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En medio de la Emergencia Nacional por el brote del COVID-19; la Red Muqui, colectivo de 29 instituciones de derechos humanos y de defensa del medio ambiente en 11 regiones del país, expresa su preocupación porque el sector empresarial minero esta poniendo en grave riesgo la salud y vida de los trabajadores mineros y de las comunidades en entornos mineros. Del mismo modo, llamamos la atención de la emisión del D.S. 003-2020-DE que reglamenta el Decreto Legislativo 1095 y que regula el uso de la fuerza de las Fuerzas Armadas en situaciones de emergencia en el territorio nacional. Frente a ello queremos señalar lo siguiente:

 

1.- El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) el día martes 17 de marzo ha emitido un comunicado señalando que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha autorizado incluir en el literal “l” del numeral 4.1 del articulo 4 del D.S. 044 -2020 PCM, “que se garantice el sostenimiento de operaciones criticas con el personal mínimo indispensable en condiciones de seguridad, salud y ambiente para la actividad minera y otras actividades conexas”. Asimismo, el comunicado confirma que el transporte de los minerales también está garantizado durante el tiempo de la emergencia. En ese sentido, cabe señalar que, en las actuales circunstancias de emergencia sanitaria, el Estado no debe renunciar a su función regulatoria, fiscalizadora ni sancionadora, ante intereses privados. Las denuncias fueron hechas públicas por los mismos trabajadores, así como por las comunidades cercanas a los proyectos mineros de Las Bambas, Antapaccay y Shougan; quienes señalan que las empresas vienen laborando con normalidad. Bajo un Estado de Derecho con medidas excepcionales para enfrentar el COVID-19 no se puede permitir este trato diferenciado e injustificado hacia las empresas mineras.

 

2.- De otro lado, en el marco de la aprobación del D.S. 044- 2020 PCM se ha emitido el D.S. 003 – 2020 DE, que reglamenta el Decreto Legislativo N° 1095. Este Decreto establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional en situaciones de emergencia. Nos preocupa la aprobación de esta norma debido a que el mencionado Decreto (1095) fue aprobado hace nueve años con una serie de cuestionamientos por organismos de derechos humanos en nuestro a país. Además, ha tenido un proceso de revisión de inconstitucionalidad ante el TC (Exp. N° 00022-2011-PI/TC) e inclusive fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Asimismo, el Decreto Legislativo apertura la posibilidad de que, en contextos de Estados de Emergencia o apoyo a la PNP como el que vivimos actualmente y en zonas de Estado de Emergencia donde existen actividades mineras, como es el caso del corredor minero en el surandino peruano, los miembros de las Fuerzas Armadas incurran en violaciones de derechos humanos debido al uso desproporcionado de la fuerza.

 

Desde la Red Muqui reconocemos el esfuerzo que se viene desplegando desde el gobierno nacional para responder a esta situación de emergencia nacional por el brote del virus COVID 19 y la crisis sanitaria nacional a la que estamos expuestos todos y todas; sin embargo, el Estado no puede descuidar su rol garante de los derechos fundamentales para todos los ciudadanos del país, y mucho menos ceder ante intereses económicos privados. La aplicación de la ley debe ser por igual para todos. El Estado de emergencia debe darse garantizando la prioridad de la salud pública que está por encima de los intereses privados.

 

Lima 18 de marzo del 2020.