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EN SAN IGNACIO, CAJAMARCA

  • Proyecto minero Yagku Entsa, de la empresa Águila dorada, quedará suspendido
  • MEM deberá aplicar proceso de consulta previa en la comunidad nativa de Supayaku

El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima suspendió la fase de exploración del proyecto minero “Yagku Entsa” (distrito de San José de Lourdes, provincia de San Ignacio, Cajamarca), hasta que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) lleve a cabo un proceso de consulta previa con la comunidad nativa de Supayaku que se ha visto seriamente afectada por la contaminación del río Chirinos. De esta manera, y por primera vez, se declaró fundada una demanda de amparo por consulta previa en minería, y en primera instancia.

“La suspensión de la fase de exploración del proyecto minero «Yagku Entsa» se dará en la etapa que se encuentre, hasta que la demandada tome las medidas necesarias para determinar la viabilidad de la continuación del proyecto previa consulta de la actora y otros pueblos indígenas que podrían ser afectadas”, señala la sentencia.

Esta decisión se dio luego que la Comunidad Nativa de Supayaku y su Organización Fronteriza Awajún de Cajamarca (ORFAC), presentaran una demanda de amparo contra el Ministerio de Energía y Minas (MEM), al haber emitido la Resolución Directoral N° 229-2013-MEM/DGM (del 06 de setiembre de 2013) sin notificar a todas las comunidades potencialmente afectadas, como corresponde.

En esta resolución, si bien el Estado le aprobó el proyecto a la empresa Exploraciones Águila Dorada S.A.C. bajo el consentimiento de la comunidad nativa awajún de Naranjos, no se contempló a Supayaku, pese a ser adyacente al proyecto minero y ubicarse al otro lado del rio Chirinos.

En parte el juzgado especializado en lo Constitucional basó su decisión en el fallo del Tribunal Constitucional del año 2009, que se indica que cuando el Convenio 169 se refiere a los pueblos interesados, se comprende a comunidades directamente afectadas y a comunidades colindantes, lo cual aplica en este caso.

Cabe mencionar, que la población de las comunidades nativas de Naranjos y Supayaku (pertenecientes a la etnia awajún) se ubican en distritos diferentes, San José de Lourdes y Huarango respectivamente; sin embargo, pertenecen a la misma provincia cajamarquina de San Ignacio, y además forman parte del mismo bosque que como límite natural les ofrece el río Chirinos. Es decir, son comunidades indígenas hermanas y aledañas, que comparten el mismo espacio de vida que les provee lo necesario para subsistir.

“Desde una visión integral del territorio como ésta, aprobar un proyecto de exploración minera en base a acuerdos que sólo se tomaron con Naranjos (sus dirigentes, ni siquiera con toda la población) sin considerar a Supayaku, resulta un despropósito y una burla, más aún si la decisión la toma una instancia pública, como es el MEM”, indicó la defensa de Supayacu, a cargo de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz).

Durante el proceso, el abogado defensor David Velazco, argumentó que el pueblo de Supayaku tiene derecho a la consulta previa por ser parte del pueblo indígena y originario awajún y estar reconocido en la base de datos del ministerio de Cultura, pues cuenta con titulación desde el año 1977.

Por su parte, la Procuraduría Pública del MEM, parte demandada, alegó que “todo se publica en el Diario El Peruano”, por lo que en Supayaku, pudieron haberse informado sobre el proyecto. Este argumento fue rebatido por el juez.

Además de tomar la defensa legal de Supayaku, Fedepaz –como parte de la RED MUQUI– también acompañó a la población durante los periodos de tensión y agresividad que surgieron en el proceso, y les proporcionó herramientas para fortalecer sus capacidades de consenso y diálogo, sin deslegitimar su oposición al proyecto minero, ni que su resistencia continúe siendo elemento de división, ante sus denuncias por impactos negativos en sus territorios.

Fuente / fotos: Fedepaz

En el día del campesino, 24 de junio, la RED MUQUI se reafirmó en la necesidad de respetar los derechos a nuestras Comunidades Campesinas, a través del cumplimiento de las leyes que respaldan la propiedad colectiva y la consulta previa. Más aun cuando existe una normativa que va en contra de ello; tal como son las normas de los paquetazos normativos promovidos durante éste gobierno, causa de la presión del poder económico

El Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI, Javier Jahncke, recordó que las leyes N° 30230 y N° 30327, así como los decretos supremos N° 054 y N° 060 (EM), del año 2013, y el N° 015-2015- EM, afectan seriamente el derecho a la propiedad colectiva de la tierra y a la consulta previa, que están sustentados en el artículo 89 de nuestra Constitución, en la Ley de Comunidades Campesinas y en la Ley 26505, Ley de Tierras a nivel nacional, y a nivel internacional, en el Convenio 169 de la OIT.

De igual modo, resulta lamentable para la RED MUQUI, como es que el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), busque facilitar el acceso a las tierras de las Comunidades en perspectiva de permitir la ejecución de próximos proyectos, especialmente mineros.

“Esperamos que ello sea evaluado por el siguiente gobierno, por ser una decisión inconstitucional. Nuestras comunidades campesinas ocupan cerca del 30% del territorio nacional actualmente. No obstante, cerca un 50% de dichas tierras que ya están concesionadas para la actividad minera”, agregó Jahncke Benavente.

De otro lado, la RED MUQUI se mostró en descuerdo que el MINAGRI limite la definición del campesino, a solo ser agricultor y emprendedor, olvidando que pertenecen a una comunidad, que transmite y mantiene vivos nuestros saberes y culturas ancestrales.

“Es discriminador plantear que es despectivo hablar de comunidades, y hablar de emprendedores o sólo agricultores, ello no refleja a las comunidades campesinas de manera colectiva, sino la perspectiva de eliminarlas y de buscar niveles de negociación individual, que es lo que ha planteado el próximo Ministro de Economía”, indicó el Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI.

El 7% de la canasta familiar a nivel nacional, según datos de CEPES, está sustentado en la actividad económica de la agricultura familiar, que en gran parte depende de nuestras comunidades campesinas. Lamentablemente las tierras agrícolas de nuestras comunidades no se encuentran protegidas, por ello están en riesgo de ser afectadas por decisiones del Estado y del poder económico.

DATO:

Día del Campesino vino a reemplazar al Día del Indio que se celebraba desde el 24 de junio de 1930, año en que fue creado por el presidente Augusto B. Leguía, habiéndose escogido esta fecha porque se celebraban los concursos de Música y Bailes Nacionales de Amancaes, lugar al cual el gobernante solía asistir.

El 24 de junio de 1969, cuando el presidente Juan Velasco Alvarado promulgó su Ley de Reforma Agraria, también cambió la denominación del Día del Indio por el Día del Campesino.

Foto: Diario Correo

A pocos días del cierre del Legislativo, la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República aprobó el Proyecto de Ley N° 2747/2013-CR con la finalidad de “declarar de necesidad pública e interés nacional la priorización de la construcción de todas las centrales hidroeléctricas que se instalen en el país hasta el 2024 cuya capacidad instalada sea mayor a 20MW”, sin indicar las características y localización de los proyectos (esta medida promueve una vez más cualquier proyecto , literalmente cualquiera pues no hay lista de proyectos priorizados), ni la política, plan o programa que sustenta dicha propuesta. Si bien es importante contar con suficiente capacidad instalada para atender la demanda eléctrica del país, es necesario que los proyectos de generación, trasmisión y distribución eléctrica se promuevan en base a una planificación por parte del Estado peruano que considere información actualizada sobre el potencial hidroeléctrico y las proyecciones de la demanda eléctrica. Asimismo, esta planificación debe realizarse analizando los posibles impactos sociales y ambientales del conjunto de proyectos a promoverse y aplicando la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas y Originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la OIT.

Cabe señalar que las experiencias en la generación de normas declarativas se ha convertido en una vía para eludir la normativa y debilitar los estándares ambientales y sociales bajo el pretexto de reducir trámites, como ya ha ocurrido en años anteriores, pues con la declaración de necesidad pública e interés nacional, eluden la exigencia que se realicen estudios de factibilidad, es decir, realizar el proyecto sin saber si es viable, rentable o sostenible.

Si bien el proyecto de Ley solicitó opinión a MINEM, COES, OSINERGMIN, CONFIEP, Y SOCIEDAD NACIONAL DE MINERÍA, PETRÓLEO Y ENERGÍA, se ha obviado y tampoco han solicitado la opinión de MINAM, MINCU, SERNANP, SENACE, CEPLAN, la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, Sociedad Civil, Pueblos Indígenas y sus organizaciones, los cuales velan por la adecuada gestión de recursos naturales, siendo los pueblos indígenas los mayores afectados por este tipo de proyectos pues se superponen sobre sus territorios.

Finalmente, recalcar que es sumamente irresponsable que los Congresistas de la República de la Comisión de Energía y Minas promuevan el desarrollo de proyectos sin la información técnica y especializadas sobre los recursos hídricos en el país y sin las salvaguardas ambientales y sociales necesarias que permitan reducir posibles conflictos socio-ambientales, la afectación de los ecosistemas acuáticos y la degradación ambiental. Por ello, las organizaciones abajo firmantes exigimos al pleno del Congreso de la República a archivar el Proyecto de Ley 2747/2013-CR y solicitamos a las autoridades competentes planificar adecuadamente las actividades del sector eléctrico respetando la legislación nacional.

Lima, 17 de junio de 2016.

Firman:
1. Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP)
2. Asociación Servicios Educativos Rurales (SER)
3. Central Ashaninka del Río Ene (Care)
4. Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP)
5. Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD
6. Confederación Campesina del Perú (CCP)
7. Confederación Nacional Agraria (CNA)
8. CooperAcción – Acción Solidaria para el Desarrollo
9. Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)
10. Earth Rights International
11. Fórum Solidaridad Perú
12. Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ)
13. Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (GT-CNDDHH)
14. Instituto de Defensa Legal (IDL)
15. Instituto IDLADS PERÚ
16. Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático – MOCICC
17. Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP)
18. RED MUQUI Perú

Estimada,

Señora Keiko Fujimori Higuchi

Candidata presidencial por “Fuerza Popular”

Estimado,

Señor Pedro Pablo Kuczynski

Candidato presidencial por “Peruanos Por el Kambio”

De nuestra más alta consideración,

Estamos a puertas de una segunda vuelta que elegirá a quien ocupará la presidencia del Perú por el periodo 2016-2021. Desde el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (en adelante GTPICNDDHH) vemos de suma importancia  detenernos en las propuestas mencionadas en las últimas semanas,  particularmente en  aquellas  que afectan a los pueblos indígenas: consulta previa, territorio, minería ilegal y medio ambiente.

Nos complace que en los últimos debates el tema de la consulta previa haya sido considerado, aunque lamentablemente solo parece ser una formalidad. La consulta previa debió aplicarse desde que el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) entró en vigencia en el Perú, en febrero de 1995; sin embargo, años después, desde el 2012, con la actual administración de Ollanta Humala se ha venido aplicando contando con 22 procesos de consulta terminados a mayo de 2016. Este es un punto de partida, la cual no debe retroceder, por el contrario,  debe significar el compromiso de la siguiente gestión de implementar y profundizar este derecho en las diferentes actividades productivas, con mayor  énfasis en la minería (donde solo existen tres proyecto sometidos a consulta previa, y en los que no se registró etapa de diálogo en ninguno de ellos), así como atender procesos de consulta en las medidas legislativas (en el Congreso) que atañen a los derechos de los pueblos indígenas.

Los órganos de supervisión de la OIT han indicado de manera reiterada que “la consulta y participación constituyen la piedra angular del Convenio 169 y la base de todas sus disposiciones”(1). Además contamos con varias sentencias a nivel internacional (Corte Interamericana de Derechos Humanos) y nacional (Tribunal Constitucional) en las cuales se pone de relevancia la obligatoriedad de ejecutar la consulta previa y respetar los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

Por lo señalado, confiamos en que el señor Pedro Pablo Kuczynski haya entendido el fin y objetivo de la consulta y ya no la considere como un “obstáculo”, como lo señaló en el año 2011(2),  sino como una obligación ética y jurídica que tiene el Perú para asegurar un diálogo horizontal con los pueblos indígenas. En el caso de la candidatura de Keiko Fujimori, uno de sus vicepresidentes, el señor Vladimiro Huaroc dijo durante el debate técnico del domingo 15 de mayo que de la ley de consulta y su reglamentación iban a necesitar reformar “algunos aspectos” pero tampoco se han referido a cuáles. Esperamos se haya aprendido de los problemas ocurridos durante la aprobación de la ley y el reglamento de consulta(3) y garanticen una real participación de todos los pueblos indígenas del país en cualquier reforma que quieran llevar a cabo.

Por otro lado, resultan preocupantes las declaraciones realizadas por la candidata Keiko Fujimori respecto al papel que jugará el señor Hernando de Soto en dicho proceso. Es conocido públicamente el rechazo que en varias oportunidades han expresado gran parte de estos pueblos a la figura e ideas que representa el señor De Soto(4) que ha descrito a los pueblos indígenas como “poblaciones que se automarginan”(5), manteniendo un enfoque que busca revertir de modernidad pragmática pero que se ajusta más al ya criticado y defenestrado enfoque del asimilacionismo (planteado en los años 50) que a los estándares internacionales actuales que buscan el respeto al derecho a la diferencia y a la libre determinación de estos pueblos.

En referencia al territorio, debemos señalar que del total de la superficie del Perú, el cual suma 128.5 millones de hectáreas, el 49.1 % (aproximadamente 63 millones de hectáreas) es propiedad o posesión de las comunidades campesinas y nativas, cuyos miembros representan a más del 35 % de la población nacional. Sin embargo la deuda histórica que tiene el Estado peruano no ha sido saldada, aproximadamente el 20.9 % del territorio nacional que se encuentra en posesión de las comunidades nativas y campesinas carece de un título de propiedad. A marzo de 2016, el Perú alberga a un total de 10,529 comunidades rurales, de las cuales falta titular 4,023(6). Debemos señalar que en el Perú los pueblos indígenas están organizados en comunidades campesinas, nativas y de ronderos.

El Estado no ha desarrollado una estrategia adecuada para titular a las comunidades e incluso la política de titulación ha pasado por múltiples instituciones en los últimos años (PETT, COFOPRI, Gobiernos Regionales, Ministerio de Agricultura). Por otro lado, existe una oportunidad para mejorar la titulación porque se están canalizando recursos económicos a través de los fondos para el Cambio Climático, sin embargo no hay coordinación intergubernamental entre el gobierno central y regional, ni siquiera hay coordinación intersectorial entre el sector de agricultura, ambiente y cultura.

La posición de ambos candidatos era muy parecida en un inicio. Ambos desconocen la problemática de las comunidades campesinas y nativas, y no tienen propuestas claras respecto a la titulación y desarrollo de comunidades y sus tierras comunales. Ninguna de las dos agrupaciones a lo largo de la campaña ha tenido la iniciativa e interés para entablar un diálogo intercultural con representes de organizaciones de pueblos indígenas. Sin embargo, recientemente ante la reñida disputa de votos, ambos partidos han salido en busca de líderes y organizaciones indígenas que les dieran respaldo. El caso de Peruanos por el Kambio ha sido el más notorio, ya que ha dado más muestras de interés al estar presente en eventos donde se buscó promover el diálogo intercultural con líderes indígenas y sociedad civil; en el caso de Fuerza Popular, simplemente no asistió (lo cual ha sido una constante en los diferentes eventos realizados acerca de pueblos indígenas y medio ambiente).

En medio de ello, cabe destacar que en la última etapa de la campaña Peruanos por el Kambio convocó a algunos líderes y organizaciones indígenas para suscribir un acuerdo con 9 compromisos, dos de ellos a destacar son la creación de un Viceministerio de Pueblos Indígenas y el compromiso de titular las tierras comunales aun restantes. El comportamiento en la campaña electoral por parte de Fuerza Popular ha sido preocupante respecto al tema de políticas públicas para los pueblos indígenas y específicamente respecto a la titulación de tierras comunales, esto se ha agravado más aún con la incorporación del economista Hernando de Soto, para quien la titulación comunal no es importante más bien es un promotor de la titulación individual de las comunidades y bajo esa política la posible extinción de los pueblos indígenas.

Independiente del compromiso en proteger derechos colectivos de los pueblos indígenas como consulta previa y territorio, el partido que llegue a ser gobierno en el periodo 2016-2021 tiene la obligación de tratar con el delicado tema de la minería ilegal e informal. Esta problemática hasta el momento no tiene visos de solución. Y es que no hay una visión integral del problema que incluya lo ambiental, lo económico, lo político, lo social y lo cultural.

Son muchas las causas de la proliferación de minería ilegal e informal. De esta forma, encontramos la desatención del Estado al sector agropecuario, que es uno de los sectores que emplea a un importante porcentaje de la PEA especialmente en las zonas donde se realiza dicha actividad, y el mantenimiento de cerca de un 30% de la población aún en situación de pobreza y pobreza extrema, genera que sectores de la población busquen diversas actividades para su supervivencia, como en el caso de la minería informal e ilegal, la que reviste interés por los precios internacionales de los metales como el oro. Gran parte de las personas que se dedican a dicha actividad, en realidad no son poblaciones locales, sino que migran de sus zonas de origen hacia las zonas en que se realiza dicha actividad ilegal, generando conflictos locales.

Las débiles capacidades y escasos recursos de los Gobiernos Regionales y las DREM no les permiten tener una acción decidida frente a esta actividad, lo que constituye una  responsabilidad de los Ministerios de Energía y Minas y de Economía y Finanzas. Lamentablemente hay una débil institucionalidad pública, especialmente ambiental, una mala gobernanza de los recursos naturales, y subsiste una corrupción institucionalizada en diferentes niveles de gobierno que permite que el statu quo se mantenga. Asimismo, no hay una Ley de Ordenamiento Territorial y políticas públicas que establezcan criterios que determinen si una zona está o no prohibida para la realización de actividades extractivas, en especial en zonas de ecosistemas frágiles y fuentes de recursos hídricos; la aprobación de una ley de Ordenamiento Territorial es realmente urgente.

Debido a esto es que se requiere tomar una serie de medidas urgentes para combatir este tipo de minería: culminar los procesos de Zonificación Económica Ecológica (ZEE) y Ordenamiento Territorial (OT) a nivel nacional, implementar procesos de consulta previa a comunidades campesinas y nativas respecto de su desarrollo y la realización de actividades extractivas en su territorio, prohibir el otorgamiento de concesiones mineras fuera de las zonas permitidas en la ZEE y OT, y de las zonas de amortiguamiento de ANP, ecosistemas frágiles, zonas de producción de agua y de importancia agrícola, potenciar el desarrollo local sostenible para que sus economías no dependan del canon y regalías mineras, promover inversiones en desarrollo económico y productivo dirigidas a los pequeños productores y comunidades campesinas que cada vez más se ven empujadas a realizar actividades de minería informal, fortalecer la institucionalidad pública en la gestión ambiental, el rol de las CAR y CAM, mejorar los mecanismos de participación ciudadana, fortalecer el rol de la OEFA y las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales, en especial de las DREM, como autoridad ambiental regional respecto de la pequeña minería y minería artesanal.

Frente a ello, nos preocupa la postura que ha mostrado la candidata Fujimori en este tema. No solo ha señalado que derogará los decretos legislativos 1100 y 1105 que impulsó la administración de Humala para la formalización minera, sino que ha firmado compromisos con mineros informales e ilegales (viernes 29 de abril de 2016) señalando que busca la “verdadera formalización de la pequeña minería”. En la presentación pública de dicho compromiso señaló que los mineros que no lograron formalizarse serían “perseguidos” e “investigados”(7), victimizando a personas que, como cualquier otra persona que es sospechosa de cometer un delito, debe ser investigada, y si es encontrada culpable, sancionada por el sistema de justicia.

Finalmente, no puede descuidarse el tema de la gestión ambiental, prácticamente obviado por ambos candidatos en sus últimas apariciones públicas y los debates presidenciales. Un primer punto por tratar es el fortalecimiento de las instituciones encargadas de la gestión ambiental. Así, debería fortalecerse el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) e implementar una estrategia con recursos presupuestales y técnicos para mejorar los procesos de evaluación de impacto ambiental.  Ello supondría fortalecer la intervención en ese proceso del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), la Autoridad Nacional del Agua (ANA), y el Ministerio de Cultura (MINCU). Asimismo, debe fortalecerse al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), lo que supone la defensa del el aporte por regulación establecido a su favor en la Ley N° 27332, sobre el cual existe una controversia legal con el gremio del sector energía y minas.

Pero además debe revisarse la legislación, dada en este último quinquenio, que sucesivamente bajo el falso argumento de reactivación de la economía ha venido disminuyendo estándares, como los denominados “paquetazos ambientales” los cuales han generado el debilitamiento de la institucionalidad, con los Decretos Supremos 054 y 060-2013-PCM, la Ley N° 30230, la Ley N° 30327 y los nuevos Estándares Nacionales de Calidad de Agua aprobados mediante D.S. N° 015-2015-MINAM, evaluándose el impacto que han tenido sobre la salud de las personas y el ambiente,. Es justamente esta ley Nº 30230 la que genera mayor debilitamiento al sistema de evaluación y fiscalización ambiental.

Por ello, debe derogarse el artículo 19° de la Ley N° 30230 que ha debilitado al OEFA y las normas reglamentarias que facilitan su implementación, impidiendo que este organismo regulador del Estado pueda ejercer una eficiente fiscalización ambiental a las empresas, lo que se refleja en la afectación a la salud y el ambiente; asimismo, debe derogarse el artículo 12 de la Ley N° 30230, el cual impide que las multas administrativas financien la potestad sancionadora del OEFA, es decir la supervisión directa a las empresas y la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes.

En ese sentido, es preocupante el proyecto de Ley N°3601/2013 (presentado en coautoría por Fuerza Popular) que pretende facilitar a los infractores a presentar medidas cautelares judiciales que impidan el procedimiento de ejecución y cobranza coactiva que lleva a cabo el OEFA como parte de un proceso sancionador. Es decir, se está facilitando nuevamente la judicialización de las resoluciones administrativas del OEFA. De igual forma nos preocupa la paralización del Proyecto de Ley de Reconocimiento y Articulación de la Vigilancia Indígena (PL 3937/2014), el cual no encuentra pronunciamiento por parte de la Comisión de Pueblos (presidida por Fuerza Popular).

Es preocupante  el silencio o la poca claridad de los  partidos políticos  sobre los temas anteriormente mencionados. Por ello es que desde el GTPICNDDHH demandamos que el partido político ganador de la contienda electoral tome en cuenta la agenda planteada y construya soluciones participativas, en beneficio de los pueblos indígenas y del medio ambiente.

Quedamos atentos a su respuesta.

 

Organizaciones integrantes del Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos:

• Asociación Paz y Esperanza

• Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH

• Asociación Proyecto Amigo de Huamachuco

• Asociación Servicios Educativos Rurales – SER

• Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica – CAAAP

• Centro de Derechos y Desarrollo – CEDAL

• Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD

• Comisión de Derechos Humanos – COMISEDH

• Comisión Episcopal de Acción Social – CEAS

• CooperAcción

• Derecho, Ambiente y Recursos Naturales – DAR

• Earth Rights International – ERI

• Fórum Solidaridad Perú – FSP

• Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ

• Proyecto Amigo

• Instituto de Defensa Legal – IDL

• Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo del Sostenible Perú – IDLADS Perú

• Instituto del Bien Común – IBC

• Red Agua, Desarrollo y Democracia – REDAD Piura

• Red Muqui

• Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

• Servicios en Comunicación Intercultural – SERVINDI

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1. CEACR: Observaciones Generales del Convenio núm.169 de la OIT. 2011.

2. “Esta Ley de Consulta Previa es en realidad un obstáculo a la minería mucho más grande que la sobretasa a las ganancias mineras”. PPK: La Ley de Consulta Previa es un “obstáculo” a la minería:  http://larepublica.pe/30-10-2011/ppk-la-ley-de-consulta-previa-es-un-obstaculo-la-mineria

3. Pronunciamiento del Pacto de Unidad contra el reglamento de la Ley de Consulta Previa: http://www.servindi.org/actualidad/60457

4. Más allá de Hernando de Soto: La lucha de AIDESEP por la Territorialidad Integral: http://www.aidesep.org.pe/mas-alla-de-hernando-de-soto-la-lucha-de-aidesep-por-la-territorialidad-integral/

Comunidades indígenas rechazan visión de De Soto sobre sus territorios: http://www.aidesep.org.pe/mas-alla-de-hernando-de-soto-la-lucha-de-aidesep-por-la-territorialidad-integral/

5. TEDxPuraVida – Hernando de Soto – La Amazonía no es Avatar:  https://www.youtube.com/watch?v=6-08575w72U

6. Ver más en: http://www.ibcperu.org/uncategorized/el-49-del-territorio-peruano-esta-en-manos-de-las-comunidades-rurales/

7. http://larepublica.pe/politica/763857-keiko-fujimori-firma-compromiso-con-mineros-informales-para-captar-votos-video

NO HAY DEMOCRACIA SIN IGUALDAD

  • Movimientos sociales de todo el país demandan propuestas concretas que se basen en la democracia y en la lucha contra las desigualdades persistentes.
  • RED MUQUI aportó y suscribió en comunicado público dirigido a candidatos presidenciales

A pocos días de las elecciones presidenciales del 5 de junio, organizaciones, movimientos y colectivos sociales, mujeres y pueblos indígenas, exigen al candidato de Peruanos Por el Kambio, Pedro Pablo Kuczynski, y a la candidata de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, que asuman medidas concretas para garantizar los derechos fundamentales de las personas en plena vigencia de la democracia. Los/as representantes de estos grupos sociales coinciden en que no se puede hablar de democracia sin cerrar las brechas de desigualdad persistentes.

“Oficialmente siete millones de peruanos/as viven en situación de pobreza monetaria, muchos de ellos en zonas rurales. Si vemos la pobreza por necesidades básicas insatisfechas y carencias en el acceso a servicios, el número de peruanos/as pobres es bastante más elevado”, dijo Armando Mendoza, investigador de Oxfam. Mendoza explicó que si bien los programas sociales contribuyeron a reducir la pobreza en los últimos años, no han resuelto las persistentes desigualdades que se expresan en nuestro país en diversas dimensiones como el acceso a servicios básicos y género.

En el caso de los servicios básicos, solo un 30% de peruanos/as accede a la salud por barreras geográficas, culturales o económicas, señaló, Luis Lazo de Foro Salud. Lazo detalló que las brechas de déficit de infraestructura, equipamientos y recursos humanos, genera un abismo entre la necesidad y demanda de la población, y la capacidad de la oferta del sistema de salud vigente. De otro lado, ocho millones de personas en el país no acceden a agua potable.

Sobre los estándares laborales actuales, tres de cada 10 trabajadores peruanos tienen un empleo decente, mientras que siete de cada 10 trabajan en la informalidad y en empleos precarios. Por ello, se exige la aprobación de la Ley General del Trabajo Justa y Democrática, adoptando las propuestas presentadas por los trabajadores, así como eliminar los regímenes “especiales” vigentes.

Para fortalecer la gobernanza e institucionalidad ambiental, José De Echave, ex viceministro de Ambiente e investigador de CooperAcción identificó como puntos clave la derogatoria de los paquetazos ambientales, la promulgación de la ley de Ordenamiento Territorial, así como el fortalecimiento de la autoridad ambiental y de sus organismos adscritos.

Atender las demandas de los Pueblos Indígenas, fortaleciendo el derecho a la Consulta Previa y a la titulación de tierras comunales, es una deuda pendiente del Estado.

La violencia contra la mujer es otra problemática desatendida. Según la Encuesta Nacional de Hogares (Endes 2014), 72% de las mujeres peruanas declaró haber vivido algún tipo de violencia. De acuerdo con Diana Miloslavich, de Flora Tristán, se requiere continuar con los planes y programas actuales de violencia contra la mujer con mayor presupuesto y voluntad política.

Encarar estás problemáticas es clave para terminar con la desigualdad en nuestro país.

Conoce el comunicado REDUCIR LA DESIGUALDAD SOCIAL EN DEMOCRACIA Demandas y propuestas de la sociedad civil a los candidatos presidenciales aquí: http://bit.ly/25hwCWC.

Quienes suscriben son: Actua.pe, Alternativa, ANC, Anpe, APRODEH, Caplab, CCP, CGTP, CNDDHH, CooperAcción, Demus, DESCO, Flora Tristán, Foro Salud, Forum Solidaridad Perú, GTCC, GPC, Grupo Nacional de Presupuesto Público, IESI, Latindadd, Manuela Ramos, Onamiap, Oxfam, Perú Cop20, Perú Equidad, Plades, Predes, Red Muqui.

DATOS:

  • Actúa.pe es una red de vigilancia de discursos políticos, de información y de propuesta, que impulsa la participación ciudadana electoral bajo un concepto interactivo que conecta a los votantes con los/as candidatos/as.
  • Está formada por diferentes organizaciones de la sociedad civil y colectivos ciudadanos, e impulsa un proceso electoral en el cual la lucha contra la desigualdad sea parte fundamental de las propuestas políticas.

 

Fuente / Fotos: Actúa.pe

EN AUDIENCIA

  • Abogado del MEM desestimó estudio técnico del GORE Cajamarca por supuesta posición antiminera

Autoridades de la Comunidad Nativa de Supayaku sustentaron una demanda de amparo en relación a la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada del pueblo Awajún de Cajamarca, por parte de la empresa Águila Dorada que tiene a cargo el proyecto minero ‘Yagku Entsa’

Durante la presentación de un informe oral en la sede del 5° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, los representantes de la comunidad Awajún también sustentaron como es que la empresa incurrió en la violación de su derecho a vivir en un territorio y medioambiente sano y equilibrado.

La audiencia inició con el pedido del Juez hacia el Presidente de la Organización Fronteriza Awajún de Cajamarca (ORFAC), Albercio Bazán, quien explicó que la demanda responde la aparición de peces muertos en el Río Chirinos, uno de los afluentes de la cuenca hídrica del territorio del pueblo awajún de Cajamarca, y que además constituye un límite natural entre sus dos comunidades Supayaku y Naranjos.

Bazán dio a conocer que pese a que esta población forma parte de la comunidad adyacente al proyecto minero, Águila Dorada y el Estado solo consideraron como zona de influencia a la Comunidad Nativa de Naranjos y no a la Comunidad Nativa de Supayaku. Asimismo, el representante de ORFAC remarcó que el Río Chirinos, provee agua a ambas comunidad; de manera que los desechos químicos producto de la actividad minera han afectado a todos los que viven alrededor del río.

“Nadie sabe lo que hemos pasado durante dos años, sin comer pescado, sin poder bañarnos, lavar, ni pescar en el río… lo que sienten nuestras madres y niños. Aquí tienen supermercado, nuestro mercado es el río”, añadió Bazán.

Que dice la defensa

A su turno, el abogado defensor y director de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), David Velazco, argumentó que la comunidad de Supayaku tiene Derecho a la Consulta Previa, libre e informada por ser parte del pueblo indígena y originario Awajún, que además está reconocido en la base de datos del Ministerio de Cultura, al poseer titulación desde el año 1977.

“Solicitamos la nulidad de la resolución de aprobación del proyecto de exploración Yagku Entsa que autoriza el inicio de actividades de exploración, la nulidad de la resolución de aprobación automática de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentado por Exploraciones Águila Dorada S.A.C. y la suspensión de las actividades de dicha empresa”, indicó el abogado.

Que dice la parte demandada

Por su parte, la Procuraduría Pública del Ministerio de Energía y Minas (MEM), alegó que la demanda era improcedente, en tanto la comunidad pudo haber refutado la aprobación de la DIA. Ante esto el juez corroboró que dicho procedimiento es posible, siempre y cuando la comunidad conozca sobre el proyecto minero, por lo que el magistrado  preguntó al MEM cómo es que habían informado a las comunidades sobre el mismo.

En respuesta, el Procurador señaló que “Todo se publica en el Diario Oficial El Peruano”, y agregó que “Si ellos (la comunidad) sabían que se estaban realizando actividades en la zona, bien pudieron haberse acercado a pedir información”.

Ante ello, el juez precisó que en el expediente consta un informe del Laboratorio Regional del Agua del Gobierno Regional de Cajamarca, en el que se confirma la presencia de aceites grasos y fenoles en el agua del Río Chirinos, por encima de los límites permisibles para el consumo humano; a lo que el abogado del MEM respondió: “Bueno, pero sabemos quién es el Presidente Regional de Cajamarca y su posición frente a la minería”, respuesta que sorprendió de sobre manera a los representantes Awajún, como al equipo legal y defensor.

Irresponsabilidad

Para Fedepaz, es irresponsable y poco conocedor de nuestra realidad, el considerar que la publicación en un diario oficial –que es de circulación limitada– es un medio idóneo para explicar el impacto de un proyecto minero en los territorios de una comunidad nativa. De igual modo, resulta ligero y suspicaz aquel comentario sobre el informe del Laboratorio Regional del Agua de Cajamarca, como si el Presidente Regional de esta región fuese el responsable del análisis de muestras de agua.

“Los representantes de Supayaku, el abogado que asume la defensa legal y todo el equipo de Fedepaz que acompaña el caso, llaman la atención sobre el manejo irresponsable y poco transparente que empresas mineras como Exploraciones Águila Dorada SAC tienen, respecto al sustento real del impacto de sus operaciones en territorios habitados por pueblos originarios, como en este caso. Al margen de que dichas empresas se ven favorecidas por un marco legislativo que facilita y promueve sus operaciones, confiamos que la justicia peruana priorice ante cualquier interés, el derecho a la consulta previa y a un medioambiente sano y libre de contaminación de los pueblos indígenas del Perú”, indicaron en una nota de prensa respecto a este caso.

DATOS:

La parte demandante integrada por los representantes de la comunidad nativa Awajún de Supayaku, el Apu Rodolfo Akintui y el cuya defensa legal realizó el abogado David Velazco Rondón de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – Fedepaz. Por la parte demandada, representado por el Procurador Público del  Ministerio de Energía y Minas.

 

Fuente / Foto: Fedepaz

DEL 9 AL 20 DE MAYO

  • Presidente de este espacio, Álvaro Pop, señala como principal problema la consulta tras aprobación de proyectos extractivos

Desde este martes 9 de mayo, más de mil indígenas de distintos lugares del mundo se encuentran en la sede de Nueva York de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para participar en la 15ª edición del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas. La agenda a desarrollarse hasta el 20 mayo, propone analizar los escenarios de paz y de conflicto en el contexto de las tierras, territorios y recursos de los pueblos indígenas, así como de sus derechos e identidades.

Precisamente, en una reciente visita a Perú, la Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, Victoria Tauli-Corpuz, declaró que “existe una gran brecha entre la legislación peruana y la protección del territorio indígena”. Asimismo, se sorprendió más cuando se enteró del conjunto de leyes conocidas como el “paquetazo ambiental”, el cual debilitó a instituciones ambientales y flexibilizó la fiscalización ambiental a empresas extractivas.

“Nuestro propósito es que el Foro promueva el diálogo intercultural y el respetuoso encuentro de las culturas. Porque es algo que no tenemos”, remarcó Álvaro Pop, el líder activista maya que es el nuevo presidente de este Foro ONU indígena.

En ese sentido, Pop indicó la importancia de analizar y actuar sobre las condiciones de enfrentamiento y descalificación que viven los pueblos indígenas, las cuales son fuente primaria de los grandes y pequeños conflictos.

De igual modo, el guatemalteco resaltó que la avaricia del sistema económico internacional es uno de los factores que llevan al incumplimiento de compromisos como el llamado consentimiento libre, previo e informado. Es decir, que los pueblos indígenas sean informados y consultados «antes» de tomar medidas administrativas que les puedan afectar.

«Uno de los temas que tendrá mayor resonancia en los próximos tiempos será el aumento de la incomodidad de las comunidades ante el abusivo incremento y despliegue de obras, de instalaciones hidroeléctricas, exploraciones y explotaciones de recursos en territorios indígenas», aseveró Pop en entrevista con El País de España.

Como una de los temas más recurrente en el estallido de conflictos a nivel mundial, Pop subraya la consulta posterior a la instalación de infraestructuras o la explotación de las tierras, lo cual conlleva a la violencia, problemas y abusos por parte de las empresas y los Estados.

«Los pueblos indígenas tienen mecanismos propios para su toma de decisiones. La legitimidad es lo importante, y en ocasiones surge de la forma ancestral en que la autoridad ha sido delegada. Por eso es recomendable hacer una consulta de la consulta: preguntar a las comunidades sobre cómo quieren ser preguntadas”, agregó a El País.

El Foro Permanente también tratará temas relacionados con los jóvenes indígenas, salud, educación, lenguas, derechos humanos, desarrollo económico y social, medio ambiente y cultura. El presidente entrante de dicho evento, Álvaro Pop, manifestó que se buscará concientizar sobre los problemas particulares que enfrentan las comunidades indígenas en los conflictos, y sobre la importante contribución que sus tradiciones y prácticas pueden hacer a la prevención de enfrentamientos y a la paz. Además, dará seguimiento a la Conferencia Mundial de 2014 sobre los pueblos indígenas. La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible y su relación con los pueblos indígenas, será otro tema destacado en el evento.

Entre las funciones de este Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas es el órgano asesor del Consejo Económico y Social (ECOSOC), que posee el mandato de examinar las cuestiones indígenas en el contexto de las atribuciones del Consejo relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos.

Entre sus funciones se encuentran:

– Prestar asesoramiento especializado y formulará recomendaciones sobre las cuestiones indígenas al Consejo, así como a los programas, fondos y organismos de las Naciones Unidas, por conducto del Consejo.

– Difundir las actividades relacionadas con las cuestiones indígenas y promoverá su integración y coordinación dentro del sistema de las Naciones Unidas.

– Preparar y difundir información sobre las cuestiones indígenas.

DATOS:

  • Se estima que en la actualidad hay cerca de 370 millones de indígenas distribuidos en unos 90 países y, aunque representan menos del 5% de la población mundial, se encuentran entre el 15% de los más pobres.
  • El Foro Permanente se reúne una vez al año durante 10 días hábiles. El primer período de sesiones se realizó en Mayo del 2002 y anualmente las sesiones se las realiza en Nueva York.

 

Fuente: El País / Cooperacción / ONU

EN RESPUESTA A OXFAM

Tras conocer las polémicas declaraciones de algunos representantes de las Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), que critican, descalifican y hasta desconocen el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas, al igual que el rol de las instituciones ambientales y sociales que la defienden, el presidente del  Consejo Internacional de Minería y Metales (ICMM), Tom Butler, exhortó a este gremio a fije una posición oficial al respecto.

“Tomamos en serio estas preocupaciones, especialmente porque contradicen las declaraciones de apoyo sobre la consulta previa, que la SNMPE ha emitido anteriormente (…) hemos compartido su carta y atraído sus preocupaciones a la atención de la SNMPE y los hemos animado a que respondan a sus inquietudes y delineen una posición oficial”, respondió Butler a la carta enviada organizaciones de la sociedad civil peruana.

Según el CEO de la ICMM este es el proceso que su organización realiza cada vez que las organizaciones de la sociedad civil observan o critican a sus miembros corporativos.

VER NOTA ANTERIOR

Butler, también anotó que durante su última visita a nuestro país, el director de Operaciones de la ICMM, Aidan Davy, participó en un evento organizado por Oxfam y el Ministerio de Cultura del Perú para discutir el tema de la consulta previa.

En ese sentido, Butler, aseguró que Davy le informó que los miembros del SNMPE estuvieron presentes y públicamente manifestaron su compromiso con la consulta previa. “Confío en que este mensaje también ha sido puesto en conocimiento de los demás signatarios”, puntualiza el máximo representante de la ICMM.

Precisamente, durante dicho evento sobre consulta previa (24 de febrero), el también Vicepresidente del ICMM, Aidan Davy, remarcó que se está dando un «cambio significativo del sector minero con respecto a escuchar las necesidades de los pueblos indígenas»; pero, al ser consultado sobre los comentarios de algunos empresarios del que pertenecen al gremio que agrupa gran parte del sector minero de nuestro país, dijo que se trataba de “comentarios sorprendentes”.

Como se recuerda, en el marco de la campaña por la defensa del derecho a la consulta previa y la protección de la institucionalidad ambiental y social en el Perú, Oxfam junto a 15 organizaciones, envió una carta al presidente de este organismo mundial expresando gran preocupación por afirmaciones realizadas por empresarios mineros así como por altos representantes de la SNMPE.

Entre los firmantes de la carta está la RED MUQUI y algunos de sus miembros como: GRUFIDES, REDAD, Red Uniendo Manos Perú, Aprodeh, Asociación Marianistas de Acción Social (AMAS), Centro Andino de Educación y Promoción José María Arguedas (CADEP), CooperAcción y el Arzobispado de Huancayo.

En la misiva enviada al ICMM, se incluyeron expresiones como: “La ley de consulta es una estupidez; no la necesitamos. Sólo es un obstáculo para la inversión minera.» (Carlos del Solar, La República, 3 de febrero de 2016); o ““Hasta ahora no he visto al Ministerio del Ambiente proponer nada. Lo único que sabe es decir no a las inversiones.” (Carlos Gálvez, El Comercio; 5 de febrero del 2015), que además de opiniones, también expresan el comportamiento de un sector del gremio minero peruano que busca satanizar a sus críticos y afectar los esfuerzos legítimos desde la sociedad civil para fortalecer las normas socio-ambientales en el país y generar un ambiente que permita el desarrollo sostenible del país.

En respuesta, Oxfam y aliados esperan que la SNMPE atiendan las recomendaciones del ICMM de formalizar su posición de protección y defensa del derecho a la consulta de los pueblos indígenas y su ánimo por mantener y fortalecer las instituciones ambientales y sociales del Perú; en un afán de generar un ambiente y un espacio de diálogo que facilite la implementación de este derecho y, por ende, la disminución de conflictos y garantía de una industria responsable a favor de la lucha contra la desigualdad en el país.

VER RESPUESTA DEL ICMM

DATOS

  • El ICMM está conformado por 23 empresas líderes del sector, presentes en más de 800 proyectos en el mundo.
  • En su “Declaración de posición sobre la minería y los pueblos indígenas” (2013) tomo una posición muy clara sobre el consentimiento previo, libre e informado (CPLI).
  • Contempla relaciones constructivas entre las compañías mineras y los pueblos indígenas basadas en el respeto recíproco, la participación significativa, la confianza y el mutuo beneficio.
  • Los miembros del ICMM asumen los compromisos de “respetar los derechos, los intereses, los lazos especiales con la tierra y el agua, y las perspectivas de los pueblos indígenas cuando los proyectos mineros se vayan a ubicar en tierras que tradicionalmente han sido propiedad o de uso consuetudinario de los pueblos indígenas
  • Tiene como preceptos, adoptar y ejecutar procesos de colaboración y consulta que garanticen la participación significativa de las comunidades indígenas en la toma de decisiones.

Foto de Vicepresidente del ICMM, Aidan Davy: Comunicaciones RED MUQUI

EN LIMA

  • Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la CNDDHH concretó importante reunión con exposición de casos
  • Relatora Victoria Tauli-Corpuz prepara un nuevo informe sobre Pueblos Indígenas que será presentado en setiembre de este año

La Relatora de Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas, Victoria Tauli-Corpuz, se reunió con el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derecho Humanos (CNDDHH), y recibió un informe sobre la situación de afectación de derechos de las poblaciones indígenas en base a una serie de casos.

En reunión que tomó dos días (miércoles 27 y jueves 28), organizaciones de la sociedad civil, entre ellas RED MUQUI, presentaron ante la funcionaria de la ONU, cómo es que los derechos de las poblaciones indígenas son vulnerados por efecto de las inversiones extractivas, inversiones en infraestructura y también por decisiones del Estado, a través de normativas que no contemplan el cumplimiento del convenio 169 de la OIT.

Victoria Tauli-Corpuz, Relatora Especial ONU, refirió que ante el desconocimiento que tienen los pueblos indígenas sobre las inversiones que van a impactar sus territorios y los tratados internacionales que los afectarán,  les ha recomendado enterarse de los contenidos de dichas acciones para afirmar mejor sus derechos.

Situación de la consulta previa en minería

Una de las mayores preocupaciones que fueron expuestas ante relatora, fue el de la situación de la consulta previa respecto a proyectos mineros en el Perú. El Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI, Javier Jahncke, fue quien expuso sobre el proceso de consulta previa que inicia con el otorgamiento de una concesión minera, por parte del Estado. La relatora Tauli-Corpuz tuvo conocimiento que las partes involucradas –en este proceso– son el Estado (administrador de todos los bienes) y la empresa concesionarias, las empresas mineras en este caso.

“El problema de fondo radica en que nadie más es parte del proceso administrativo, los demás actores como: gobiernos regionales, gobiernos locales, comunidades campesinas o nativas y la población en general, solo son informados de las decisiones que se toman”, señaló Jahncke ante los relatores de la ONU.

De igual modo, el representante de la RED MUQUI explicó a la relatora que, tanto el Estado como la empresa concesionaria, realiza talleres informativos para presentar los Estudios de Impacto Ambiental (EIA), los cuales son dirigidos por ingenieros y abogados, quienes utilizan un lenguaje técnico que las comunidades campesinas no manejan.

“La presencia de las comunidades, le es suficiente –a la empresa y al Estado- para asegurar que la población ha recibido información suficiente como participar en una audiencia pública posterior y exponer puntos de vista orientados a mejorar el proyecto, pero no para cuestionarlo”, puntualizó Javier Jahncke.

En ese sentido, el Secretario Ejecutivo de RED MUQUI, remarcó que en este proceso de consulta, la posición de las comunidades no tiene incidencia sobre la viabilidad del proyecto, ya que la decisión es tomada solo por el Estado y la empresa que solicita la concesión.

“Según las normas del sector la consulta previa se realizaría después de la aprobación de los EIA y de todas las autorizaciones necesarias para que las actividades extractivas inicien. Por lo tanto, no se consulta sobre ninguna resolución que involucre la realización del proyecto, la consulta previa se realiza en dos momentos en los que no se puede decidir nada”, finalizó.

Luego de culminadas las exposiciones, Tauli-Corpuz, saludó que la Sociedad Civil peruana mantenga una elaboración de reportes e informes que monitorean el cumplimiento de la ley y procesos de consulta previa en el Perú, y los consideró como insumos necesarios para aquellos funcionarios designados por el Estado en los procesos de diálogo con comunidades indígenas.

«Creo que los reportes e informes que están siendo trabajados por la sociedad civil, sobre consulta, pueden llegar a  ser un elemento importante en los procesos de diálogo, al exponer las violaciones al convenio 169”, indicó Tauli-Corpuz al Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas.

Se viene un nuevo informe

La comisionada por la ONU sobre Pueblos Indígenas, destacó la importancia de que las comunidades puedan decir sí o no, a las inversiones que se realizarán en sus territorios, así como de la aprobación de salvaguardas ambientales y de derechos humanos, por parte del Estado. En ese sentido, la relatora recomendó que los inversionistas sean transparentes en sus propósitos y las negociaciones deben hacerse de manera pública para que los ciudadanos tengan la posibilidad de intervenir y hacer estudios de impactos en los derechos humanos.

Victoria Tauli-Corpuz, anunció que en setiembre de este año presentará un informe referido a Pueblos Indígenas. Cabe recordar que la relatora elaboró el informe «Repercusiones de las inversiones internacionales y el libre comercio sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas, Informe a la Asamblea General, 2015», el mismo que fue presentado a la 70ª sesión de la Asamblea General de ONU.

“Los pueblos indígenas son las poblaciones más vulnerables y no queremos que se agrave la pobreza, la desigualdad y la degradación ambiental. Por esto tenemos el mandato de protegerlos, indicó”.

DATOS

  • Victoria Tauli-Corpuz, Relatora Especial de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Baskut Tuncak, Relator Especial sobre Residuos Tóxicos, también de la ONU, y Francisco Eguiguren, Relator de la CIDH sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, llegaron a Lima para participar en un foro público, para analizar los alcances y las posibles afectaciones que sufrirían los pueblos indígenas del Perú y de otras 11 países, por el Acuerdo Estratégico Transpacífico de Asociación Económica (TPP).

 

Fotos: Comunicaciones RED MUQUI

EN ÚLTIMO INFORME

  • Informe sobre impactos de la minería canadiense que RED MUQUI presentó ante la CIDH, impulsó parte de esta publicación

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el informe «Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo», documento que recomienda a los Estados miembros desarrollar políticas de prevención eventuales violaciones a los derechos humanos, a través de marcos normativos.

Las actividades extractivas y de desarrollo, que van en aumento en la región, son generalmente implementadas en áreas que albergan una gran cantidad de recursos naturales, y que en su mayoría, coinciden con los territorios que son ocupados históricamente por los pueblos indígenas y las comunidades afro-descendientes.

Es por ello que en este documento se destaca el alcance y la complejidad de las problemáticas causadas por las actividades extractivas y de desarrollo en la región, y procura avanzar un marco jurídico integral de estándares de derechos humanos del sistema interamericano que son aplicables a este tema.

“Los Estados receptores deben adoptar las medidas apropiadas para prevenir, investigar, castigar y reparar las violaciones a los derechos humanos que resulten de la ejecución de estos proyectos. Asimismo, deben cumplir con los estándares internacionales de derechos humanos, mediante la adopción de políticas, legislación y regulaciones adecuadas, y la garantía de un efectivo acceso a la justicia”, indica.

Una de las obligaciones más destacadas en su informe, constituye el deber de prevención de violaciones a los derechos humanos, es decir, desde antes de autorizar una actividad y otorgar permisos, así como durante la implementación y el ciclo de vida del proyecto bajo examen mediante medidas de supervisión y fiscalización.

“Esta obligación incluye la necesidad de evaluar eficazmente los riesgos a los derechos humanos internacionalmente reconocidos inherentes a la operación de actividades extractivas y de desarrollo antes de que sean autorizadas”, señala en la presentación del documento.

Asimismo, la CIDH resalta la obligación de adoptar un marco regulatorio apropiado para la protección del medio ambiente y de los derechos humanos que contemple de forma adecuada la operación de compañías extranjeras en la jurisdicción de un Estado, con un enfoque extraterritorial de los derechos humanos.

“Dicha obligación también incluye el deber fundamental de consultar a pueblos indígenas y las comunidades afro descendientes que pueden verse afectadas; la garantía de mecanismos de participación efectiva y de un adecuado acceso a información facilitadora del ejercicio de derechos; la obligación de supervisar y fiscalizar  las actividades de las empresas y otros actores no estatales”, remarca.

Además, también contempla como obligación de los Estados miembros, el deber de prevenir actividades ilegales y otras formas de violencia; así como medidas para asegurar un adecuado acceso a la justicia a través de la investigación, sanción y reparación plena de las violaciones de derechos humanos en estos contextos.

Todo esto alcanza a grupos específicos como: líderes, autoridades y defensores indígenas o afro descendientes, mujeres,  niñas y niños, adultos mayores y personas con discapacidad.

Recomendaciones

El informe concluye con una lista de recomendaciones prácticas que procuran promover que los Estados desarrollen un marco normativo y regulatorio adecuado para que puedan cumplir con su obligación de actuar con debida diligencia, adoptando medidas apropiadas para prevenir, investigar, castigar y reparar violaciones a derechos humanos y el acceso a la justicia en este ámbito.

La Comisión insiste de forma particular en la necesidad de adoptar e implementar legislación doméstica para proteger los derechos humanos y el establecimiento de sistemas de monitoreo, control y supervisión de las actividades de compañías extractivas y de desarrollo. El informe incluye recomendaciones orientadas hacia los Estados receptores (donde se ejecuta el proyecto) y los de origen (donde tiene sede la empresa).

Si bien, la CIDH no desalienta estos proyectos y reconoce la importancia que pueden tener para la prosperidad económica de los países de América, y desarrolla cuáles son las obligaciones que los Estados miembro tienen con miras a garantizar que el desarrollo no se realice a expensas de los derechos humanos fundamentales de las comunidades indígenas y afro descendientes.

Antecedentes

Cabe recordar que en el año 2013, en una audiencia pública de la CIDH, RED MUQUI y sus miembros presentaron el documento «El impacto de la minería canadiense en América Latina y la responsabilidad de Canadá», el cual presenta cinco casos sobre los impactos de la minería canadiense.

En este informe, se plantó ante la CIDH, la necesidad de establecer responsabilidad en los países de origen de las empresas mineras que generan un fuerte impacto ambiental generan en los países donde realizan explotación de minerales.

Como consecuencia, la relatora sobre pueblos indígenas de la CIDH, Ann Marie Antoine, visitó Lima y planteó que la instancia que ella presidía emita un informe sobre la situación de los pueblos indígenas frente a las industrias extractivas.

Precisamente, este informe tiene como antecedente, la acción de incidencia ante la CIDH por parte de la RED MUQUI como contribución a este proceso a nivel de América Latina.

A leer el informe: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/IndustriasExtractivas2016.pdf

DATOS:

  • La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  • La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.
  • La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Foto: Portada del informe CIDH «Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo»