Entradas

El pasado 27 de marzo, en presencia de 3,000 aimaras y quechuas reunidos en Ilave, Puno, el consejo de autoridades originarias quechuas y aimaras acordó, por unanimidad, continuar con la defensa de la soberanía del territorio puneño. Para tal fin se hizo énfasis en tres acuerdos claves: continuar apoyando y participando de las movilizaciones por la renuncia de Dina Boluarte; ejercer su derecho por la soberanía del litio amparados en el convenio 169 de la OIT; y rechazar a las autoridades designadas por el gobierno de Dina Boluarte, calificado de ilegitimo y acusado de traición al pueblo.

Este acuerdo fue tomado a partir de un debate previo que se desarrolló durante la ceremonia de inicio de clases de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, y en presencia del rector de la Universidad Nacional de Ingeniería. En este espacio se resaltó la importancia de industrializar el litio, y que este mineral beneficie a las trece provincias de Puno y sus 110 distritos. A partir de estas declaraciones, las autoridades quechuas y aimaras acordaron secundar la industrialización del litio, en palabras de un dirigente aimara: “No permitiremos que el litio salga del altiplano sin industrialización, ejerceremos nuestro legítimo derecho sobre la soberanía del litio para los pueblos aimaras, quechuas y amazónicos. El litio no será dispuesto a libre albedrío como creen en Lima”. Además, se cuestionó la emisión de concesiones mineras para la explotación del litio, acusando al gobierno de no realizar la Consulta Previa para su emisión, por lo que acordaron rechazar las concesiones mineras y no autorizar la explotación del litio por extranjeros.

Es importante resaltar que, desde el 2017 – año en que se descubrieron las reservas de litio que podrían incorporar al Perú en el triángulo del litio -, el departamento de Puno se encuentra inmerso en la discusión global sobre minerales de transición y energías verdes por la presencia de litio y uranio en su territorio. Sin embargo, tal cual lo mencionaron especialistas durante la presentación del estudio “El rostro del litio y uranio en Puno, la cultura, la salud, derechos de las comunidades y medio ambiente en riesgo”, el gobierno peruano se apresuró a promover la explotación de litio, sin contemplar su industrialización, riesgos para la salud, comunidades, patrimonio cultural y su relación con el uranio, siendo este último el que podría exponer a la radioactividad a miles de personas.

Luego de este acuerdo regional, se espera el pronunciamiento de las comunidades del distrito de Corani y Macusani de la provincia de Carabaya, zonas donde se encuentran el litio y uranio.

Las diversas organizaciones sociales de base e instituciones de la sociedad civil provenientes de las regiones de Apurímac, Cusco y Puno, reunidos en el “VII Encuentro Interregional del Surandino” del 31 de marzo y 01 de abril en la ciudad de Chucuito – Puno, hacemos público nuestra declaración:

 

Que la actual crisis política que atraviesa nuestro país no es de ahora, es histórica y sistémica, y trasciende al gobierno de Pedro Castillo. Sin embargo, lamentablemente, debemos denunciar el abandono de la esperanza y de las promesas de cambio que el presidente Castillo ofreció en campaña y por las cuales nuestro Sur andino le dio su amplio respaldo en las últimas elecciones.

Que la pandemia genero pérdida de miles de vidas humanas y una serie de afectaciones integrales, que al día de hoy aún padecemos en nuestras comunidades. Sin embargo, desde nuestros territorios, durante la pandemia, y, actualmente, seguimos produciendo los alimentos para nuestras regiones y el país en medio de una crisis alimentaria y sanitaria sin precedentes en nuestro Perú y en el mundo.

Que el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas y originarios en nuestro país ha sido reconocido por los artículos 6 y 15 del Convenio 169 de la OIT, y luego desarrollado por la Ley de consulta previa aprobada (Ley 29785), y posteriormente reglamentado (D.S. 001-2012-MC) y desarrollado por el Tribunal Constitucional en diversas sentencias (STC No 00022-2009-PI/TC, 05427-2009-PC/TC).

Que las comunidades campesinas Chila Chambilla y Chila Pucara de la provincia de Juli en Puno presentaron una demanda de amparo en el año 2014 contra INGEMMET y el MINEM por la omisión de la consulta previa de las concesiones mineras que se superponían en sus territorios. Al respecto el Tribunal Constitucional ha expedido la sentencia Nro. 03066-2019-PA/TC, donde este máximo órgano de protección de los derechos desconoce el derecho fundamental a la consulta previa como derecho de las comunidades campesinas originarias aymaras y quechuas.

Que la agricultura convencional demostró no ser sostenible, al depender de insumos externos. Que lamentablemente la propuesta de Segunda Reforma Agraria fue abandonada por el gobierno, y la iniciativa conocida no representa una propuesta de seguridad y soberanía alimentaria capaz de responder a la crisis económica y familiar que afronta el mundo, agudizada por los efectos de los recientes conflictos bélicos.

 

Ante esta situación y luego de analizar y debatir estos puntos, queremos manifestar a la opinión pública regional y nacional lo siguiente:

  • Respaldamos la lucha de nuestras comunidades campesinas aymaras Chila Chambilla y Chila Pucara de la provincia de Juli, Puno, quienes exigen se respete el derecho a la consulta previa en sus territorios y rechazan la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que desconoce este derecho consagrado en nuestras leyes peruanas e internacionales.
  • Exigimos se retome el debate y se ponga en el escenario público nacional la necesidad de discutir plural y democráticamente una nueva Constitución Política, entendiendo que es el instrumento fundamental para poder construir un Estado para y desde los pueblos.
  • Demandamos también se retome con seriedad y responsabilidad el proceso de la segunda Reforma Agraria, así como la atención al sector productivo agrario, se respete el derecho al agua y la protección de las cabeceras de cuenca en nuestros territorios.
  • Emplazamos al gobierno a cumplir su compromiso con la agricultura familiar y promover una transición a la agroecología, la misma que nos permitirá caminar hacia un Buen Vivir de nuestros pueblos.
  • Instamos al gobierno nacional para que los conflictos socio-ambientales en nuestros territorios, principalmente en zonas mineras, sean resueltos vía el diálogo y de manera pacífica. Por ello, rechazamos las políticas de militarización, el uso de la fuerza y la violencia que se practica desde el Estado. Le recordamos al presidente Pedro Castillo y su premier respetar su compromiso de que “el pueblo no reprime al pueblo”.
  • Demandamos y nos comprometemos a construir una sociedad con igualdad y equidad de género. Trabajamos en ello y con ese fin nos seguiremos organizando. También demandamos al gobierno regional y nacional, políticas que, conscientes de la violencia que sufren nuestras mujeres rurales, campesinas e indígenas, reconozcan y defiendan sus derechos.
  • Exigimos la implementación urgente y adecuada del mecanismo de protección de defensores y defensoras de derechos humanos y ambientales. No podemos seguir tolerando la muerte de nuestros/as hermanos/as defensores/as y que el Estado siga sin mayor acción al respecto. Igualmente señalamos que nos organizaremos para impulsar los procesos de autoprotección en y desde nuestros territorios.
  • Reconocemos la importancia de las juventudes originarias e indígenas en la permanencia y revitalización de las comunidades y organizaciones. Trabajaremos para seguir convocándolas y construir propuestas desde sus propias agendas y visiones.

Por todo lo mencionado y dado la actual situación de crisis que atravesamos,  demandamos al gobierno nacional que se atiendan las demandas de las comunidades campesinas, los agricultores, los transportistas y ciudadanía en general, ya que no solo ha subido el costo vida, si no también las demandas por mayor atención a eduación y salud en nuestros territorios.

Firman:

–   Central Unica Macro Regional de Rondas Campesinas del Sur del Perú – CUMARC

–   Federación Departamental de Campesinos de Cusco – FDCC

–   Federación Departamental de Campesinos de Puno

–   Federación Distrital de Campesinos de Muñani

–    Gloriosa Federación de Campesinas de Paucartambo – Cusco

–    FUDICH – Chamaca  – Cusco

–    FEDEJOP

–    Autoridades originarios de Moho – Puno.

–    Organización de mujeres aymaras – Puno

–    OMABASI – Puno

–    Comunidad Campesina de Chila Chambilla – Juli – Puno

–    AMDETEC – Kana – Cusco

–    Red Muqui

–    CADEP – Jose Maria Arguedas – Cusco.

–    FUCAM – FDCP – Puno

–    ISAIAS – Puno

–    IDECA – Puno

–    CooperAcción

–    DHUMA – Puno

–    CEDEP Ayllu – Cusco

–    IDL

–    Derechos Humanos Sin Fronteras – Cusco

–    IDMA – Apurimac

–    FEPROMUC – Apurimac

–    JHUSMAP

–    Red Muqui Sur

–    CBC – Cusco

–    APRODEH – Apurimac

–    YPL Apurimac

Puno, 01 de abril del 2022.

Las familias no reasentadas de la antigua ciudad de Morococha invitan a los medios de comunicación a la conferencia de prensa a realizarse el lunes 22 de noviembre a las 11 Am en el auditorio de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – CNDDHH (Calle Pezet y Monet 2467, Lince),  para presentar sus demandas, luego de haber logrado una resolución del poder judicial que reconoce y declara sus derechos constitucionales “a vivir dignamente, a su integridad moral, psíquica y física y al libre desarrollo y bienestar “, frente a las acciones de la empresa minera Chinalco en el lugar en el que viven. Luego de casi un año de demora del proceso de Habeas Corpus presentado por los pobladores de la antigua ciudad de Morococha contra la empresa minera Chinalco por la violación de los derechos fundamentales a la libertad de tránsito al haber cerrado el acceso de los pobladores a sus viviendas donde viven con sus familias, si mal el juez, en primera instancia, declaró infundada la solicitud de los pobladores para reabrir la vía de acceso, porque la vía fue aperturada por los propios pobladores ante el letargo o demora del proceso; también señala que las familias tienen vigentes sus derechos constitucionales, situación que contradice lo esgrimido reiteradamente por la empresa minera Chinalco, que señalaba que eran merodeadores de la antigua Morococha e incluso personas ilegales que estarían viviendo a cuenta y riesgo propio.

El reconocimiento de los derechos y su expresa declaración en la sentencia de habeas corpus, constituye un importante pronunciamiento de nuestra justicia emitida dentro de un proceso constitucional, aunque la demora de un año en su expedición, rehabilita el reconocimiento de los derechos de los pobladores de la antigua ciudad de Morococha y exhorta a la municipalidad distrital de Morococha, a la empresa Minera Chinalco y al Ministerio de Energía y Minas a evitar amenazas y posibles violaciones de derechos fundamentales de los pobladores que aun residen con sus familias en la antigua ciudad de Morococha situación que se reconoce independientemente de que vivan o no en una zona declarada de riesgo no mitigable.

Como se recuerda, tras los ofrecimientos de Chinalco para poder desarrollar su proyecto minero, el 2012 inició el reasentamiento de aproximadamente 1200 familias a la nueva ciudad de Carhuacoto; sin embargo, varias familias no aceptaron esos ofrecimientos.

Fecha: Lunes 22 de noviembre del 2021

Hora: 11:00 am

Lugar: Auditorio de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – CNDDHH (Calle Pezet y Monet 2467 Lince – Lima)

El día de ayer, martes 9 de abril, la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, aprobó el dictamen para remediar los pasivos ambientales que las empresas mineras han dejado en el país a lo largo de más de 50 años de actividad minera.

El dictamen reúne 10 proyectos de ley de diversos congresistas y propone que la ley 28271, que actualmente regula los pasivos ambientales de la actividad minera, tenga una gestión y manejo más eficiente, eliminando el riesgo para el ecosistema y la salud ambiental; por la que miles de personas se ven afectadas por la contaminación a nivel nacional. La Oroya – Pasco; Hualgayoc – Cajamarca; Espinar – Cusco; la cuenca del río Rímac – Lima; y comunidades de Huancavelica y Puno, son los lugares más afectados según el presidente de la Comisión Wilbert Rosas, quién agregó: “el Ministerio de Salud ha reconocido que los pasivos ambientales mineros es una de las principales causas de contaminación por metales pesados”.

¿Qué es un pasivo ambiental minero?

Según el artículo 2 del Dictamen: “Son considerados pasivos ambientales aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o depósitos de residuos producidos por operaciones mineras abandonadas o inactivas, cualquiera sea el momento en el que se hubiesen generado, y que constituyen un riesgo permanente o temporal y potencial para la salud ambiental, especialmente de aquellas poblaciones vulnerables; el ecosistema circundante, la propiedad y los territorios indígenas”.

Al respecto, la congresista Marisa Glave señaló en el debate que el 80% de los pasivos ambientales mineros no tienen un responsable identificado. “Desde que aparecieron las listas de pasivos ambientales elaborados por el Estado, no se les designa responsabilidad”.

Ante este grave problema, el dictamen aprobado plantea que “la responsabilidad de la remediación y mitigación de los pasivos ambientales mineros clasificados de muy alto y alto riesgo recae en el Estado, a través del Ministerio de Energía y Minas, hasta que este identifique y determine al responsable generador de dichos pasivos o a su remediador voluntario. Cuando esto ocurra, dicha responsabilidad le es transferida a este”.

La controversia con la Comisión de Energía y Minas

Durante la sesión de la Comisión de Pueblos, hubo una discrepancia respecto a la Tercera Disposición Complementaria y Final, que plantea sanciones para las empresas mineras que no cumplan con la remediación ambiental.

“Tercera Disposición Complementaria y Final. – Impedimentos para solicitar nuevos petitorios mineros y explotar unidades mineras, y caducidad de denuncios, petitorios y concesiones mineras, de beneficio, labor general y transporte minero”

Al respecto el congresista Olaechea señaló que lo que se debe hacer es incentivar y no sancionar a las empresas para que cumplan con la remediación ambiental y que asuman voluntariamente los pasivos ambientales de los relaves mineros que no tienen a una empresa responsable para volver a utilizarlos como se hace en otros países.

Finalmente, mediante votación, se aprobó por mayoría que sí vaya en el Dictamen tal y como está redactada la Tercera Disposición Complementaria.

Esta misma discusión se llevó a cabo en la Comisión de Energía y Minas hace más de un mes, en que se aprobó también un Dictamen para regular los pasivos ambientales de la actividad minera. En dicha Comisión no se aprobó las sanciones a las empresas mineras señaladas en la disposición de la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Comisión de Pueblos.

En la discusión en la Comisión de Pueblos, también se señaló que no existe actualmente un presupuesto para la remediación ambiental de los pasivos ambientales por actividad minera, por lo que se aprobó en el dictamen que: “El Ministerio de Energía y Minas y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico puede transferir al FONAM un monto presupuestal anual, que puede incluir el monto que les corresponde por la distribución del dinero recaudado por derecho de vigencia, con la exclusiva finalidad de que el FONAM los destine a la remediación de las áreas afectadas por los pasivos ambientales mineros de responsabilidad del Estado”. Esta propuesta tampoco fue aprobada en el dictamen de la Comisión de Energía y Minas.

¿Qué es lo que sigue?

Al haber dos dictámenes aprobados con algunas diferencias en la Comisión de Pueblos y en la Comisión de Energía y Minas, lo que sigue es que la Junta de Portavoces agende la discusión de la ley 28271, que actualmente regula los pasivos ambientales de la actividad minera, y las dos Comisiones puedan realizar un texto sustitutorio conjunto para que entre un solo Dictamen a la discusión en el Pleno del Congreso, o de lo contrario, al no haber acuerdo final entre las dos Comisiones, entren los dos dictámenes a discutirse y finalmente votarse para tener una ley mucho más eficiente en la gestión y manejo eficiente de la remediación de pasivos ambientales mineros.

Desde Red Muqui respaldamos el dictamen aprobado en la Comisión de Pueblos y hacemos un llamado a las y los congresistas para discutir y aprobar tan importante Dictamen, que las comunidades afectadas por la minería están esperando.

Se usa la fuerza policial contra población civil en zonas de conflicto socio ambientales y existen convenios que entre la policía nacional peruana y empresas mineras, así lo sustentaron organizaciones civiles ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en Estados Unidos. La Audiencia se realizó este lunes 1 de octubre en EE.UU. La Comisión Interamericana cuestionó estos convenios y fue enfática al señalar el conflicto de intereses en estas acciones.

Organizaciones como la Red Muqui, Derechos Humanos sin Fronteras, la Fundación para el Debido Proceso (DPLF); la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ); GRUFIDES presentaron información ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el uso irregular de las fuerzas policiales en el Perú con el fin de proteger los intereses de empresas privadas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales.

En el documento de solicitud de la audiencia se afirma que “dicho patrón viene consolidándose en desmedro de los derechos fundamentales de personas y comunidades ubicadas en la zona de influencia de los proyectos de inversión”. Un ejemplo claro de ello, sería el uso de fuerzas policiales para desalojo de pobladores en Las Bambas, donde las organizaciones han reportado varios atropellos y violencia hacia poblaciones vulnerables.

Existen 23 convenios entre la policía y empresas extractivas, así lo reconoció el Procurador del Estado peruano, Carlos Reaño Balazero Afirmó a la Comisión Interamericana que se establece convenios con empresas mineras dentro de un marco normativo, respetando a los derechos humanos. También, aseveró que el Ministerio del Interior (MININTER) por resolución aprueba los convenios y que no hay relación de subrogación de los policías a las empresas, el pago se realiza al MININTER. “Esta actividad no limita cumplir con sus funciones a la policía”, aseguró. Sin embargo, las organizaciones sociales mostraron en su informe que la realidad es otra.

Jaime Borda, director de Derechos Humanos Sin Fronteras, declaró que en el Sur del Perú, en la zona del Corredor minero entre Cusco y Apurímac existe uso de la fuerza indebida. Así, hasta el día de hoy esta zona de encuentra en Estado de Emergencia, anulando derechos fundamentales como la libertad de reunión. También afirmó que existe una persecución sistemática hacia líderes sociales, dirigentes y organizaciones de derechos humanos en la zona.

Por su parte, el Comisionado de CIDH, Joel Hernández, aseveró que “no queda claro el contenido del convenio. En que consiste la obligación a cargo de la policía nacional, cuál es la retribución que recibe la policía nacional por brindar ese servicio”. Fue enfático al señalar que “en otros países hay asociaciones de derecho privado y no se entra en conflicto de tener que distraer a la policía nacional de sus tareas”. Aseguró que en la práctica, quien dirige es la empresa privada.

El representante del Estado peruano respondió que el objetivo del convenio es mejorar los servicios en la zona de influencia del proyecto minero, para preservar el orden interno, orden público y seguridad ciudadana y pidió disculpas por los fallecidos durante los conflictos sociales. Sin embargo, ratificó que el uso de la fuerza se hace dentro del marco constitucional.

En el informe presentado ante la Comisión, las organizaciones sustentaron la desnaturalización de la función constitucional y de la actuación de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas y, el pago irregular de dinero por parte de empresas mineras a la Policía Nacional por servicios de seguridad privada, así como la ausencia de fiscalización y control, por parte del Ministerio Público, de los convenios firmados entre tales empresas y el Ministerio del Interior.

El caso del sur andino peruano (Regiones del Cusco y Apurímac), el informe presentando ante la Corte, demuestra el patrón en torno a los pagos irregulares que empresas mineras han realizado a la Policía Nacional del Perú. Así entre los años 2010 al 2014 la retribución económica de las que fueron beneficiarias las fuerzas policiales por parte de las empresas mineras Quechua, Las Bambas, Hudbay y Tintaya fluctúa entre montos muy semejantes; además se debe precisar que en el caso de la minera las Bambas y Hudbay la retribución económica se extendía a los oficiales superiores que se encontraban a cargo del convenio; entiéndase a éstos como los que firmaban el convenio o se les designaba alguna labor respecto al convenio sin que se encuentre en el destacamento minero

Los montos que los convenios contemplan pueden verse en el siguiente cuadro:

Minera Quechua Minera Las Bambas Minera Hudbay Minera Tintaya
Jefe de destacamento 100.00 soles por día 110.00 soles por día 110.00 soles por día 110.00 soles por día
Efectivo policial 80.00 soles por día 100.00 soles por día 100.00 soles por día 100.00 soles por día
Oficiales superiores supervisores del convenio o a cargo el convenio 110.00 soles por día 110.00 soles por día

Javier Jahncke, secretario ejecutivo de de Red Muqui, afirma que estos convenios y pagos irregulares que se dan entre la Policía y las empresas vulneran la Convención interamericana de Derechos Humanos, más allá de que en el Perú sean legales. Así nada garantiza la protección de  los derechos de  las personas en zonas de conflictos sociales. Comisionado de CIDH, Joel Hernández, finalmente, hizo mención que a pesar de que la policía actué en tiempo libre, como señaló el procurador se trata de agentes del estado que representan al país, y se sujetan a normas del país e internacionales.

Informe Militarización de I… by on Scribd