Listado de la etiqueta: Salud pública

En medio de la Emergencia Nacional por el brote del COVID-19; la Red Muqui, colectivo de 29 instituciones de derechos humanos y de defensa del medio ambiente en 11 regiones del país, expresa su preocupación porque el sector empresarial minero esta poniendo en grave riesgo la salud y vida de los trabajadores mineros y de las comunidades en entornos mineros. Del mismo modo, llamamos la atención de la emisión del D.S. 003-2020-DE que reglamenta el Decreto Legislativo 1095 y que regula el uso de la fuerza de las Fuerzas Armadas en situaciones de emergencia en el territorio nacional. Frente a ello queremos señalar lo siguiente:

 

1.- El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) el día martes 17 de marzo ha emitido un comunicado señalando que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha autorizado incluir en el literal “l” del numeral 4.1 del articulo 4 del D.S. 044 -2020 PCM, “que se garantice el sostenimiento de operaciones criticas con el personal mínimo indispensable en condiciones de seguridad, salud y ambiente para la actividad minera y otras actividades conexas”. Asimismo, el comunicado confirma que el transporte de los minerales también está garantizado durante el tiempo de la emergencia. En ese sentido, cabe señalar que, en las actuales circunstancias de emergencia sanitaria, el Estado no debe renunciar a su función regulatoria, fiscalizadora ni sancionadora, ante intereses privados. Las denuncias fueron hechas públicas por los mismos trabajadores, así como por las comunidades cercanas a los proyectos mineros de Las Bambas, Antapaccay y Shougan; quienes señalan que las empresas vienen laborando con normalidad. Bajo un Estado de Derecho con medidas excepcionales para enfrentar el COVID-19 no se puede permitir este trato diferenciado e injustificado hacia las empresas mineras.

 

2.- De otro lado, en el marco de la aprobación del D.S. 044- 2020 PCM se ha emitido el D.S. 003 – 2020 DE, que reglamenta el Decreto Legislativo N° 1095. Este Decreto establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional en situaciones de emergencia. Nos preocupa la aprobación de esta norma debido a que el mencionado Decreto (1095) fue aprobado hace nueve años con una serie de cuestionamientos por organismos de derechos humanos en nuestro a país. Además, ha tenido un proceso de revisión de inconstitucionalidad ante el TC (Exp. N° 00022-2011-PI/TC) e inclusive fue presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Asimismo, el Decreto Legislativo apertura la posibilidad de que, en contextos de Estados de Emergencia o apoyo a la PNP como el que vivimos actualmente y en zonas de Estado de Emergencia donde existen actividades mineras, como es el caso del corredor minero en el surandino peruano, los miembros de las Fuerzas Armadas incurran en violaciones de derechos humanos debido al uso desproporcionado de la fuerza.

 

Desde la Red Muqui reconocemos el esfuerzo que se viene desplegando desde el gobierno nacional para responder a esta situación de emergencia nacional por el brote del virus COVID 19 y la crisis sanitaria nacional a la que estamos expuestos todos y todas; sin embargo, el Estado no puede descuidar su rol garante de los derechos fundamentales para todos los ciudadanos del país, y mucho menos ceder ante intereses económicos privados. La aplicación de la ley debe ser por igual para todos. El Estado de emergencia debe darse garantizando la prioridad de la salud pública que está por encima de los intereses privados.

 

Lima 18 de marzo del 2020.

POR MEDIO DE PETICIÓN A PPK

  • Ahora que no se concretó venta del complejo de La Oroya no tiene sentido mantener ECA Aire tan bajos
  • La OMS recomienda no más de 20 microgramos de dióxido de azufre en el aire y en Perú solo se exige 80

La campaña “¡Firma por un Perú con aire limpio!” pretende hacer llegar una petición masiva al presidente, Pedro Pablo Kuczynski, para que los Estándares de Calidad Ambiental del Aire (ECA Aire) sean más elevados, tal como era antes de que fueran modificados por el Ministerio del Ambiente (MINAM) este año.

Estos nuevos parámetros ya rigen para los sectores extractivos, especialmente para el rubro minero, así como para las industrias y el sector de servicios. Es así que, desde junio de este año, el sector Ambiente permite un rango mayor de contaminación.

Un caso especial ha sido el del complejo metalúrgico La Oroya, cuyo intento de venta ha fracaso tres veces en este año.

La falta de postores para invertir en La Oroya y la mina Cobriza en Junín, ha evidenciado que hacer la contaminación ‘más permisible’, no ha funcionado. Es por ello que desde la Red Uniendo Manos, miembro de la RED MUQUI, se ha impulsado firmar una petición para derogar el Decreto Supremo (N°003-MINAM-2017) que dio paso a esta medida del gobierno.

En esta petición se adjunta una carta en la que se expone al presidente de la República, y a la Ministra del Ambiente, que este nuevo estándar de calidad ambiental del aire para dióxido de carbono (SO2) no protege la salud.

Cabe recordar que el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, refirió que el cambio se dio teniendo en cuenta que otros países como Chile y Colombia tienen el parámetro de 250, por lo que el límite de 20 resultaba muy “exigente”.

Asimismo, indicó que con el nuevo estándar se podrá generar una mayor competitividad en nuestra economía “y también se protege a la salud”.

En la misiva, firmada por más de 1200 personas, se le recuerda a Kuczynski que desde el 2014 el Perú ya contaba un estándar de calidad del aire -para SO2- de un promedio de 20 ug/m3 en 24 horas, de acuerdo a lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Es por ello que no puede permitirse que el gobierno actual eleve el estándar a un promedio de 250 ug/m3 en 24 horas, sin suficiente criterio científico.

“No se puede construir un crecimiento económico, contaminando el aire que respiramos, poniendo en riesgo nuestra salud, haciendo que los costos de esta contaminación la asuman todos los peruanos y lo que es peor perjudicando especialmente los bolsillos de los más pobres”, indican las organizaciones gestoras de esta petición.

En la carta que todo ciudadano puede firmar, se asevera que es un error poner los intereses privados por delante del ser humano. “Parece que el gobierno actual privilegia intereses de industrias contaminantes por encima del derecho que tiene la población a respirar un aire limpio. Esta revisión de los ECAs desconoce que el ser humano debiera ser considerado el valor central de la sociedad”, indica parte del texto.

¡Firma por un Perú con aire limpio! es una campaña que parte de la iniciativa del Centro de Estudios Humanistas Nueva Civilización, unido a otras organizaciones como la Red Uniendo Manos contra la Pobreza, el Centro Cultural Labor Cerro de Pasco, la Asociación Civil Labor y la Red de Constructores de la Nación Humana Universal.

DATOS:

  • El Estándar de Calidad Ambiental (ECA) es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente (aire, agua o suelo) que no representa riesgo significativo para la salud de personas ni del ambiente.
  • El ECA para aire está compuesto por diez parámetros: benceno, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, plomo, material particulado PM2,5, material particulado PM10, monóxido de carbono, hidrocarburos totales (expresados como hexano), ozono y sulfuro de hidrógeno, cada uno de los cuales tienen un valor específico.
  • El dióxido de azufre (SO2) es un gas incoloro, comúnmente liberado durante erupciones volcánicas. Es generado también por la quema de combustibles fósiles -como el carbón y petróleo- y en áreas urbanas por las termoeléctricas, las industrias y el tráfico vehicular.

Fuente: Red Uniendo Manos Perú / Gestión

Fotos:  Red Uniendo Manos Perú / Radio Nacional

 

 

RED MUQUI se dirige a la opinión pública nacional e internacional para manifestar lo siguiente:

Una vez más, este lunes 17 de julio se declaró como «desierta» la subasta pública del complejo metalúrgico de La Oroya y la mina de cobre Cobriza, que estuvieron en titularidad de Doe Run Perú, cuya matriz es el Grupo RENCO de capitales norteamericanos.

Como se ha anunciado anteriormente, esta nueva postergación reduce -una vez más- el precio base de US$ 271.27 millones de dólares; es deicr, en un 15% para la próxima y última rueda del 26 de julio próximo. Con ello, igualmente se reducen los ingresos que la Junta de Acreedores -en donde el Estado está incluido- puede lograr.

Lamentablemente se insiste en facilitar un proceso de inversión que solo tiene una perspectiva económico-patrimonial y que no considera los graves impactos, a la vida y a la salud, que el funcionamiento del complejo metalúrgico ya ha generado, en una ciudad que se encuentra dentro del ranking de los diez lugares con mayor contaminación ambiental en el mundo, y en donde los niños han sido los más perjudicados –en un 90%- al haberse contaminado con plomo y otros metales.

En ese orden de ideas, resulta evidente que no hay una mirada integral de lo que implica la salud ambiental y humana en el Estado. No se asume -o no se quiere asumir- que ambas están directamente vinculadas, y que cualquier impacto ambiental por actividad extractiva (como la minero-metalúrgica) tiene consecuencias directas -o indirectas- en las personas.

Esto último se corrobora en el reciente decreto supremo que modifica los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) de Aire, de 80 a 250ug/m3 (24 horas), incremento que se realizó sin ningún sólido sustento técnico, por parte del Ministerio del Ambiente (MINAM) y sin mayor coordinación con el Ministerio de Salud (MINSA); todo ello con el claro objetivo de facilitar la venta del Complejo Metalúrgico de La Oroya y permitir otras operaciones que pueden ocasionar graves impactos negativos de carácter social y ambiental.

Al respecto, según lo ha señalado Monseñor Pedro Barreto, Arzobispo de Huancayo, el propio Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental Junín emitió en mayo  un comunicado en el que señala que “es de opinión concluyente del CIP-CDJ, rechazar los nuevos parámetros y continuar con el estricto cumplimiento de los niveles del parámetro vigente para el dióxido de azufre el cual debe mantenerse en 20ug/m3 (24 horas), conforme o lo recomendado por lo Organización Mundial de la Salud {OMS)». En repsuesta, las autoridades no han tomado en cuenta lo expresado por Monseñor Barreto, y más bien se han dedicado, conjuntamente con otras personas, a criticarlo e intentar demoler su honra.

Por ello, rechazamos la campaña iniciada contra el Arzobispo Barreto que en el ejercicio legítimo de su libertad de expresión, como pastor de la Iglesia que representa, y como parte de la sociedad civil, una vez más se ha pronunciado sobre la contaminación en La Oroya, con fundamentos técnicos que lo avalan en su postura, y ha criticado la actitud del gobierno en este delicado tema.

Finalmente, exigimos a las autoridades nacionales, regionales y locales a priorizar la vida y la salud de las personas ante todo y, desde luego, cumplan con su deber de promover alternativas económicas sostenibles para todos los trabajadores y familias de la ciudad de La Oroya, que mejoren el desarrollo y la calidad de vida de la población, como sustento fundamental de cualquier decisión que tome el Estado con relación a este tema.

Lima, 19 de julio de 2017

SEGÚN LEY Y ACTA DE COMPROMISO

Uno de los compromisos que el Ministerio de Salud (MINSA) adquirió con las familias del distrito de Simón Bolívar (Pasco, Pasco) fue “oficiar” convenios con las mineras que operen en Pasco, para que estas asuman parte de la atención y tratamiento de las personas afectadas por la contaminación de metales pesados, tal como lo estipula la Ley N°29712.

Además de la Emergencia Sanitaria que regirá -por 90 días- tanto en Simón Bolívar como en el distrito de Chaupimarca, esta fue una de las principales demandas por parte de las autoridades y dirigentes de Simón Bolívar: el cumplimiento de esta ley que, a su vez, modifica la «Ley General de Salud» (Ley N°26842).

Esta modificación de las funciones y competencias de la autoridad de la Salud, fue aprobada en el año 2011 para favorecer a las personas afectadas por contaminación.

La norma contempla que las autoridades regionales, locales y las instituciones públicas de Salud -a nivel nacional-  sostengan convenios con las empresas extractivas, y estas puedan financiar la atención, el tratamiento y recuperación de las personas afectadas por los impactos ambientales que se generan con la explotación.

Recién ahora, el Ministerio de Salud tiene previsto elaborar y presentar un Plan de Salud Quinquenal de Salud para la Prevención y Control de Personas expuestas a metales pesados en los distritos de Simón Bolívar, Yanacancha y Chaupimarca 2017 – 2021, el cual será validado por las autoridades de los 3 distritos a más tardar la semana que viene de este mes de julio.

En ese sentido, el MINSA, ha previsto iniciar las acciones que le competen, independiente de lo que las empresas presupuesten para remediar el daño generado por la contaminación. Aun así, cumplirá con el artículo 105 de la Ley N°29712, y aseguró que se oficiará la suscripción de convenios con las empresas mineras que estuvieran ejerciendo actividad en la zona. Todo ello con la participación de la sociedad civil y los gobiernos locales involucrados.

Cabe recordar que el viernes 23 de junio último, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) los convocó a una reunión de para informar sobre los avances y gestiones realizadas por los diferentes sectores para atender las necesidades de la población de Simón Bolívar. En este encuentro, se firmó un acta de compromisos a la que RED MUQUI tuvo acceso, y que en esta nota citamos.

De esta manera, la PCM (mediante Oficio N° 070- 2017-PCM-DVGT) dio respuesta al memorial (N° 001-2017-MDSB-ALC/PASCO) que el distrito de Simón Bolívar le envió al Presidente Pedro Pablo Kuczynski y a varios sectores del Ejecutivo.

Compromisos del MINSA

Una de las acciones inmediatas, fue la declaración de la Emergencia Sanitaria (Decreto Supremo N° 020-2017-SA) en los distritos de Chaupimarca y Simón Bolívar, la cual podrá ser ampliada de acuerdo a las necesidades que vayan surgiendo a lo largo de los 90 días que durará, conforme a Ley. Este periodo contará con un plan de acción al que se le hará seguimiento la tercera semana de cada mes.

Precisamente, el estado de emergencia sanitaria incluirá la implementación de Políticas de Salud Efectivas, para la atención a los miles de afectados con metales pesados (principalmente niños y niñas).

En cuanto al diagnóstico e identificación de personas intoxicadas con metales pesados en sangre, en el acta consta el compromiso del MINSA para elaborar un análisis situacional de salud de Pasco a través de la DIRESA Pasco y el CDC del MINSA. Ello formará parte del Plan Quinquenal de salud del sector, al igual que la implementación del equipo de la CDC Atlanta Estados Unidos, con el fin de realizar diagnóstico de hasta 17 metales pesados.

Asimismo, el MINSA se comprometió a la implementación del Laboratorio ICP de masas para el dosaje de plomo, arsénico, cadmio y mercurio (incluidos también en el Plan Quinquenal), al igual que la presentación de guías y protocolos de atención médica a personas expuestas por metales pesados.

Ante ello, el MINSA y Municipalidad de Simón Bolívar fijaron el siguiente cronograma: en setiembre de 2017 estaría lista las guías de atención para mercurio; en diciembre, las de cadmio y las de arsénico en marzo de 2018. Cada una de las guías, y sus respectivos protocolos deberán ser actualizadas cada 4 años.

En cuanto a las medidas a largo plazo, se atendió el pedido de Simón Bolívar –y todo Pasco- para que se apruebe el financiamiento para para la construcción de la Clínica de Desintoxicación y Laboratorio Toxicológico. Para ello, el MINSA y el Programa Nacional de Inversiones en Salud (PRONIS) darán asistencia técnica para el saneamiento físico legal de los terrenos y formularán los estudios de preinversión hasta su viabilidad, expediente técnico y la ejecución de la obra.

Sobre el pedido de Construcción del Hospital de Neoplásicas, el MINSA y Simón Bolívar acordaron implementar un Departamento Oncológico en el Hospital Regional de Daniel Alcides Carrión (de Pasco), de esta manera los pobladores con cáncer no tendrán que viajar hasta Huánuco o Lima. Toda la implementación y el equipamiento estará a cargo del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (DVM-PAS).

Sobre la emergencia sanitaria

El mismo 23 de junio, en el Diario Oficial El Peruano, fue publicado el Decreto Supremo N° 020-2017-SA que llevaba la firma del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, y la ministra de Salud, Patricia García.

El Ejecutivo reconoce que existe un riesgo de propalación de otras enfermedades transmitidas por la presencia de contaminantes en el agua para consumo humano (arsénico, aluminio, plomo, coliformes fecales) que superan los límites máximos permisibles. Además de la resencia de metales pesados (arsénico, plomo, cadmio y mercurio) en el suelo de uso residencial y parques, que exceden los estándares de calidad para suelos

“Le corresponde al MINSA y a la Dirección Regional de Salud (Diresa) del Gobierno Regional de Pasco (DIRESA Pasco) realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción – Declaratoria de Emergencia Sanitaria en los distritos y localidades afectadas por metales pesados del departamento de Pasco, priorizando la población de niños menores de 12 años y madres gestantes”, indica el sector en este decreto.

La implementación de las acciones relativas a la Emergencia Sanitaria, aclara la norma, será financiada con cargo al presupuesto institucional del MINSA. Concluida la Emergencia Sanitaria, las entidades intervinientes –Minsa y la Diresa Pasco– deberán informar respecto de las actividades y recursos ejecutados en el marco del Plan de Acción, así como sobre los resultados alcanzados.

Fuente: RED MUQUI / Acta de compromiso PCM – Simón Bolívar / MINSA

Fotos: RED MUQUI / MINSA

AL NO CUMPLIRSE EMERGENCIA AMBIENTAL

  • Pobladores y autoridades presentaron una plataforma de reclamos al Presidente de la República
  • Desde hace meses Simón Bolívar y toda la región de Pasco esperan políticas de salud para la atención de la población.
  • Ejecutivo aun no convoca a reunión de mesa de diálogo que ve caso de contaminación por metales pesados en Simón Bolívar

Para los peruanos de Simón Bolívar (Pasco, Pasco), el gobierno central no muestra interés por la salud de las personas en dicho distrito y de toda la región, ya que desde que se declaró la emergencia ambiental hace 5 años (2012), no se han cumplido con planes de acción, ni compromisos para atender a la población afectada por metales pesados en la sangre.

Es por ello que, las autoridades de Simón Bolívar presentaron una solicitud formal para que se declare la emergencia sanitaria en el lugar, y así garantizar que se priorice atención especializada urgente para los afectados y con un presupuesto designado.

Zumel Trujillo, alcalde de Simón Bolivar, recalcó que desde que inició el gobierno de PPK, se enviaron diversas cartas y solicitudes de audiencias en donde participen el Premier Fernando Zavala y los ministros relacionados a esta problemática de salud ambiental.

Es así que esta vez decidieron enviar un documento (N° 001-2017-MDSB-ALC/PASCO) al mismo Presidente Pedro Pablo Kuczynski para recordarle que la población de Simón Bolívar sigue esperando que se establezcan políticas públicas en salud para atender a los afectados por la contaminación que generan los pasivos ambientales y otras actividades de la empresa minera VOLCAN S.A.

“Estamos esperando que se dé continuidad a la mesa de diálogo impulsada el 01 de octubre de 2015 en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM). Desde esa fecha no hemos tenido atención directa de los sectores para resolver este problema de salud pública que aqueja principalmente a los niños”, indican en el documento.

Cabe mencionar que, en mayo de este año, la municipalidad de Simón Bolívar remitió dos cartas a la PCM (N°030-2017-ALCALDÍA-MDSB-PASCO del 8 de mayo, y N°035-2017-ALCALDÍA-MDSB-PASCO del 15 de mayo). En ambos documentos se pidió al Ejecutivo que, en un máximo de 15 días, el Ejecutivo fijen fecha y hora para reanudar la mesa de diálogo.

Encadenados

El alcalde Zumel Trujillo junto a una comitiva de autoridades locales y pobladores afectados, llegaron hasta la sede del Ministerio de Salud (MINSA) en donde se encadenaron en señal de protesta y espera hasta ser recibidos por las autoridades del sector.

Acompañados de sus pequeños hijos –algunos de ellos perjudicados en su salud por los metales- se aferraron al frontis del MINSA mientras eran custodiados por la Policía Nacional.

Ministra García no los recibió

Hace poco más de una semana (martes, 6 de junio), la Comisión de Pueblos Andinos y Medio Ambiente del Congreso, coordinó una reunión en donde serían recibidos por la propia ministra Patricia García. Sin embargo, solo estuvieron presentes la viceministra de salud pública, Silvia Pessah Eljay y otros funcionarios. Fue por ello que los pobladores de Pasco se retiraron.

Asimismo, en el documento presentado al presidente Kuczynski mencionaron, que el 17 de enero último fueron invitados al evento “Metales pesados y la salud en el Perú”, organizado por el Ministerio de Salud (MINSA) en coordinación con la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Sin embargo, fueron programados para el último día de esta reunión que tenía días previos con expertos internacionales.

“Fuimos sorprendidos con una reunión en la que el MINSA brindó información limitada en donde solo se abordó el plomo en la sangre en los niños, cuando los menores tienen hasta 10 metales pesados en su organismo. Esto ha traído como consecuencia que sufran retardo mental, leucemia, cáncer, parálisis, entre otros síntomas y dolencias”, refieren.

Exigencias de atención en salud

  • Implementación de políticas de salud efectivas para atención de miles de afectados por contaminación de metales pesados.
  • Cierre definitivo de los pasivos ambientales más grandes de Cerro de Pasco como son la desmontera Excelsior y la relavera de Quiulacocha.
  • Atención inmediata a las 6 familias más afectadas con metales pesados que si bien fueron trasladados por tener diagnóstico delicado de salud, han sido abandonados a su suerte en su atención médica.
  • Diagnóstico e identificación sobre intoxicación con metales pesados y enfermedades neoplásicas a toda la población de Pasco.
  • Implementación del equipo de la CDC Atlanta Estados Unidos para diagnosticar hasta 17 metales pesados en la sangre, y así evitar que los afectados de Pasco se vean obligados a trasladarse hasta Lima.
  • Presentación de guías y protocolos de atención médica para personas expuestas a metales pesados como arsénico, manganeso, aluminio, cesio, cromo, níquel, talio, selenio, y mercurio.

Exigencias de infraestructura y saneamiento

  • Construcción de un Hospital de Enfermedades Neoplásicas en Pasco, al ser la segunda región con alto índice de cáncer en el 2014, según el INEN.
  • De igual modo piden el financiamiento para los estudios de prefactibilidad y factibilidad de la construcción de la clínica de desintoxicación y laboratorio toxicológico, que se ubicaría en la comunidad nativa de Ñagazu (distrito de Villa Roca, Oxapampa, Pasco). Para ello se cuenta con la documentación del saneamiento físico legal entregado por Villa Rica y Simón Bolívar al MINSA.
  • Para poder evitar que el aire arrastre polvo con metales pesados, se pide la construcción y pavimentación de pistas y veredas en todo Pasco.
  • Asimismo, se hace necesaria la culminación del proyecto integral de agua potable para la ciudad de Cerro de Pasco, ya que hasta la fecha sigue circulando agua sin tratamiento y con metales pesados.

Exigencias para Volcan

  • La población de Simón Bolívar pide que el estado exija el cumplimiento de los planes de descontaminación de los suelos y su tratamiento ambiental en zonas afectadas por parte de la empresa minera VOLCAN S.A.
  • Pasco pide que se evalúe y realice un peritaje del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto planta complementaria de minerales oxidados y una nueva evaluación al proyecto, así como el cumplimiento a las exhortaciones planteadas por OEFA, en enero de 2017, respecto a la unidad Óxidos de Pasco de VOLCAN.

DATOS:

  • Pasco presenta unos 574 pasivos ambientales sin remediación, en su mayoría son desmontes
  • Existen más de 2 mil niños identificados con metales pesados en sus organismos. Algunos presentan hasta 10 metales en la sangre, no solo plomo.
  • En setiembre de 2015 se realizó una marcha de sacrificio desde Pasco hasta Lima. Luego de esta movilización se instaló una mesa de diálogo con el Ejecutivo del gobierno de Ollanta Humala.

Fuente / Fotos: RED MUQUI

NO SE CONSIDERÓ SALUD HUMANA

  • No hubo coordinación entre sectores de Salud y Ambiente en elaboración de propuesta
  • RED MUQUI presentó sus aportes y opiniones a proyecto de Decreto Supremo para establecer ECAs – Aire

RED MUQUI objetó que el Ministerio del Ambiente (MINAM) no haya consultado la opinión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para elaborar la propuesta normativa que establecerá los nuevos Estándares de Calidad Ambiental del Aire (ECA – Aire) -y sus Límites Máximos Permitidos (LMP)- que deben cumplir las empresas que generan emisiones.

El borrador del Decreto Supremo del sector Ambiente, solo se basa en medición de impactos ambientales, dejando de lado la salud ambiental y humana, que está directamente relacionada.

“El MINAM no tomó en cuenta que la salud de las personas depende también de un ambiente saludable. Ello evidencia una falta de coordinación con el Ministerio de Salud (MINSA)”, señaló la RED MUQUI en una carta enviada a la ministra Elsa Galarza.

En ese sentido, RED MUQUI recomendó que las instancias del sector salud revisen la actual propuesta y sustenten el documento final de ECAs – Aire. Asimismo, es necesario contar con opiniones de instancias especializadas, sobre todo de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental (GESTAS) que han evaluado la calidad de aire en 13 regiones priorizadas a nivel nacional.

Otra de las observaciones importantes, es que el Decreto Supremo del MINAM no tiene ninguna disposición que permita la revisión o actualización periódica de los ECA – Aire. El proyecto normativo tampoco ofrece los criterios para aplicar otros parámetros que actualmente no están establecidos en los ECA – Aire.

Es por ello que, la red de 29 de instituciones a nivel nacional sugirió que el tiempo brindado por el MINAM es muy corto para brindar aportes, y hacer públicas las opiniones de entidades nacionales e internacionales consideradas como sustento. Por ello, debería ampliarse e incluso someter el tema a discusión.

Por ejemplo, este 16 de mayo, la Comisión de Ambiente del Congreso de la República llevará a cabo una audiencia pública en Lima con representantes de las zonas donde estuvieron los GESTAS.

Cabe mencionar que, dentro del plazo establecido por el MINAM, RED MUQUI alcanzó sus observaciones al Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para aire, y establece disposiciones complementarias (publicado el pasado 08 de abril de 2017).

Estándares por encima de lo permitido
Una de las preocupaciones planteadas a Ambiente es el incremento del nivel dióxido de azufre permitido: 8 veces más por encima de los 20 µg/m3 –promedio- que la OMS recomienda por cada 24 horas. El MINAM propone que se permitan 250 µg/m3 de SO2, lo cual ocasiona daños en la salud de las personas.

Entre sus observaciones, RED MUQUI también citó a la American Academy of Pediatrics, que en el año 2012 estableció que “ninguna cantidad de plomo en la sangre de los niños puede considerarse segura”.

De igual modo,“el Programa Nacional de Toxicología de la Agencia de Protección Ambiental – EPA (EE.UU), concluyó en que: “Los problemas cognitivos y de comportamiento significativos en niños, están relacionados con el plomo de la sangre que estos presentan. Aun si las concentraciones de dicho metal fueran inferiores a 5 microgramos por decilitro de sangre (mcg / dl)1”.

Partículas de metal en el aire
RED MUQUI también cuestionó que el MINAM se permita dar paso a partículas más finas que a las que son más sólidas. En su propuesta, el sector propone restringir el PM102 (Particulate Matter menor a 10 µm) de 150 a 100 µg/m3 (microgramos por metro cúbico) para 24 horas. Y ahora, más bien, incrementa para doble el valor de PM2.5 (cuyo diámetro es 100 veces más delgadas que el de un cabello humano).

De aprobarse el decreto supremo, se permitirá que las empresas extractivas expelan de 25 a 50 µg/m3 en 24 horas. Además, este valor iría aumentando cada año.

“Se sabe que PM2.5 es un ‘particulado’ muy fino y que fácilmente penetra en las vías respiratorias y llega con rapidez a los pulmones y alveolos. Ello aumenta el riesgo de mortalidad prematura por efectos cardiopulmonares, en exposiciones de corto y largo plazo”, especifican las organizaciones miembros de RED MUQUI.

¿Y los demás parámetros?
Cabe resaltar que se observa un avance en la incorporación de mercurio gaseoso en el ECA – Aire, cuya fuente de contaminación identificada es la minería artesanal y la pequeña minería. Sin embargo, es necesario incorporar otros parámetros que provienen de la actividad minero metalúrgica, es decir de la gran minería (complejos metalúrgicos, tajos abiertos, relaveras, entre otros).

Cuadro 1

Otros parámetros de calidad de aire

Parámetro Periodo Valor (ug/m3)
Arsénico 24 horas 0.3
Cobre 24 horas 50
Cadmio 24 horas 0.025

Fuente: AMBIENT AIR QUALITY CRITERIA.  ONTARIO- CANADÁ (Abril 2012).

“La necesidad de contar con valores para estos contaminantes no sólo obedece a la prevención de posibles enfermedades por exposición a metales pesados en zonas cercanas o aledañas a la actividad minera, sino por casos en que ya se evidenciaron afectaciones de salud en el país”, aseveró el colectivo.

RED MUQUI alertó que, al no incluirse estos parámetros, no se hacen visibles los daños a los ecosistemas y condiciones ambientales para la preservación de la vida en general.

DATOS:

  • Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y los Límites Máximos Permisibles (LMP) son instrumentos de gestión ambiental que consisten en parámetros y obligaciones que buscan regular y proteger la calidad y salud ambiental.
  • Los ECA son indicadores que miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biólogicos que se encuentran presentes en el aire, agua o suelo.
  • Los LMP miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, se encuentran presentes en las emisiones, efluentes o descargas generadas por una actividad productiva (industria, minería, electricidad, pesquería etc.), que al exceder causa daño a la salud humana y al ambiente.

———

1. Osores Plenge, Fernando. 2017. Presentación en Congreso de la República sobre Salud ambiental y humana.

2. Pequeñas partículas sólidas o líquidas de polvo, cenizas, hollín, partículas metálicas, cemento o polen, dispersas en la atmósfera, y cuyo diámetro aerodinámico es menor que (1 micrómetro corresponde la milésima parte de 1 milímetro).

Fuente: Red Muqui

Foto: Chile Sustentable

RED MUQUI, colectivo de 29 instituciones de 11 regiones a nivel nacional, que acompaña y asesora a comunidades y poblaciones de zonas mineras en la defensa y promoción de sus derechos se dirige a la opinión pública nacional e internacional para manifestar lo siguiente:

  1. Nuestra preocupación y rechazo a la eliminación de varias Estrategias Sanitarias del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, reformulado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, publicado el pasado 05 de marzo del 2017, entre ellas la Estrategia de Salud de Pueblos Indígenas, la Estrategia Sanitaria Nacional de Metales Pesados y Otras Sustancias Químicas, Dirección de Atención Primaria en Salud, entre otras.
  2. Estos cambios eliminan importantes programas preventivos y de promoción de la salud, asociadas con actividades de anticipación para favorecer la salud de las personas, con el consecuente debilitamiento del sistema de atención sanitaria y quedarse en la emergencia permanente.
  3. Estas medidas están al margen de las cosmovisiones socioculturales de armonía de los pueblos con su entorno; tampoco responden a las necesidades, demandas y el perfil epidemiológico que presentan las regiones que vienen interactuando en zonas de mayor contaminación ambiental; en cambio están deteriorando o eliminando las organizaciones encargadas de ejecutar las acciones sanitarias prioritarias para la población.
  4. Consideramos que la dispersión y dilución de las funciones de la Dirección de Pueblos Indígenas, en otras direcciones del MINSA, según el nuevo ROF, es inconstitucional, pues la Constitución no sólo reconoce los derechos de las personas a la protección de su salud (artículo 7°), sino también, el respeto a su identidad étnica y cultural (artículo 2, inciso 19°) y la obligación del Estado de respetar la identidad cultural de las comunidades campesinas y nativas (artículo 89°).
  5. Esta decisión también es discriminatoria en el proceso de atención de salud, pues no considera el artículo 25° del Convenio N° 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que establece que el Estado Peruano como signatario, tiene la obligación de poner a disposición de los pueblos indígenas servicios de salud adecuados, considerando sus condiciones económicas, geográficas, sociales y culturales, y sus métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales. De igual forma, establece que los regímenes de seguridad social deberán extenderse progresivamente a los pueblos interesados sin discriminación alguna, y que los servicios de salud deben organizarse, en la medida de lo posible, a nivel comunitario con cooperación de los pueblos indígenas en cuanto a su planificación y administración.
  6. Al eliminar la Dirección de Atención Primaria en Salud, la Estrategia Sanitaria de Salud Familiar y la Estrategia de Salud Ocupacional se está debilitando la parte preventiva y promocional de la salud y el Ministerio de Salud se reduce a “combatir enfermedades” en situaciones de emergencia, presionando a la agudización de la conflictividad socio ambiental y profundizando las brechas de inequidad.
  7. El Estado peruano tampoco ha tenido voluntad política y capacidad de acción para garantizar el cumplimiento estricto de sus funciones tutelares de protección del derecho fundamental a vivir en un medio ambiente equilibrado y en armonía con la salud de las personas.
  8. La Estrategia Sanitaria Nacional de Metales Pesados y otras Sustancias Químicas ha tenido solo intervenciones puntuales e insuficientes, enfocadas en campañas esporádicas de dosajes que no fueron asociados con las sintomatologías, ni con la vigilancia epidemiológica en salud ambiental y humana, por lo que no han logrado establecer un sistema de atención especializada a nivel nacional; aun así, no es motivo para eliminarla de la Estructura del Ministerio de Salud; en cambio, esta Estrategia debió haberse constituido en una Dirección General que abarque los contenidos de Salud Ambiental y Humana con un enfoque integral, una articulación multisectorial y sistémica regional y nacional, que comprenda los impactos en la salud por efectos de la contaminación ambiental.

Por todo ello, exigimos al Estado Peruano y en particular al Ministerio de Salud que asuman sus responsabilidades, actuando de acuerdo a las normas y compromisos anteriores que priorizan la salud de los grupos más vulnerables como los pueblos indígenas y comunidades sobre expuestas a la contaminación ambiental por metales pesados y otras sustancias químicas.

Lima, 17 de marzo de 2017

POR DECISIÓN DEL EJECUTIVO

  • Viceministerio de Salud Pública ya no cuenta con Dirección de Pueblos Indígenas
  • Decisión contraviene el Convenio 169 de la OIT
  • ROF del MINSA apenas se modificó hace un año

Como parte de las reformas incluidas en su paquete de decretos legislativos, el gobierno Ejecutivo decidió retirar a los Pueblos Indígenas del Viceministerio de Salud Pública, tras la emitir el Decreto Supremo N° 008-2017-SA.

En la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Salud (MINSA) ya no se cuenta con la Dirección de Pueblos Indígenas como Unidad Orgánica de la Dirección de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, adscrita al Despacho Viceministerial de Salud Pública.

La anterior Dirección de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública tenía como función proponer las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de los riesgos y daños en materia de: Salud por Etapas de Vida; Enfermedades No Transmisibles y Oncológicas; Salud Mental; Discapacidad; Pueblos Indígenas; Salud Sexual y Reproductiva; Salud Ocupacional.

Aunque el Viceministerio de Salud Pública continúa considerando, en sus competencias, a los determinantes sociales de la salud y los enfoques de género, interculturalidad y derechos humanos; no obstante, ha retirado a los Pueblos Indígenas.

Si se revisa el ROF de este año, no se haya ninguna unidad referente a los Pueblos Indígenas en ninguno de los órganos de línea del MINSA. Ni aun en las que se refieren a Salud Ambiental, Ocupacional o Comunitaria.

Esta disposición contraviene el artículo 25 del Convenio 169 de la OIT. En esta norma internacional suscrita por el Perú, se señala que “Los servicios de salud (…) deberán planearse y administrarse en cooperación con los pueblos interesados y tener en cuenta sus condiciones económicas, geográficas, sociales y culturales, así como sus métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales”.

Hasta hace un año, la Estrategia Sanitaria Nacional Salud de los Pueblos Indígenas pertenecía al grupo de diez estrategias sanitarias establecidas por el MINSA, según su reglamento. Al igual que las demás, esta estrategia tenía como función la identificación de problemas.

El MINSA había enfatizado esta estrategia en lo que se refiere a mortalidad infantil, mortalidad general, desnutrición y morbilidad por enfermedades emergentes y reemergentes.

“Todas las acciones a desarrollarse se enmarcan en el respeto a los patrones culturales propios de los Pueblos Indígenas, por lo cual la perspectiva de acción es la interculturalidad en salud”, indicaba el sector.

La Dirección de Pueblos Indígenas tenía entre funciones acciones de monitoreo, seguimiento y evaluación de las intervenciones estratégicas orientadas a la prevención, control y reducción de los riesgos y daños a la Salud de los Pueblos lndígenas. Todo ello se coordinada desde el sector Salud con otros sectores del Estado y la sociedad civil, a fin de mejorar o rediseñar las políticas en salud pública dirigidas a esta población.

Para la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz) el retiro de la Dirección de Pueblos Indígenas constituye un gravísimo retroceso en el camino hacia la inclusión y la aplicación de criterios de pertinencia cultural como base de las políticas públicas.

“En un contexto de álgida conflictividad socioambiental, a causa de la afectación directa al medioambiente y a los territorios donde habitan comunidades campesinas andinas y nativas amazónicas; decisiones como éstas no hacen más que agudizar el desencuentro y la percepción de abandono y exclusión hacia esta población”, manifestó Fedepaz, miembro de la RED MUQUI.

Fuente / foto: MINSA / Fedepaz