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El Centro Labor, miembro de la Red Muqui, con el apoyo de la institución Desarrollo y Paz de Canadá, realizaron la semana pasada una jornada de apoyo solidario a las familias afectadas por metales tóxicos que se encuentran en pobreza y extrema pobreza, que no han recibido canastas de los municipios distritales y tampoco el bono de 380 soles del gobierno central. Esta jornada se realizó la semana pasada en los distritos de Simón Bolivar, Yanacancha y Chaupimarca, pertenecientes a la provincia de Cerro de Pasco. Provincia que ha sido afectada ambientalmente por décadas de actividad minera, y que en la actualidad tiene presencia activa de las empresas mineras Volcan – en proceso de transferencia a la empresa Cerro de Pasco Resources-; el Brocal; y Nexa.

Doblemente afectados

Durante la visita del Centro Labor a las familias que identificaron en extrema pobreza se encuentra la familia de la señora Carmen Cristobal del distrito Simón Bolivar, quien señaló: “Yo estoy diagnosticada con plomo en mi organismo y mi hijo también. A la vuelta de la casa está el desmonte minero. Y actualmente no puedo trabajar por esta coyuntura del Covid_19 en la que no podemos salir y porque me encuentro enferma».

También se apoyó a la familia de Rusbel Templadera de la comunidad campesina de Quilacocha, quien se dedica al pastoreo de animales con su esposa. “No nos ha llegado el bono y tampoco podemos reclamar por el estado de emergencia”, manifestó.

La madre de familia Sonia Terrazos del AAHH José Carlos Mariátegui del distrito Simón Bolivar, también señaló que su hija y ella están afectadas por metales tóxicos en su cuerpo, con plomo en la sangre. «Encima no hay trabajo, y ahora estoy arriesgando la vida trabajando en una bodega».

 

 

Provincia afectada

El director de la institución Centro Labor de Pasco, Jaime Silva, nos manifestó que el agua que se consume en Cerro de Pasco “tiene metales pesados; el aire también lo tiene producto de los pasivos ambientales que se encuentran en la ciudad. El tajo abierto en la ciudad de Cerro de Pasco genera afectación al ambiente y al suelo por donde la gente transita”.

En Cerro de Pasco hay diversos estudios internacionales y por parte de CENSOPAS (Ministerio de Salud) que señalan que hay miles de afectados en la región. Si se tomaran muestras a la totalidad de habitantes de la provincia, quizá se encontraría que más de un 80% tiene metales pesados en su organismo.

Empresas mineras continúan trabajando

Durante estos días se ha tomado conocimiento que en el centro poblado de Corquijilca, del distrito de Tinllahuarco, provincia de Pasco, que hay trabajadores mineros en el campamento de la empresa Brocal que deben ser relevados al estar ya más de 30 días trabajando. La comunidad se opone a que ingreses nuevos trabajadores porque esto genera riesgo de contagio de Covid_19 en la comunidad y en el campamento minero. La mayoría de trabajadores de la empresa vienen de Lima, Arequipa, Cusco.

En la provincia de Cerro de Pasco continúan trabajando al 60% las empresas mineras Volcan – en proceso de transferencia a la empresa Cerro de Pasco Resources-; la empresa mencionada, Brocal; y Nexa, que antes era la empresa minera Milpo.

Por: Juan Aste Daffós                                                      

En el Perú hoy, la emergencia por el Coronavirus o Covid19 tiene dos factores que van a determinar el impacto económico, social y ambiental. El primero es la desaceleración de la economía mundial, en particular de China, EEUU y Europa; y el segundo, es el efecto de las medidas aplicadas por la emergencia en salud pública decretada por el gobierno peruano para enfrentar el Coronavirus (Covid19) y la respuesta de la población, las instituciones, las comunidades, los trabajadores, los agricultores, las empresas y las organizaciones sociales en general.

La producción industrial China cayó 13,5% en enero – febrero 2020. La más baja en los últimos 30 años, mientras el consumo interno y la inversión en máquinas y equipos se redujo en un 24,5% y el desempleo aumento de 5.2% a 6.2% de enero a febrero, entendiéndose que la recuperación de su economía no será en pocos meses en la medida que depende de sus más importantes socios: EEUU y Europa; los que no reactivarán sus economías pronto debido al manejo no adecuado de la emergencia por el Covid19. Esta situación presenta precios a la baja de los minerales en el corto plazo, con lo que se afectará la disponibilidad de divisas en el Perú ya que la minería aporta con el 60% del ingreso por exportaciones, ejerciendo una presión para la devaluación y la inflación, subiendo el costo de vida, por lo que el banco central afrontará la situación soltando dólares al mercado.

Sin embargo, la minería tiene una contribución muy baja al financiamiento del presupuesto público, debido a que el ingreso de tributos internos neto de devoluciones que recibe el Estado peruano de la actividad minera es solo del 3.0% en 2015-2019 y constituye el 2.6% de las exportaciones mineras en el mismo período.

El Impacto de la Emergencia por el COVID 19 en la economía peruana

En la actual situación, es difícil establecer la magnitud de la desaceleración de la economía en el Perú, pero sí se puede afirmar que el impacto de la disminución de la demanda de los productos y servicios de exportación, en particular de minerales y el turismo, por parte de China y otros países, será menor en importancia que las consecuencias de las medidas de emergencia; principalmente porque hoy no se sabe cuál es el avance de los resultados ni por cuánto tiempo más se va a mantener el aislamiento social, aunque ya tenemos una prórroga de 13 días más hasta el 12 de abril y, por lo tanto, se prevé un impacto mucho más significativo de la emergencia en la economía que de un shock externo temporal.

En la emergencia actual por el Coronavirus, el impacto de un shock externo temporal será menor que la desaceleración y la recesión interna porque esta afecta a los más pobres y a los informales que viven el día a día y son la mayoría del país, así como a las asociaciones de productores, cooperativas y las micro y pequeñas empresas que usan el crédito y tendrán problemas con la cadena de pagos; a diferencia de los especuladores de siempre que se benefician subiendo los precios de los productos de primera necesidad y las mascarillas en medio de la emergencia. El control de precios y facilidades reales para pagar las deudas son dos demandas que el gobierno tiene pendientes.

Sin embargo, en el manejo de los recursos para atender la emergencia no se evidencia un plan de corto plazo que permita aumentar sustancialmente el gasto público en salud postergando el criterio de la austeridad fiscal por el de salvar la vida de las personas. Es claro que los infectados aumentan y los fallecidos también, pero aún estamos a tientas, aunque asumiendo medidas más radicales, pero se requiere de la cooperación internacional que maneja el tema de salud, como son los casos de los gobiernos de China y Cuba.

La otra cara, está en la reducción del impacto ambiental, pero no por acción sino por omisión, al disminuir al mínimo el transporte y la emisión de gases y generarse un aire menos insalubre en las ciudades; pero no ocurre lo mismo con la actividad minera como se verá más adelante.

La Minería y la Emergencia por el COVID 19

El viernes 20 de marzo el presidente Vizcarra afirmó que no había sido “presionado” por la Confiep para permitir que las empresas mineras operen normalmente desde la extracción del mineral hasta su embarque en el puerto en plena emergencia por el Covid19. Y señaló que “algunas (unidades mineras) tienen operación remota porque están lejos, donde está la mina, y está confinada. El concepto de estas unidades es de aislamiento social, con lo que cumplen la norma”.

Luego el presidente Vizcarra completó su argumentación diciendo que las compañías que estén trasgrediendo la norma al permitir la libre entrada y salida de sus trabajadores serán sancionadas, siempre que no hayan dispuesto garantizar la presencia únicamente del personal mínimo requerido para el normal funcionamiento de las operaciones. (Véase diario Gestión del 23 de marzo 2020).

En resumen, para el presidente Vizcarra, las operaciones mineras remotas o aisladas socialmente cumplen la norma y pueden funcionar normalmente sin ser sancionadas una vez que hayan garantizado trabajar con el personal mínimo requerido. Sin embargo, el aislamiento social en un campamento no se da en condiciones de funcionamiento normal de las actividades mineras, cualquiera que sea su ubicación; porque los trabajadores van y vienen de sus ciudades de origen o residencia, ya que laboran bajo los sistemas de 20 días de trabajo por 10 días de descanso en que comparten con sus familiares (20*10) o también utilizan el 14 * 7.

De esta manera, el primer ministro Zevallos ha quedado desairado porque el lunes 16 de marzo precisó, que todas las actividades, incluidas la minería y la agroexportación, quedaban paralizadas al igual que todas las actividades económicas del país, con la excepción de las actividades esenciales vinculadas a los centros de abastecimiento de alimentos, energía, medicinas (farmacias), y hospitales. (Véase el diario “La República” del 16 marzo 2020). Esta declaración del primer ministro fue corregida el mismo lunes 16 de marzo por la presidenta de la Confiep, María Isabel León, en declaraciones a Patricia del Río de RPP, donde afirmó que las mineras no podían parar y que aún estaba por concertarse un acuerdo en la reunión con la ministra del MINEM ese mismo lunes.

Oh sorpresa, al día siguiente, martes 17 de marzo, la ministra de energía y minas, Susana Vilca Achata, emite un comunicado en el que se señalaba que el MINEM había obtenido la conformidad del MEF a la propuesta de actividades mineras y conexas que estaban exceptuadas de paralización en la emergencia nacional, de acuerdo al literal l del numeral 4.1 del artículo 4 del DS 044-2020-PCM, a través del oficio N° 059-2020-EF/10.01 del MEF del mismo día 17 de marzo, dado por la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva Luperdi. Todo el mismo 17 de marzo 2020: ¡¡que rapidez cuando se trata de los intereses mineros!!

Veamos que dice el literal l, numeral 4.1 del artículo 4 del D.S. N° 044-2020-PCM que rubrica el Primer Ministro Zeballos:

“l) Por excepción, en los casos de sectores productivos e industriales, el Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el sector competente, podrá incluir actividades adicionales estrictamente indispensables a las señaladas en los numerales precedentes, que no afecten el estado de emergencia nacional.”

Pero, ¿cuáles son las actividades esenciales en la actividad minera, sea de minería subterránea o de tajo abierto? He aquí el comunicado del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP) del 16 de marzo 2020 que informa que entre las actividades esenciales a mencionar están:

  • Control de la operatividad del sistema de suministro de energía, que a su vez genera estabilidad al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional.
  • Funcionamiento a plena capacidad de las plantas de tratamiento de aguas industriales.
  • Control de la estabilidad física, que incluye el pleno funcionamiento de los sistemas de drenaje, actividades de estabilidad y monitoreo de las presas de relaves.
  • Funcionamiento a plena capacidad de los sistemas de drenaje, ya sea en minas subterráneas o a tajo abierto.
  • Plena operatividad de los sistemas de ventilación en minas subterráneas.
  • Vigilancia a capacidad plena de los almacenes de explosivos e insumos químicos fiscalizados.

Luego, el 19 de marzo, el IIMP saluda el comunicado y el oficio 059 del MEF y añade dos insumos para el tratamiento de aguas industriales (cal viva y peróxido de hidrógeno) y dos para el sostenimiento de minas subterráneas (cemento y agregados de construcción).

Pero el comunicado del MINEM se refiere a “operaciones críticas” y no a actividades esenciales, señalando que la aprobación de las excepciones de paralización se daba “a fin de garantizar el sostenimiento de operaciones críticas con el personal mínimo indispensable, en condiciones de seguridad, salud y ambiente, en los siguientes términos:

Actividad minera y otras actividades conexas, que incluye: explotación; beneficio; cierre de minas; construcción de proyectos mineros declarados de interés nacional; transporte de minerales por medios no convencionales; así como transporte y almacenamiento de concentrados y productos minerales transformados”.

Luego el comunicado del MINEM señala las disposiciones que cumplirán las empresas mineras durante la cuarentena, y determina que trasladen al personal indispensable propio y de contratistas para realizar sus “operaciones críticas”, que cumplan con las medidas de emergencia, monitoreo y seguridad, y que con sus hospitales y clínicas privadas, cumplan con “el protocolo aprobado por el MINSA para prevenir, contener y mitigar el contagio del COVD 19, en el marco de las acciones de control sanitario”.

Y, al final el comunicado del MINEM, remarca, que de acuerdo a los numerales 8.3 y 9.3 del DS 044-2020-PCM de emergencia por el Coronavirus, “los titulares mineros se encuentran facultados para continuar con el transporte de concentrados de minerales, metal refinado, cátodos, doré, y otros, carga y mercancías y actividades conexas para asegurar las operaciones y el ciclo logístico.” En otras palabras, las empresas mineras pueden realizar todas sus actividades desde la extracción del mineral hasta el puerto de embarque.

Las “operaciones críticas”, solo están referidas en el actual marco legal cuando se trata del funcionamiento de los “Activos Críticos Nacionales” y así lo precisa la propia presidenta de la Confiep, María Isabel León, cuando en la nota de prensa de Perú 21 del 25 de marzo 2020 titulada “Confiep afirma que pedido para que mineras puedan seguir operando “fue malentendido» y señala que “se trataba de cubrir activos críticos que necesitaran un stock mínimo de personal, dentro del cumplimiento de garantías de salud y seguridad para ellos».  Pero ¿una, varias o todas las unidades mineras pueden ser consideradas un “Activo Crítico Nacional”?

La respuesta es NO, porque de acuerdo al D.S. N° 106-2017-PCM, los llamados “Activos Críticos Nacionales” están definidos como “aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales o que están destinados a cumplir dicho fin. La afectación, perturbación o destrucción de dichos activos no permite soluciones alternativas inmediatas, generando grave perjuicio a la Nación.” Es decir, solo pueden ser “Activos Críticos Nacionales”, por ejemplo, un puerto de embarque o un aeropuerto de importancia nacional o la infraestructura del Sistema eléctrico interconectado nacional para la transmisión de energía para el país.

Esto nos lleva a la pregunta: ¿la minería es una actividad de interés nacional y, en consecuencia, puede ser considerada como un Activo Crítico Nacional? Si para la Confiep y la Sociedad Nacional de Minería la respuesta es afirmativa, entonces siempre las empresas mineras realizarán sus actividades normalmente desde la extracción de minerales hasta el puerto de embarque y salida del Perú.

¿Que se puede concluir?  

La emergencia por el Covid 19 y otras epidemias o pandemias que vendrán, refuerzan la necesidad de que el Estado con la participación de las poblaciones organizadas en sus territorios haga respetar su autonomía y la soberanía sobre los bienes naturales y no naturales, así como, que sea garante de un ambiente sano para salvaguardar la salud y la vida de las personas. Tiene que haber una visión más integral y territorial frente al Covid19.

Se requiere un plan de salud pública y un presupuesto mucho mayor para enfrentar el Covid19; desde la superación de esta emergencia en el corto plazo, el ingreso a la etapa del control del virus hasta la fase de aplicación de la vacuna identificada, y pensando en las emergencias similares que surgirán en los próximos 10 años. Esto supone aumentar sustancialmente el gasto público en salud, sin la restricción de la austeridad fiscal.

Se deben priorizar las actividades sostenibles que diversifiquen y dinamicen la economía interna de las regiones desde organizaciones de interés colectivo que persigan el buen vivir y permitan superar las limitaciones de la dependencia de la exportación minera, que en definitiva no es una actividad de interés nacional o por encima de las demás.

La actividad minera no debe ser considerada una operación crítica o de interés nacional y, por lo tanto, no se debe considerar a la unidad minera como un Activo Crítico Nacional. Deben salvaguardarse los derechos, la salud y la vida de los trabajadores mineros y sus familias asegurando que cumplan con el aislamiento social, garantizando condiciones de protección de la salud a los trabajadores que laboran en actividades esenciales, bajo la supervisión de Sunafil.

Los compromisos de colaboración entre los gobiernos y pueblos de América Latina y el Caribe, Asia, Europa, EEUU y otros países del mundo para enfrentar esta pandemia y otras, que de seguro vendrán en el futuro cercano, conjuntamente con los efectos del cambio climático, se puede convertir en uno de los escenarios donde ya nada será igual después de la emergencia del COVID 19.  Hoy se requiere con urgencia de la cooperación internacional que maneja el tema de salud, como son los casos de los gobiernos de China y Cuba.

 

ANEXO: ¿La minería no debe parar porque es de «interés nacional»?

 

Completamente falso, la minería solo aportó el 3% del total de ingresos tributarios internos neto de devoluciones del Estado Peruano para 2015-2019, su aporte al PBI es similar, su efecto multiplicador en la minería es cada vez más débil y el estudio para 1960-2011 «Hacia un desarrollo inclusivo. El caso del Perú», Cepal, OIT,2014, concluye que la economía peruana “ha pasado de un modelo primario exportador semindustrial a uno primario exportador y de servicios» (pág. 40 del estudio) y mientras el IPE (2017) y Macroconsult (2012), financiados por la sociedad nacional de minería, concluyen en sus estudios que por cada puesto de trabajo en la minería se generan 9 y 4 empleos indirectos, respectivamente, mientras en Chile, la International Copper Association (ICA) realizó el estudio “Impacto Económico y Social de la Minería del Cobre en Chile” para 1990-2016 y concluyó que por cada puesto de trabajo en la minería se generan 3.7 empleos indirectos. Creemos más en la seriedad de los estudios en Chile que los estudios pagados por los propios dueños de las minas en el Perú. En empleo directo, la minería solo aporta con el 1.1% de la PEA para 2012-2019. O sea, genera muy poco empleo directo e indirecto, siendo un 67% eventuales de contrata y de preferencia son de regiones distintas a las que realizan su trabajo. En realidad, su principal aporte es que las exportaciones mineras son el 60% del ingreso por exportaciones y sirven para disponer de dólares para las importaciones, afectando cada vez más a los productores nacionales y a la generación de empleo e ingresos, sin contar el valor del impacto ambiental, económico y social que causan en su entorno. Si la minería genera pocos puestos de trabajo directos e indirectos, aporta muy poco en tributos, la disponibilidad de divisas fomenta el circulo vicioso de la dependencia de las importaciones y no asume el valor del impacto ambiental que genera, matando biodiversidad, ríos, la producción y el empleo, así como afectando irreversiblemente a los trabajadores mineros y a la población de su entorno en el Perú, ¿sabes para lo que sirve la minería en Perú, además de favorecer a las transnacionales y a las productoras mundiales de tubos para construcción, cables, autos, computadoras y otros?, para que abandonemos el impulso del turismo ecológico, arqueológico y vivencial, que dinamizan la producción agroalimentaria, los productos de la medicina natural, y la gastronomía, asociados con todos los servicios de transporte y hotelería y el comercio que ello implica, generando empleo masivo en asociaciones de productores y comerciantes, cooperativas, y otras formas de organización colectiva de la producción.

 

¿Por qué el sector minero no puede parar sus actividades si estas no son esenciales según los criterios de salud y alimentación de la población establecido en el Decreto Supremo 044-2020-PCM?

Por: Beatriz Cortez S. / Equipo de Red Muqui

En diciembre de 2019 se encontró el primer caso de Covid-19 en Wuhan, una de las ciudades más grandes del centro de China. A la fecha, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado la pandemia con un total de 160 países que reportan contagios. El virus se sigue propagando por todo el mundo y a excepción de China, las estrategias de contención que los demás países desarrollan no está funcionando; es decir se siguen reportando miles de casos más y el virus se sigue propagando. En Italia la situación es muy dura, el sábado 21 de marzo se reportó la muerte de 793 personas en un solo día a causa del virus, el record a nivel mundial de muertes por Covid-19 en un solo día. Un equipo de médicos chinos que combatieron en primera línea al Coronavirus en su país viajó a Italia para aportar en la estrategia de contención del virus y señalaron que la cuarentena que está usando ese país no está funcionando pues todas las actividades no estaban paralizadas: “Ahora mismo tenemos que parar el tiempo”, señalaron los expertos chinos.

La línea naranja es la progresión de casos de contagio en China como se observa los casos están controlados, la línea amarilla es la progresión de casos en otros países. Fuente: Center for Systems Science and Engineering (CSSE) at Johns Hopkins University (JHU)

¿Por qué es tan importante poder contener la propagación del virus? La importancia radica en dos razones fundamentales: 1) evitar el colapso del sistema de salud, es decir si bien la tasa de letalidad del virus no es alta, la saturación del sistema de salud provocará tener que elegir a quienes estarán dirigidos los escasos recursos y la atención médica; es decir la primera razón es lograr la protección de la vida de la mayoría de personas que sea posible ante un inminente colapso sanitario y 2) ganar tiempo para poder estudiar el virus y encontrar su cura y/o desarrollar mejores medidas de prevención; este es un virus nuevo muy poco conocido por la ciencia a nivel global. Si el virus se sigue propagando este es más difícil de estudiar en sus variedades y progresiones. A la ciencia no le conviene que haya más contagios, esto dificulta las investigaciones.  China , junto a Singapur y Corea del Sur son los únicos países que han demostrado efectividad para controlar el virus con la estrategia de la “supresión”, esto a partir de la aplicación de una cuarentena absoluta y estricta como medida fundamental para garantizar el distanciamiento social y cortar las rutas de exposición a contagios; lo que logra suprimir la propagación del virus. Otros países vienen aplicando una estrategia de “mitigación”, es decir de “aplanar la curva” para ralentizar los contagios; esto no evita que tarde o temprano haya más contagios, los habrán de todas formas. Esto tampoco implica garantizar que no haya muertes, las habrán de todas formas por la escasez de recursos materiales y la tasa exponencial de contagio del virus; este es el caso de Italia, por ejemplo.

Lo que nos preguntamos es, porqué en Perú el gobierno no aplica una estrategia de supresión del virus: es decir, una cuarentena absoluta. Veamos el caso de nuestro país: el primer caso de contagio se reportó el 6 de marzo; 5 días después, el 11 de marzo, el Ministerio de Salud declaró Emergencia Sanitaria Nacional por 90 días (Decreto Supremo 008-2020-SA). Durante toda esa semana se siguieren reportando casos, la ruta de exposición al contagio ya estaba expandiéndose en el país. El domingo 15 sesionaba el Consejo de Ministros; esa noche Martín Vizcarra anunció la declaratoria de “Estado de Emergencia Nacional” (EEN) que contenía la medida de cuarentena. La norma salió publicada el día siguiente: Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.  Esta norma tiene como objetivo principal: “proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de los servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población” y en su artículo 4, establece una serie de excepciones relacionadas a actividades directamente vinculadas a garantizar la medida de cuarentena.

Sin embargo, desde el primer día de decretada la cuarentena se empezaron a reportar que diversos sectores empresariales de la rama privada hacían que sus trabajadores continuaran con las actividades a pesar de la medida de distanciamiento social; y el sistema de la Policía Nacional del Perú habilitó que los trabajadores obtengan pases de circulación con motivo de trabajo: empresas agroexportadoras, empresas de bebidas y alimentos no esenciales, textiles, call centers de llamadas privadas, entre muchas otras cuyos rubros no se encuentran dentro de las actividades esenciales para garantizar las medidas de prevención que requiere esta Emergencia Sanitaria. El sector minero es uno de estos, mineras como Las Bambas y Chinalco el primer día de cuarentena anunciaban que seguirían realizando sus labores de operación. El martes 17, el Ministerio de Energía y Minas emitió un comunicado donde informaba que en función al literal l) del artículo 4° del Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas les daba la conformidad para que el subsector minero se encuentre dentro de las actividades económicas de excepción al estado de emergencia con el fin de que este subsector “garantice el sostenimiento de sus operaciones críticas con el personal mínimo indispensable”. El comunicado también señala que los titulares mineros puedan continuar con el transporte de concentrado de minerales, carga y actividades conexas para asegurar el ciclo logístico. En los días siguientes, mineras como AngloAmerican, Antamina, Newmont, Volcan-Glencore y Cerro Verde anunciaban que reducían sus actividades a las “operaciones críticas” y que disminuían su “fuerza de trabajo”.

 

Si bien aún no conocemos el contenido del Oficio N° 059-2020-F/10.1 que otorga la conformidad del MEF para exceptuar al rubro minero de la cuarentena; sí podemos señalar que la categoría “operaciones críticas” señalada en el comunicado del MINEM, según nuestra normatividad, estaría referida a las categorías desarrolladas por el Sistema de Activos Críticos Nacionales. El Decreto Supremo N° 106-2017-PCM que aprueba el Reglamento para la Identificación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales (ACN), señala que estos son: “aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales”; sin embargo, tenemos que advertir que estos criterios de clasificación de las operaciones mineras no están adecuados  a criterios de  optimización de  la medida sanitaria de cuarentena, sino que responde a criterios productivistas que el MINEM y la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) han venido aplicando como regla en el país. Pero en estos momentos no puede seguir aplicándose la regla si nos encontramos en una situación excepcional y de emergencia vital.

El viernes 20 de marzo la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos emitió una carta dirigida al presidente Vizcarra señalando que, durante la semana, en las unidades mineras, se habían seguido reportando actividades de entrada y salida de los trabajadores, además de otras actividades relacionadas a la alimentación y la logística. La Federación señaló como dos de sus principales demandas en este contexto 1) La fiscalización de los servicios estrictamente esenciales y 2) Disponer que todo despido o acto que perjudique los derechos laborales sea inválido. Estas demandas de los trabajadores mineros son primordiales para salvaguardar su salud y sus derechos laborales; sin embargo, resulta que muchos de los trabajadores deciden seguir yendo a trabajar por miedo a ser despedidos si se niegan a hacerlo, de tal forma que se encuentran, en muchos casos, en una situación de coacción y condicionamiento, poniendo en riesgo su salud y la de sus familias con tal de no perder su puesto de trabajo. A nuestra institución también han llegado denuncias de trabajadores mineros que se encuentran obligados a trabajar sin ningún tipo de protección especial para prevenir contagios y en actividades que no son mínimas ni esenciales acordes a las medidas sanitarias requeridas. Estos son los casos de Perubar e Impala Terminals; estas dos empresas son parte de la cadena logística de almacenamiento, transporte y embarque de mineral concentrado fuera del país. También llegó denuncias de trabajadores de la empresa de Tren Ferrovías, que transporta el mineral de las regiones al Callao. En las 3 empresas, el trabajo se da las 24 horas del día y laboran hasta 12 horas diarias.

Se puede observar una fila de trabajadores para ingresar a laborar sin ningún implemento de prevención para evitar contagios. Fuente: FNTMMSPOFICIAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En la actualidad no existe por parte del Estado peruano garantías de fiscalización para asegurar que las diversas empresas mineras acaten con rigurosidad el “Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente al riesgo de introducción del Covid-19” que habilita la Emergencia Sanitaria Nacional y  que sus operaciones estén reducidas y con las medidas de protección correspondientes para resguardar la salud de los trabajadores, sus familias y la de comunidades y poblaciones que se encuentran en contacto con estos trabajadores. La SUNAFIL como ente rector de fiscalización en materia laboral debe garantizar la protección de los trabajadores; sin embargo, esto no pasa. El Sindicato de Trabajadores de Shougang también denunció que la empresa amenaza y condiciona a los obreros para que laboren con normalidad. El Sindicato apela al propio Decreto Supremo 044-2020-PCM para negarse a laborar; estos obreros corren el riesgo de ser despedidos y el Estado peruano los está dejando en desprotección. Y no solo son los casos de las empresas mineras Shougang, Perubar o Impala Terminals; incluso no hay forma de garantizar que en los casos de aquellas empresas mineras que señalan que están reduciendo sus actividades, esto se haga de forma estricta y bajo criterios de sanidad y salubridad y no bajo criterios productivistas.

Cómo se evidencia,  la situación del sub sector minero es privilegiada (#MineríaConCorona) y no se justifica a nivel técnico que el Ministerio de Economía y Finanzas  haya decidido que esta sea una actividad que debe estar exceptuada del Estado de Emergencia Nacional y además que se halle sin fiscalización alguna, ni laboral ni ambiental. Sabemos que la medida de cuarentena tiene el objetivo principal de garantizar el “distanciamiento social” como medida sanitaria escencial y prioritaria para enfrentar la propagación del Covid-19. Es una medida costosa pero necesaria para poder garantizar el derecho humano a la vida y a la salud. No hay costo material que pueda pesar más que salvaguardar la vida de miles de peruanos. El Estado peruano debe tomar la decisión de que todos los sectores privados  que no realicen actividades escenciales para la vida de la nación acaten una cuarentena estricta; los trabajadores mineros deben ponerse a salvo y las rutas de exposición al contagio deben cortarse con mayor rigurosidad, de lo contrario a largo plazo tendremos un escenario mucho más costoso y muy grave para la mayoría de familias del país.

Durante los primeros días tras el estado de emergencia se han conocido diversas denuncias de trabajadores mineros de las empresas mineras: Glencore (Cusco), MMG Las Bambas (Apurímac), Southern (Tacna), etc, que denunciaron que estaban trabajando con normalidad a pesar del estado de emergencia que inicialmente no exceptuaba a la actividad minera como una actividad indispensable que podía continuar desarrollándose al igual que las empresas que están en el rubro de la alimentación y salud en este tiempo de crisis. Asimismo, a Red Muqui, nos llegó recientemente denuncias de trabajadores de empresas concentradoras y exportadoras de minerales (IMPALA y PERUBAR) que denunciaban que eran obligados a trabajar a pesar del último anuncio del presidente Martín Vizcarra el viernes 20, que señala que las operaciones mineras que se desarrollen deben ser “remotas y confinadas”, para que no se exponga a las personas.

Comunicado del Ministerio de Energía y Minas el martes 17

El martes 17, el Ministerio de Energía y Minas, con el aval de la ministra de Economía sacó un comunicado en el que señalaba que la actividad minera sí podía seguir desarrollándose en pleno Estado de Emergencia porque era necesario “garantizar el sostenimiento de las operaciones críticas con el personal mínimo indispensable”. Sin embargo, el comunicado del MINEM posteriormente señalaba que las operaciones críticas incluían casi todas las actividades mineras que desarrollan con normalidad: “explotación de minerales, planta de beneficio, cierre de minas, construcción de proyectos mineros, transporte de minerales por medios no convencionales, así como transporte y almacenamiento de concentrados y productos minerales transformados”.

 

 

 

En el comunicado también se señala que las empresas son las que definen el personal mínimo indispensable que garantice el sostenimiento de las operaciones críticas.

Cuestionamientos al MINEM

El cuestionamiento ante la emisión de este comunicado que varios especialistas en minería se hicieron, como el ingeniero economista, Juan Aste Daffos, fue que “las operaciones críticas son justamente para realizar labores indispensables para que no puedan ocurrir problemas en el campamento minero y no se apague la planta concentradora, por ejemplo, para que la máquina no se oxide, y para que la energía del campamento se mantenga funcionando, y la alimentación de los pocos trabajadores que deben continuar realizando actividades de manutención de la planta, máquinas, compresas relaveras para que no hayan desastres ambientales; pero no para seguir produciendo minerales, transportándolo hacia los puertos e incluso construir nuevos proyectos mineros, como señala el comunicado”.

Tras este comunicado, los sindicatos de trabajadores mineros y la Federación de Trabajadores Mineros empezaron a protestar porque las empresas mineras continuaban desarrollando sus labores con normalidad y su salud estaba en riesgo. Al transcurrir los días y ante las crisis que aumentaba, varias empresas empezaron reducir sus labores operativas e inclusive algunas de ellas enviaron a sus trabajadores a sus casas. En el caso de Southern en Tacna, por ejemplo, en los tienen en el campamento minero, y continúa laborando casi el 50% de acuerdo a su comunicado oficial.

Anuncio de Vizcarra el viernes 20

A pesar de los comunicados del MINEM y el aval del MEF, el viernes 20 de diciembre, el presidente, durante la conferencia de prensa que da todos los días al mediodía; señalo que las actividades mineras que se desarrollan tiene que ser remota y confinada para no generar riesgo en la salud de los trabajadores y personas. “El concepto de eso es aislamiento social, pero también conocemos de otras operaciones que han estado entrando y saliendo, trasladando, transgrediendo la norma. Y si está prohibido para el chiquito, esta para el mediano y grandote. Todos tenemos que cumplir y vamos a ser estrictos. Si es remota y confinada no hay problema porque no hay interacción, está en aislamiento. (..) Con una operación minera que tiene una presa de relaves, si no está el operador que mantenga el sistema eso puede generar el colapso del envase de relaves y puede generar todo un problema ambiental. Entonces esas operaciones específicas, a ese nivel de detalle estamos nosotros trabajando, pero como digo aquí el compromiso es de todos. Y acá el objetivo es el bien y la salud de todos los ciudadanos y eso es lo que prime en todas y cada una de nuestras decisiones”.

Trabajadores de empresas exportadoras protestan

Tras estas declaraciones, los trabajadores de las empresas que se dedican al acopio, concentrado y exportación de minerales en el puerto del Callao, empezaron a denunciar que diariamente reciben camiones de carga con minerales de las diferentes regiones del país, y su salud está expuesta al interactuar con trabajadores externos. Trabajadores de la empresa Perubar S.A e Impala S.A, expresaron a Red Muqui que tienen miedo de contagiarse debido a la labor que realizan y porque diariamente se trasladan desde sus casas hasta el Callao en buses de la empresa, sin que tampoco haya el metro de distancia correspondiente. Los jefes de los trabajadores se encuentran trabajando desde casa, señalan.

Además, trabajadores de Perubar S.A informaron que dos trabajadores presentaron síntomas del Conavid19 y fueron devueltos a sus casas, y hasta ahora los trabajadores no tienen información de la salud de esas personas.

Los trabajadores han señalado a sus jefes que de acuerdo a las declaraciones de Vizcarra ellos ya no deberían trabajar, porque son más de 70 trabajadores que están en interacción con otros trabajadores de otras regiones, y ello ya no es una actividad remota y confinada tal como lo señaló el presidente, y los pone en riesgo.

Trabajadores ferroviarios tampoco paran

Tras compartir en redes sociales las denuncias de los trabajadores de las empresas concentradoras y exportadoras de minerales; los trabajadores de la empresa privada de tren Ferrovías, que transporta minerales desde las regiones hasta el Callao, también hicieron llegar su denuncia para que se haga pública. Denunciando que están trabajando 24 horas, con total normalidad al día de hoy, 23 de marzo.

Fiscalización

Los trabajadores de las empresas de explotación minera, transporte y exportación de minerales, exigen que SUNAFIL vaya a sus centros de trabajo para que supervisen las actividades que realizan y de esa manera puedan paralizar sus labores y así acatar la cuarentena como la mayoría de trabajadores en el país.