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Ante la difusión del medio digital “La Encerrona” sobre prácticas ilegales de seguimiento que realiza el Ejército Peruano a autoridades electas, candidatos a cargos de elección popular, agrupaciones políticas y organizaciones no gubernamentales como CooperAcción y Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF) miembros de Red Muqui, el Instituto de Defensa Legal (IDL) y Amnistía Internacional señalamos lo siguiente:

Rechazamos todo tipo de prácticas estatales de seguimiento y reglaje que se realizan en contra de organizaciones de la sociedad civil, así como de los defensores/as de derechos humanos ambientales que defienden y promueven la defensa de los derechos humanos en el país.

Nos solidarizamos con las organizaciones víctimas de estas actividades ilegales, denunciamos este tipo de prácticas antidemocráticas y exigimos que el gobierno del presidente Pedro Castillo tome las medidas adecuadas para investigar y sancionar a los responsables, así como la prevención de hechos similares y asegurar el pleno ejercicio de las facultades garantizadas en un Estado de derecho.

Reiteramos que la labor de CooperAcción y Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF) organizaciones miembros de Red Muqui es la promoción y defensa de los derechos humanos y el ambiente, acompañando a las comunidades afectadas por la minería. Su trabajo en los territorios es de conocimiento público y transparente, en diálogo con la prensa, la sociedad civil, las empresas y las autoridades del Estado en todos sus niveles.

En tanto existen los marcos normativos nacional e internacional que garantizan la plena vigencia de los derechos humanos, entre ellos el derecho a defender derechos, la libertad de expresión, opinión y movilización, esperamos que el Estado Peruano garantice que se cumplan como tal.

Lima, 06 de octubre del 2022.

Conjuntamente con la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH); CooperAcción; el Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAP); Estudios para la Defensa de los Derechos para la Mujer (DEMUS); Derechos Humanos sin Fronteras (DHFS), el Insituto de Defensa Legal (IDL); la Asociación Nacional de Centros de Investigación Promoción Social y Desarollo (ANC); la Asociación Servicios Educativos Rurales (SER) y la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), hemos publicado el siguiente pronunciamiento sobre el conflicto en Las Bambas, emitido hoy, 1 de abril, en el diario la Républica.

Las peruanas y peruanos hemos visto en las últimas semanas la situación de tensión y conflicto producida por el impacto de las actividades de la empresa MMG Las Bambas, en las regiones de#Apurímac y #Cusco, en particular en las provincias de #Cotabambas#Espinar y #Chumbivilcas. La problemática que afecta a la comunidad de#Fuerabamba también es compartida por otras comunidades de la zona, razón por la que se requiere sentar las bases para una salida dialogada, pacífica y duradera al conflicto. Con ese propósito, las organizaciones abajo firmantes planteamos:

1. A lo largo de la carretera por donde se transportan los minerales de la empresa MMG Las Bambas, existen 149 centros poblados y 72 comunidades, varias de ellas han visto afectada su propiedad y sufren los impactos ambientales del transporte minero. Esto ha sido motivo de conflictos en el año 2016, con las protestas de las comunidades de Choqueca, Pumamarca, Ayahua y Quehuira, en el 2017 con las comunidades de Mara, y en el 2018 con las de Pisacassa, Pitic y Fuerabamba. Esta situación revela la urgencia de una solución para todas las comunidades afectadas, pues de lo contrario los conflictos volverán a repetirse.

2. Las comunidades afectadas por las actividades de la empresa MMG Las Bambas, en las regiones de Apurímac y Cusco, se han visto limitadas en el ejercicio de sus derechos individuales y colectivos por el establecimiento de los Estados de Emergencia impuestos indebidamente por el Ejecutivo. El Estado debe derogarlos para contribuir a un clima de confianza y diálogo, sin presiones ni mecanismos coercitivos que afecten las libertades de las partes.

3. En el caso particular de la comunidad de Fuerabamba, además del pago por el uso de sus tierras para la carretera, es importante saldar de una vez por todas la entrega de las tierras pendientes, según el convenio celebrado el 2009 entre la empresa Glencore Xstrata y la Comunidad de Fuerabamba. Consideramos que los acuerdos alcanzados deben cumplirse y se deben manejar con total transparencia.

4. Además de Fuerabamba, otras comunidades han planteado diversas quejas por acuerdos incumplidos. A fin de restituir la confianza entre las partes, estos acuerdos, y la situación de los mismos deben transparentarse. La participación de la Defensoría del Pueblo, como instancia externa y neutral a las partes, resulta necesaria para realizar el seguimiento al cumplimiento de los acuerdos suscritos.

5. Según el BCR el 1% del PBI corresponde a la producción de Las Bambas. Una operación tan importante no puede desarrollarse en condiciones de clara afectación a los derechos de las comunidades y a los estándares ambientales, así como de infraestructura precaria (carreteras afirmadas).

6. Es necesario un reconocimiento de los errores y malas decisiones cometidas por los sucesivos gobiernos y la empresa MMG Las Bambas en el trámite de los permisos ambientales. En la segunda modificatoria del EIA se incorporó el cambio de mineroducto por transporte terrestre, a través de un mecanismo de consulta irregular (ITS). Esto originó que el transporte del mineral tenga un tratamiento inadecuado de prevención y reducción de daños. Pese a las quejas de las comunidades afectadas por los daños, nadie fiscalizó ni se responsabilizó de estos hechos, pues no había obligaciones establecidas para fiscalizar.

7. Urge que el Estado recupere la confianza de las comunidades en estas zonas con presencia importante de inversiones y actividades extractivas. Es la única vía para que las comunidades puedan canalizar sus demandas a través de mecanismos institucionales y no recurran a estrategias desesperadas. Los convenios entre las empresas mineras y la Policía Nacional deben ser eliminados. La Policía Nacional no puede convertirse en policía privada de las empresas, debe recuperar su rol de servicio público.

8. Datos oficiales muestran que en las regiones de impacto del proyecto minero Las Bambas se evidencia la persistencia de graves problemas de discriminación y violencia de género, hechos que se traducen en nuevas modalidades de explotación sexual, tráfico de mujeres y trata, así como casos de feminicidios y mortalidad materna. Estos casos deben ser investigados y denunciados por el Ministerio del Interior, y deben visibilizarse en el diálogo entre las partes en conflicto.

9. La detención irregular del Presidente de la Comunidad de Fuerabamba Gregorio Rojas ha evidenciado la situación límite de la relación entre las comunidades afectadas, la empresa y el Estado peruano. La fragilidad de las condiciones para el diálogo se hizo evidente en tanto se criminaliza a las y los representantes legítimos: que diversos personajes ajenos a los intereses de la comunidad ganaran protagonismo y pretendieran instrumentalizar el conflicto para sus propios fines. El Estado, y en particular el Ministerio Público, deben cesar de criminalizar a las y los representantes de las comunidades afectadas y encauzar debidamente la solución a los conflictos.

A partir de lo señalado, exhortamos al Gobierno y a las distintas instancias involucradas del Estado, a tratar los temas y problemas de fondo que plantean conflictos como el de Las Bambas. Del mismo modo, a que se revisen las políticas públicas, los marcos normativos ambientales y sociales, y los mecanismos de participación ciudadana y consulta previa que están a la base de los cuestionamientos de las comunidades impactadas por los megaproyectos, para garantizar así la convivencia pacífica y duradera, el reconocimiento y respeto entre las partes, y la legitimidad y sostenibilidad de los proyectos.

Lima, 31 de marzo del 2019

PAQUETAZO AMBIENTAL

  • Congreso tiene un mes para responder esta demanda

Después de casi un año, el Tribunal Constitucional (TC) admitió –a trámite- que 22 artículos de la Ley N° 30230, conocida como el tercer ‘paquetazo ambiental’, son inconstitucionales al vulnerar el derecho de los pueblos indígenas a vivir en un medio ambiente adecuado, así como el de la debida propiedad de sus territorios. Como se recuerda, esta demanda fue interpuesta por diferentes organizaciones indígenas nacionales y de derechos humanos, en abril del año pasado.

“ADMITIR a trámite la demanda de inconstitucionalidad y su ampliatoria interpuesta por más de cinco mil ciudadanos contra diversos artículos de la Ley 30230, que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país (…)”, se concluyó en una resolución emitida el 15 de marzo último.

A inicios del mes pasado, el Tribunal desestimó esta pedido debido a que no se aclaraba la inconstitucionalidad artículo por artículo, luego de esta corrección, el TC finalmente admitió la demanda ciudadana de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 30230.

Es así, que el 14 de marzo los ciudadanos demandantes presentaron un escrito de subsanación en el que se expusieron los argumentos que sustentan la pretensión de declaración de inconstitucionalidad de los artículos 36, 38 al 40, 42 al 51, y la Tercera Disposición Complementaria.

En resumen, dichos artículos (Título III) permiten al Estado -mediante “procedimientos especiales”- entregar tierras a proyectos de inversión, en la ubicación y cantidad que estos requieran para sus actividades, ignorando los derechos de propiedad que asisten a sus propietarios legítimos. De igual modo, atentan contra la Consulta Previa (Convenio 169 de la OIT).

Ahora que el TC admitió la demanda contra ley del ‘paquetazo ambiental’, se espera que el Congreso de la República la revise y se pronuncie en un plazo de treinta días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución.

Cuestión de interpretación

Tras cumplir con la subsanación observada por el TC, la parte demandante aprovechó en presentar una ampliación de la demanda en donde se le solicita al Tribunal, también emitir una sentencia interpretativa -de naturaleza aditiva- que reitere las reglas desarrolladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la prohibición de reconocimiento de derechos en los territorios ancestrales de los pueblos indígenas. Pedido que también fue admitido.

“Esto quiere decir que, se le sugiere al TC que al momento de interpretar la norma (30230) se tome en cuenta que, toda normativa que se dicte en el Perú debe cuidar el marco normativo establecido por la CIDH y la Convención Americana de Derechos Humanos, y que cuida que no se afecten los derechos indígenas. No olvidemos que ello ha sido suscrito por el Estado”, comentó Javier Jahncke de la RED MUQUI.

Vulneraciones de la 30230

Juan Carlos Ruiz, del Instituto de Defensa Legal – IDL, argumentó que esta demanda se sostiene en la vulneración del derecho a la consulta previa, al territorio y al derecho fundamental a un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. Y que su objetivo es que el Tribunal Constitucional evalúe si la Ley N° 30230 respeta la Constitución y los tratados internacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

David Velazco, director ejecutivo de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ, señaló que se flexibilizan las exigencias de control ambiental, como el tiempo en los procedimientos de evaluación y análisis de los estudios de impacto ambiental, se limita la participación ciudadana en temas de ordenamiento territorial.

VER RESOLUCIÓN

DATOS

  • La demanda de inconstitucionalidad fue elaborada en parte por la RED MUQUI y otros miembros del Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas.
  • RED MUQUI, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – CNDDHH, el Pacto de Unidad de organizaciones Indígenas del Perú, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana – AIDESEP, y la Pastoral de la Tierra del Vicariato de Yurimaguas, recolectaron a nivel nacional cerca de 10 mil firmas, para solicitar la acción de inconstitucionalidad ante el TC.
  • Diversas organizaciones de la sociedad civil, nacionales e internacionales, están pendientes de este proceso que el TC deberá resolver.
  • En junio del 2014, la Comisión Permanente del Congreso aprobó un tercer paquete de medidas económicas (Ley 30230) remitidas por el Ejecutivo.
  • La Ley 30230 perdona por tres años las multas a mineras y petroleras que hayan incurrido en infracciones ambientales.
  • Carta de solidaridad viene circulando entre ciudadanía con este pedido

Ciudadanos independientes y actores de la Sociedad Civil vienen promoviendo una carta de solidaridad con el abogado Juan Carlos Ruiz y el doctor Fernando Osores quienes han sido denunciados penalmente por el Ministerio de Salud (Minsa) luego de que ambos profesionales sacaran a la luz el caso de las comunidades campesinas contaminadas en Espinar.

En esta carta dirigida al ministro de Salud, Aníbal Velásquez, los firmantes exhortan a que se deje sin efecto la denuncia contra Ruiz y Osores, y más bien se tomen medidas urgentes para atender y asegurar la salud de los ciudadanos de Espinar.

LEER CARTA

Si desea firmar a nombre propio o institucional, puede enviar un correo a:  [email protected] (Wilfredo Ardito).

Lo que alega el Estado

El Minsa, se ha centrado en el caso específico de Margarita Cahuana, comunera de Espinar que falleció el año pasado con cáncer de riñón y presentaba altos niveles de contaminación por metales pesados en la sangre. Y a quien pretender desconocer como parte del grupo de comunidades atendidas por el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas).

Es así que Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) y el médico especialista enfermedades infeccionas y tropicales, Fernando Osores, por haber utilizado –presuntamente- documentación falsa para denunciar el caso de la señora Ccahuana.

El Procurador Público Luis Valdez, indica que el Censopas –entidad que en el 2010 recogió muestras de sangre y orina en la comunidad de Huano Huano– nunca sacó análisis a Margarita Ccahuana, por tanto el documento publicado en el portal de Justicia Viva de IDL, por Ruiz y Osores, lo señala como falso. También alega que dicho documento no lleva la firma ni el sello de la Coordinadora del Laboratorio Químico Toxicológico.

En respuesta, Juan Carlos Ruiz y Fernando Osores alegaron que el certificado les fue entregado por el hijo de Margarita Ccahuana, y tiene el mismo formato de los que Censopas entregó a los comuneros tres años después del examen, sin firma ni sello, tal como lo comprobó Defensoría del Pueblo en diciembre del 2014, tras la denuncia del doctor Osores quien formó parte del equipo del Censopas en aquella época.

VIDEO DE OSORES

Pese a la insistencia del Minsa, en señalar que Margarita Ccahuana Córdova no fue parte del grupo del que se obtuvieron muestras de sangre alguna por exposición a metales pesados, los familiares de la comunera fallecida aseveran lo contrario y muestran el documento con los resultados positivos de la prueba que el Censopas realizó en el año 2010.

El Informe de ensayo N° 100/10 se titula «Estudio de línea de base a las comunidades aledañas al proyecto minero Quechua Huano Huano». Pertenece a Margarita Ccahuana y lleva el sello del INS. La fecha corresponde al 31 de enero del año 2011.

Tras expresar su apoyo a Ruiz y Osores, através de un pronunciamiento la RED MUQUI exhortó al Estado a preocuparse por tomar medidas de salud inmediatas para que las personas ya afectadas por cáncer, producto de metales pesados, tengan una muerte digna; que los enfermos puedan tener una mejor calidad de vida, y en especial atender el cáncer que padecen 5 niños en las comunidades de Espinar.

“Exigimos que se active el presupuesto para ejecutar los planes de atención de salud de las personas afectadas por la contaminación en Espinar (Cusco), y que se efectúe la remediación respectiva de los pasivos e impactos ambientales generados por la actividad minera, para eliminar los focos de contaminación que producen los problemas sanitarios”, indicó RED MUQUI.

VIDEO DE LA SITUACIÓN EN PACPACCO

CASO MARGARITA CCAHUANA

  • Margarita Ccahuana Córdova fue comunera de Alto Huancané (sector Pacpacco, Espinar, Cusco)
  • Según los propios exámenes que le fueron practicados por el Censopas, Margarita tenía 95.0 microgramos de plomo por decilitro de sangre y 129.97 microgramos de arsénico por gramo de creatinina en orina. En ambos casos, el mínimo permisible es 20.
  • El Instituto Nacional de Salud (INS), del que forma parte Censopas, no entregó a Margarita ni a los demás comuneros de Alto Huancané los resultados de las pruebas.
  • Tres años después  el médico Fernando Osores –entonces miembro del equipo del Censopas- denunció el caso ante la Defensoría del Pueblo, y ahí recién ahí los comuneros conocieron sus resultados.
  • El 8 de mayo del año pasado, Margarita Ccahuana falleció de cáncer a los riñones en el hospital Goyeneche de Arequipa.
  • En el certificado de defunción de Margarita se agregó: intoxicación crónica por arsénico y cadmio.

DATOS:

  • Desde 2010 comunidades de Espinar tienen presencia de metales pesados por encima de LMP
  • Hay dos planes de atención uno por MINSA y otra. Presupuesto de atención de hay.
  • OEFA ha solicitado a Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) la base de la contaminación, pero ello demora dos años.
  • Comunidad de Huinipampa es la más afectada y tiene 6 dirigentes con 6 meses de prisión preventiva. También van a procesar a Comunidad de Huiza.
  • En la demanda de Cumplimiento de IDL sobre Espinar, está pendiente declarar la Emergencia Sanitaria por presencia de metales pesados. Actualmente esta se reduce solo a infecciones.

Foto: Diario La República

Afectadas. Melchora Surco y Santusa Ñoñoncca de la comunidad del Alto Huancané

POR MEDIO DE TRES DEMANDAS

  • Denuncias penal y constitucional se formularon a la par con investigación periodística
  • Estado ocultó resultados de comuneros con metales en el organismo en dos oportunidades

Derechos Humanos Sin Fronteras de Cusco (DHSF Cusco), CooperAcción, el Instituto de Defensa Legal (IDL) y la Asociación por la Vida y la Dignidad Humana (APORVIDHA) emprendieron una serie de demandas en el ámbito civil y penal, así como un proceso de amparo, en defensa de dos de las comunidades que habitan en la zona de influencia del proyecto minero Antapacay (Espinar, Cusco) y que han visto afectada su salud ante la presencia de 16 metales pesados en la sangre.

Dichas demandas han sido interpuestas contra el Estado Peruano por haber omitido los resultados de las muestras de sangre y orina, que el Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas), tomó a los habitantes de las comunidades de Huisa y Alto Huancané en el año 2010, en Espinar (Cusco).

Tal como indica el informe periodístico del equipo de investigación de Convoca, “Los impactos de la minería en la salud de la población de Espinar: nuevos hallazgos”, en este primer estudio, el CENSOPAS conoció que cientos de pobladores de Huisa y Alto Huancané, ubicadas entre los ríos Salado y Cañipía, estuvieron expuestos a arsénico, mercurio, cadmio y plomo, metales considerados por la OMS como altamente cancerígenos. Aun así callaron.

Asimismo, la investigación de Convoca, añade que en el 2013, Censopas hizo un nuevo estudio tras un acuerdo de la mesa de diálogo de Espinar; es así que recogió 180 muestras de orina y confirmó los hallazgos del primer estudio (2010), solo que esta vez arrojó resultados de otros 11 metales presentes en los organismos de los habitantes evaluados. La toma de muestras de estas nuevas 11 sustancias no tuvo el consentimiento de los donantes, y es por ello que volvieron a guardar “reserva”, y no se conocieron hasta diciembre de 2014.

Ante todas estas omisiones y secretismos por parte del Censopas, sin importar la salud de las personas, la plataforma de abogados de DHSF Cusco, CooperAcción y el IDL -junto con los afectados- elaboraron y presentaron una demanda de cumplimiento, es decir, un proceso constitucional con el que se busca que el Estado cumpla con las leyes para proteger la salud, específicamente en las comunidades aledañas al proyecto Antapaccay (ampliación Tintaya).

Juan Carlos Ruiz (IDL), Jaime Borda (DHSF Cusco), Melchora Surco (Alto Huancané) y Juan Magaño (Huisa)

Para ello, se contó con el apoyo del doctor Fernando Osores, médico Magister en enfermedades infeccionas y tropicales, quien trabajó en el CENSOPAS, así en el equipo de profesionales del estudio del 2013. En ese año, Osores denunció estas irregularidades al momento de evaluar a los pobladores, así como la expedición de los resultados a los pobladores “sin sellos, membretes, ni firmas”.

Dr. Fernando Osores 

Juan Carlos Ruiz, Abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), calificó de intolerable el hecho de que el mismo Ministerio de Salud, a través del CENSOPAS, haya ocultado a los pobladores durante tres años, los diagnósticos por metales pesados en la sangre.

El letrado de IDL también recalcó que el Estado tiene una función de garante de derechos, así como de protección de los mismos. En ese sentido, Ruiz recordó que el Estado -ante una situación como esta- tiene la obligación de investigar, prevenir, reparar y sancionar:

“Es necesario investigar las causas. Luego de cinco años aun no se sabe el origen de esta contaminación; por un lado, la empresa aduce que es de origen natural, y por otro, los afectados señalan directamente a la actividad minera. Además de también prevenir las violaciones (a los derechos humanos) y reparar la vigencia de la salud, se requiere sancionar a aquellos que resulten responsables por haber cometido ilícitos penales o administrativos” apuntó Juan Carlos Ruiz.

Melchora Surco muestra fotos de como eran sus tierras antes de la contaminación ambiental por metales

Tres demandas

De ser favorable la sentencia a raíz de la demanda de cumplimiento (presentada en mayo de 2015), se tendría que decretar emergencia sanitaria, emergencia ambiental, así como practicar exámenes epidemiológicos y toxicológicos en la zona.

Los defensores legales de las comunidades de Huisa y Alto Huancané indicaron que se busca una orden judicial para afectar el presupuesto y así ejecutar un Plan de Atención Integral que no se limite a campañas informativas, sino integrales.

De igual modo, los abogados de las comunidades señalaron está en curso una demanda penal interpuesta por la ONG Solsticio debido a los ilícitos penales, como el de no atender a personas en peligro.

Juan Carlos Ruiz del IDL añadió que vienen preparando una demanda civil contra el Estado, por no cumplir con atender la salud de estas personas, pese a saber y haber comprobando que se encontraban en peligro. Es por ello que se apunta a que los afectados por metales en la sangre, reciban una reparación civil.  “Aun no se establece la responsabilidad de la empresa minera”, deslizó Ruiz.

Cuestión de presupuesto

Otro aspecto importante que mencionaron los abogados defensores, fue que en medio de los procesos de amparo, la procuradora de la Dirección de Salud del Cusco (DIRESA Cusco) reconoció la gravedad de los afectados y adujo que como el gobierno regional tenía un PLAN DE ATENCIÓN INTEGRAL (PAI), pero que el gobierno central no facilitó el presupuesto. “Dicho PAI demanda un millón y medio de soles para su ejecución, y tras cinco de evidencia de daño en las personas no se atiende a la gente porque supuestamente no hay dinero, pese a lo que genera la actividad minera en la zona”, incidió Juan Carlos Ruiz del IDL.

“La actividad minera, petrolera y energética son muy importantes ya que generan trabajo y divisas, pero no a costa de sacrificar vidas y poner en peligro la integridad física de las personas. El artículo 59 de la Constitución es muy claro: la libertad de empresa, la libertad de industria y la libertad contractual son muy importantes y hay que protegerlas, pero no pueden poner en peligro la salud de las personas”, remarcó Ruiz.

Gabriel Arriarán y Milagros Salazar de Convoca.pe

“Los impactos de la minería en la salud de la población de Espinar: nuevos hallazgos”, es un informe periodístico elaborado por el equipo de periodistas de investigación de Convoca, con el respaldo de CooperAcción, el Instituto de Defensa Legal (IDL), Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF – Cusco) y médicos especializados en salud ambiental.

La presentación estuvo a cargo de Milagros Salazar y Gabriel Arriarán de Convoca, junto con representantes de las comunidades afectadas.

Fotos: Facebook Convoca / Comunicaciones RED MUQUI