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En el marco de la campaña nacional Defensores y Defensoras del Perú, el mes de noviembre se buscó que el Congreso de la República aprobara la designación de un presupuesto adecuado para la implementación del Mecanismo Intersectorial de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos, una herramienta que permite establecer obligaciones para distintos sectores del Estado con competencias que aseguren la protección de defensores y defensoras.

El mencionado mecanismo representa una herramienta fundamental considerando la constante situación de amenaza que viven las personas defensoras en el Perú por su labor de protección del medioambiente y la vida. Recordemos que, desde el 2019 a la fecha,  26 defensores y defensoras han sido asesinados en el país, lo que convierte al país en uno de los países de mayor riesgo para realizar esta labor.

A pesar de lo señalado, para el 2022, en el Presupuesto Público, sólo se establecieron S/. 45 mil soles para el mecanismo, presupuesto que no fue suficiente para cumplir su objetivo de proteger a defensores y defensoras en situaciones de riesgo.

El pasado 30 de noviembre fue el día clave para la campaña porque fue el último en que se podía hacer incidencia y exigir al congreso que apruebe un presupuesto mayor para el mecanismo en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Las organizaciones que conforman la campaña Defensores y Defensoras del Perú solicitaron concretamente, a través de la congresista Ruth Luque Ibarra, que sean asignados S/ 50’000,000 (cincuenta millones de soles) al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección General de Derechos Humanos; y S/ 20’000,000 (veinte millones de soles) al Ministerio del Interior, para la protección de las personas defensoras.

Sin embargo, a pesar de lo señalado y de las acciones realizadas por parte de las organizaciones que conforman la campaña, como por ejemplo, un plantón llevado a cabo el mismo 30 de noviembre que contó con la participación de de defensores de Cusco, Junín y de la Amazonia, no se aprobó el presupuesto que se requería, lo cual tendrá como consecuencia que defensores y defensoras del ambiente sigan sin tener el apoyo adecuado del Estado cuando reciban amenazas, sean criminalizados o violentados.

Ahora, desde la campaña, se buscará que se asigne un presupuesto para el mecanismo en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM), el cual es una modificación del presupuesto que se realizará entre enero y febrero del 2023. Defensores y defensoras del Perú necesitan presupuesto para que haya más protección a sus derechos y a sus vidas.

¿Por qué el sector minero no puede parar sus actividades si estas no son esenciales según los criterios de salud y alimentación de la población establecido en el Decreto Supremo 044-2020-PCM?

Por: Beatriz Cortez S. / Equipo de Red Muqui

En diciembre de 2019 se encontró el primer caso de Covid-19 en Wuhan, una de las ciudades más grandes del centro de China. A la fecha, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado la pandemia con un total de 160 países que reportan contagios. El virus se sigue propagando por todo el mundo y a excepción de China, las estrategias de contención que los demás países desarrollan no está funcionando; es decir se siguen reportando miles de casos más y el virus se sigue propagando. En Italia la situación es muy dura, el sábado 21 de marzo se reportó la muerte de 793 personas en un solo día a causa del virus, el record a nivel mundial de muertes por Covid-19 en un solo día. Un equipo de médicos chinos que combatieron en primera línea al Coronavirus en su país viajó a Italia para aportar en la estrategia de contención del virus y señalaron que la cuarentena que está usando ese país no está funcionando pues todas las actividades no estaban paralizadas: “Ahora mismo tenemos que parar el tiempo”, señalaron los expertos chinos.

La línea naranja es la progresión de casos de contagio en China como se observa los casos están controlados, la línea amarilla es la progresión de casos en otros países. Fuente: Center for Systems Science and Engineering (CSSE) at Johns Hopkins University (JHU)

¿Por qué es tan importante poder contener la propagación del virus? La importancia radica en dos razones fundamentales: 1) evitar el colapso del sistema de salud, es decir si bien la tasa de letalidad del virus no es alta, la saturación del sistema de salud provocará tener que elegir a quienes estarán dirigidos los escasos recursos y la atención médica; es decir la primera razón es lograr la protección de la vida de la mayoría de personas que sea posible ante un inminente colapso sanitario y 2) ganar tiempo para poder estudiar el virus y encontrar su cura y/o desarrollar mejores medidas de prevención; este es un virus nuevo muy poco conocido por la ciencia a nivel global. Si el virus se sigue propagando este es más difícil de estudiar en sus variedades y progresiones. A la ciencia no le conviene que haya más contagios, esto dificulta las investigaciones.  China , junto a Singapur y Corea del Sur son los únicos países que han demostrado efectividad para controlar el virus con la estrategia de la “supresión”, esto a partir de la aplicación de una cuarentena absoluta y estricta como medida fundamental para garantizar el distanciamiento social y cortar las rutas de exposición a contagios; lo que logra suprimir la propagación del virus. Otros países vienen aplicando una estrategia de “mitigación”, es decir de “aplanar la curva” para ralentizar los contagios; esto no evita que tarde o temprano haya más contagios, los habrán de todas formas. Esto tampoco implica garantizar que no haya muertes, las habrán de todas formas por la escasez de recursos materiales y la tasa exponencial de contagio del virus; este es el caso de Italia, por ejemplo.

Lo que nos preguntamos es, porqué en Perú el gobierno no aplica una estrategia de supresión del virus: es decir, una cuarentena absoluta. Veamos el caso de nuestro país: el primer caso de contagio se reportó el 6 de marzo; 5 días después, el 11 de marzo, el Ministerio de Salud declaró Emergencia Sanitaria Nacional por 90 días (Decreto Supremo 008-2020-SA). Durante toda esa semana se siguieren reportando casos, la ruta de exposición al contagio ya estaba expandiéndose en el país. El domingo 15 sesionaba el Consejo de Ministros; esa noche Martín Vizcarra anunció la declaratoria de “Estado de Emergencia Nacional” (EEN) que contenía la medida de cuarentena. La norma salió publicada el día siguiente: Decreto Supremo N° 044-2020-PCM.  Esta norma tiene como objetivo principal: “proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de los servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población” y en su artículo 4, establece una serie de excepciones relacionadas a actividades directamente vinculadas a garantizar la medida de cuarentena.

Sin embargo, desde el primer día de decretada la cuarentena se empezaron a reportar que diversos sectores empresariales de la rama privada hacían que sus trabajadores continuaran con las actividades a pesar de la medida de distanciamiento social; y el sistema de la Policía Nacional del Perú habilitó que los trabajadores obtengan pases de circulación con motivo de trabajo: empresas agroexportadoras, empresas de bebidas y alimentos no esenciales, textiles, call centers de llamadas privadas, entre muchas otras cuyos rubros no se encuentran dentro de las actividades esenciales para garantizar las medidas de prevención que requiere esta Emergencia Sanitaria. El sector minero es uno de estos, mineras como Las Bambas y Chinalco el primer día de cuarentena anunciaban que seguirían realizando sus labores de operación. El martes 17, el Ministerio de Energía y Minas emitió un comunicado donde informaba que en función al literal l) del artículo 4° del Decreto Supremo, el Ministerio de Economía y Finanzas les daba la conformidad para que el subsector minero se encuentre dentro de las actividades económicas de excepción al estado de emergencia con el fin de que este subsector “garantice el sostenimiento de sus operaciones críticas con el personal mínimo indispensable”. El comunicado también señala que los titulares mineros puedan continuar con el transporte de concentrado de minerales, carga y actividades conexas para asegurar el ciclo logístico. En los días siguientes, mineras como AngloAmerican, Antamina, Newmont, Volcan-Glencore y Cerro Verde anunciaban que reducían sus actividades a las “operaciones críticas” y que disminuían su “fuerza de trabajo”.

 

Si bien aún no conocemos el contenido del Oficio N° 059-2020-F/10.1 que otorga la conformidad del MEF para exceptuar al rubro minero de la cuarentena; sí podemos señalar que la categoría “operaciones críticas” señalada en el comunicado del MINEM, según nuestra normatividad, estaría referida a las categorías desarrolladas por el Sistema de Activos Críticos Nacionales. El Decreto Supremo N° 106-2017-PCM que aprueba el Reglamento para la Identificación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales (ACN), señala que estos son: “aquellos recursos, infraestructuras y sistemas que son esenciales e imprescindibles para mantener y desarrollar las capacidades nacionales”; sin embargo, tenemos que advertir que estos criterios de clasificación de las operaciones mineras no están adecuados  a criterios de  optimización de  la medida sanitaria de cuarentena, sino que responde a criterios productivistas que el MINEM y la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) han venido aplicando como regla en el país. Pero en estos momentos no puede seguir aplicándose la regla si nos encontramos en una situación excepcional y de emergencia vital.

El viernes 20 de marzo la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos emitió una carta dirigida al presidente Vizcarra señalando que, durante la semana, en las unidades mineras, se habían seguido reportando actividades de entrada y salida de los trabajadores, además de otras actividades relacionadas a la alimentación y la logística. La Federación señaló como dos de sus principales demandas en este contexto 1) La fiscalización de los servicios estrictamente esenciales y 2) Disponer que todo despido o acto que perjudique los derechos laborales sea inválido. Estas demandas de los trabajadores mineros son primordiales para salvaguardar su salud y sus derechos laborales; sin embargo, resulta que muchos de los trabajadores deciden seguir yendo a trabajar por miedo a ser despedidos si se niegan a hacerlo, de tal forma que se encuentran, en muchos casos, en una situación de coacción y condicionamiento, poniendo en riesgo su salud y la de sus familias con tal de no perder su puesto de trabajo. A nuestra institución también han llegado denuncias de trabajadores mineros que se encuentran obligados a trabajar sin ningún tipo de protección especial para prevenir contagios y en actividades que no son mínimas ni esenciales acordes a las medidas sanitarias requeridas. Estos son los casos de Perubar e Impala Terminals; estas dos empresas son parte de la cadena logística de almacenamiento, transporte y embarque de mineral concentrado fuera del país. También llegó denuncias de trabajadores de la empresa de Tren Ferrovías, que transporta el mineral de las regiones al Callao. En las 3 empresas, el trabajo se da las 24 horas del día y laboran hasta 12 horas diarias.

Se puede observar una fila de trabajadores para ingresar a laborar sin ningún implemento de prevención para evitar contagios. Fuente: FNTMMSPOFICIAL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En la actualidad no existe por parte del Estado peruano garantías de fiscalización para asegurar que las diversas empresas mineras acaten con rigurosidad el “Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente al riesgo de introducción del Covid-19” que habilita la Emergencia Sanitaria Nacional y  que sus operaciones estén reducidas y con las medidas de protección correspondientes para resguardar la salud de los trabajadores, sus familias y la de comunidades y poblaciones que se encuentran en contacto con estos trabajadores. La SUNAFIL como ente rector de fiscalización en materia laboral debe garantizar la protección de los trabajadores; sin embargo, esto no pasa. El Sindicato de Trabajadores de Shougang también denunció que la empresa amenaza y condiciona a los obreros para que laboren con normalidad. El Sindicato apela al propio Decreto Supremo 044-2020-PCM para negarse a laborar; estos obreros corren el riesgo de ser despedidos y el Estado peruano los está dejando en desprotección. Y no solo son los casos de las empresas mineras Shougang, Perubar o Impala Terminals; incluso no hay forma de garantizar que en los casos de aquellas empresas mineras que señalan que están reduciendo sus actividades, esto se haga de forma estricta y bajo criterios de sanidad y salubridad y no bajo criterios productivistas.

Cómo se evidencia,  la situación del sub sector minero es privilegiada (#MineríaConCorona) y no se justifica a nivel técnico que el Ministerio de Economía y Finanzas  haya decidido que esta sea una actividad que debe estar exceptuada del Estado de Emergencia Nacional y además que se halle sin fiscalización alguna, ni laboral ni ambiental. Sabemos que la medida de cuarentena tiene el objetivo principal de garantizar el “distanciamiento social” como medida sanitaria escencial y prioritaria para enfrentar la propagación del Covid-19. Es una medida costosa pero necesaria para poder garantizar el derecho humano a la vida y a la salud. No hay costo material que pueda pesar más que salvaguardar la vida de miles de peruanos. El Estado peruano debe tomar la decisión de que todos los sectores privados  que no realicen actividades escenciales para la vida de la nación acaten una cuarentena estricta; los trabajadores mineros deben ponerse a salvo y las rutas de exposición al contagio deben cortarse con mayor rigurosidad, de lo contrario a largo plazo tendremos un escenario mucho más costoso y muy grave para la mayoría de familias del país.

Durante los primeros días tras el estado de emergencia se han conocido diversas denuncias de trabajadores mineros de las empresas mineras: Glencore (Cusco), MMG Las Bambas (Apurímac), Southern (Tacna), etc, que denunciaron que estaban trabajando con normalidad a pesar del estado de emergencia que inicialmente no exceptuaba a la actividad minera como una actividad indispensable que podía continuar desarrollándose al igual que las empresas que están en el rubro de la alimentación y salud en este tiempo de crisis. Asimismo, a Red Muqui, nos llegó recientemente denuncias de trabajadores de empresas concentradoras y exportadoras de minerales (IMPALA y PERUBAR) que denunciaban que eran obligados a trabajar a pesar del último anuncio del presidente Martín Vizcarra el viernes 20, que señala que las operaciones mineras que se desarrollen deben ser “remotas y confinadas”, para que no se exponga a las personas.

Comunicado del Ministerio de Energía y Minas el martes 17

El martes 17, el Ministerio de Energía y Minas, con el aval de la ministra de Economía sacó un comunicado en el que señalaba que la actividad minera sí podía seguir desarrollándose en pleno Estado de Emergencia porque era necesario “garantizar el sostenimiento de las operaciones críticas con el personal mínimo indispensable”. Sin embargo, el comunicado del MINEM posteriormente señalaba que las operaciones críticas incluían casi todas las actividades mineras que desarrollan con normalidad: “explotación de minerales, planta de beneficio, cierre de minas, construcción de proyectos mineros, transporte de minerales por medios no convencionales, así como transporte y almacenamiento de concentrados y productos minerales transformados”.

 

 

 

En el comunicado también se señala que las empresas son las que definen el personal mínimo indispensable que garantice el sostenimiento de las operaciones críticas.

Cuestionamientos al MINEM

El cuestionamiento ante la emisión de este comunicado que varios especialistas en minería se hicieron, como el ingeniero economista, Juan Aste Daffos, fue que “las operaciones críticas son justamente para realizar labores indispensables para que no puedan ocurrir problemas en el campamento minero y no se apague la planta concentradora, por ejemplo, para que la máquina no se oxide, y para que la energía del campamento se mantenga funcionando, y la alimentación de los pocos trabajadores que deben continuar realizando actividades de manutención de la planta, máquinas, compresas relaveras para que no hayan desastres ambientales; pero no para seguir produciendo minerales, transportándolo hacia los puertos e incluso construir nuevos proyectos mineros, como señala el comunicado”.

Tras este comunicado, los sindicatos de trabajadores mineros y la Federación de Trabajadores Mineros empezaron a protestar porque las empresas mineras continuaban desarrollando sus labores con normalidad y su salud estaba en riesgo. Al transcurrir los días y ante las crisis que aumentaba, varias empresas empezaron reducir sus labores operativas e inclusive algunas de ellas enviaron a sus trabajadores a sus casas. En el caso de Southern en Tacna, por ejemplo, en los tienen en el campamento minero, y continúa laborando casi el 50% de acuerdo a su comunicado oficial.

Anuncio de Vizcarra el viernes 20

A pesar de los comunicados del MINEM y el aval del MEF, el viernes 20 de diciembre, el presidente, durante la conferencia de prensa que da todos los días al mediodía; señalo que las actividades mineras que se desarrollan tiene que ser remota y confinada para no generar riesgo en la salud de los trabajadores y personas. “El concepto de eso es aislamiento social, pero también conocemos de otras operaciones que han estado entrando y saliendo, trasladando, transgrediendo la norma. Y si está prohibido para el chiquito, esta para el mediano y grandote. Todos tenemos que cumplir y vamos a ser estrictos. Si es remota y confinada no hay problema porque no hay interacción, está en aislamiento. (..) Con una operación minera que tiene una presa de relaves, si no está el operador que mantenga el sistema eso puede generar el colapso del envase de relaves y puede generar todo un problema ambiental. Entonces esas operaciones específicas, a ese nivel de detalle estamos nosotros trabajando, pero como digo aquí el compromiso es de todos. Y acá el objetivo es el bien y la salud de todos los ciudadanos y eso es lo que prime en todas y cada una de nuestras decisiones”.

Trabajadores de empresas exportadoras protestan

Tras estas declaraciones, los trabajadores de las empresas que se dedican al acopio, concentrado y exportación de minerales en el puerto del Callao, empezaron a denunciar que diariamente reciben camiones de carga con minerales de las diferentes regiones del país, y su salud está expuesta al interactuar con trabajadores externos. Trabajadores de la empresa Perubar S.A e Impala S.A, expresaron a Red Muqui que tienen miedo de contagiarse debido a la labor que realizan y porque diariamente se trasladan desde sus casas hasta el Callao en buses de la empresa, sin que tampoco haya el metro de distancia correspondiente. Los jefes de los trabajadores se encuentran trabajando desde casa, señalan.

Además, trabajadores de Perubar S.A informaron que dos trabajadores presentaron síntomas del Conavid19 y fueron devueltos a sus casas, y hasta ahora los trabajadores no tienen información de la salud de esas personas.

Los trabajadores han señalado a sus jefes que de acuerdo a las declaraciones de Vizcarra ellos ya no deberían trabajar, porque son más de 70 trabajadores que están en interacción con otros trabajadores de otras regiones, y ello ya no es una actividad remota y confinada tal como lo señaló el presidente, y los pone en riesgo.

Trabajadores ferroviarios tampoco paran

Tras compartir en redes sociales las denuncias de los trabajadores de las empresas concentradoras y exportadoras de minerales; los trabajadores de la empresa privada de tren Ferrovías, que transporta minerales desde las regiones hasta el Callao, también hicieron llegar su denuncia para que se haga pública. Denunciando que están trabajando 24 horas, con total normalidad al día de hoy, 23 de marzo.

Fiscalización

Los trabajadores de las empresas de explotación minera, transporte y exportación de minerales, exigen que SUNAFIL vaya a sus centros de trabajo para que supervisen las actividades que realizan y de esa manera puedan paralizar sus labores y así acatar la cuarentena como la mayoría de trabajadores en el país.