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PAQUETAZO AMBIENTAL

  • Congreso tiene un mes para responder esta demanda

Después de casi un año, el Tribunal Constitucional (TC) admitió –a trámite- que 22 artículos de la Ley N° 30230, conocida como el tercer ‘paquetazo ambiental’, son inconstitucionales al vulnerar el derecho de los pueblos indígenas a vivir en un medio ambiente adecuado, así como el de la debida propiedad de sus territorios. Como se recuerda, esta demanda fue interpuesta por diferentes organizaciones indígenas nacionales y de derechos humanos, en abril del año pasado.

“ADMITIR a trámite la demanda de inconstitucionalidad y su ampliatoria interpuesta por más de cinco mil ciudadanos contra diversos artículos de la Ley 30230, que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país (…)”, se concluyó en una resolución emitida el 15 de marzo último.

A inicios del mes pasado, el Tribunal desestimó esta pedido debido a que no se aclaraba la inconstitucionalidad artículo por artículo, luego de esta corrección, el TC finalmente admitió la demanda ciudadana de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 30230.

Es así, que el 14 de marzo los ciudadanos demandantes presentaron un escrito de subsanación en el que se expusieron los argumentos que sustentan la pretensión de declaración de inconstitucionalidad de los artículos 36, 38 al 40, 42 al 51, y la Tercera Disposición Complementaria.

En resumen, dichos artículos (Título III) permiten al Estado -mediante “procedimientos especiales”- entregar tierras a proyectos de inversión, en la ubicación y cantidad que estos requieran para sus actividades, ignorando los derechos de propiedad que asisten a sus propietarios legítimos. De igual modo, atentan contra la Consulta Previa (Convenio 169 de la OIT).

Ahora que el TC admitió la demanda contra ley del ‘paquetazo ambiental’, se espera que el Congreso de la República la revise y se pronuncie en un plazo de treinta días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución.

Cuestión de interpretación

Tras cumplir con la subsanación observada por el TC, la parte demandante aprovechó en presentar una ampliación de la demanda en donde se le solicita al Tribunal, también emitir una sentencia interpretativa -de naturaleza aditiva- que reitere las reglas desarrolladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la prohibición de reconocimiento de derechos en los territorios ancestrales de los pueblos indígenas. Pedido que también fue admitido.

“Esto quiere decir que, se le sugiere al TC que al momento de interpretar la norma (30230) se tome en cuenta que, toda normativa que se dicte en el Perú debe cuidar el marco normativo establecido por la CIDH y la Convención Americana de Derechos Humanos, y que cuida que no se afecten los derechos indígenas. No olvidemos que ello ha sido suscrito por el Estado”, comentó Javier Jahncke de la RED MUQUI.

Vulneraciones de la 30230

Juan Carlos Ruiz, del Instituto de Defensa Legal – IDL, argumentó que esta demanda se sostiene en la vulneración del derecho a la consulta previa, al territorio y al derecho fundamental a un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Y que su objetivo es que el Tribunal Constitucional evalúe si la Ley N° 30230 respeta la Constitución y los tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

David Velazco, director ejecutivo de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ, señaló que se flexibilizan las exigencias de control ambiental, como el tiempo en los procedimientos de evaluación y análisis de los estudios de impacto ambiental, se limita la participación ciudadana en temas de ordenamiento territorial.

VER RESOLUCIÓN

DATOS

  • La demanda de inconstitucionalidad fue elaborada en parte por la RED MUQUI y otros miembros del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas.
  • RED MUQUI, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – CNDDHH, el Pacto de Unidad de organizaciones Indígenas del Perú, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP, y la Pastoral de la Tierra del Vicariato de Yurimaguas, recolectaron a nivel nacional cerca de 10 mil firmas, para solicitar la acción de inconstitucionalidad ante el TC.
  • Diversas organizaciones de la sociedad civil, nacionales e internacionales, están pendientes de este proceso que el TC deberá resolver.
  • En junio del 2014, la Comisión Permanente del Congreso aprobó un tercer paquete de medidas económicas (Ley 30230) remitidas por el Ejecutivo.
  • La Ley 30230 perdona por tres años las multas a mineras y petroleras que hayan incurrido en infracciones ambientales.

EN FORO ELECTORAL

  • Perú Posible, Peruanos Por el Kambio, Todos por el Perú, Frente Amplio y Acción Popular debatieron con Sociedad Civil

Durante el Foro Electoral: Políticas públicas sobre pueblos indígenas, cinco candidatos al Congreso coincidieron en algunas medidas para prevenir la conflictividad socio ambiental a través del diálogo y articular los planes de desarrollo, tomando en cuenta las necesidades de las comunidades indígenas que se encuentran en zona de influencia, sea minera o petrolera.

Los postulantes al Legislativo aceptaron la invitación de la Sociedad Civil para dar a conocer sus propuestas en favor de los pueblos indígenas, sobre los siguientes temas: Consulta Previa, recursos naturales (agua), comunidades y seguridad territorial y conflictos socio ambientales.

Isabel Montalvo (Número 13 de Perú Posible)

La candidata al Congreso por Perú Posible, Isabel Montalvo, comentó que su agrupación política propone restituir al Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblo Andinos, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA) como ente autónomo, y no como parte del Ministerio de Cultura.

Según refirió Montalvo, este organismo debería estar encargado de conducir los procesos de diálogo con las comunidades andinas y nativas.

Montalvo también planteó que los programas de innovación y asistencia técnica dirigidos a las tierras agrícolas y así fomentar la agricultura familiar de las comunidades.

Fiorella Molinelli (Número 14 de PPK)

La candidata al Congreso de Peruanos Por el Kambio, Fiorella Molinelli, señaló que una política de «adelanto social», permitiría que las comunidades directamente afectadas por las industrias extractivas, obtener los beneficios desde antes de la ejecución de un proyecto minero o petrolero.

En cuanto al tema de seguridad territorial de los pueblos indígenas, La candidata al Congreso de Peruanos Por el Kambio, Fiorella Molinelli dio a conocer que el plan de gobierno de su partido, plantea el programa «propietario firme» para la titulación de un millón de predios agrícolas, junto con un programa de reforestación de la sierra que comprendería una eventual inversión de 50 millones de soles al 2021 con un millón de hectáreas. De igual modo, Molinelli, se refirió a la unificación del escaneo digital de tierras para lograr un mejor proceso de ordenamiento territorial y generar un sistema de acceso a la propiedad y con un solo ente organizador, además del COFOPRI y el MINAGRI.

Pedro Gamio (Todos Por el Perú)

El representante del equipo técnico de Todos Por el Perú, Pedro Gamio, señaló que para evitar los conflictos sociales, hace falta coordinar con los gobiernos locales y regionales un plan de desarrollo y de ordenamiento territorial (OT) que esté avalado por una organismos de OT que indique las prioridades de cada zona del país.

Gamio consideró que es necesario involucrar a los actores sociales de los territorios en el plan de desarrollo local y regional, y así enfrentar los conflictos. Asimismo, se mostró a favor de respetar la decisión de las comunidades que se oponen a un proyecto, por el respeto a los derechos humanos y el bien de la gobernabilidad.

Javier Torres (Número 36 del Frente Amplio)

El candidato al Congreso por el Frente Amplio, Javier Torres, expuso que avanzar en la seguridad territorial de las comunidades indígenas, hace falta que la política de ordenamiento territorial esté armonizada con los planes de vida que se trabajan desde las comunidades, además de algunos cambios en las leyes que tienen que ver con planes de desarrollo como la ley de municipalidades y gobiernos regionales.

Además remarcó que para garantizar la titulación se debe avanzar en el reconocimiento y contabilizar comunidades indígenas tiene nuestro país.

Torres indicó que entorno a los pueblos indígenas, el Frente Amplio propone derogar las leyes que criminalizan la protesta, así como continuar con los avances en la aplicación de la Ley de Consulta Previa.

Augusto Rey (Número 11 de Acción Popular)

Para el candidato de Acción Popular, Augusto Rey, es importante seguir impulsando el proceso de Ordenamiento Territorial. Resaltó que el partido al que representa cree en la indutrialización y sustentación, pero sin criminalización de la protesta, ni compra de dirigentes sociales. Plantear una democracia y plenitud de derechos a partir de la consulta previa, así como una atención a cada caso particular de las comunidades que se oponen o reclaman mejores condiciones por parte de las empresas extractivas.

El panel de la Sociedad Civil, estuvo integrado por Fánel Guevara (Instituto de Promoción para la Gestión del Agua-IPROGA), Javier Jahncke (RED MUQUI), Richard Smith (IBC Perú) e Ismael Vega (CAAAP). Mientras que en el panel de periodistas especializados nos acompañaron Nelly Luna (Ojo Público), Rafael Ponte (Servindi) y Magali Zevallos (Gran Angular).

El Centro de Antropología Aplicada Amazónica del Perú (CAAAP), RED MUQUI y Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú, organizaron este encuentro dirigido a candidatos al Congreso de la República, con el objetivo de promover un debate informado además de profundizar en los planes y proyectos políticos.

En el marco de la campaña “Volvamos a las propuestas”, RED MUQUI viene difundiendo los planteamientos que los diferentes partidos políticos a través de su canal de YouTube: http://ow.ly/ZS1DZ

 

Fotos: Comunicaciones RED MUQUI

CON DEMANDA DE AMPARO

• Hace 18 meses suscribieron acta de consulta y Ejecutivo no cumple con acuerdos

La Defensoría del Pueblo y las organizaciones indígenas nacionales presentaron una demanda de amparo contra la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y el Ministerio de Salud (MINSA), solicitando que se cumpla con emitir el Decreto Supremo sobre la Política de Salud Intercultural, en atención a los acuerdos suscritos el 12 de setiembre del 2014 entre el Estado y los representantes de los pueblos indígenas, durante el proceso de consulta previa llevado a cabo con relación a dicha medida.

El Defensor del Pueblo (e), Eduardo Vega Luna, señaló que la demanda fue presentada a solicitud de los pueblos indígenas consultados ante la excesiva demora en la aprobación del Decreto Supremo. “Han transcurrido 18 meses desde la suscripción de los acuerdos del proceso de consulta. Nuestra institución y los pueblos indígenas hemos remitido diversas comunicaciones a la PCM y al MINSA. Sin embargo, hasta la fecha, no hemos obtenido respuesta”, puntualizó.

El representante de la Defensoría del Pueblo indicó que “dicho proceso constituye una valiosa experiencia de dialogo para la construcción de una política nacional orientada a reducir las brechas que han impedido a los pueblos indígenas recibir una atención de salud adecuada y con enfoque intercultural”.

La sustentación de la demanda presentada hoy señala que los pueblos indígenas conforman uno de los grupos humanos más olvidados y postergados por el Estado. Por ello –en comparación con otros grupos- presentan la expectativa de vida más baja, la mortalidad materna y neonatal más alta, así como la mayor desnutrición infantil y el menor número de partos atendidos por profesionales de la salud.

“Es tan deficitaria la atención de salud que el 51.2% de las comunidades nativas carece de algún tipo de establecimiento. Esto es un serio problema porque a las diversas epidemias presentes en contextos indígenas como las enfermedades diarreicas agudas o la malaria se sumen otras nuevas como el VIH, la hepatitis B o la tuberculosis, que no están siendo adecuadamente atendidas”, resaltó el Defensor del Pueblo.

Por su parte, Daniel Sánchez Velásquez, jefe del Programa de Pueblos Indígenas, subrayó que “el no reconocimiento de las necesidades y prácticas de las comunidades no contribuye a superar las barreras culturales y las posibles situaciones de discriminación que se presentan en la atención de salud. Una de las quejas más frecuentes recogidas en reuniones con representantes indígenas es que el personal de salud no habla su lengua y no conoce su cultura”, indicó.

Sánchez recordó que corresponde al Poder Ejecutivo cumplir con su compromiso de aprobar la Política de Salud Intercultural que fue consultada, a fin de garantizar que los pueblos indígenas cuenten con servicios de salud de calidad y debidamente abastecidos. “El servicio de salud debe contar con personal capacitado -que no discrimine, que comprenda sus dolencias- y bien remunerado. Asimismo, la distribución del personal sanitario tiene que considerar las condiciones geográficas, la dispersión y la escasa densidad poblacional”, agregó.

La demanda cuenta con el respaldo de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP), la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP), la Confederación Campesina del Perú (CCP), la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP), la Confederación Nacional Agraria (CNA) y la Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA).

Fuente / Foto: Defensoría del Pueblo

AFIRMA OXFAM EN PERÚ

El representante de OXFAM en el Perú, Vladimir Pinto, indicó que una reglamentación del derecho a la Consulta Previa no permite que el Estado pueda comprender, de manera más amplia, este derecho propio de los pueblos indígenas.

“Resulta un asunto complejo, porque entrar en detalles restringe el entendimiento de este derecho. Creo que el camino de la reglamentación no es recomendable para otros países, que lamentablemente están pensando en ello como Colombia, Brasil y México, donde se discute como reglamentar el derecho a la consulta”, aseguró Pinto.

Si bien, resaltó que el Perú es un ejemplo en Latinoamérica por ser el país que tiene una ley reglamentada, así como protocolos y modificaciones en los textos de procedimientos de algunos sectores, ello no asegura el éxito de un proceso de consulta.

“Se ha hecho mucho trabajo normativo. Se ha creado una institucionalidad ADHOC, y ello es una forma homogénea de hacer las cosas, sin embargo, tenemos una entidad rectora en el Estado, pero al final cada ente tiene su propio mecanismo específico de implementar las consultas”, consideró.

Para el representante de OXFAM en nuestro país, el éxito de un proceso de consulta previa radica el plan de consulta para cada proceso específico.

“En el Perú, durante los distintos procesos de consulta que se han desarrollado, lo que determina el éxito de las consultas es el plan de consulta porque eso es lo que realmente se negocia. En la mayoría de los casos, estos planes van más allá del reglamento, y con ellos se ha llegado a modificar cosas que, incluso, están específicamente normadas”, señaló.

Durante su intervención en el evento de OXFAM “¿Quién tiene el derecho a decidir? Tendencias sobre la Consulta Previa y el consentimiento comunitario en los sectores de petróleo y minería”, Vladimir Pinto, resaltó el buen resultado que ha traído la consulta previa en aprobación o modificación de leyes de alcance general.

“Los casos de Consulta Previa sobre temas generales que son los que mejor funcionan, más que los casos específicos de afectación. En el Perú tenemos la reglamentación de la ley forestal, el plan nacional de salud intercultural, en donde hubo un dialogo real entre el Estado y las organizaciones y con cambios significativos entre la norma originalmente planteada”, comentó.

De igual modo, Pinto sugirió que el manejo de la cultura de la consulta previa no puede estar solo en un sector del Estado, sino que cada una de las partes involucradas en el proceso debe tener un especialista en la materia, así como un entendimiento básico de los derechos de los pueblos indígenas.

En respuesta, la Directora de Consulta Previa del Ministerio de Cultura, Ángela Acevedo, puntualizó que el reglamento ayuda a determinar que se consulta todo aquello que tiene afectación directa sobre los pueblos indígenas, es decir un cambio en la situación jurídica y el ejercicio de un derecho.

“Es un gran reto explicarle a un funcionario como es que la afectación directa de los derechos colectivos y cómo eso ayuda a identificar qué es lo que se consulta”, explicó.

En cuanto a la identificación de pueblos indígenas, Acevedo dijo que el Perú cuenta con una base de datos referencial y que se va a actualizando de acuerdo a los trabajos de campo que el Estado realiza en las comunidades indígenas. Esto se debe a que en los censos poblaciones no se ha recogido información sobre ello.

La representante del Ministerio de Cultura, también aseguró que cuando se implementa el derecho a la consulta, surgen agendas que no están relacionadas al proceso o a lo que se está discutiendo en un caso particular.

“En consulta previa se discute sobre una medida que afecta el derecho colectivo. Hay una agenda indígena y otros temas pendientes que no necesariamente se van a debatir en un proceso de consulta previa. La consulta no es el remedio para los temas históricos, de titulación, acceso a la educación, salud, entre otros”, aclaró Acevedo.

DATO:

Vladimir Pinto (OXFAM Perú) y Ángela Acevedo (Ministerio de Cultura) participaron y comentaron el contenido de dos informes: «Derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en América Latina», y «Índice de consentimiento de las comunidades 2015». Ambos documentos fueron presentados en el evento “¿Quién tiene el derecho a decidir? Tendencias sobre la Consulta Previa y el consentimiento comunitario en los sectores de petróleo y minería”, realizado en el marco del EITI y organizado por OXFAM y el Ministerio de Cultura.

 

FOTO: Captura YouTube RED MUQUI

EN LATINOAMÉRICA

  • Indica último de estudio de OXFAM y DPLF en seis países
  • Poder Judicial cumple con darle más contenido legal al derecho a la consulta

En Latinoamérica, el vacío político es el común denominador entre las entidades encargadas del proceso de consulta, lo cual dificulta imponer ciertas decisiones en otras instituciones públicas, fue una de las grandes conclusiones del informe «Derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en América Latina», elaborado por OXFAM y la Fundación para el Debido Proceso (DPLF).

Durante el evento internacional de Oxfam en el marco del EITI, “¿Quién tiene el derecho a decidir? Tendencias sobre la Consulta Previa y el consentimiento comunitario en los sectores de petróleo y minería”, Daniel Cerqueira, Oficial de Programas Senior de DPLF fue el encargado de presentar los hallazgos de este reciente estudio.

El informe cubre a los países de Guatemala, Colombia, Brasil, Bolivia, Perú y Chile, y está dirigido a los gobiernos ya que se orienta a cómo se puede perfeccionar los procesos de consulta. A nivel de Latinoamérica, Cerqueira ofreció un diagnóstico sobre se cumple el derecho a la consulta previa y acerca de las entidades encargadas de la misma.

Cómo estamos en Latinoamérica

Es así que solo Bolivia reconoce constitucionalmente, el derecho a la consulta. En el caso de Chile y Costa Rica, no se le reconoce ningún derecho a los pueblos indígenas, ni hace mención en sus constituciones. Por su parte, los países restantes (del estudio) tienen una serie de disposiciones que reconocen una serie de derechos conexos que de alguna forma han sido regulados por sus poderes.

Una de las conclusiones, es que lo común entre los 6 países del informe, es el rol que cumple el  Poder Judicial para llenar de contenido a este derecho. Ello está más presente en Colombia, donde toda decisión en torno a la consulta previa, tiene fundamentos en la Corte Institucional, mientras que en el caso peruano, destaca el Tribunal Constitucional.

Ámbito de aplicación y sujetos de la consulta

El informe da cuenta de que en Bolivia por ejemplo, excluye a la consulta en los procesos de exploración de la minería. De igual forma, se evidencia que muchas medidas legislativas tienen afectación directa en los pueblos indígenas, y no se toma en cuenta que según la legislación internacional, estas medidas también deberían ser sometidas a consulta si se considera que van a vulnerar los derechos.

Problemática de entidades encargadas

Según el estudio OXFAM-DPLF una de las entidades que más pasa por falta de apoyo y fuerza política son los ministerios de Cultura, encargados de tutelar los derechos indígenas. Un caso a resaltar es el de Brasil y la Fundación Nacional del Indio cuyos presidentes tienen cargos temporales y en su mayoría son técnicos, no ejercen política.

A esto se suma la falta de de articulación y descentralización de las entidades encargadas de la consulta, así como la falta de recursos para llevar a cabo los procesos, etc. Otra dificultad es que no cuenta con equipos multidisciplinarios, sino de más abogados.

“Lo más sencillo de resolverse con los temas legales. Lo complicado son los temas interculturales de por medio. No se encuentran funcionarios propiamente indígenas”

De igual forma, se recomienda que otros organismos que velan por los derechos humanos, como la Defensoría del Pueblo, emitan mayores recomendaciones y de esta manera puedan denunciar incumplimiento de los estándares de consulta previa durante los procesos.

En el caso de las entidades encargadas del proceso de consulta, Colombia es el único país que tiene una dirección nacional de Consulta Previa. Sin embargo, pasa por centralizar muchas cosas, además de tener restricciones constitucionales y jurisdiccionales.

En el caso de Brasil, al ser una república federativa, el congreso no puede centralizar a una entidad especializada, ciertos procesos de consulta que son competencia de algunos municipios federales. En el caso de las consultas descentralizadas que se encuentran en la mayoría de países del estudio, se ve como estas se inclinan por las empresas públicas o privadas, esa es una tendencia. Se denomina que la consulta está descentralizada, a que son varias instituciones involucradas en el tema.

DATO

  • La Fundación para el Debido Proceso (DPLF) está conformada por seis integrantes de la Comisión de la Verdad en El Salvador, cuyo aporte ha sido investigar el rol del Poder Judicial en los procesos de violencia en Centroamérica, así como el estudio de la impunidad.
  • Hace unos años esta organización decidió colocar el programa de industrias extractivas y derechos humanos ante los innumerables conflictos sociales en América Latina y que son la cusa de la fractura del estado de derechos y de la democracia.
  • La consulta y consentimiento previo se derivan del Convenio 169, en especial del artículo 6.1 y 6.2, incluso para países que no han ratificado este instrumento, pueden estar vinculados si pertenecen a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, están obligados a consultar a pueblos indígenas.
  • Señala informa anual sobre comunidades indígenas que la Sociedad Civil envía a la OIT
  • Partidos políticos fueron informados sobre agenda indígena pendiente

Otros temas son criminalización de la protesta, cambio climático, salud y educación intercultural y mujer indígena
La necesidad de saneamiento físico legal y titulación de las tierras, así como la efectiva aplicación de la ‪Consulta Previa en comunidades campesinas y nativas, siguen siendo pendientes y de cumplimiento por parte del Estado, así lo indica la última versión del Informe Alternativo 2015 sobre el cumplimiento del Convenio 169 de la OIT.

Por octavo año consecutivo, las Organizaciones Indígenas Nacionales del Perú, con el apoyo del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (al que pertenece RED MUQUI) han recopilado este reporte incluye eventos, procesos y desarrollos jurídicos que han tenido lugar entre julio de 2013 y junio de 2015.

El documento de 90 páginas forma parte del informe que se envía a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la OIT, que revisa el grado de cumplimiento de los convenios internacionales del trabajo. En esta ocasión también fue presentado y entregado a los representantes de partidos políticos quienes también hablaron de su propuestas de gobierno.

VER PROPUESTAS DE PARTIDOS POLÍTICOS

En ese sentido, Jorge Bracamonte, director ejecutivo de la CNDDHH, remarcó el objetivo de tener un diálogo profundo sobre lo que cada agrupación hará, de llegar a gobernar.

La presentación del informe comenzó con la exposición de la agenda indígena nacional a cargo de Ketty Macedo, presidente del Pacto de Unidad (que agrupa a la mayoría de organizaciones indígenas del Perú).

Luego, la presentación de los temas sobre derechos pendientes y de mayor vulneración en el año 2015, estuvo a cargo de Javier Jahncke (Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI), Richard Smith (Director Ejecutivo del Instituto del Bien Común) y Richard O’Diana (Abogado del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica – CAAAP).

Al referirse a consulta previa en minería, Javier Jahncke, señaló que hasta la fecha solo hay tres procesos culminados (Apurímac, Cusco y Ancash), los cuales se han dado en la etapa final de aprobación de los proyectos. En ese sentido el representante de la RED MUQUI recalcó que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) recién realiza la consulta, de manera informativa, y en la etapa de la resolución de inicio de actividades.

Por su parte, Richard Smith se refirió como es que los textos de las leyes (30230 Y 30327) han ido cambiando en desmedro de la territorialidad de las comunidades indígenas en el Perú. Smith explica cómo es que, a través de decretos supremos, el gobierno de Ollanta Humala ha venido invisibilizando a los pueblos indígenas, a lo que se suma la falta de una cifra oficial de número de comunidades y titulación de tierras.

A su turno, Richard O’Diana señaló que no basta con que el Gobierno diga que existen 21 procesos de consulta previa culminados, de un total de 30 iniciados, ya que estos han concluido sus procesos de diálogo, pero «no han culminado oficialmente, la consulta termina con la promulgación de una medida, una medida que es la que se consulta», precisó.

DESCARGAR INFORME

 

Fuente: Comunicaciones RED MUQUI / Servindi

Fotos: RED MUQUI