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En una nota anterior sobre la situación que enfrenta actualmente la comunidad de Accomarca (Vilcashuamán, Ayacucho) desde Red Muqui se resaltó que dicha comunidad campesina fue escenario de una de las violaciones más graves a los derechos humanos en la época del conflicto armado interno. Una parte de su población (ancianos, mujeres y niños) fue aniquilada a sangre fría y sin escrúpulos por tropas del Ejército, que ejecutaron órdenes de la cadena de mando, en tanto funcionarios públicos justificaron la masacre como medida para combatir una supuesta base terrorista en la zona.

A razón de la experiencia sufrida, la comunidad aprendió a organizarse para protegerse y salvaguardar su territorio frente a cualquier riesgo social, político y ambiental. Actualmente, cerca al río Pampa, dentro de los límites de la comunidad está operando el empresario minero Ismael Medina en laconcesión Huacachina 2016 III(1), quien pese a no contar con un Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) correctamente aprobado por la Dirección Regional de Energía y Minas de Ayacucho, continúa con la extracción de sulfuro de cobre y otros minerales en las zonas de Chamana y Pichuscucho. Por lo demás, no cuenta tampoco con el debido consentimiento de la comunidad campesina.

Debido a lo señalado, el presidente de la comunidad de Accomarca, Zosimo Sulca Quispe, en coordinación con su Junta Directiva cursaron distintas comunicaciones a las instancias de la Administración Pública para entablar un diálogo adecuado para llegar a un acuerdo que les permita vivir sin extracción minera y contaminación en su zona; sin embargo, no hubo respuesta alguna. El pasado 25 de julio, mediante Resolución N° 157-2023-GRA/GG-GRDE-DREM, el director regional de la Dirección Regional de Energía y Minas (DREMA) ordenó la paralización temporal de la actividad minera ubicada en la zona denominada Chamana debido al incumplimiento de sus compromisos ambientales. Asimismo, se informó a la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Huamanga la posible actividad de minería ilegal (2) en la que estaría incurriendo el empresario Medina, lo que derivó en una investigación preliminar en su contra.

En días recientes, debido a la ininterrumpida operación minera, pese a la paralización temporal ordenada por la DREMA, y luego de varias Asambleas Generales, la comunidad campesina, determinó el decomiso de las herramientas y el desalojo del campamento minero. A lo que el operador minero respondió, de manera inmediata, con una denuncia ante la Fiscalía Provincial de Vilcashuamán aludiendo la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de daños(3).

En ese sentido, Red Muqui advierte del riesgo en el que se encuentra la comunidad campesina de Accomarca frente a la pequeña minería que no cumple estándares mínimos ambientales, ni respeta las disposiciones de las autoridades regionales. De esta manera, se estaría generando un escenario de conflicto socioambiental por la actividad extractiva y un posible escenario de estigmatización y criminalización de la Junta Directiva de la histórica comunidad campesina.

Para mayor información legal y mapa técnico sobre superposición de concesiones mineras en territorio de la comunidad campesina de Accomarca: aquí.

(1) La concesión minera Huacachina 2016 III está ubicada en Vilcashuamán, Ayacucho; cuenta con una extensión de 200 ha y su titular es SMRL Sorpresa Tres, representado por Edgardo Rojas Anayaipoma.
(2) Artículo 307-A del Código Penal.
(3) Artículo 205 del Código Penal.

 

El Colectivo Territorios Seguros para las Comunidades del Perú y la Plataforma Gobernanza Responsable de la Tierra advierten el regreso del DL 1333 a través del proyecto 1718-2017-PE que afectarían los derechos a la tierra

El 28 de julio el gobierno del presidente Kuczynski presentó el proyecto de ley 1718-2017-PE el cual es una nueva versión del Decreto Legislativo 1333, que fue ampliamente rechazado por las organizaciones indígenas que conforman el Pacto de Unidad y derogado por el propio Congreso de la República en mayo de 2017, al constituir una norma que amenazaba las tierras en posesión y propiedad de las comunidades campesinas y nativas.

Recordemos que el DL 1333, aprobado dentro del paquete de 112 decretos dados por el Ejecutivo dentro de las facultades otorgadas por el Congreso, crea la institución denominada APIP con procedimientos ad hoc para otorgar títulos en tierras donde se desarrollaran proyectos de inversión priorizados. La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, tenía el encargo de revisar la constitucionalidad de dicha norma, haciendo suyos los argumentos que presentaran las organizaciones indígenas sobre la inconstitucionalidad de este decreto, finalmente por mayoría absoluta se acordó su derogación en el Pleno del Congreso. La autógrafa fue enviada al Ejecutivo para su publicación, sin embargo el Ejecutivo observó el acuerdo de derogatoria, quedando el DL 1333 vigente hasta el momento.

El proyecto de ley, toma mucho de las disposiciones inconstitucionales del DL 1333, las desarrolla de manera más ordenada, perfecciona los procedimientos, pero en el fondo mantiene el mismo espíritu normativo: generar inseguridad jurídica en las tierras y territorios de las comunidades campesinas y nativas, agricultores familiares y pequeños propietarios.

El proyecto de ley insiste en crear una institucionalidad denominada APIP exclusivamente para sanear y expropiar predios necesarios para obras de infraestructura priorizada, esta institución estaría dentro de PROINVERSIÓN, agencia adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), sin experiencia en materia de saneamiento y expropiación, con funciones entrarían en conflicto de competencias con otras instituciones del Estado como Ministerio de Agricultura y Riego, Gobiernos Regionales o SUNARP y en algunos casos va más allá de la constitución y el ordenamiento legal, lo que generará inseguridad jurídica en los propietarios de tierras. La justificación que el Estado da sobre esta norma, es la demora en la entrega de bienes inmuebles necesario para un proyecto de inversión privado o público, dejando de lado el saneamiento de tierras comunales.

El proyecto de ley contempla la exclusión de inmuebles que se encuentren en propiedad y/o posesión de pueblos indígenas; sin embargo, esta exclusión es insuficiente puesto que más de la mitad de comunidades campesinas no están reconocidas como pueblos indígenas; además existen casi tres mil comunidades campesinas y nativas que no cuentan con título y el 50 % de comunidades nativas y campesinas no están georreferenciados, no existiendo un catastro que de información sobre los límites exactos.

La inversión privada y pública es necesaria en nuestro país, pero esta inversión se tiene que hacer en el marco de respeto a los derechos de propiedad de todos los peruanos; el Estado no puede favorecer constantemente a un grupo de inversionistas reduciendo los procedimientos de acceso a la tierra a costa de debilitar los derechos a la tierra y al territorio de las comunidades campesinas y nativas o de los agricultores familiares. Al hacerlo está actuando de manera discriminatoria en contravención a la Constitución Política.

Por ello, exhortamos al gobierno entablar procesos de diálogo con organizaciones representativas; además de cumplir con el proceso de consulta previa ya que esta norma afecta derechos de comunidades; así mismo solicitamos al gobierno invertir recursos para saldar la deuda histórica en materia de titulación de comunidades, de modo que no se generen nuevos procesos de conflictividad social, y el país se encamine hacia un ordenamiento del territorio nacional.

Lima 16 de agosto del 2017