pequeña minería que no cumple estándares mínimos ambientales, ni respeta las disposiciones de las autoridades regionales. De esta manera, se estaría generando un escenario de conflicto socioambiental por la actividad extractiva y un posible escenario de estigmatización y criminalización de la Junta Directiva de la histórica comunidad campesina.

Para mayor información legal y mapa técnico sobre superposición de concesiones mineras en territorio de la comunidad campesina de Accomarca: aquí.

(1) La concesión minera Huacachina 2016 III está ubicada en Vilcashuamán, Ayacucho; cuenta con una extensión de 200 ha y su titular es SMRL Sorpresa Tres, representado por Edgardo Rojas Anayaipoma.
(2) Artículo 307-A del Código Penal.
(3) Artículo 205 del Código Penal.

La comunidad campesina de Accomarca que se encuentra ubicada en la provincia de Vilcashuamán del departamento de Ayacucho fue escenario de las violaciones más graves a los derechos humanos en la época del conflicto armado interno (1980-2020), siendo su población aniquilada a sangre fría y sin escrúpulos por la cadena de mando del Ejército y políticos que justificaron la masacre como medida para combatir una supuesta base terrorista en la zona. Debido a la experiencia sufrida, la comunidad se encuentra en constante organización para protegerse y salvaguardar su territorio. En tal sentido, desde el 2019 se ha evidenciado la afectación de sus derechos colectivos por las actividades del productor minero Ismael Medina, quien opera con el código minero N° 010104417 en la concesión Huacachina 2016 III. Frente a ello, la comunidad campesina de Accomarca advierte y denuncia irregularidades en el proceso de formalización.

La concesión minera Huacachina 2016 III está ubicada en Vilcashuamán, Ayacucho; cuenta con una extensión de 200 ha y su titular es SMRL Sorpresa Tres, representado por Edgardo Rojas Anayaipoma. A través de un contrato privado de alquiler de la concesión, su operador informal es Ismael Medina, con una inscripción vigente en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) del MINEM. Sin embargo, la Dirección Regional de Energía y Minas de Ayacucho (DREMA) desaprobó el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de las Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM preventivo y correctivo. Pese a la negativa, el operador minero continuó sus actividades de extracción de sulfuro de cobre en el lugar denominado Chamana, una zona que no fue incluida en su instrumento de gestión ambiental, que aplica para el área de Pichuscucho, que se encuentra actualmente en estado de paralización y sin operación minera alguna. Es decir, mediante el IGAFOM, que representa una declaración jurada y de compromisos socioambientales, se engañó a la Administración Pública sobre la zona de explotación y beneficio minero, lo que impide tanto la cuantificación de las toneladas métricas de mineral extraído y como el impacto que genera sobre la comunidad campesina.

En ese sentido, como parte del acompañamiento técnico – legal que la Red Muqui realiza a la Junta Directiva de la comunidad de Accomarca, se presentaron medios probatorios para resaltar las contradicciones y falta de transparencia respecto del proceso de formalización minera del señor Medina. De esta forma, el 25 de julio, mediante Resolución N° 157-2023-GRA/GG-GRDE-DREM, el director regional de la DREMA resuelve ordenar la paralización temporal de la actividad minera ubicada en la zona denominada Chamana, pero ello está condicionado a una inspección inopinada, sin plazo especificado.

Por todo lo expuesto, desde la Red Muqui exigimos que haya una adecuada coordinación para la paralización de actividades mineras de manera inmediata. Debido a que el operador Medina no cuenta con el Instrumento de Gestión Ambiental (IGA) estaría explotando el mineral en forma ilegal, lo que conlleva a la consecuente aplicación de la interdicción minera respaldado por los Decretos Legislativos números 1100 y 1101. Así mismo, el proyecto minero ha vulnerado la autonomía comunal, ya que no ha facilitado información y menos aplicado la consulta previa, lo que constituye un engaño a las familias que allí viven.

Para mayor información legal y mapa técnico sobre superposición de concesiones mineras en territorio de la comunidad campesina de Accomarca: aquí

La delegación multipartidaria del Parlamento Catalán que han visitado recientemente el Perú en una misión de observación sobre Democracia y DDHH ha constatado graves vulneraciones de derechos fundamentales y han observado con especial preocupación la estigmatización y criminalización de los manifestantes con el calificativo de terroristas.
La comisión integrada por los diputados y diputadas Francesc de Dalmases, Jenn Díaz, Susana Segovia y Carles Riera estuvieron en el país desde el 9 hasta el 14 de julio, tiempo en el que visitaron Apurímac, Puno y Ayacucho donde tomaron contacto directo con familiares de víctimas y diversas autoridades estatales.
También visitaron Ventanilla para conocer la situación un año y medio después del peor derrame de petróleo ocurrido hasta la fecha en la costa peruana causado por la empresa española Repsol en la zona.
La visita se basó en una Declaración aprobada el pasado 25 de enero por la Junta de Portavoces del Parlamento de Cataluña en defensa de las movilizaciones sociales y por el fin de la represión en Perú.
En su calidad de vocero de la delegación, Carles Riera secretario tercero del Parlamento de Cataluña, calificó de especialmente grave la disminución en la autonomía y separación de poderes del Estado que constataron en su visita, que repercute a su juicio en el ejercicio de la democracia en el país.
La diputada Jenn Diaz que se reunió con familiares de víctimas en Andahuaylas constató actos de racismo, clasismo y discriminación por género – sesgos aplicados por las instituciones estatales y promovidos por importantes medios de comunicación, que a su vez han sido reforzados por grupos de extrema derecha y fascistas, en lo que calificó de proliferación de discursos de odio. Un fenómeno social que se repite a nivel global.
Francesc de Dalmases que visitó la castigada ciudad de Juliaca, relató que en conversaciones con autoridades escuchó que en la represión ejercida por el Ejército y policía hubo más muertos que detenidos, un hecho que habla de la calidad y de las decisiones políticas sobre cómo enfrentar las protestas. Manifestó además que percibió en muchos testigos la sensación de vivir experiencias de actuaciones estatales que parecían superadas con el fin del conflicto armado interno, en lo que constituye, según él, una verdadera regresión democrática.
Susana Segovia, a su vez, lamentó la persistente criminalización de sujetos y actores de la protestas con el uso generalizado y estigmatizante del adjetivo de terroristas (terruqueo).
En relación a la visita que realizaron durante el primer día a Ventanilla para observar los estragos del desastre que dejó el masivo derrame de petróleo del consorcio español Repsol ocurrido en enero del año pasado, los representantes constataron en terreno la damnificación e indefensión de las comunidades de la zona que viven de la pesca y lamentaron la insuficiente respuesta ante las demandas y faltas de medidas de remediación por parte de la empresa y del gobierno.
Todas estas observaciones estarán plasmadas en el informe final de la investigación en elaboración y que será presentado próximamente al Parlamento de Cataluña.

Del 22 al 24 de marzo se llevó a cabo el IV Encuentro Nacional de Vigilantes y Monitores Ambientales Comunitarios en la ciudad de Huamanga, Ayacucho, en el cual participaron representantes de diez departamentos del país: Ayacucho, Cusco, Puno, Lima y Provincias, Cajamarca, La Libertad, Junín, Pasco, Apurímac y Moquegua.

Durante las acciones desplegadas resalta la visita a la Comunidad Campesina de Santa Fe, donde se apreció la belleza de la laguna Guitarrachayuq ubicada a 4,400 msnm, solo a diez minutos de la comunidad mencionada. La vista de las aguas cristalinas de la laguna se mezclan con los nevados imponentes y un cielo engreídamente despejado.

 

 

A simple vista, el paisaje imponente parece eterno. Sin embargo, esta laguna y otras más de la zona, inclusive nevados y hasta la propia Comunidad Campesina de Santa Fe están en peligro porque se encuentran sobre subsuelo concesionados para la actividad minera, así lo comprobamos a partir de fuentes oficiales.

 

 

Por lo anterior, el rol de los vigilantes y monitores ambientales, para cuidar el agua y las bellezas paisajísticas, es más necesario que nunca, pues los resultados de su labor podrían alertar no solo de amenazas al recurso natural, sino también  podrían alarmar de artilugios legales y administrativos que se estarían moviendo entre sombras para promover un extractivismo feroz, violento y expropiatorio.

Durante los días del encuentro, aguas abajo del Guitarrachayuq, delegaciones de los diez departamentos conformaron grupos de monitoreo para intercambiar experiencias de vigilancia y monitoreo ambiental, y a la vez analizar la calidad del agua en los ríos Supaymayu y Apacheta, mediante los métodos de macroinvertebrados, bacteriológico y fisicoquímico; concluyendo tal cual lo manifiesta un hermano de Puno “estos ríos aún están vivos, debemos cuidarlos y proteger sus nacientes en las montañas”, los resultados de los monitoreos mostrarían que la calidad del agua en ambos ríos son buenas. Sin embargo, si no se establecen medidas y acciones para protegerlas, el medio ambiente y la salud de las personas estarán en peligro.

 

 

Posteriormente, representantes de los diez departamentos iniciaron una sesión de reflexión para construir procesos colectivos de cara a su reconocimiento, involucrando para su análisis temas referidos a un proceso constituyente, adelanto de elecciones y otra gama de expresiones que se encuentran en la declaratoria del evento.

La Misión de Solidaridad Internacional y de Derechos Humanos de Argentina, ha denunciado gravísimas violaciones a los derechos humanos, al concluir el lunes 13 de febrero, su visita de relevamiento de información sobre las protestas y la represión ocurridas desde el pasado 7 de diciembre de 2022 en Perú. 

En la presentación de sus conclusiones preliminares la misión acusó al Estado peruano de atacar de manera sistemática y generalizada a la población civil, a través de asesinatos, detenciones arbitrarias, abusos sexuales, torturas, persecución judicial, intimidación y amenazas en lo que constituyen crímenes de lesa humanidad por lo cual deberá ser investigado.

Las evidencias encontradas

Por una parte constataron el uso de armas de fuego en el asesinato de manifestantes. En muchos de los testimonios y registros recopilados, también se ha hecho evidente la presencia de elementos de civil de las fuerzas de seguridad, a quienes han identificado como «ternas» que se infiltran en las manifestaciones y que inician un conflicto para sobre esa base desatar la represión.

Lo mismo ocurre con las detenciones arbitrarias, en las que la PNP ha obstaculizado el derecho a la defensa, a un debido proceso de quienes son detenidos, obstaculizando también el libre ejercicio de la profesión de los abogados que voluntariamente defienden a muchas de las personas que sufren esas detenciones. Los referentes políticos, sociales y sindicales de Argentina que integran la misión también constataron la persecución contra las y los dirigentes de diversas organizaciones. En el caso particular de las y los detenidos/as de Ayacucho, pertenecientes al FREDEPA identifican un caso paradigmático de persecución, amedentramiento y de intento de disciplinamiento de organizaciones  sociales, populares, campesinas, de sindicatos, de mujeres que protagonizan las protestas sociales  en el Perú.

En todas estas violaciones a los derechos humanos, los observadores, que han estado presentes en otros conflictos como durante el año antepasado en Colombia, constatan un patrón de conducta por parte de las fuerzas del orden en el transcurso de las protestas de las últimas semanas.

El caso de Juliaca

Los integrantes de esta comitiva, que presentarán el informe final en 15 a 20 días, no sólo estuvieron en Lima, donde presenciaron la marcha del 9 de febrero. También visitaron y se reunieron con algunas víctimas en Juliaca, Ayacucho, Cusco e Ica, algunos escenarios de los hechos más violentos de la represión, que ha dejado más de 48 personas asesinadas por la PNP y efectivos de las Fuerzas Armadas.

En el caso de Juliaca, las conclusiones de la visita resultaron especialmente drásticas. De acuerdo a los observadores, la ciudad vivió una masacre. Afirman que “el 16 de enero la policía le dio tratamiento de guerra a una población civil que se encontraba indefensa”. Y van más allá al concluir que observan una subversión del Estado de Derecho. “Cuando la Policía Nacional tiene que defender a su población, la ataca sistemáticamente en contexto de protesta o para amedrentar y atemorizar a la población, podemos decir que ha cambiado la finalidad de la función de la policía”, afirman los observadores. Parecido ocurre con la justicia, ya que según la misión esta “persigue a su población en vez de garantizar una justicia reparadora. Por eso decimos que en Juliaca, lo que hemos presenciado a través de los testimonios, se instaló el terror en la población”.

Ayacucho y algunas reflexiones finales

El equipo argentino también relevó información sobre la represión ejercida contra la población el 15 de diciembre pasado en los alrededores del aeropuerto de Ayacucho, cuando militares armados con fusiles asesinaron a diez civiles, algunos de los cuales ni siquiera participaban de las protestas. En este caso les ha parecido particularmente cruel, que los familiares no sólo estén llorando a sus padres o a sus hijos, sino que además tienen que sufrir que les digan que es por su culpa. Por eso exigen el cese de las amenazas a los familiares: “Ya tienen suficiente carga con lo que les ha pasado, como para que más encima le digan: vas a ser la segunda sigues hablando”. Existe ahí lo que se conoce como revictimización de familiares.

Los medios de comunicación han abonado en ese proceso de estigmatización de las víctimas y sus familiares que se vincula con una alta dosis de racismo contra las poblaciones andinas, donde se concentra la mayor parte de las víctimas.

Como recoge el diario argentino Pagina12, para el referente social Juan Grabois integrante de la comitiva y miembro del Dicasterio para el Servicio del Desarrollo Humano Integral del Vaticano “Si no existiera este racismo contra el campesino, el indígena, el pobre, y esta invisibilización de las violaciones más graves de los derechos humanos, sería bastante más difícil para quienes cometen estos delitos, hacerlo. Hay una campaña de estigmatización, de discriminación, de difamación, que profundiza la situación de violencia”.

Finalmente es importante tener presente que por ser delitos de lesa humanidad, estos crímenes no prescriben y pueden juzgarse internacionalmente. Como dijo el abogado Juan Grabois al iniciar la visita a Perú ”es importante que los violadores de derechos humanos sepan que aunque puedan corromper por un tiempo a la justicia de su país, cuando las cosas están debidamente documentadas, a la larga o a la corta, estos crímenes se pagan”.

En medio de la crisis social y política que se vive en el Perú, luego de la vacancia de Pedro Castillo y la designación de Dina Boluarte como presidenta de la República, la policía nacional y los militares han seguido reprimiendo las manifestaciones legítimas en las diferentes regiones del país.

De acuerdo a la Dirección Regional de Salud, hasta la fecha, se han registrado 25 asesinatos de manifestantes como consecuencia de los enfrentamientos que han tenido con la policía y fuerza armada en Apurímac, La Libertad, Junín, Arequipa y Ayacucho. Asimismo, de acuerdo a la Defensoría del Pueblo, entre las personas fallecidas, se encuentran 04 menores de edad. Esto es un indicador de la brutalidad con la que ha actuado la policía y el gobierno de Boluarte para reprimir las manifestaciones.

A pesar de los asesinatos, la gran cantidad de personas heridas y las detenciones arbitrarias que realiza la policía, la presidenta ha tomado decisiones que han crispado mucho más el ambiente, como, por ejemplo, la declaración de Estado de Emergencia en el país de una duración de 30 días.

Además, el domingo 18 de diciembre, a través de diferentes medios de prensa, Dina Boluarte anunció que las nueve muertes que dejó la represión por parte de soldados a las protestas del 15 de diciembre en Ayacucho, serán investigadas en un fuero militar, un juicio realizado única y exclusivamente para juzgar delitos de función en los que incurra el Personal Militar y Policial en situación de actividad.

“La Fiscalía ya ha intervenido, están haciendo las investigaciones pertinentes. Antes de venir a tu programa, me he reunido con el jefe del Comando Conjunto para que las muertes en las protestas se puedan investigar en el fuero militar. Ninguna muerte es aceptada, y me duele…”, dijo Boluarte en el programa ‘Cuarto poder’.

Esto representa una decisión que  deja impunes los crímenes cometidos de la policía y militares contra el pueblo, porque la vulneración de los derechos humanos cometidas por los militares no puede ser derivadas por la justicia militar, sino tienen que ser juzgadas en un fuero común, lo cual compete a la Fiscalía y al Poder Judicial.

Frente a esta decisión, diferentes especialistas y autoridades criticaron este anuncio, como por ejemplo, la expremier, Mirtha Vásquez quien declaró que esta decisión “es una burla para los familiares de las víctimas” y pidió dejar de criminalizar las manifestaciones a nivel nacional.

Asimismo, la congresista Susel Paredes señaló que las muertes en las protestas son “posibles casos de vulneración de derechos humanos”, por lo que corresponde que sean investigadas por un fuero común.

Diversos especialistas recuerdan que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que los casos de muertes durante protestas contra el Gobierno tienen que ser solo investigados por el fuero común y no por el militar, argumento que pretendía usar el ex-presidente Alberto Fujimori para librarse de la condena por los casos Barrios Altos y La Cantuta. Sumado a esto, la Corte Suprema de Justicia también resolvió, en el 2004, que las violaciones de derechos humanos son de competencia exclusiva de la justicia común (Fiscalía y Poder Judicial).

 

ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN:

La presidenta Boluarte también ha recibido el respaldo de autoridades como el ministro de Justicias José Tello, quien se mostró de acuerdo con que los casos de asesinatos deben verse en el fuero militar ya que considera que sí “hubieron excesos”

Sin embargo, el día de hoy, Fuentes de la Justicia castrense señalaron que se oponen a ello y no investigarán las 22 muertes con arma de fuego ocurridas durante la represión de las marchas, porque esto corresponde al fuero común. Esto luego de que el diario La República consultara con fuentes militares

Asimismo, a través de un reciente pronunciamiento, el Fuero Militar Policial (FMP) señaló que no juzgan delitos comunes, previstos en el Código Penal Común, tampoco a civiles y a militares o policías en situación de retiro. El FMP sí investiga y sanciona los delitos de función cometidos por el personal militar y policial en situación de actividad, conforme lo previsto en el Código Penal Militar Policial

Por esa razón, lo que sí señaló es que la Fiscalía Militar Policial investigará a los agentes de las Fuerzas Armadas y de la policía nacional que resulten responsables de delitos de función durante las recientes protestas en el país. El “delito de función” es toda conducta ilícita cometida por un militar y policía en actividad, que atente contra los bienes jurídicos vinculados con la existencia, organización, operatividad o funcionamiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

Es importante señalar que los asesinatos y vulneraciones de derechos ocurridos en los enfrentamientos deben ser investigados de manera imparcial y objetiva de manera que pueda haber justicia.

Una polémica y cuestionada audiencia se ha desarrollado por parte del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), dependiente del Ministerio del Ambiente. En este espacio que se ha desarrollado de manera virtual la Compañía Minera Ares, subsidiaria del consorcio minero Hochschild Mining, ha presentado la segunda Modificación del Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) de la unidad minera Inmaculada, ubicada en la provincia de Paucar del Sara Sara en la región Ayacucho.

La minera ha propuesto modificar el plan de minado, a fin de extender la vida útil de la explotación de oro y plata hasta el 2042. Una propuesta que extiende el tiempo de explotación de esta mina, que representa el 60 por ciento del volumen total de producción del grupo Hochschild, en veinte años, ya que el cierre de producción estaba previsto para 2023.

Esta pretendida ampliación es justamente la que causa polémica, ya que el Estado peruano a través de una comisión gubernamental encabezada por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) se comprometió el 19 de noviembre pasado a respetar los planes de cierre de cuatro unidades mineras y terminar de esa manera la operación de las explotación de minerales en las cabeceras de cuenca en el sur de Ayacucho. Uno de los reclamos más sentidos de las comunidades de las provincias de Páucar del Sara Sara, Lucanas y Parinacochas. Compromiso solemnemente firmado entre el Estado y las comunidades en la comunidad de Cora Cora para negociar el retiro y el cierre de las mineras Apumayo, Breapampa además de Pallancata e Inmaculada.

En conversación con Red Muqui el presidente del Frente de Defensa del Valle de Huanca Huanca, Rodolfo Ríos, cuestionó además el momento y la forma en la que se desarrolló esta audiencia sobre la Modificación del EIA. En una zona del país que no cuenta salvo contados lugares con una cobertura de red que haga posible participar de un espacio virtual que requiere un servicio de Internet estable y con un mínimo de descarga de datos para que los habitantes de las comunidades lo puedan seguir, este espacio resulta más una artimaña de la empresa para sugerir que ha consultado con la población afectada una posible ampliación temporal de sus operaciones, explica Rodolfo Ríos.

Y es que el consorcio minero tiene prisa por ver aprobada esta pretensión. En diciembre del año pasado, la agencia Reuters informó que Hochschild Mining preveía que el regulador ambiental aprobase en el primer semestre de 2022 ampliar la vida útil de su mina insignia.

Para el dirigente del Frente de Defensa del Valle de Huanca Huanca, donde se encuentra una cabecera de cuenca y tres microcuencas y donde se ubica la explotación con el nombre eufemístico “Inmaculada”, después de trece años de explotación en los que la empresa ha engañado a las comunidades este tipo de acciones no hacen más que aumentar la conflictividad en la zona. Y añade que el pueblo, que no ha participado de esta última audiencia, si bien reconoce que estuvieron presentes trabajadores directos y de empresas subcontratadas que no tienen legitimidad ante las comunidades, rechaza tajantemente la posibilidad que la mina extienda el tiempo de sus operaciones.

Ríos recuerda que el gobierno tiene 90 días de plazo que corren desde el acuerdo del 19 de noviembre de Cora Cora para implementar lo suscrito con los comuneros.

En esa ocasión, se acordó además la implementación de un Marco Metodológico para la identificación, Caracterización y Zonificación de las cabeceras de Cuenca en las tres provincias mencionadas.

Estas medidas fueron acompañadas del compromiso para crear una comisión ejecutiva para la negociación del retiro de las cuatro unidades mineras, medida estrechamente relacionada con lo estipulado por los mismos planes de cierre que presentaron las propias mineras en sus respectivos Estudios de Impacto Ambiental.

Para las mineras hay mucho juego. En el caso de Ares, las acciones de su casa matriz, Hochschild se hundieron en noviembre a mínimos históricos en la bolsa de Londres. Esto se debió a la incertidumbre en torno al futuro de dos de sus tres minas de metales preciosos (Inmaculda y Pallancata), antes de recuperarse luego de que el Gobierno relativizara su postura sobre la extensión de las operaciones de las mismas.

En tanto los comuneros del valle de Huanca Huanca, cuya vida peligra por la explotación minera, observan el incumplimiento de compromisos asumidos por el gobierno en atención a la contaminación minera. Así por ejemplo el Ejecutivo se había comprometido a realizar una visita a todas unidades mineras, incluida Inmaculada, hasta el 15 de enero.

Sin embargo, la prometida visita de la comisión ejecutiva no se ha concretado. Para alertar sobre ello el Frente realizará el próximo 11 de marzo la  II Convención de las comunidades y pueblos afectados por la minería en Pauza, Páucar del Sara Sara.

El reciente 13 de enero en la ciudad del distrito de Cora Cora de la provincia de Parinacochas de la región Ayacucho, se reiniciaron las protestas en rechazo a la resolución ministerial N° 010-2022-PCM emitida el 12 de enero con la firma de Mirtha Vásquez, que crea un grupo de trabajo temporal para “promover el desarrollo de la zona de influencia de las unidades mineras Apumayu, Breapampa, Pallancata e Inmaculada de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara de Ayacucho, teniendo en cuenta la reunión del 19 de noviembre de 2021 en Cora Cora entre representantes del ejecutivo, autoridades regionales, locales y comunales y representantes de organizaciones sociales”

El presidente del Frente de Defensa de Parinacochas, el profesor Julio Gutierrez, señaló a un medio local que en la resolución de la PCM no se están reconociendo los acuerdos de la reunión del 19 de noviembre del año pasado, en que se acordó la constitución de una “Comisión Ejecutiva de negociación de los plazos y términos del retiro y cierre de las cuatro unidades mineras de las cabeceras de cuenca con el liderazgo de la Presidencia del Consejo de Ministros”, de acuerdo al acta firmada por la propia presidenta de la PCM.

“Eso no ha salido en la resolución, sino por el contrario lo va a encabezar los ministerios competentes al sector minero y ellos verán atender las necesidades del pueblo como salud, agua, educación y demás, pero eso no es lo central de nuestro reclamo de lucha que es el cierre de las mineras en las cabeceras de cuenca. Por eso, esta resolución no sirve, es una mecedora más, por eso el mismo gobierno está provocando las medidas de protesta”, precisó el dirigente.

Agregó que han salido denuncias que piden penas de 8 a 15 años para los dirigentes, “delitos que nosotros nunca hemos cometido. Eso rechazamos, es una provocación del mismo Estado a los dirigentes, puntualizó.

Entre los acuerdos arribados por los representantes de las delegaciones de los distritos de Sancos, Chaviña, Chumpi de la provincia de Lucanas, y de las organizaciones de regantes, rondas campesinas, gremios sindicales de la provincia de Parinacochas, tras la lectura del acta, se encuentran:

  1. Frente al incumplimiento de acuerdos del acta del 19 de noviembre 2021. se da un ultimátum a las 4 empresas mineras de 90 días calendarios que están en nuestras cabeceras de cuenca, para que se retiren inmediatamente. Caso contrario, responsabilizamos al Estado de las consecuencias de esta lucha”
  2. No a la criminalización de la protesta. Cese de persecución política, fiscal, judicial y policial a las autoridades, dirigentes y el pueblo que defiende las cabeceras de cuenca, caso contrario el pueblo se levantará para defenderlos.
  3. Dar el ultimátum a las instancias del Poder Judicial y Fiscalía para la restructuración de estas dos entidades que administran justicia en Parinacochas. El plazo es de 10 días calendarios, caso contrario el pueblo los sacará.
  4. El pueblo del sur de Ayacucho expresa su rechazo rotundo a la resolución ministerial N° 010-2022-PCM por ser una burla que atenta con los acuerdos del 19 de noviembre. Responsabilizamos a la PCM de la agudización de este conflicto.
  5. Elevar estos acuerdos a todas las instancias del gobierno para su conocimiento.
  6. Seguir organizándonos en aras de la unidad y estar preparados para cualquier momento en que se detenga a los dirigentes y autoridades.

 

El presidente del Frente de Defensa de Parinacochas señaló que las empresas mineras están haciendo firmar con dádivas, engañando al pueblo, para obtener el consentimiento para tener la licencia social. “El pueblo quiere vivir, desarrollarse con sus aguas limpias, con sus puquiales tranquilos, y nosotros como ganaderos y agricultores seguiremos persistiendo en la lucha”, finalizó.

El grupo de trabajo acordado por el ejecutivo estará representado solo por representantes del gobierno y del SENACE, ANA y OEFA.

 

 

 

 

Por: Rodrigo Lauracio/ Área de Incidencia Politico Legal – Red Muqui.

Desde el 19 de noviembre se ha puesto en agenda la discusión política del cierre de 4 unidades mineras en el Sur de Ayacucho y con ello la discusión de si es o no necesario reformas en este sector. Está polémica tuvo como su origen en la firma del acta para el retiro y cierre de las unidades mineras de Inmaculada, Pallancata, Apumayo y Breapampa en Ayacucho, entre las organizaciones sociales, las autoridades de las provincias ayacuchanas de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara y la premier Mirtha Vásquez en el sur de Ayacucho.

Este hecho no fue bien recibido por las empresas mineras involucradas como Minera Ares S.A.C., Apumayo S.A.C., y South America Mining Investments S.A.C.; quienes junto a la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía y la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP)  en conferencia de prensa sostuvieron que la firma el acta y las posteriores declaraciones de la primera ministra contravendrían el Estado de Derecho, la seguridad jurídica jurídica y que incluso se estaría asumiendo funciones que no le corresponden y por tanto se constituye la comisión del delito de usurpación de funciones[1]. Estos y otros argumentos fueron sostenidos por las mineras para demandar al Ejecutivo el desconocimiento de los acuerdos firmados en el acta y un proceso de “negociación” para ampliar los plazos de cierre de las cuatro unidades mineras involucradas hasta por 18 años adicionales.

Pero en el centro de este debate no se tomó en cuenta las demandas y denuncias hechas por las organizaciones sociales y comunidades afectadas dentro del área de influencia minera y de las autoridades locales; al igual que los informes de monitoreo y fiscalización ambiental y de salud humana hechas por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud (DIGESA) que ya habían reportado, incluso desde año anteriores, que las calidad de las aguas que discurren dentro del área de influencia de estas cuatro unidades mineras y el medio ambiente, tenían serios impactos que incluso superaban los Estándares de Calidad Ambiental (ECA). Esta información no solo tiene una relevancia social y ambiental, sino incluso una legal[2] que podría implicar responsabilidades de naturaleza civil y penal[3] por los daños que pudiera haber causado.

  1. Informes sobre la calidad del agua en las áreas de influencia de las unidades mineras

Tal como publicó el portal periodistico Epicentro, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud elaboró el Informe Nº 2060-2021/DCOVI/DIGESA en donde se concluye que tras el análisis hecho sobre la calidad del agua para consumo humano, 6 centros poblados de Lucanas, 5 centros poblados de Parinacochas y 8 centros poblados de Páucar del Sara Sara, se “evidencia la presencia de arsénico en el agua para consumo humano que excede el límite máximo permisible del Reglamento del Agua para Consumo Humano aprobado con el Decreto Supremo Nº 031-2010-SA”[4], hallándose sustancias como el arsénico, que son altamente nocivos para la salud humana sobre todo en las madres gestantes y niños.

De la misma forma, la Autoridad Nacional del Agua habría desarrollado monitoreos en diversas zonas del área de influencia de estas unidades mineras, concluyendo en su Informe por ejemplo que “en el ámbito del proyecto Inmaculada, de la empresa minera Ares, se aplicaron dieciséis monitoreos en tres quebradas, de las cuales tras un monitoreo en la Quebrada Languiña en el 2019, se identificó transgresiones a los estándares de calidad del agua por potencial de hidrógeno (ácido) y fósforo total. De los ocho monitoreos en la Quebrada de Patarí, se presentó parámetros no acordes a la normativa ambiental por la presencia de potencial de hidrógeno ácido, fósforo total, aluminio y manganeso. Y siete monitoreos en la Quebrada de Huamancute, en donde se observó transgresiones puntuales a la normativa ambiental por la presencia de potencial de hidrógeno ácido, fósforo y plomo”[5].

Como describe OjoPúblico, “entre los años 2017 y 2018 se detectaron altos niveles de metales pesados en las aguas abajo de la actividad minera de Apumayo, que opera una subsidiaria del Grupo Aruntani; específicamente en la quebrada Huamanoma. De la misma manera, en el riachuelo Itaña Chayocc se encontró aluminio, manganeso, oxígeno disuelto, potencial de hidrógeno y cobalto, en parámetros que “transgredieron los estándares de calidad ambiental para el agua”[6].

Los informes descritos claramente evidencian que hay un nivel de impacto en el medio ambiente, las fuentes de agua y el agua para consumo humano de las diferentes localidades que se ubican dentro del área de influencia de estas 4 unidades mineras; si bien aún no se ha logrado establecer el nexo de causalidad[7] de las compañías mineras con los impactos, queda claro que existen serios indicios de los impactos ambientales que pudieron haber sido causados por las actividades mineras y la inadecuada implementación de los planes de cierres de minas y las remediaciones. De la misma forma, otro estudio que aún no se ha implementado es el análisis y diagnóstico de la presencia de metales pesados (tóxicos) en el cuerpo de los pobladores que se asientan en estas zonas de Ayacucho, ello es de suma importancia para poder identificar el nivel de desmedro en la salud, sobre todo al consumir agua con presencia de arsénico.

  1. El cierre de mina adelantado por impactos en la salud y/o el medio ambiente

A lo largo de estas semanas las compañías mineras involucradas en el caso han ido sosteniendo que los cierres de minas se realizan conforme a los planes presentados, los plazos establecidos en ella pueden ser modificados a petición de parte y negociadas. Ciertamente en la Ley que regula el Cierre de Minas – Ley Nº 28090 no se establece un plazo máximo de los cierres de minas, pues esta depende en estricto de la vida útil de una unidad minera; sin embargo, la modificación de los pazos establecido en plan inicial aprobado[8] solo puede ser modificado (reducido o ampliado), conforme al artículo 9 de la mencionada ley, cuando se modifique el Estudio de Impacto Ambiental o cuando se produzca un cambio en el proceso productivo, siguiendo los criterios y requisitos técnicos exigidos por la autoridad competente, y no como consecuencia de una “negociación”.

Pero el reglamento de la Ley de cierre de minas aprobado por el Decreto Supremo Nº 033-2005-EM, en su artículo 4, regula la potestad que tiene la Dirección General de Minería para ordenar el adelanto del cierre de mina de determinada unidad minera o de sus componentes, cuando esta representa un riesgo inminente a la salud o al ambiente. Conforme a esta disposición, esta medida se aplica independientemente de cualquier otra sanción administrativa, ambiental, penal o de otra materia, que puede estar a cargo de otro organismo del sistema ambiental o jurisdicción.

Artículo 4.- Cierre de minas por riesgos a la salud o el medio ambiente

Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior y de las sanciones administrativas o de otra naturaleza que fueren aplicables, en caso de riesgos inminentes a la salud o al ambiente, la Dirección General de Minería podrá requerir al titular de actividad minera que en forma inmediata ejecute las labores de cierre de los componentes mineros involucrados o brinde facilidades para ello, según corresponda.

Un elemento crucial en estos casos es el “riesgo inminente”, el cual debe ser entendida como una “contingencia o posibilidad de pérdida o de consecuencias negativas. Supone la posibilidad, con un alto grado de probabilidad, de daños para la salud, el medio ambiente y los bienes, en combinación con la naturaleza y magnitud del daño”[9].  La existencia de un riesgo inminente es el sustento del principio precautorio. El principio precautorio o también llamado “de precaución” o “de cautela” se encuentra estrechamente ligado al denominado principio de prevención. Este exige la adopción de medidas de protección antes de que se produzca realmente el deterioro al medio ambiente. Aquel opera más bien ante la amenaza de un daño a la salud o medio ambiente y la falta de certeza científica sobre sus causas y efectos. Es justamente en esos casos en que el principio de precaución puede justificar una acción para prevenir el daño, tomando medidas antes de contar con pruebas de este[10].

Este principio también ha sido recogido en el Ley General del Ambiente – Ley N° 28611, en su artículo VII del Título Preliminar.

Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente.

Conforme a las conclusiones dadas Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud en su Informe Nº 2060-2021/DCOVI/DIGESA, también se estaría afectando el derecho fundamental al agua potable de seis centros poblados de Lucanas (Orccosa, Chaviña barrio Nueva Esperanza, Loma, San Antonio – Distrito Chipao, Puquio y San Antonio – Distrito San Pedro), cinco de Parinacochas (Ccolpacucho, Puchica, Ccollpabamba, Quishuarani y Yuracchuasi), y ocho en Paucar del Sara Sara (Pomacocha, Nahua Alta, Pausa, Mirmaca, Alpabamba, Soteca, Colpar y Huallhua)[11]; y con ello el Estado incumpliría lo establecido en el artículo 7-A de la Constitución, y de ser el caso también aplicaría esta responsabilidad en la o las empresas causantes del vertimiento de sustancias nocivas en los cuerpos de agua.

El derecho al agua potable también ha sido desarrollado por el Tribunal Constitucional:

El Tribunal ha sostenido específicamente que «el derecho al agua potable» debido a su II condición de recurso natural esencial se convierte en un elemento básico para el mantenimiento y desarrollo de no sólo de la existencia y la calidad de vida del ser humano, sino de otros derechos tan elementales como la salud, el trabajo y el medio ambiente, resultando prácticamente imposible imaginar que sin la presencia del líquido elemento del individuo pueda ver satisfechas sus necesidades elementales y aun aquellas otras que sin serlo, permiten la mejora y aprovechamiento de sus condiciones de existencia». (STC N° ° 05713-2015-PA/TC. FJ 2).

Es en mérito a estas disposiciones recogidas tanto en la Ley General del Medio Ambiente como en la Ley de Cierre de Minas, que el Ministerio de Energía y Minas a través de la Dirección General de Minería en el presente caso de las cuatro unidades mineras involucradas, puede iniciar un procedimiento para evaluar y determinar si procede o no un cierre de minas adelantado, debido a los impactos ambientales y a la salud que pudiera causar. A ello se suman las acciones urgentes que deben implementarse para dotar de agua potable en calidad y cantidad a los poblados afectados, mientras el Ministerio de Salud implementa un plan de diagnóstico y atención a las personas afectadas con metales tóxicos.

[1] Gestión. “Cierre de cuatro minas en Ayacucho afectaría 54,000 empleos”, https://gestion.pe/economia/cierre-de-cuatro-minas-en-ayacucho-afectaria-54000-empleos-noticia/

[2] Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2018-OEFA/C.

[3] Código Penal, Delitos ambientales regulados en el artículo 304 y siguientes.

[4] Epicentro. “Ver las dos caras dela moneda”. https://epicentro.tv/las-dos-caras-de-la-misma-moneda/?fbclid=IwAR2Ti2nVUXsa1P8wieWzy7W_K0_5E0_T-vwCkde7aM_GSjLbR2PQ95nt0eo

[5] Ídem.

[6] OjoPúblico. “Demandas postergadas: la historia detrás de la última crisis minera en Ayacucho”. https://ojo-publico.com/3195/demandas-postergadas-la-reciente-crisis-minera-en-ayacucho

[7] OEFA ha adelantado que para el año 2022 tiene programada realizar estudios de causalidad.

[8] Ley N° 28090, modificado por la Ley 31347Artículo.

Art. 7.- Plazo de presentación de los Planes de Cierre de Minas. El titular de la actividad minera deberá presentar a la autoridad competente el Plan de Cierre de Minas, en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y/o del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA), según corresponda.

[9] Foy, Pierre. 2018. Pág. 229.

[10] Tribunal Constitucional. STC N° N.º 3510-2003-AA/TC. FJ 4.

[11] OjoPúblico. “Demandas postergadas: la historia detrás de la última crisis minera en Ayacucho”. https://ojo-publico.com/3195/demandas-postergadas-la-reciente-crisis-minera-en-ayacucho