Listado de la etiqueta: Ministerio de Cultura

AFIRMA LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

  • También hacen falta indicadores desde Estado para medir calidad y hacer seguimiento a procesos de diálogo

Luego de que el ministro de Cultura, Salvador Del Solar, se presentara ante la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y AfroPeruanos, Ambiente y Ecología (CPAAAE); la representante de Pueblos Indígenas de la Defensoría, Alicia Abanto, indicó que, si bien el Perú se está alejando de un escenario de invisibilidad de derechos y necesidades de los Pueblos Indígenas, aun no se supera la falta de un diálogo de calidad que no implique solo una mera entrega de información.

“El diálogo no solo es un ejercicio informativo. Tenemos un marco normativo y 34 procesos de consulta, creo es hora que nos centremos en la calidad de la información que los pueblos indígenas necesitan, una que les permita tomar decisiones”, aseveró.

Tras destacar la presencia de los Pueblos Indígenas en el censo poblacional de octubre de este año, Abanto dijo esperar que el viceministerio de interculturalidad asuma un liderazgo para que la base de datos tenga más información, a propósito de la pregunta de autoidentificación étnica-cultural que el INEI va a incluir en la encuesta censal.

“En estos años hemos producido información sobre los pueblos indígenas, y se han identificado a 55 grupos en el Perú, ahora es importante la presencia que van a tener en el censo de este año. Las entidades del Estado necesitan más información en esta base de datos, porque eso ayuda a que tener políticas públicas sean pertinentes”, recordó la Adjunta para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo.

Luego de saludar que el sector Cultura haya anunciado la conformado una comisión multisectorial para la aplicación y seguimiento de acuerdos por Consulta Previa, Abanto remarcó la necesidad de que el Estado cuente con indicadores de efectividad en el diálogo y procesos de Consulta Previa.

“Hemos encontrado que muchas entidades del Estado no evalúan, ni miden si las personas han entendido la información que recibieron. La defensoría ha recomendado a los ministerios que se pueda articular en el país, el derecho a la información, y la consulta previa se vincula a esto”, resaltó.

Abanto brindó estas declaraciones durante la presentación pública del libro “Buenas prácticas de las defensorías del pueblo de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú en procesos de consulta previa”, documento que incluye experiencias de instituciones invitadas de Argentina, Brasil y Guatemala.


 

El libro contiene las experiencias de trabajo en materia de consulta previa de las defensorías participantes. Se rescatan sus principales intervenciones en la supervisión de los Estados para la correcta implementación de este derecho fundamental de los pueblos indígenas. La publicación es parte del proyecto “Estándares regionales comunes de actuación defensorial para la supervisión de procesos de consulta previa en las oficinas defensoriales de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú”, que cuenta con el apoyo de la cooperación española (AECID) y alemana (GIZ)».

Del Solar en el Congreso

Este martes 5 de setiembre, la Comisión de Pueblos del Congreso, que preside el congresista Marco Arana, recibió al ministro de Cultura quien dio un informe sobre anual de su gestión y los avances de su sector.

Durante su presentación, el titular de Cultura dejó en claro que la Consulta Previa es meramente informativa, dejando de lado el mismo sentido del término. Para Del Solar, este derecho no debe malinterpretarse como si fuera un derecho a veto por parte de los Pueblos Indígenas, ya que no existe esa posibilidad.

«La consulta no es para decir «¿puedo hacer esto?» No, la consulta es para satisfacer todo tipo de dudas, inquietudes, preguntas», afirmó. De igual manera, señaló que la consulta siempre es un acuerdo entre el estado y los pueblos indígenas, y no con la empresa privada.

Al término de su presentación, el titular de Cultura explicó que en el tema de la consulta previa hay dos aspectos: por un lado, el desarrollo económico «que es importante para todos los peruanos» y por otro lado el respeto que le debe el Estado a los pueblos indígenas y originarios que, resaltó, existían antes de que conformáramos nuestro Estado.

“La consulta previa es un mecanismo para generar confianza con la población indígena y demostrarle que el Estado la respeta, así como para garantizar estabilidad de las grandes inversiones que necesita el Perú.”, puntualizó.

De igual modo, dio a conocer que el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski ha desarrollado 10 consultas previas en 6 regiones y nueve provincias donde habrían participado más de 23 pueblos indígenas, en alrededor de mil localidades. Asimismo, informó que los procesos de consulta previa se vienen trabajando con los sectores de Energía y minas, del Ambiente y Transportes y comunicaciones.

DATOS:

De los 34 procesos de consulta implementados en nuestro país, 22 procesos corresponden a proyectos vinculados a actividades extractivas en hidrocarburos y minería.

Fuente: Comisión de Pueblos / El Peruano / RED MUQUI

Fotos: RED MUQUI / Guido Lombardi

SE ADELANTAN AL ESTADO PERUANO

  • Base de datos surgen de fuentes oficiales y del sistema de información de comunidades que trabajan ambas organizaciones
  • Publicaciones tienen información cartográfica

Con la intención de llenar un vacío de información pública respecto al reconocimiento y titulación de comunidades campesinas y comunidades nativas que existen en el país, el Instituto del Bien Común (IBC) y el Centro Peruano de Estudios sociales (CEPES) publicaron dos directorios con información sistematizada de estas importantes organizaciones del mundo rural peruano.

Los datos en estos Directorios están organizados en tres grandes grupos, de acuerdo a la situación legal de las comunidades. Primero, están las comunidades reconocidas y tituladas; luego, las comunidades reconocidas pendientes de titulación; por último, aquellas que están por pendientes de ser reconocidas y tituladas.

Ambos listados de datos cumplen con la misión de entregar la información más actualizada sobre este tema a organismos públicos, privados, nacionales, extranjeros, a las propias comunidades, y al público en general.

Este trabajo también incluye cartografía nacional para que los sectores de la ciudadanía nacional cuenten con mayor precisión al colocar en la agenda nacional a las comunidades del Perú, que son prácticamente invisibles.

Este esfuerzo se pudo concretar a través del Sistema de Información sobre Comunidades Campesinas del Perú (SICCAM), creado en 2015 por el IBC y el CEPES, y el Sistema de Información sobre Comunidades Nativas de la Amazonia peruana (SICNA), creado en 1996 por el IBC.

Cabe resaltar que este listado actual, está ordenado con información a nivel departamental, provincial y distrital.

Fuentes consultadas

Respecto a las comunidades campesinas, CEPES y el IBC tomaron un directorio impreso del Proyecto de Titulación de Tierras y Catastro Rural (PETT) que reconoce oficialmente a 5,666 comunidades andinas, de las cuales 3,956 cuenta con título de propiedad.

Otro listado tomado como base, es el que elaboró el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), y otros listados digitales del MINAGRI de los años 2015 y 2016. Una de las fuentes consultadas como base, ha sido la del Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, que como ente rector ha reconocido un total de 6,194 de comunidades, 5,119 de las cuales son tituladas.

En el caso de las comunidades nativas, se utilizó el contenido de los expedientes oficiales de inscripción y titulación de tierras del Ministerio de Agricultura y Riego, así como de la Dirección Agraria. En cuanto a las que no cuentan con estos documentos, se recurrió al directorio de comunidades nativas del Perú del PETT (1999), un listado de los gobiernos regionales (2015) y un documento de demandas territoriales de los pueblos amazónicos de AIDESEP (2014).

Desde CEPES –miembro de la RED MUQUI- y el IBC, además de otras instituciones cuyo trabajo se relaciona con los pueblos indígenas, se espera que con esta entrega se logre contribuir a la toma de decisiones -a base de información precisa y fidedigna- para lograr la seguridad de tenencia sobre los territorios de las comunidades del país, indican ambas instituciones de la Sociedad Civil.

“Estas publicaciones son de vital importancia, en especial para visibilizar a nuestras comunidades, su ubicación, y para que sean consideradas en los mecanismos que reconocen sus derechos colectivos, como la titulación de tierras comunales, aplicación del derecho a la consulta previa, entre otros”, señaló Javier Jahncke, Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI.

DATOS:

  • El SICCAM es una base de datos georreferenciada que contiene información tabular (base de datos) y gráfica (archivos de shapefile) sonre comunidades campesinas del Perú. Esta iniciativa surge en el marco de la campaña «Territorios Seguros para las Comunidades del Perú», y con el apoyo de los miembros del Pacto de Unidad (CNA, CCP, ONAMIAP, UNCA y la FEMUCARINAP).
  • En el caso del SICNA, creado en 1996, ha logrado recopilar información catastral y social sobre el 95% de las comunidades de la Amazonía peruana.

Fuente: CEPES / IBC

Fotos: CEPES / IBC / CNA

AFIRMA OXFAM EN PERÚ

El representante de OXFAM en el Perú, Vladimir Pinto, indicó que una reglamentación del derecho a la Consulta Previa no permite que el Estado pueda comprender, de manera más amplia, este derecho propio de los pueblos indígenas.

“Resulta un asunto complejo, porque entrar en detalles restringe el entendimiento de este derecho. Creo que el camino de la reglamentación no es recomendable para otros países, que lamentablemente están pensando en ello como Colombia, Brasil y México, donde se discute como reglamentar el derecho a la consulta”, aseguró Pinto.

Si bien, resaltó que el Perú es un ejemplo en Latinoamérica por ser el país que tiene una ley reglamentada, así como protocolos y modificaciones en los textos de procedimientos de algunos sectores, ello no asegura el éxito de un proceso de consulta.

“Se ha hecho mucho trabajo normativo. Se ha creado una institucionalidad ADHOC, y ello es una forma homogénea de hacer las cosas, sin embargo, tenemos una entidad rectora en el Estado, pero al final cada ente tiene su propio mecanismo específico de implementar las consultas”, consideró.

Para el representante de OXFAM en nuestro país, el éxito de un proceso de consulta previa radica el plan de consulta para cada proceso específico.

“En el Perú, durante los distintos procesos de consulta que se han desarrollado, lo que determina el éxito de las consultas es el plan de consulta porque eso es lo que realmente se negocia. En la mayoría de los casos, estos planes van más allá del reglamento, y con ellos se ha llegado a modificar cosas que, incluso, están específicamente normadas”, señaló.

Durante su intervención en el evento de OXFAM “¿Quién tiene el derecho a decidir? Tendencias sobre la Consulta Previa y el consentimiento comunitario en los sectores de petróleo y minería”, Vladimir Pinto, resaltó el buen resultado que ha traído la consulta previa en aprobación o modificación de leyes de alcance general.

“Los casos de Consulta Previa sobre temas generales que son los que mejor funcionan, más que los casos específicos de afectación. En el Perú tenemos la reglamentación de la ley forestal, el plan nacional de salud intercultural, en donde hubo un dialogo real entre el Estado y las organizaciones y con cambios significativos entre la norma originalmente planteada”, comentó.

De igual modo, Pinto sugirió que el manejo de la cultura de la consulta previa no puede estar solo en un sector del Estado, sino que cada una de las partes involucradas en el proceso debe tener un especialista en la materia, así como un entendimiento básico de los derechos de los pueblos indígenas.

En respuesta, la Directora de Consulta Previa del Ministerio de Cultura, Ángela Acevedo, puntualizó que el reglamento ayuda a determinar que se consulta todo aquello que tiene afectación directa sobre los pueblos indígenas, es decir un cambio en la situación jurídica y el ejercicio de un derecho.

“Es un gran reto explicarle a un funcionario como es que la afectación directa de los derechos colectivos y cómo eso ayuda a identificar qué es lo que se consulta”, explicó.

En cuanto a la identificación de pueblos indígenas, Acevedo dijo que el Perú cuenta con una base de datos referencial y que se va a actualizando de acuerdo a los trabajos de campo que el Estado realiza en las comunidades indígenas. Esto se debe a que en los censos poblaciones no se ha recogido información sobre ello.

La representante del Ministerio de Cultura, también aseguró que cuando se implementa el derecho a la consulta, surgen agendas que no están relacionadas al proceso o a lo que se está discutiendo en un caso particular.

“En consulta previa se discute sobre una medida que afecta el derecho colectivo. Hay una agenda indígena y otros temas pendientes que no necesariamente se van a debatir en un proceso de consulta previa. La consulta no es el remedio para los temas históricos, de titulación, acceso a la educación, salud, entre otros”, aclaró Acevedo.

DATO:

Vladimir Pinto (OXFAM Perú) y Ángela Acevedo (Ministerio de Cultura) participaron y comentaron el contenido de dos informes: «Derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado en América Latina», y «Índice de consentimiento de las comunidades 2015». Ambos documentos fueron presentados en el evento “¿Quién tiene el derecho a decidir? Tendencias sobre la Consulta Previa y el consentimiento comunitario en los sectores de petróleo y minería”, realizado en el marco del EITI y organizado por OXFAM y el Ministerio de Cultura.

 

FOTO: Captura YouTube RED MUQUI