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RED MUQUI y sus organizaciones miembro, nos dirigimos a la opinión pública a nivel nacional e internacional para expresar lo siguiente:

1. El pasado 6 de setiembre, la bancada del Partido Fuerza Popular ha presentado el proyecto de Ley 213-2016-CR, Ley que modifica el art. 2 de la Ley 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa de los Pueblos Indígenas u Originarios, reconocido por el Convenio 169 de la OIT.
La modificación propuesta de dicho artículo es: “En los casos que el pueblo indígena u originario haya autorizado expresamente la realización de cualquier tipo de actividad económica o productiva formal a través de contrato, convenio o acuerdo previo formal vigente, no procede la consulta previa, ni tampoco cuando se cuenta con autorización previa conforme a Ley, se omite la consulta previa, haciéndose extensiva a todas sus etapas».

2. RED MUQUI y sus organizaciones miembro rechazamos éste Proyecto de Ley, que desconoce un derecho colectivo como el Derecho a la Consulta Previa de los Pueblos Indígenas, reconocido por normas internacionales como el Convenio 169 de la OIT, vigente en el Perú desde 1995, por el propio gobierno de Fujimori, y por normas nacionales como la Ley de Consulta Previa de los Pueblos Indígenas vigente desde el año 2011.

3. Hasta la fecha en el sector minero sólo se han realizado 4 consultas previas, que sólo han sido realizadas a proyectos de menor envergadura y donde no hubo información adecuada, tiempo suficiente para discutir en espacios de decisión comunal, ni asesoramiento suficiente para lograr una consulta debidamente informada y un diálogo que no sea asimétrico. En algunos casos éstas consultas terminaron siendo en la práctica “convenios” entre empresa minera, Estado y comunidades, y en otros, como denunció la Defensoría del Pueblo, nunca se aplicó la consulta previa cuando debió hacerse a algunos proyectos mineros, desconociéndose la calidad de pueblos indígenas de poblaciones o exigiendo que renuncien a ella, y desconociendo los informes al respecto del Viceministerio de Interculturalidad.

4. Ésta medida denota un claro interés por desconocer a las Comunidades Campesinas y Nativas en nuestro país, consideradas por el mismo Estado Peruano como Pueblos Indígenas en sus informes ante la OIT, y busca su desaparición. Y es que dichas Comunidades ocupan el 49.1% del área nacional del país, de las cuáles solo el 28.2% tienen título de propiedad. Además, cerca del 50% de los territorios de las Comunidades Campesinas ya están concesionadas para actividades mineras, por lo que se entiende que el trasfondo de ésta medida es facilitar el acceso a dichos territorios de proyectos especialmente de industrias extractivas como la minera.

5. Consideramos que ésta propuesta legislativa denota un claro contubernio entre el partido Fujimorista y los grupos de poder económico, y con el mismo partido del Presidente Pedro Pablo Kuczynski, Peruanos por el Kambio (PPK), pues con su aprobación, dicho proyecto busca la no aplicación de la consulta previa en el sector minero especialmente, a partir, entre otros, de la propuesta del gobierno del «adelanto social», que no busca otra cosa que solucionar los problemas “con la plata por delante”, sin tener una diálogo previo que considere las demandas de las comunidades campesinas y nativas a nivel nacional, las problemáticas de fondo de los pueblos indígenas, propiciando con ello un clima de conflictividad social, sin considerar que la consulta previa es más bien, un mecanismo de prevención de conflictos.

RED MUQUI considera que las inversiones nacionales y extranjeras son importantes para el país, pero ello conlleva a establecer con claridad donde si pueden o no deben realizarse, y en caso de emprenderse alguna actividad extractiva, se deben establecer estándares adecuados de respeto a los derechos humanos, a los derechos de los pueblos indígenas y a nuestro ambiente.

Los paquetes normativos dictados durante los años 2013 y 2015 y éste proyecto de Ley, lo que buscan es desregular los ya reducidos derechos a la tierra de nuestras comunidades campesinas y nativas, que son fundamentales para su existencia, y evitar que éstas participen en las decisiones que las afectan a través de la consulta previa, lo que es su derecho.

Por ello demandamos el archivamiento del citado proyecto de ley en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, de Ambiente y Ecología, donde debiera pasar en el Congreso, pues de lo contrario sólo se generaría mayor conflictividad social, y exigimos que se aplique el derecho a la consulta previa con las consideraciones necesarias que respeten los derechos de los pueblos indígenas y no sólo sea un requisito que cumplir, como consideramos ha sido hasta la fecha en el sector minero.

Lima, 08 de setiembre de 2016

RED MUQUI

Lima, 15 de agosto de 2016

Señor Presidente de la República del Perú

Señor Presidente del Consejo de Ministros

Señores Congresistas de la República

Presente. –

Asunto: Condiciones mínimas para mejorar el proceso de evaluación de impacto ambiental de las actividades extractivas e inversiones a gran escala.

De nuestra mayor consideración,

Mediante la presente, las organizaciones indígenas y de la sociedad civil abajo firmantes les hacemos llegar nuestras recomendaciones para la mejora del proceso de evaluación de impacto ambiental en nuestro país, dado las iniciativas manifestadas por el nuevo gobierno de darle prioridad a la ejecución de una serie de proyectos de infraestructura a gran escala, y de facilitar la inversión en actividades económicas incluyendo las extractivas.

A ello se suma los esfuerzos que se vienen realizando para que el Perú forme parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos- OCDE1. Además, el trabajo realizado ha tenido como resultado por el momento, que se hayan emitido una serie de recomendaciones para mejorar el desempeño ambiental de nuestro país.

Por otro lado, es de considerar que el desarrollo de inversiones ya ha generado impactos ambientales y sociales y que su incremento podría traer consigo riesgos mayores y en consecuencia mayor conflictividad, si no se adoptan las medidas del caso. Es por ello necesario contar con inversiones sostenibles que cumplan claros estándares ambientales y sociales, y con una institucionalidad ambiental que tenga las herramientas normativas y el presupuesto necesario para ejercer una adecuada evaluación de estudios y la debida fiscalización.

Por esta razón, presentamos las siguientes condiciones mínimas2 para contribuir a un equilibrio entre el desarrollo de actividades económicas y la protección de la salud y el ambiente, ayudando a generar confianza de la población en las autoridades que promueven las inversiones:

1. Asegurar la independencia y la sostenibilidad financiera y operativa del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles-SENACE en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental-SEIA

2. Asegurar la independencia y la sostenibilidad financiera y operativa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental-OEFA como ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental-SINEFA.

3. Fortalecer las capacidades de las autoridades competentes en el proceso de evaluación de impacto ambiental.

4. Mejorar la institucionalidad para la transparencia y el acceso a la información

pública que contribuya a los procesos de evaluación de impacto ambiental de los proyectos de inversión a gran escala.

5. Aplicar la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas en las diferentes etapas de los proyectos, cuando estas inversiones puedan afectar sus derechos colectivos y el régimen comunal de sus tierras.

6. Reconocer e institucionalizar la Vigilancia y el Monitoreo ambiental y social, ciudadano e indígena en el Sistema Nacional de Gestión Ambiental-SNGA

7. Planificar estratégicamente la inversión enmarcándola en procesos de Evaluación Ambiental Estratégica-EAE aplicables a las propuestas de políticas, planes y programas de inversión

8. Fortalecer y articular los sistemas de información ambiental (nacionales, regionales y locales) existentes para contar con datos actualizados y fidedignos sobre la calidad del ambiente.

Asimismo, estas condiciones mínimas requieren el impulso a los procesos de planificación del ordenamiento territorial, a cargo de los gobiernos locales y regionales, eliminando las trabas que le impiden asumir su carácter vinculante en la toma de decisiones sobre la ocupación y uso del territorio nacional, y siendo este un paso previo (incluyendo sus instrumentos técnicos como la Zonificación Ecológica Económica-ZEE, entre otros) para la evaluación de los impactos sociales y ambientales de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo en el país.

Por lo expuesto, instamos a las nuevas autoridades a fortalecer la institucionalidad para la gestión ambiental, mejorando el marco legal. Para lograrlo es importante que se considere los más altos estándares ambientales y sociales, así como los compromisos internacionales asumidos por el Perú relacionados al ambiente y derechos de pueblos indígenas. Esperamos que, con ello nuestro país consolide su desarrollo en el siglo 21.

Finalmente, aprovechamos la ocasión para manifestarle nuestra voluntad de seguir aportando en la mejora de las políticas públicas nacionales desde nuestra experiencia y trayectoria institucional.

Atentamente,

1. Asociación ARARIWA

2. Asociación Civil Centro de Cultura Popular Labor

3. Asociación Cocama de Desarrollo y Conservación San Pablo de Tipishca -ACODECOSPAT

4. Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP

5. Asociación Pro Derechos Humanos

6. Asociación Nacional de Centros-ANC

7. Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica-CAAAP

8. CHIRAPAQ, Centro de Culturas Indígenas del Perú

9. Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú Equidad

10. Centro Peruano de Estudios Sociales-CEPES

11. Consejo Machiguenga del Río Urubamba – COMARU

12. CooperAcción

13. Derecho, Ambiente y Recursos Naturales-DAR

14. Environmental International Agency- EIA

15. Foro Ecológico del Perú

16. Forum Solidaridad Perú

17. Instituto del Bien Común-IBC

18. Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible-IDLADS

19. Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú- ONAMIAP

20. Organización Regional AIDESEP Ucayali – ORAU

21. Organización Regional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Norte del Perú – ORPIAN-P

22. Organización Regional de los Pueblos Indígenas del Oriente – ORPIO

23. Paz y Esperanza

24. RED MUQUI Perú

25. Red Peruana por una Globalización con Equidad-RedGE

26. SERVINDI-Servicios de Comunicación Intercultural

27. Suma Ciudadana

28. Urku Estudios Amazónicos

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1 OCDE-CEPAL (2016) Evaluaciones del desempeño ambiental Perú 2016. Aspectos Destacados y recomendaciones.

2 Las mismas que se desarrollan en el anexo de esta comunicación.

EN SAN IGNACIO, CAJAMARCA

  • Proyecto minero Yagku Entsa, de la empresa Águila dorada, quedará suspendido
  • MEM deberá aplicar proceso de consulta previa en la comunidad nativa de Supayaku

El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima suspendió la fase de exploración del proyecto minero “Yagku Entsa” (distrito de San José de Lourdes, provincia de San Ignacio, Cajamarca), hasta que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) lleve a cabo un proceso de consulta previa con la comunidad nativa de Supayaku que se ha visto seriamente afectada por la contaminación del río Chirinos. De esta manera, y por primera vez, se declaró fundada una demanda de amparo por consulta previa en minería, y en primera instancia.

“La suspensión de la fase de exploración del proyecto minero «Yagku Entsa» se dará en la etapa que se encuentre, hasta que la demandada tome las medidas necesarias para determinar la viabilidad de la continuación del proyecto previa consulta de la actora y otros pueblos indígenas que podrían ser afectadas”, señala la sentencia.

Esta decisión se dio luego que la Comunidad Nativa de Supayaku y su Organización Fronteriza Awajún de Cajamarca (ORFAC), presentaran una demanda de amparo contra el Ministerio de Energía y Minas (MEM), al haber emitido la Resolución Directoral N° 229-2013-MEM/DGM (del 06 de setiembre de 2013) sin notificar a todas las comunidades potencialmente afectadas, como corresponde.

En esta resolución, si bien el Estado le aprobó el proyecto a la empresa Exploraciones Águila Dorada S.A.C. bajo el consentimiento de la comunidad nativa awajún de Naranjos, no se contempló a Supayaku, pese a ser adyacente al proyecto minero y ubicarse al otro lado del rio Chirinos.

En parte el juzgado especializado en lo Constitucional basó su decisión en el fallo del Tribunal Constitucional del año 2009, que se indica que cuando el Convenio 169 se refiere a los pueblos interesados, se comprende a comunidades directamente afectadas y a comunidades colindantes, lo cual aplica en este caso.

Cabe mencionar, que la población de las comunidades nativas de Naranjos y Supayaku (pertenecientes a la etnia awajún) se ubican en distritos diferentes, San José de Lourdes y Huarango respectivamente; sin embargo, pertenecen a la misma provincia cajamarquina de San Ignacio, y además forman parte del mismo bosque que como límite natural les ofrece el río Chirinos. Es decir, son comunidades indígenas hermanas y aledañas, que comparten el mismo espacio de vida que les provee lo necesario para subsistir.

“Desde una visión integral del territorio como ésta, aprobar un proyecto de exploración minera en base a acuerdos que sólo se tomaron con Naranjos (sus dirigentes, ni siquiera con toda la población) sin considerar a Supayaku, resulta un despropósito y una burla, más aún si la decisión la toma una instancia pública, como es el MEM”, indicó la defensa de Supayacu, a cargo de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz).

Durante el proceso, el abogado defensor David Velazco, argumentó que el pueblo de Supayaku tiene derecho a la consulta previa por ser parte del pueblo indígena y originario awajún y estar reconocido en la base de datos del ministerio de Cultura, pues cuenta con titulación desde el año 1977.

Por su parte, la Procuraduría Pública del MEM, parte demandada, alegó que “todo se publica en el Diario El Peruano”, por lo que en Supayaku, pudieron haberse informado sobre el proyecto. Este argumento fue rebatido por el juez.

Además de tomar la defensa legal de Supayaku, Fedepaz –como parte de la RED MUQUI– también acompañó a la población durante los periodos de tensión y agresividad que surgieron en el proceso, y les proporcionó herramientas para fortalecer sus capacidades de consenso y diálogo, sin deslegitimar su oposición al proyecto minero, ni que su resistencia continúe siendo elemento de división, ante sus denuncias por impactos negativos en sus territorios.

Fuente / fotos: Fedepaz

En el día del campesino, 24 de junio, la RED MUQUI se reafirmó en la necesidad de respetar los derechos a nuestras Comunidades Campesinas, a través del cumplimiento de las leyes que respaldan la propiedad colectiva y la consulta previa. Más aun cuando existe una normativa que va en contra de ello; tal como son las normas de los paquetazos normativos promovidos durante éste gobierno, causa de la presión del poder económico

El Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI, Javier Jahncke, recordó que las leyes N° 30230 y N° 30327, así como los decretos supremos N° 054 y N° 060 (EM), del año 2013, y el N° 015-2015- EM, afectan seriamente el derecho a la propiedad colectiva de la tierra y a la consulta previa, que están sustentados en el artículo 89 de nuestra Constitución, en la Ley de Comunidades Campesinas y en la Ley 26505, Ley de Tierras a nivel nacional, y a nivel internacional, en el Convenio 169 de la OIT.

De igual modo, resulta lamentable para la RED MUQUI, como es que el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), busque facilitar el acceso a las tierras de las Comunidades en perspectiva de permitir la ejecución de próximos proyectos, especialmente mineros.

“Esperamos que ello sea evaluado por el siguiente gobierno, por ser una decisión inconstitucional. Nuestras comunidades campesinas ocupan cerca del 30% del territorio nacional actualmente. No obstante, cerca un 50% de dichas tierras que ya están concesionadas para la actividad minera”, agregó Jahncke Benavente.

De otro lado, la RED MUQUI se mostró en descuerdo que el MINAGRI limite la definición del campesino, a solo ser agricultor y emprendedor, olvidando que pertenecen a una comunidad, que transmite y mantiene vivos nuestros saberes y culturas ancestrales.

“Es discriminador plantear que es despectivo hablar de comunidades, y hablar de emprendedores o sólo agricultores, ello no refleja a las comunidades campesinas de manera colectiva, sino la perspectiva de eliminarlas y de buscar niveles de negociación individual, que es lo que ha planteado el próximo Ministro de Economía”, indicó el Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI.

El 7% de la canasta familiar a nivel nacional, según datos de CEPES, está sustentado en la actividad económica de la agricultura familiar, que en gran parte depende de nuestras comunidades campesinas. Lamentablemente las tierras agrícolas de nuestras comunidades no se encuentran protegidas, por ello están en riesgo de ser afectadas por decisiones del Estado y del poder económico.

DATO:

Día del Campesino vino a reemplazar al Día del Indio que se celebraba desde el 24 de junio de 1930, año en que fue creado por el presidente Augusto B. Leguía, habiéndose escogido esta fecha porque se celebraban los concursos de Música y Bailes Nacionales de Amancaes, lugar al cual el gobernante solía asistir.

El 24 de junio de 1969, cuando el presidente Juan Velasco Alvarado promulgó su Ley de Reforma Agraria, también cambió la denominación del Día del Indio por el Día del Campesino.

Foto: Diario Correo

A pocos días del cierre del Legislativo, la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República aprobó el Proyecto de Ley N° 2747/2013-CR con la finalidad de “declarar de necesidad pública e interés nacional la priorización de la construcción de todas las centrales hidroeléctricas que se instalen en el país hasta el 2024 cuya capacidad instalada sea mayor a 20MW”, sin indicar las características y localización de los proyectos (esta medida promueve una vez más cualquier proyecto , literalmente cualquiera pues no hay lista de proyectos priorizados), ni la política, plan o programa que sustenta dicha propuesta. Si bien es importante contar con suficiente capacidad instalada para atender la demanda eléctrica del país, es necesario que los proyectos de generación, trasmisión y distribución eléctrica se promuevan en base a una planificación por parte del Estado peruano que considere información actualizada sobre el potencial hidroeléctrico y las proyecciones de la demanda eléctrica. Asimismo, esta planificación debe realizarse analizando los posibles impactos sociales y ambientales del conjunto de proyectos a promoverse y aplicando la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas y Originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la OIT.

Cabe señalar que las experiencias en la generación de normas declarativas se ha convertido en una vía para eludir la normativa y debilitar los estándares ambientales y sociales bajo el pretexto de reducir trámites, como ya ha ocurrido en años anteriores, pues con la declaración de necesidad pública e interés nacional, eluden la exigencia que se realicen estudios de factibilidad, es decir, realizar el proyecto sin saber si es viable, rentable o sostenible.

Si bien el proyecto de Ley solicitó opinión a MINEM, COES, OSINERGMIN, CONFIEP, Y SOCIEDAD NACIONAL DE MINERÍA, PETRÓLEO Y ENERGÍA, se ha obviado y tampoco han solicitado la opinión de MINAM, MINCU, SERNANP, SENACE, CEPLAN, la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, Sociedad Civil, Pueblos Indígenas y sus organizaciones, los cuales velan por la adecuada gestión de recursos naturales, siendo los pueblos indígenas los mayores afectados por este tipo de proyectos pues se superponen sobre sus territorios.

Finalmente, recalcar que es sumamente irresponsable que los Congresistas de la República de la Comisión de Energía y Minas promuevan el desarrollo de proyectos sin la información técnica y especializadas sobre los recursos hídricos en el país y sin las salvaguardas ambientales y sociales necesarias que permitan reducir posibles conflictos socio-ambientales, la afectación de los ecosistemas acuáticos y la degradación ambiental. Por ello, las organizaciones abajo firmantes exigimos al pleno del Congreso de la República a archivar el Proyecto de Ley 2747/2013-CR y solicitamos a las autoridades competentes planificar adecuadamente las actividades del sector eléctrico respetando la legislación nacional.

Lima, 17 de junio de 2016.

Firman:
1. Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP)
2. Asociación Servicios Educativos Rurales (SER)
3. Central Ashaninka del Río Ene (Care)
4. Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP)
5. Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD
6. Confederación Campesina del Perú (CCP)
7. Confederación Nacional Agraria (CNA)
8. CooperAcción – Acción Solidaria para el Desarrollo
9. Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR)
10. Earth Rights International
11. Fórum Solidaridad Perú
12. Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ)
13. Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (GT-CNDDHH)
14. Instituto de Defensa Legal (IDL)
15. Instituto IDLADS PERÚ
16. Movimiento Ciudadano frente al Cambio Climático – MOCICC
17. Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP)
18. RED MUQUI Perú

Estimada,

Señora Keiko Fujimori Higuchi

Candidata presidencial por “Fuerza Popular”

Estimado,

Señor Pedro Pablo Kuczynski

Candidato presidencial por “Peruanos Por el Kambio”

De nuestra más alta consideración,

Estamos a puertas de una segunda vuelta que elegirá a quien ocupará la presidencia del Perú por el periodo 2016-2021. Desde el Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (en adelante GTPICNDDHH) vemos de suma importancia  detenernos en las propuestas mencionadas en las últimas semanas,  particularmente en  aquellas  que afectan a los pueblos indígenas: consulta previa, territorio, minería ilegal y medio ambiente.

Nos complace que en los últimos debates el tema de la consulta previa haya sido considerado, aunque lamentablemente solo parece ser una formalidad. La consulta previa debió aplicarse desde que el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) entró en vigencia en el Perú, en febrero de 1995; sin embargo, años después, desde el 2012, con la actual administración de Ollanta Humala se ha venido aplicando contando con 22 procesos de consulta terminados a mayo de 2016. Este es un punto de partida, la cual no debe retroceder, por el contrario,  debe significar el compromiso de la siguiente gestión de implementar y profundizar este derecho en las diferentes actividades productivas, con mayor  énfasis en la minería (donde solo existen tres proyecto sometidos a consulta previa, y en los que no se registró etapa de diálogo en ninguno de ellos), así como atender procesos de consulta en las medidas legislativas (en el Congreso) que atañen a los derechos de los pueblos indígenas.

Los órganos de supervisión de la OIT han indicado de manera reiterada que “la consulta y participación constituyen la piedra angular del Convenio 169 y la base de todas sus disposiciones”(1). Además contamos con varias sentencias a nivel internacional (Corte Interamericana de Derechos Humanos) y nacional (Tribunal Constitucional) en las cuales se pone de relevancia la obligatoriedad de ejecutar la consulta previa y respetar los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

Por lo señalado, confiamos en que el señor Pedro Pablo Kuczynski haya entendido el fin y objetivo de la consulta y ya no la considere como un “obstáculo”, como lo señaló en el año 2011(2),  sino como una obligación ética y jurídica que tiene el Perú para asegurar un diálogo horizontal con los pueblos indígenas. En el caso de la candidatura de Keiko Fujimori, uno de sus vicepresidentes, el señor Vladimiro Huaroc dijo durante el debate técnico del domingo 15 de mayo que de la ley de consulta y su reglamentación iban a necesitar reformar “algunos aspectos” pero tampoco se han referido a cuáles. Esperamos se haya aprendido de los problemas ocurridos durante la aprobación de la ley y el reglamento de consulta(3) y garanticen una real participación de todos los pueblos indígenas del país en cualquier reforma que quieran llevar a cabo.

Por otro lado, resultan preocupantes las declaraciones realizadas por la candidata Keiko Fujimori respecto al papel que jugará el señor Hernando de Soto en dicho proceso. Es conocido públicamente el rechazo que en varias oportunidades han expresado gran parte de estos pueblos a la figura e ideas que representa el señor De Soto(4) que ha descrito a los pueblos indígenas como “poblaciones que se automarginan”(5), manteniendo un enfoque que busca revertir de modernidad pragmática pero que se ajusta más al ya criticado y defenestrado enfoque del asimilacionismo (planteado en los años 50) que a los estándares internacionales actuales que buscan el respeto al derecho a la diferencia y a la libre determinación de estos pueblos.

En referencia al territorio, debemos señalar que del total de la superficie del Perú, el cual suma 128.5 millones de hectáreas, el 49.1 % (aproximadamente 63 millones de hectáreas) es propiedad o posesión de las comunidades campesinas y nativas, cuyos miembros representan a más del 35 % de la población nacional. Sin embargo la deuda histórica que tiene el Estado peruano no ha sido saldada, aproximadamente el 20.9 % del territorio nacional que se encuentra en posesión de las comunidades nativas y campesinas carece de un título de propiedad. A marzo de 2016, el Perú alberga a un total de 10,529 comunidades rurales, de las cuales falta titular 4,023(6). Debemos señalar que en el Perú los pueblos indígenas están organizados en comunidades campesinas, nativas y de ronderos.

El Estado no ha desarrollado una estrategia adecuada para titular a las comunidades e incluso la política de titulación ha pasado por múltiples instituciones en los últimos años (PETT, COFOPRI, Gobiernos Regionales, Ministerio de Agricultura). Por otro lado, existe una oportunidad para mejorar la titulación porque se están canalizando recursos económicos a través de los fondos para el Cambio Climático, sin embargo no hay coordinación intergubernamental entre el gobierno central y regional, ni siquiera hay coordinación intersectorial entre el sector de agricultura, ambiente y cultura.

La posición de ambos candidatos era muy parecida en un inicio. Ambos desconocen la problemática de las comunidades campesinas y nativas, y no tienen propuestas claras respecto a la titulación y desarrollo de comunidades y sus tierras comunales. Ninguna de las dos agrupaciones a lo largo de la campaña ha tenido la iniciativa e interés para entablar un diálogo intercultural con representes de organizaciones de pueblos indígenas. Sin embargo, recientemente ante la reñida disputa de votos, ambos partidos han salido en busca de líderes y organizaciones indígenas que les dieran respaldo. El caso de Peruanos por el Kambio ha sido el más notorio, ya que ha dado más muestras de interés al estar presente en eventos donde se buscó promover el diálogo intercultural con líderes indígenas y sociedad civil; en el caso de Fuerza Popular, simplemente no asistió (lo cual ha sido una constante en los diferentes eventos realizados acerca de pueblos indígenas y medio ambiente).

En medio de ello, cabe destacar que en la última etapa de la campaña Peruanos por el Kambio convocó a algunos líderes y organizaciones indígenas para suscribir un acuerdo con 9 compromisos, dos de ellos a destacar son la creación de un Viceministerio de Pueblos Indígenas y el compromiso de titular las tierras comunales aun restantes. El comportamiento en la campaña electoral por parte de Fuerza Popular ha sido preocupante respecto al tema de políticas públicas para los pueblos indígenas y específicamente respecto a la titulación de tierras comunales, esto se ha agravado más aún con la incorporación del economista Hernando de Soto, para quien la titulación comunal no es importante más bien es un promotor de la titulación individual de las comunidades y bajo esa política la posible extinción de los pueblos indígenas.

Independiente del compromiso en proteger derechos colectivos de los pueblos indígenas como consulta previa y territorio, el partido que llegue a ser gobierno en el periodo 2016-2021 tiene la obligación de tratar con el delicado tema de la minería ilegal e informal. Esta problemática hasta el momento no tiene visos de solución. Y es que no hay una visión integral del problema que incluya lo ambiental, lo económico, lo político, lo social y lo cultural.

Son muchas las causas de la proliferación de minería ilegal e informal. De esta forma, encontramos la desatención del Estado al sector agropecuario, que es uno de los sectores que emplea a un importante porcentaje de la PEA especialmente en las zonas donde se realiza dicha actividad, y el mantenimiento de cerca de un 30% de la población aún en situación de pobreza y pobreza extrema, genera que sectores de la población busquen diversas actividades para su supervivencia, como en el caso de la minería informal e ilegal, la que reviste interés por los precios internacionales de los metales como el oro. Gran parte de las personas que se dedican a dicha actividad, en realidad no son poblaciones locales, sino que migran de sus zonas de origen hacia las zonas en que se realiza dicha actividad ilegal, generando conflictos locales.

Las débiles capacidades y escasos recursos de los Gobiernos Regionales y las DREM no les permiten tener una acción decidida frente a esta actividad, lo que constituye una  responsabilidad de los Ministerios de Energía y Minas y de Economía y Finanzas. Lamentablemente hay una débil institucionalidad pública, especialmente ambiental, una mala gobernanza de los recursos naturales, y subsiste una corrupción institucionalizada en diferentes niveles de gobierno que permite que el statu quo se mantenga. Asimismo, no hay una Ley de Ordenamiento Territorial y políticas públicas que establezcan criterios que determinen si una zona está o no prohibida para la realización de actividades extractivas, en especial en zonas de ecosistemas frágiles y fuentes de recursos hídricos; la aprobación de una ley de Ordenamiento Territorial es realmente urgente.

Debido a esto es que se requiere tomar una serie de medidas urgentes para combatir este tipo de minería: culminar los procesos de Zonificación Económica Ecológica (ZEE) y Ordenamiento Territorial (OT) a nivel nacional, implementar procesos de consulta previa a comunidades campesinas y nativas respecto de su desarrollo y la realización de actividades extractivas en su territorio, prohibir el otorgamiento de concesiones mineras fuera de las zonas permitidas en la ZEE y OT, y de las zonas de amortiguamiento de ANP, ecosistemas frágiles, zonas de producción de agua y de importancia agrícola, potenciar el desarrollo local sostenible para que sus economías no dependan del canon y regalías mineras, promover inversiones en desarrollo económico y productivo dirigidas a los pequeños productores y comunidades campesinas que cada vez más se ven empujadas a realizar actividades de minería informal, fortalecer la institucionalidad pública en la gestión ambiental, el rol de las CAR y CAM, mejorar los mecanismos de participación ciudadana, fortalecer el rol de la OEFA y las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales, en especial de las DREM, como autoridad ambiental regional respecto de la pequeña minería y minería artesanal.

Frente a ello, nos preocupa la postura que ha mostrado la candidata Fujimori en este tema. No solo ha señalado que derogará los decretos legislativos 1100 y 1105 que impulsó la administración de Humala para la formalización minera, sino que ha firmado compromisos con mineros informales e ilegales (viernes 29 de abril de 2016) señalando que busca la “verdadera formalización de la pequeña minería”. En la presentación pública de dicho compromiso señaló que los mineros que no lograron formalizarse serían “perseguidos” e “investigados”(7), victimizando a personas que, como cualquier otra persona que es sospechosa de cometer un delito, debe ser investigada, y si es encontrada culpable, sancionada por el sistema de justicia.

Finalmente, no puede descuidarse el tema de la gestión ambiental, prácticamente obviado por ambos candidatos en sus últimas apariciones públicas y los debates presidenciales. Un primer punto por tratar es el fortalecimiento de las instituciones encargadas de la gestión ambiental. Así, debería fortalecerse el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) e implementar una estrategia con recursos presupuestales y técnicos para mejorar los procesos de evaluación de impacto ambiental.  Ello supondría fortalecer la intervención en ese proceso del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), la Autoridad Nacional del Agua (ANA), y el Ministerio de Cultura (MINCU). Asimismo, debe fortalecerse al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), lo que supone la defensa del el aporte por regulación establecido a su favor en la Ley N° 27332, sobre el cual existe una controversia legal con el gremio del sector energía y minas.

Pero además debe revisarse la legislación, dada en este último quinquenio, que sucesivamente bajo el falso argumento de reactivación de la economía ha venido disminuyendo estándares, como los denominados “paquetazos ambientales” los cuales han generado el debilitamiento de la institucionalidad, con los Decretos Supremos 054 y 060-2013-PCM, la Ley N° 30230, la Ley N° 30327 y los nuevos Estándares Nacionales de Calidad de Agua aprobados mediante D.S. N° 015-2015-MINAM, evaluándose el impacto que han tenido sobre la salud de las personas y el ambiente,. Es justamente esta ley Nº 30230 la que genera mayor debilitamiento al sistema de evaluación y fiscalización ambiental.

Por ello, debe derogarse el artículo 19° de la Ley N° 30230 que ha debilitado al OEFA y las normas reglamentarias que facilitan su implementación, impidiendo que este organismo regulador del Estado pueda ejercer una eficiente fiscalización ambiental a las empresas, lo que se refleja en la afectación a la salud y el ambiente; asimismo, debe derogarse el artículo 12 de la Ley N° 30230, el cual impide que las multas administrativas financien la potestad sancionadora del OEFA, es decir la supervisión directa a las empresas y la tramitación de los procedimientos administrativos sancionadores correspondientes.

En ese sentido, es preocupante el proyecto de Ley N°3601/2013 (presentado en coautoría por Fuerza Popular) que pretende facilitar a los infractores a presentar medidas cautelares judiciales que impidan el procedimiento de ejecución y cobranza coactiva que lleva a cabo el OEFA como parte de un proceso sancionador. Es decir, se está facilitando nuevamente la judicialización de las resoluciones administrativas del OEFA. De igual forma nos preocupa la paralización del Proyecto de Ley de Reconocimiento y Articulación de la Vigilancia Indígena (PL 3937/2014), el cual no encuentra pronunciamiento por parte de la Comisión de Pueblos (presidida por Fuerza Popular).

Es preocupante  el silencio o la poca claridad de los  partidos políticos  sobre los temas anteriormente mencionados. Por ello es que desde el GTPICNDDHH demandamos que el partido político ganador de la contienda electoral tome en cuenta la agenda planteada y construya soluciones participativas, en beneficio de los pueblos indígenas y del medio ambiente.

Quedamos atentos a su respuesta.

 

Organizaciones integrantes del Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos:

• Asociación Paz y Esperanza

• Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH

• Asociación Proyecto Amigo de Huamachuco

• Asociación Servicios Educativos Rurales – SER

• Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica – CAAAP

• Centro de Derechos y Desarrollo – CEDAL

• Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD

• Comisión de Derechos Humanos – COMISEDH

• Comisión Episcopal de Acción Social – CEAS

• CooperAcción

• Derecho, Ambiente y Recursos Naturales – DAR

• Earth Rights International – ERI

• Fórum Solidaridad Perú – FSP

• Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ

• Proyecto Amigo

• Instituto de Defensa Legal – IDL

• Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo del Sostenible Perú – IDLADS Perú

• Instituto del Bien Común – IBC

• Red Agua, Desarrollo y Democracia – REDAD Piura

• Red Muqui

• Secretaría Ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

• Servicios en Comunicación Intercultural – SERVINDI

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1. CEACR: Observaciones Generales del Convenio núm.169 de la OIT. 2011.

2. “Esta Ley de Consulta Previa es en realidad un obstáculo a la minería mucho más grande que la sobretasa a las ganancias mineras”. PPK: La Ley de Consulta Previa es un “obstáculo” a la minería:  http://larepublica.pe/30-10-2011/ppk-la-ley-de-consulta-previa-es-un-obstaculo-la-mineria

3. Pronunciamiento del Pacto de Unidad contra el reglamento de la Ley de Consulta Previa: http://www.servindi.org/actualidad/60457

4. Más allá de Hernando de Soto: La lucha de AIDESEP por la Territorialidad Integral: http://www.aidesep.org.pe/mas-alla-de-hernando-de-soto-la-lucha-de-aidesep-por-la-territorialidad-integral/

Comunidades indígenas rechazan visión de De Soto sobre sus territorios: http://www.aidesep.org.pe/mas-alla-de-hernando-de-soto-la-lucha-de-aidesep-por-la-territorialidad-integral/

5. TEDxPuraVida – Hernando de Soto – La Amazonía no es Avatar:  https://www.youtube.com/watch?v=6-08575w72U

6. Ver más en: http://www.ibcperu.org/uncategorized/el-49-del-territorio-peruano-esta-en-manos-de-las-comunidades-rurales/

7. http://larepublica.pe/politica/763857-keiko-fujimori-firma-compromiso-con-mineros-informales-para-captar-votos-video

NO HAY DEMOCRACIA SIN IGUALDAD

  • Movimientos sociales de todo el país demandan propuestas concretas que se basen en la democracia y en la lucha contra las desigualdades persistentes.
  • RED MUQUI aportó y suscribió en comunicado público dirigido a candidatos presidenciales

A pocos días de las elecciones presidenciales del 5 de junio, organizaciones, movimientos y colectivos sociales, mujeres y pueblos indígenas, exigen al candidato de Peruanos Por el Kambio, Pedro Pablo Kuczynski, y a la candidata de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, que asuman medidas concretas para garantizar los derechos fundamentales de las personas en plena vigencia de la democracia. Los/as representantes de estos grupos sociales coinciden en que no se puede hablar de democracia sin cerrar las brechas de desigualdad persistentes.

“Oficialmente siete millones de peruanos/as viven en situación de pobreza monetaria, muchos de ellos en zonas rurales. Si vemos la pobreza por necesidades básicas insatisfechas y carencias en el acceso a servicios, el número de peruanos/as pobres es bastante más elevado”, dijo Armando Mendoza, investigador de Oxfam. Mendoza explicó que si bien los programas sociales contribuyeron a reducir la pobreza en los últimos años, no han resuelto las persistentes desigualdades que se expresan en nuestro país en diversas dimensiones como el acceso a servicios básicos y género.

En el caso de los servicios básicos, solo un 30% de peruanos/as accede a la salud por barreras geográficas, culturales o económicas, señaló, Luis Lazo de Foro Salud. Lazo detalló que las brechas de déficit de infraestructura, equipamientos y recursos humanos, genera un abismo entre la necesidad y demanda de la población, y la capacidad de la oferta del sistema de salud vigente. De otro lado, ocho millones de personas en el país no acceden a agua potable.

Sobre los estándares laborales actuales, tres de cada 10 trabajadores peruanos tienen un empleo decente, mientras que siete de cada 10 trabajan en la informalidad y en empleos precarios. Por ello, se exige la aprobación de la Ley General del Trabajo Justa y Democrática, adoptando las propuestas presentadas por los trabajadores, así como eliminar los regímenes “especiales” vigentes.

Para fortalecer la gobernanza e institucionalidad ambiental, José De Echave, ex viceministro de Ambiente e investigador de CooperAcción identificó como puntos clave la derogatoria de los paquetazos ambientales, la promulgación de la ley de Ordenamiento Territorial, así como el fortalecimiento de la autoridad ambiental y de sus organismos adscritos.

Atender las demandas de los Pueblos Indígenas, fortaleciendo el derecho a la Consulta Previa y a la titulación de tierras comunales, es una deuda pendiente del Estado.

La violencia contra la mujer es otra problemática desatendida. Según la Encuesta Nacional de Hogares (Endes 2014), 72% de las mujeres peruanas declaró haber vivido algún tipo de violencia. De acuerdo con Diana Miloslavich, de Flora Tristán, se requiere continuar con los planes y programas actuales de violencia contra la mujer con mayor presupuesto y voluntad política.

Encarar estás problemáticas es clave para terminar con la desigualdad en nuestro país.

Conoce el comunicado REDUCIR LA DESIGUALDAD SOCIAL EN DEMOCRACIA Demandas y propuestas de la sociedad civil a los candidatos presidenciales aquí: http://bit.ly/25hwCWC.

Quienes suscriben son: Actua.pe, Alternativa, ANC, Anpe, APRODEH, Caplab, CCP, CGTP, CNDDHH, CooperAcción, Demus, DESCO, Flora Tristán, Foro Salud, Forum Solidaridad Perú, GTCC, GPC, Grupo Nacional de Presupuesto Público, IESI, Latindadd, Manuela Ramos, Onamiap, Oxfam, Perú Cop20, Perú Equidad, Plades, Predes, Red Muqui.

DATOS:

  • Actúa.pe es una red de vigilancia de discursos políticos, de información y de propuesta, que impulsa la participación ciudadana electoral bajo un concepto interactivo que conecta a los votantes con los/as candidatos/as.
  • Está formada por diferentes organizaciones de la sociedad civil y colectivos ciudadanos, e impulsa un proceso electoral en el cual la lucha contra la desigualdad sea parte fundamental de las propuestas políticas.

 

Fuente / Fotos: Actúa.pe

EN AUDIENCIA

  • Abogado del MEM desestimó estudio técnico del GORE Cajamarca por supuesta posición antiminera

Autoridades de la Comunidad Nativa de Supayaku sustentaron una demanda de amparo en relación a la violación del derecho a la consulta previa, libre e informada del pueblo Awajún de Cajamarca, por parte de la empresa Águila Dorada que tiene a cargo el proyecto minero ‘Yagku Entsa’

Durante la presentación de un informe oral en la sede del 5° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, los representantes de la comunidad Awajún también sustentaron como es que la empresa incurrió en la violación de su derecho a vivir en un territorio y medioambiente sano y equilibrado.

La audiencia inició con el pedido del Juez hacia el Presidente de la Organización Fronteriza Awajún de Cajamarca (ORFAC), Albercio Bazán, quien explicó que la demanda responde la aparición de peces muertos en el Río Chirinos, uno de los afluentes de la cuenca hídrica del territorio del pueblo awajún de Cajamarca, y que además constituye un límite natural entre sus dos comunidades Supayaku y Naranjos.

Bazán dio a conocer que pese a que esta población forma parte de la comunidad adyacente al proyecto minero, Águila Dorada y el Estado solo consideraron como zona de influencia a la Comunidad Nativa de Naranjos y no a la Comunidad Nativa de Supayaku. Asimismo, el representante de ORFAC remarcó que el Río Chirinos, provee agua a ambas comunidad; de manera que los desechos químicos producto de la actividad minera han afectado a todos los que viven alrededor del río.

“Nadie sabe lo que hemos pasado durante dos años, sin comer pescado, sin poder bañarnos, lavar, ni pescar en el río… lo que sienten nuestras madres y niños. Aquí tienen supermercado, nuestro mercado es el río”, añadió Bazán.

Que dice la defensa

A su turno, el abogado defensor y director de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz), David Velazco, argumentó que la comunidad de Supayaku tiene Derecho a la Consulta Previa, libre e informada por ser parte del pueblo indígena y originario Awajún, que además está reconocido en la base de datos del Ministerio de Cultura, al poseer titulación desde el año 1977.

“Solicitamos la nulidad de la resolución de aprobación del proyecto de exploración Yagku Entsa que autoriza el inicio de actividades de exploración, la nulidad de la resolución de aprobación automática de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentado por Exploraciones Águila Dorada S.A.C. y la suspensión de las actividades de dicha empresa”, indicó el abogado.

Que dice la parte demandada

Por su parte, la Procuraduría Pública del Ministerio de Energía y Minas (MEM), alegó que la demanda era improcedente, en tanto la comunidad pudo haber refutado la aprobación de la DIA. Ante esto el juez corroboró que dicho procedimiento es posible, siempre y cuando la comunidad conozca sobre el proyecto minero, por lo que el magistrado  preguntó al MEM cómo es que habían informado a las comunidades sobre el mismo.

En respuesta, el Procurador señaló que “Todo se publica en el Diario Oficial El Peruano”, y agregó que “Si ellos (la comunidad) sabían que se estaban realizando actividades en la zona, bien pudieron haberse acercado a pedir información”.

Ante ello, el juez precisó que en el expediente consta un informe del Laboratorio Regional del Agua del Gobierno Regional de Cajamarca, en el que se confirma la presencia de aceites grasos y fenoles en el agua del Río Chirinos, por encima de los límites permisibles para el consumo humano; a lo que el abogado del MEM respondió: “Bueno, pero sabemos quién es el Presidente Regional de Cajamarca y su posición frente a la minería”, respuesta que sorprendió de sobre manera a los representantes Awajún, como al equipo legal y defensor.

Irresponsabilidad

Para Fedepaz, es irresponsable y poco conocedor de nuestra realidad, el considerar que la publicación en un diario oficial –que es de circulación limitada– es un medio idóneo para explicar el impacto de un proyecto minero en los territorios de una comunidad nativa. De igual modo, resulta ligero y suspicaz aquel comentario sobre el informe del Laboratorio Regional del Agua de Cajamarca, como si el Presidente Regional de esta región fuese el responsable del análisis de muestras de agua.

“Los representantes de Supayaku, el abogado que asume la defensa legal y todo el equipo de Fedepaz que acompaña el caso, llaman la atención sobre el manejo irresponsable y poco transparente que empresas mineras como Exploraciones Águila Dorada SAC tienen, respecto al sustento real del impacto de sus operaciones en territorios habitados por pueblos originarios, como en este caso. Al margen de que dichas empresas se ven favorecidas por un marco legislativo que facilita y promueve sus operaciones, confiamos que la justicia peruana priorice ante cualquier interés, el derecho a la consulta previa y a un medioambiente sano y libre de contaminación de los pueblos indígenas del Perú”, indicaron en una nota de prensa respecto a este caso.

DATOS:

La parte demandante integrada por los representantes de la comunidad nativa Awajún de Supayaku, el Apu Rodolfo Akintui y el cuya defensa legal realizó el abogado David Velazco Rondón de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – Fedepaz. Por la parte demandada, representado por el Procurador Público del  Ministerio de Energía y Minas.

 

Fuente / Foto: Fedepaz

DEL 9 AL 20 DE MAYO

  • Presidente de este espacio, Álvaro Pop, señala como principal problema la consulta tras aprobación de proyectos extractivos

Desde este martes 9 de mayo, más de mil indígenas de distintos lugares del mundo se encuentran en la sede de Nueva York de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), para participar en la 15ª edición del Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas. La agenda a desarrollarse hasta el 20 mayo, propone analizar los escenarios de paz y de conflicto en el contexto de las tierras, territorios y recursos de los pueblos indígenas, así como de sus derechos e identidades.

Precisamente, en una reciente visita a Perú, la Relatora Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, Victoria Tauli-Corpuz, declaró que “existe una gran brecha entre la legislación peruana y la protección del territorio indígena”. Asimismo, se sorprendió más cuando se enteró del conjunto de leyes conocidas como el “paquetazo ambiental”, el cual debilitó a instituciones ambientales y flexibilizó la fiscalización ambiental a empresas extractivas.

“Nuestro propósito es que el Foro promueva el diálogo intercultural y el respetuoso encuentro de las culturas. Porque es algo que no tenemos”, remarcó Álvaro Pop, el líder activista maya que es el nuevo presidente de este Foro ONU indígena.

En ese sentido, Pop indicó la importancia de analizar y actuar sobre las condiciones de enfrentamiento y descalificación que viven los pueblos indígenas, las cuales son fuente primaria de los grandes y pequeños conflictos.

De igual modo, el guatemalteco resaltó que la avaricia del sistema económico internacional es uno de los factores que llevan al incumplimiento de compromisos como el llamado consentimiento libre, previo e informado. Es decir, que los pueblos indígenas sean informados y consultados «antes» de tomar medidas administrativas que les puedan afectar.

«Uno de los temas que tendrá mayor resonancia en los próximos tiempos será el aumento de la incomodidad de las comunidades ante el abusivo incremento y despliegue de obras, de instalaciones hidroeléctricas, exploraciones y explotaciones de recursos en territorios indígenas», aseveró Pop en entrevista con El País de España.

Como una de los temas más recurrente en el estallido de conflictos a nivel mundial, Pop subraya la consulta posterior a la instalación de infraestructuras o la explotación de las tierras, lo cual conlleva a la violencia, problemas y abusos por parte de las empresas y los Estados.

«Los pueblos indígenas tienen mecanismos propios para su toma de decisiones. La legitimidad es lo importante, y en ocasiones surge de la forma ancestral en que la autoridad ha sido delegada. Por eso es recomendable hacer una consulta de la consulta: preguntar a las comunidades sobre cómo quieren ser preguntadas”, agregó a El País.

El Foro Permanente también tratará temas relacionados con los jóvenes indígenas, salud, educación, lenguas, derechos humanos, desarrollo económico y social, medio ambiente y cultura. El presidente entrante de dicho evento, Álvaro Pop, manifestó que se buscará concientizar sobre los problemas particulares que enfrentan las comunidades indígenas en los conflictos, y sobre la importante contribución que sus tradiciones y prácticas pueden hacer a la prevención de enfrentamientos y a la paz. Además, dará seguimiento a la Conferencia Mundial de 2014 sobre los pueblos indígenas. La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible y su relación con los pueblos indígenas, será otro tema destacado en el evento.

Entre las funciones de este Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas es el órgano asesor del Consejo Económico y Social (ECOSOC), que posee el mandato de examinar las cuestiones indígenas en el contexto de las atribuciones del Consejo relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos.

Entre sus funciones se encuentran:

– Prestar asesoramiento especializado y formulará recomendaciones sobre las cuestiones indígenas al Consejo, así como a los programas, fondos y organismos de las Naciones Unidas, por conducto del Consejo.

– Difundir las actividades relacionadas con las cuestiones indígenas y promoverá su integración y coordinación dentro del sistema de las Naciones Unidas.

– Preparar y difundir información sobre las cuestiones indígenas.

DATOS:

  • Se estima que en la actualidad hay cerca de 370 millones de indígenas distribuidos en unos 90 países y, aunque representan menos del 5% de la población mundial, se encuentran entre el 15% de los más pobres.
  • El Foro Permanente se reúne una vez al año durante 10 días hábiles. El primer período de sesiones se realizó en Mayo del 2002 y anualmente las sesiones se las realiza en Nueva York.

 

Fuente: El País / Cooperacción / ONU