POR USURPACIÓN AGRAVADA

  • Investigación preliminar culminó el 17 de febrero
  • Fiscal tomó como elementos probatorios vídeos registrados por el propio personal de Yanacocha

La Primera Fiscalía Provincial Penal de Celendín (Cajamarca) notificó que su despacho fiscal decidió “Formalizar Investigación Preparatoria” contra la empresa minera Yanacocha por Usurpación Agravada en agravio de Máxima Acuña Atalaya y su familia. Así lo confirmó Mirtha Vásquez, abogada de los Chaupe Acuña.

Esto se debe a que la Fiscalía, a cargo del Dr. Marco Terán Arribasplata, determinó que que miembros de seguridad de la empresa minera sí ingresaron al predio que ocupa la denunciante los días 18 de setiembre y 4 de octubre del año pasado.

La defensora legal de la familia indicó que, si bien, los ataques son constantes desde el año 2014, en las fechas señaladas han ocurridos los ingresos “más violentos”. En ambas oportunidades, la empresa no solo destruyó los cultivos de papa y parte de la choza familiar, sino que se enfrentaron directamente a Máxima Acuña y a su esposo Jaime que se encontraban solos en el lugar.

“Luego de que la familia denunciara estos hechos (ocurridos en setiembre y octubre de 2016) se inició una investigación fiscal que ha concluido el 17 de febrero último, y que ha tenido como resultado esta disposición fiscal que encuentra indicios razonables para formalizar esta denuncia”, señaló a través de su cuenta personal en Facebook.

Vásquez recordó que, desde el año 2014, la Familia Chaupe Acuña viene sufriendo una serie de agresiones por parte de la empresa minera Yanacocha, quien de manera recurrente ha venido ingresando al predio ocupado por esta familia, aduciendo que estas acciones serían “defensas posesorias permitidas por ley”.

La abogada recordó que algunas de las denuncias han sido archivadas y otras se encuentran en curso. En cuanto a la decisión del Fiscal Terán, la letrada manifestó que el argumento de la defensa posesoria no tiene razón de ser.

«Defensa posesoria sería una actuación inmediata cuando detectas que alguien te quiere invadir, pero la que posee ese terreno es la familia y no la empresa. Entonces, ¿cómo la empresa puede verse amenazada de que alguien la invada si no posee el terreno? Además, ese terreno está en litigio y mientras lo esté se protege a la parte que está en posesión de ese terreno», expresó.

Por el momento, el representante del Ministerio Público en Celendín (Cajamarca) señala que existen indicios de que Yanacocha cometió el delito de usurparción. En base a ello, el fiscal Terán ha decidido que debe iniciar una investigación preparatoria, que luego de realizarse tendría dos desenlaces: que se formalice la acusación o se archive el caso.

“Este es el primer caso en que un Fiscal resuelve seriamente el tema, valorando las pruebas y dando argumentos contundentes sobre la existencia de indicios de delitos, dando luz verde a la investigación”, resaltó Vásquez Chuquilin.

En esta etapa, el Fiscal ha creído conveniente realizar una investigación más profunda, tras culminar la preliminar (el 17 de febrero), sin embargo, aún no se ha formalizado una denuncia penal contra la minera.

La abogada de la ganadora de los premios Goldman, dijo que los agraviados esperan que en este proceso se desenvuelva de la manera más objetiva y sobre todo con celeridad para evitar que la empresa los siga agrediendo y justificando esta conducta abusiva y violenta en una figura legal como la defensa posesoria.

Llegar a un predio ocupado por una persona o familia, destruir e irse, de ninguna manera puede convalidarse como defensa posesoria; ahora, con este caso, está en manos del Ministerio Público y el Poder Judicial sentar precedente, diferenciar la figura de defensa posesoria e impedir que sea utilizada para generar abusos y delitos”, agregó la defensora legal de la familia campesina.

Los funcionarios de Yanacocha denunciados son los siguientes: Raúl Farfán Amat y León, director de asuntos externos; Gilberto Bazán Hernández, jefe del área de Tierras, Carlos Martos Chávarry, especialista de seguridad, Jean Carlo Serván Delgado, gerente legal, y Julio Feliz Herrán García, jefe de seguridad de dicha empresa.

Foto: Ojo Público

Fuentes: Facebook Mirtha Vásquez / La Mula / RPP

EVIDENCIA INFORME INTERNACIONAL

  • Diez organizaciones de derechos humanos presentaron publicación que refleja políticas de represión hacia quienes protestan
  • APRODEH presentó el caso de Perú respecto a pueblos indígenas y actividades extractivas

En América Latina, los Estados que han logrado crecimiento económico y mejora en la condición de vida de algunos sectores sociales, respondieron de manera hostil y antidemocrática ante quienes expresan las contradicciones del desarrollo económico a través de la protesta social, señaló el informe “Los Estados Latinoamericanos frente a la protesta social”.

Tras las diversas presentaciones de casos y normativas desde las fuerzas del orden, el documento muestra cómo es que los gobiernos latinoamericanos respondieron de forma dispar a tensiones y conflictos que expresan las contradicciones del modelo económico, y la desigualdad social que aún queda por reducir.

Esta publicación documenta y analiza casos sobre las respuestas del Estado frente a la protesta social en ocho países de la región: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, México, Paraguay, Perú y Venezuela.

“Con distintos niveles de gravedad, la respuesta estatal violenta, la criminalización de los militantes y activistas, las políticas públicas que buscan limitar o restringir las protestas y manifestaciones y la impunidad de las violaciones de los derechos humanos son características comunes a todos los países analizados”, se refiere de manera preocupante.

Desde nuestro país, la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), miembro de la RED MUQUI, formó parte del grupo de diez organizaciones latinoamericanas de derechos humanos, que construyeron y presentaron dicho informe.

En su aporte desde el caso peruano, APRODEH señaló que la criminalización de la protesta social y de la defensa de territorios indígenas obedece a la expansión de megaproyectos extractivos durante los últimos 25 años.

Las 10 organizaciones latinoamericanas del informe, añaden que el derecho a la manifestación está amenazado tanto por las prácticas históricas de reprimir y perseguir judicialmente a los manifestantes y líderes sociales, como por nuevas tendencias que recrudecen este panorama e incluyen la criminalización de acciones de protesta, a través de reformas normativas y legislativas.

“Los Estados suelen utilizar la fuerza para contener y controlar las manifestaciones públicas, en vez de tomar medidas para garantizar el ejercicio de derechos y resolver los problemas de fondo”, remarcaron.

En su introducción, el documento enfatiza que la protesta social es un derecho fundamental para la defensa de otros derechos. “Muchos de los derechos y libertades del presente son consecuencia de luchas y conquistas que sucedieron en las calles en el pasado”, se precisa.

Sin embargo, las respuestas estatales que buscan restringir las protestas, se dan a través de regulaciones, de la criminalización y del uso de la fuerza afectan de manera negativa a la vida democrática.

A lo largo de la publicación se presentan cuatro ejes: las restricciones legales y administrativas a las manifestaciones públicas, la represión y el uso de la fuerza, la criminalización de la protesta y la impunidad de la violencia policial.

Asimismo, se profundiza en temas vinculados con los conflictos de tierra y territorio, la intervención de las fuerzas armadas en la protesta social, la falta de investigación y sanción de las violaciones a los derechos humanos en las manifestaciones y el impacto de las leyes antiterroristas.

Otra cuestión, es la violencia policial contras las mujeres y los habitantes de las zonas rurales y las prácticas estatales racistas.

Algunos apuntes sobre Perú

A lo largo del documento se van mencionando los puntos en común entre los nueve países. APRODEH, miembro de la RED MUQUI, señaló que en Perú la criminalización de la protesta social y de la defensa de territorios indígenas obedece a la expansión de megaproyectos extractivos durante los últimos 25 años.

En ese sentido se da cuenta sobre la arbitraria declaración de Estado de Emergencia, que, si bien está en el artículo 137 de la Constitución, se ha convertido en una práctica estatal reiterativa que prohíbe –durante 30 o 60 días- las manifestaciones y reuniones públicas en conflictos de gran repercusión y militarizar el control del orden público. Ante ello se citan los casos de Amazonas, en 2009; en Cajamarca, en 2011 y 2012; en Espinar, en 2012; en Islay y en Apurímac, en 2015.

Entre otros puntos, se resalta En Perú, la extrema violencia con la que las fuerzas del orden actúan durante los conflictos entre las comunidades rurales y las industrias extractivas. Entre 2010 y 2015 se registraron por lo menos 75 muertes en este tipo de conflictos, la mayoría de ellas ocasionadas por el uso de armas de fuego.

Conclusiones

La reflexión del informe refiere a cómo los Estados pueden evitar situaciones de violencia en las protestas mediante protocolos, leyes e interpretaciones judiciales protectoras de derechos. Se destacan en ese sentido las pautas delineadas por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“Una perspectiva respetuosa de los estándares de derechos humanos implica que los Estados establezcan regulaciones para garantizar el derecho a la protesta. En este sentido, es importante que el sistema internacional de protección de derechos humanos precise el contenido y alcance de estas obligaciones positivas de los Estados”, resaltan las organizaciones participantes.

Esta publicación es el resultado del trabajo colectivo de las siguientes organizaciones:

Justiça Global, Brasil.

Corporación Humanas, Chile.

Observatorio Ciudadano, Chile.

CAJAR- Colectivo de Abogados José Álvarez Restrepo, Colombia.

Centro Prodh- Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, México.

Fundar- Centro de Análisis e Investigación, México.

Frente por la Libertad de expresión y la protesta social, México.

Codehupy- Coordinadora Derechos Humanos Paraguay, Paraguay.

APRODEH- Asociación Pro Derechos Humanos, Perú.

Provea- Programa Venezolano de Educación -Acción en Derechos Humanos, Venezuela.

CELS- Centro de Estudios Legales y Sociales, Argentina.

Fotos: Mídia Ninja Brasil / Fabiola Ferrero de Venezuela

TRAS VOTACIÓN DE PREDICTAMEN

  • Este 7 de marzo la votación del predictamen está en agenda

La Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología podría aprobar el predictamen del Proyecto de Ley (N°283/2016-CR) que propone identificar y delimitar de algunas cabeceras de cuenca para su protección.

En sesiones anteriores, esta iniciativa legislativa del congresista Marco Arana estuvo en debate y recibió algunos aportes. Luego, la comisión recomendó un texto sustitutorio en el que se especifique sobre la necesidad de establecer criterios técnicos por parte del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

“Se recomienda la aprobación del proyecto de ley 283/2016-CR (EL PROYECTO LEGISLATIVO), con texto sustitutorio bajo el título: Ley de conservación y protección de las cabeceras de cuenca mediante el establecimiento de los criterios técnicos para su identificación y delimitación”, indica el documento del predictamen.

Como parte del texto sustitutorio, la comisión recomendó que dentro del plazo de trescientos sesenticinco (365) días, que se contarían a partir de la vigencia de la presente Ley, la ANA podrá determinar qué lugares, donde se originan los cursos de agua de una red hidrográfica, podrían ser identificados para su conservación y protección.

En ese sentido, la comisión señala que se debe elaborar y aprobar la guía metodológica para la identificación y delimitación de las cabeceras de cuenca, así como la cartografía correspondiente, para las tres grandes agrupaciones de cuencas hidrográficas de las vertientes del Pacífico, Atlántico y del Lago Titicaca.

Entre otros aportes técnicos al proyecto de Arana, se recomienda que se cuente con el reglamento para el uso y aprovechamiento sostenible del recurso hídrico en cabeceras de cuencas, y las normas infralegales para la implementación de la ley propuesta.

Asimismo, aprobar medidas de control y sanción por el incumplimiento de lo estipulado en esta norma.

Lado económico

Otras recomendaciones para aprobar esta ley de protección de nacientes de ríos, es que se establecezcan nuevas fórmulas de tarifas de agua para determinar el valor de las retribuciones de agua, y vertimientos en las cabeceras de cuenca, para garantizar su sostenibilidad económica, hídrica y de servicios ecosistémicos.

Para ello, la comisión indica que se podrá conformar comisiones técnicas o grupos de trabajo con participación de las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil, especializados en la gestión de los recursos hídricos.

Otra cuestión económica en torno a esta propuesta de ley, es que el Ministerio del Ambiente (MINAM), en coordinación con el MINAGRI, debe implementar mecanismos de retribución de servicios ecosistémicos, que permitan obtener recursos económicos para la conservación y protección de las cabeceras de cuenca.

¿Y las comunidades?

En el documento del predictamen, la Comisión de Pueblos consideró a las comunidades campesinas y nativas ubicadas en los alrededores de una cabecera de cuenca, y que podrían ser afectadas por actividades productivas o extractivas que a desarrollarse en el lugar.

Es decir, en la norma de protección de cuencas se deberá respetar y seguir lo dispuesto en la Ley de Consulta Previa (Ley N°29785), y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

En la norma también se incluiría a aquellas personas naturales o jurídicas, que poseen los derechos adquiridos con anterioridad a la aprobación de los criterios técnicos antes referidos.

Fuente: Comisión de Pueblos del Congreso

Foto: Travelchannel.com

DESDE PDAC 2017 EN CANADÁ

Durante su participación en la convención de exploración minera PDAC 2017 (Prospectors and Developers Association of Canadá), el ministro de Energía y Minas, Gonzalo Tamayo, resaltó cómo es que desde el Perú se promueve un nuevo marco legal que ofrece simplificación de trámites para operaciones mineras, y la actualización normativa para las actividades exploratorias.

Es así que, en su exposición “Cuál es la visión de la minería peruana en los próximos años”, Tamayo Flores aseguró que el gobierno peruano viene implementando una nueva estrategia integral para incrementar el portafolio de proyectos mineros y estos asciendan a cerca de US$ 46 mil millones.

“El objetivo para el primer trimestre de este año es la aprobación de la nueva normativa de actividades de exploración minera, con el fin de garantizar la eficiencia de los procedimientos administrativos. Además, se están diseñando más cambios en las regulaciones para facilitar la inversión en el sector minero”, refirió Tamayo en el “Perú Day”.

La estrategia a la que se refiere el ministro es la flexibilización gira en torno a la simplificación de trámites para operaciones mineras, la actualización normativa para las actividades exploratorias, y la puesta en marcha del “adelanto social”, así como la aplicación de estrategias diferenciadas para cada proyecto.

En ese sentido, RED MUQUI advirtió que ello se ajusta a los recientes cambios normativos desde el gobierno, que han venido dentro del paquete de los decretos legislativos, normas que se complementan con los ‘paquetazos ambientales’ del gobierno anterior.

“Se han eliminado garantías a las tierras de las comunidades campesinas y nativas, los estándares ambientales bajo criterios económicos y políticos -y no técnicos- y se han formalizado actividades mineras informales sin exigir medidas ambientales y sociales necesarias”, recordó el colectivo de instituciones en un pronunciamiento.

En el PDAC 2017, una de las convenciones mineras más importante a nivel mundial, también estuvo el nuevo viceministro de Minas, Ricardo Labó, quien reiteró que, para atraer la inversión minera, el gobierno inició una nueva política, basada en: fomentar la exploración minera, revisar la cartera de proyectos extractivos pendientes para viabilizar su desarrollo y garantizar la continuidad de las actuales operaciones.

Para RED MUQUI, en suma, se han preparado el camino para facilitar la minería sin mayores exigencias, con los riesgos que ello conlleva para generar una mayor conflictividad social en el país.

A través de un pronunciamiento, la RED MUQUI señaló que estos cambios obedecen a las presiones ejercidas por las empresas mineras en cada uno de los gobiernos de turno. En el actual, se pretende impulsar nuevos proyectos mineros con el solo “adelanto social”, es decir con la “plata por delante”, sin considerar que existen otros temas pendientes y de fondo en las poblaciones.

Conflictividad controlada

En esta feria minera internacional, Tamayo también resaltó la creación del Viceministerio de Gobernanza Territorial para el manejo de conflictos sociales.

Ante ello, RED MUQUI lamentó que el rol de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad (ONDS-PCM) a cargo de Rolando Luque, pase a segundo plano. Pues este funcionario tenía, una perspectiva de diálogo previo muy marcada por su experiencia en la Defensoría del Pueblo.

En reiteradas ocasiones instituciones miembro de las RED MUQUI, han remarcado que los conflictos sociales son multidimensionales, ya que abarcan enfoques culturales y sociales, por mencionar algunos de ellos.

“El adelanto social, no puede ser el único impulso en el que se basen las inversiones, es decir, con la “plata por delante” no se solucionan las múltiples demandas de la poblaciones. Estas deben ser abordadas en espacios de diálogo previo e informado, y que brinden asesoramiento independiente a los afectados”, recomienda RED MUQUI en un pronunciamiento suscrito por sus 29 miembros.

En ese sentido, RED MUQUI recordó que el Ejecutivo no debe perder de vista la conflictividad social en el país, así como los procesos de consulta previa, que deben darse en el dentro del respeto a los derechos de las personas y los derechos colectivos de nuestras comunidades campesinas y nativas.

“La imposición de Estados de emergencia y la suspensión de derechos, para poder realizar operaciones mineras solo generarán mayor conflictividad social”, remarcó la red de organizaciones.

Finalmente, RED MUQUI dijo esperar que, entre los cambios anunciados por el Ministro Tamayo sobre la aprobación de un nuevo Reglamento para la Exploración Minera, no sólo consideren más “modificaciones de simplificación administrativa y reducción de trámites”, sino también mecanismos de participación ciudadana y consulta previa adecuados.

Ello implica que las comunidades afectadas cuenten con asesoramiento técnico que limite las asimetrías, que existan zonas de exclusión minera que respeten los recursos hídricos y los ecosistemas que son sus fuentes de generación, así como zonas de importancia agro ecológica para mantener los recursos que son necesarios para nuestra seguridad y soberanía alimentaria.

Participantes desde el Estado

Tamayo confirmó que los funcionarios públicos que integraron la delegación que lo acompañó al PDAC 2017, pertenecen al Ministerio de Energía y Minas (MEM), la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión), el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet), encargado de otorgar concesiones mineras.

También participaron los gobernadores regionales de Arequipa y Apurímac, Yamila Osorio y Wilber Venegas, quien aseguró que en Apurímac existe un consenso claro de apoyo a la actividad minera de parte de todos los sectores de la población.

LAS CIFRAS DE TAMAYO

  • El titular del MEM indicó que el 53% de esta cartera de proyectos está conformada por aquellos que están en etapa de exploración avanzada, que alcanzan los US$ 25 mil millones
  • Por otro lado, destacó que la inversión minera en el Perú alcanzará los 37,000 millones de dólares en los próximos cinco años, los mismos que incluyen exploración, explotación, infraestructura, equipamiento e inversión social, entre otros
  • Del total de 46,000 millones de dólares de la cartera de proyectos, 14,000 millones corresponden a proyectos que iniciarán su ejecución en los próximos dos años
  • En el 2016 el Perú captó el 6% del presupuesto global para las exploraciones

DATO

  • PDAC 2017 Toronto, es el Congreso de Exploración Minera más grande del mundo. Es organizado anualmente por la Prospectors and Developers Association of Canadá (PDAC), que, a través de una feria internacional, informa sobre las últimas novedades e innovaciones relacionadas con el sector.
  • En el marco del PDAC 2017, el MEM ofreció un aplicativo móvil denominado “Minería Peruana” o “Mining in Perú” que proporciona guías, procedimientos, legislación, estadísticas y mapas geológicos, así como contactos con empresas y funcionarios gubernamentales.

Fuente: Pronunciamiento RED MUQUI / Minning Press / Rumbo Minero / Gestión / Agencia Andina

Fotos: MEM Perú / Ministerio de Minas de Colombia

DERECHOS HUMANOS

  • Ello parte del gobierno de Canadá desde la política “Open for justice”

RED MUQUI estuvo entre las organizaciones que respaldaron al Primer Ministro de Canadá, Justin Trudeau, en decisión de designar -a futuro- a un Defensor de Derechos Humanos que se encargaría de atender a las personas afectadas por compañías petroleras, gasíferas y mineras canadienses en el extranjero.

Es así que la RED MUQUI, junto a la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) y la Asociación Nacional de Centros (ANC), manifestó su apoyo a esta iniciativa de “Open for Justice” del Canadian Network on Corporate Accountability (CNCA).

“La creación de este Defensor permitiría una mejor gestión del impacto de las empresas canadienses en el mundo y brindaría una instancia a las personas afectadas desde sus respectivos países”, enfatizaron las organizaciones peruanas en la carta dirigida a Trudeau.

A ello agregaron que la existencia de una instancia que atienda denuncias de violaciones a los derechos humanos por responsabilidad empresarial en el sector extractivo, significaría un paso fundamental en la ‘justiciabilidad’ internacional de los derechos humanos, además de un efecto positivo en la reputación del sector extractivo canadiense.

Recomendaciones a Canadá

En la misiva, RED MUQUI, APRODEH, CNDDHH y la ANC, formularon algunas recomendaciones al gobierno canadiense en torno a esta nueva instancia.

La sociedad civil peruana consideró indispensable que la oficina del eventual Defensor de Derechos Humanos, debe mantener total independencia del gobierno y de las empresas del sector extractivo, cuya participación también debería ser obligatoria.

Asimismo, las organizaciones peruanas comprometidas con la promoción y protección de los derechos humanos, sugirieron que esta oficina posea facultad de investigar las alegaciones de violaciones a los derechos humanos, así como evaluar que las empresas extractivas cumplan con un conjunto de estándares, de esta manera se podrá determinar si se ha ocasionado el daño alegado.

En otro punto, se exhortó a que se pueda llevar un proceso transparente que incluya la publicación de un informe público final con recomendaciones desde las empresas y el gobierno.  Luego de ello, sería necesario hacer un seguimiento sobre el cumplimiento efectivo de todas las recomendaciones. A ello se suma la recomendación de prever la posibilidad de que las empresas se vean limitadas en recibir apoyo del gobierno canadienses, en caso de no cumplirlas.

Para todo ello, la sociedad civil peruana indicó que estas recomendaciones se realizar en base al proyecto de ley The Global Leadership in Business and Human Rights Act: An act to create an independent human rights ombudsperson for the international extractive sector, elaborado por Canadian Network on Corporate Accountability (CNCA).

Referencias

RED MUQUI, APRODEH, CNDDHH y la ANC también dieron cuenta sobre las graves afectaciones ambientales, económicas, sociales y culturales por parte de las industrias extractivas en nuestra región.

Para ello citaron el estudio “El impacto de la minería canadiense en América Latina y la responsabilidad de Canadá”, que realizó el Grupo de Trabajo sobre Minería y Medio Ambiente en América Latina.

 

En dicho documento se analizaron veinte proyectos extractivos que pertenecían a empresas con casas matrices en Canadá, de ello se constató que, en cuatro de estos, hubo vulneraciones de varios derechos, entre ellos, los derechos a la vida, a la integridad personal, a la salud y a la propiedad, para las comunidades aledañas al proyecto minero respectivo.

Disponible en: http://www.dplf.org/sites/default/files/informe_canada_resumen_ejecutivo.pdf

 

Fuente: Carta dirigida al Primer Ministro Justin Trudeau, sobre llamado para la creación de un Defensor de Derechos Humanos para el sector extractivo canadiense en el extranjero.

Foto: Thisisinsider.com

EN COMISIÓN DE PUEBLOS DEL CONGRESO

La Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología decidió por unanimidad, postergar la votación del predictamen del Proyecto de Ley (N°283/2016-CR) que propone identificar y delimitar de algunas cabeceras de cuenca para su protección.

Tras un nuevo debate en el grupo de trabajo, se decidieron hacer nuevas correcciones y considerar otros aportes.

Previo a la discusión del predictamen, la presidenta de la comisión, María Elena Foronda, aseguró que la ANA opina que esta Ley de protección de cabeceras de cuenca no contraviene en lo absoluto a la Ley de Recursos Hídricos.

“Desde el año 2009, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) ya había propuesto que en la Ley de Recursos Hídricos (Ley N°29338) que se establezcan los criterios legales para una mejor gestión de las cuencas”, recordó.

En ese sentido, el asesor de la comisión de Pueblos, Efraín Arana, agregó ante la comisión, la ANA reconoció no haber declarado la intangibilidad de ninguna cuenca desde el 2009.

“Tampoco han delimitado o identificado cabeceras de cuenca hasta la fecha. Es un pendiente entonces porque muchas de las cuencas dan inicio a grandes redes hidrográficas que abastecen buen porcentaje de ciudades”, indicó.

Entre otras opiniones favorables al proyecto de ley, Foronda mencionó al Ministerio del Ambiente (MINAM) y al Programa de Adaptación al Cambio Climático (PAC Perú). Mientras que, desde la PCM se recomendó que el texto sustitutorio recoja la prevención de conflictos sociales.

Debate en comisión

El congresista Marco Arana, autor de la iniciativa, resaltó que este proyecto recoge lo que ya está planteado la Ley general de Ambiente, la Ley de Recursos hídricos, en las cuales se reconocen a las cabeceras de cuenca como zonas productoras de agua.

Asimismo, Arana Zegarra descartó que la iniciativa pueda inhibir o perjudicar a las actividades económicas en las zonas productoras de agua.

“Lo que se plantea es que existan estas actividades, acorde con la sostenibilidad y resiliencia de los ecosistemas hídricos. Se trata de armonizar las actividades económicas que puedan beneficiar al país”, señaló.

Reacciones

Freddy Sarmiento de la bancada de Fuerza Popular consideró necesario que es importante que se declaren intangibles algunas zonas de cabeceras y sus ecosistemas, sin embargo, insistió en que ello debe partir desde la ANA y el MINAM, que ya poseen un marco legal.

Tras saludar la iniciativa, la congresista Tania Pariona de la bancada del Frente Amplio, dijo que es una necesidad nacional que las cabeceras de cuenca tengan una ley que las identifique y determine en qué situación están.

“En la parte andina se “cría” el agua, y en armonía con la comunidad. Solo así se garantiza la siembre y cosecha de agua. Esta ley pudiera permitir trabajando de a pocos, en un proceso de Ordenamiento Territorial, primero con la zonificación económica ecológica (ZEE)”, manifestó.

A su turno, Carlos Tubino de la bancada de Fuerza Popular, se refirió al artículo 4 y a la consulta previa que debería ser aplicada a aquellas comunidades que se encuentran en zonas de cabeceras de cuenca. Para Tubino, el proyecto de ley no puede tomar como referencia al Convenio 169, ni a la propia Ley de Consulta Previa (Ley N° 29785), ya que no se habla de pueblos indígenas, sino de comunidades campesinas y nativas, términos que no están contemplados en esa normativa.

Ante ello, Pariona precisó que no se debe prescindir del Convenio 169 ya que tiene carácter constitucional para el Perú. “En el artículo 7 de la Ley de Consulta Previa se menciona literalmente que las comunidades campesinas (o andinas) y las comunidades nativas (o pueblos amazónicos) pueden ser identificados también como pueblos indígenas u originarios. Las denominaciones no alteran la naturaleza de sus derechos colectivos”, argumentó.

Al cerrar su participación, Pariona sugirió agregar la participación a los pueblos indígenas y a sus organizaciones representativas (de tipo local y regional), en la comisión multisectorial presidida por ANA y MINAM, que propone el proyecto.

A esta propuesta se sumó el vicepresidente la comisión, el congresista Wilmer Aguilar, quien solicitó que se incluya la participación de los gobiernos municipales y regionales al ser encargados de la ZEE que puede ayudar por los datos territoriales que se obtienen.

Por su parte el congresista Horacio Zevallos del Frente Amplio, solicitó que se revisen y especifiquen mejor los conceptos como conservación o preservación de ecosistemas

En tanto, la congresista de Fuerza Popular, María Cristina Melgarejo se comprometió a presentar una propuesta legislativa similar en el plazo de una semana.

Fuente / fotos: RED MUQUI

ANTE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

  • Empresa presentó recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia y este miércoles se revisará en audiencia
  • Sala que aun preside Javier Villa Stein verá el caso
  • Este proceso Yanacocha denunció por usurpación agravada a casi toda la familia Chaupe Acuña

Este miércoles 15 de marzo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia revisará la sentencia que –en última instancia– declaró inocente a la familia Chaupe Acuña del delito de usurpación agravada, y otros cargos formulados por la empresa minera Yanacocha.

En este proceso penal, que duró entre el año 2011 y 2014, fueron incluidos: Máxima Acuña; Jaime Chaupe, su esposo; Isidora Chaupe, su hija, y Elías Chávez, su yerno. Es por ello, que la ganadora del premio Goldman 2016 y toda su familia, acudirán a esta audiencia programada en la sede de la corte suprema en Lima.

En la sala penal, que aun preside Javier Villa Stein, se discutirán los argumentos de la empresa que buscan anular la sentencia de la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca (17 de diciembre del 2014), y reabrir el proceso con el fin de volver a juzgar a la familia bajo pena de cárcel efectiva.

Precisamente, esta fue la sentencia histórica que permitió a Máxima y a su familia permanecer en su predio al no haber pruebas concretas de la usurpación que denunciaba Yanacocha.

Pese a que la Sala Penal de apelaciones fue la última instancia para este caso y sus sentencias no se pueden apelar, la empresa Yanacocha y abogados, presentaron un recurso extraordinario, denominado “Casación”.

Mirtha Vásquez, abogada de Máxima Acuña y su familia, explicó que este recurso está prescrito en la ley y solo procede excepcionalmente, por causales específicas.

“Con esta casación no se puede volver a juzgar el caso (los hechos), pero sí se puede revisar que la sentencia haya sido dada conforme a ley, y que las normas se hayan interpretado de manera correcta”, puntualizó la letrada.

Asimismo, la defensora legal de Máxima Acuña, precisó que la sentencia dada en la segunda instancia (Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca) es absolutamente clara y no existe ninguna contradicción o vacío de ley.

“La empresa minera ha logrado que su recurso de Casación sea admitido, argumentando que se debe interpretar en otro sentido la norma que regula el proceso de usurpación. Ahora la Sala Penal de la Corte Suprema, señala en su resolución que es importante revisar el caso para sentar “criterios jurisprudenciales””, especificó.

Cabe recordar que la familia campesina y la minera estuvieron inmersos en un juicio que duró casi cuatro años (2011 al 2014), y en el que la empresa siempre argumentó que los Chaupe Acuña nunca vivió allí. Yanacocha adujo que el 9 de agosto de 2011 invadieron la propiedad violentamente, incluso “golpeando una veintena de policías”.

Sin embargo, la familia asegura que fue en ese año (2011) que la empresa llegó hasta su predio Por su parte la familia, argumentaba que fue Yanacocha la que llegó hasta el predio y pretendió desalojarlos violentamente, agrediéndolos y destruyéndoles lo poco que tenían.

Máxima junto a su familia, lejos de irse, se quedó en el predio y desde ese momento –hasta la fecha- es que resiste las constantes hostilizaciones e irrupciones de Yanacocha y su personal de seguridad privada cada cierto tiempo.

El 17 de diciembre del 2014 la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, declaró absuelta a la familia de todos los cargos que la empresa les imputaba, en tanto no existían medios de prueba que acreditaban lo argumentado por la empresa.

Plantón de solidaridad

Desde las 8:00 horas del 15 de marzo, diversos colectivos, organizaciones de la Sociedad Civil y personas que se solidarizan con Máxima Acuña y su familia, han convocado a un plantón frente al Palacio de Justicia, lugar donde se ubica la Sala Penal Permanente. La audiencia está programada para las 8:30 de la mañana.

DATO:

  • Yanacocha y la familia campesina, se disputan desde hace años un terreno de no más de 25 Has., ubicado a 4000 metros de altura, y que sería parte del Proyecto minero Conga.

Foto: Chungo y Batann

POR DECISIÓN DEL EJECUTIVO

  • Viceministerio de Salud Pública ya no cuenta con Dirección de Pueblos Indígenas
  • Decisión contraviene el Convenio 169 de la OIT
  • ROF del MINSA apenas se modificó hace un año

Como parte de las reformas incluidas en su paquete de decretos legislativos, el gobierno Ejecutivo decidió retirar a los Pueblos Indígenas del Viceministerio de Salud Pública, tras la emitir el Decreto Supremo N° 008-2017-SA.

En la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Salud (MINSA) ya no se cuenta con la Dirección de Pueblos Indígenas como Unidad Orgánica de la Dirección de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, adscrita al Despacho Viceministerial de Salud Pública.

La anterior Dirección de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública tenía como función proponer las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de los riesgos y daños en materia de: Salud por Etapas de Vida; Enfermedades No Transmisibles y Oncológicas; Salud Mental; Discapacidad; Pueblos Indígenas; Salud Sexual y Reproductiva; Salud Ocupacional.

Aunque el Viceministerio de Salud Pública continúa considerando, en sus competencias, a los determinantes sociales de la salud y los enfoques de género, interculturalidad y derechos humanos; no obstante, ha retirado a los Pueblos Indígenas.

Si se revisa el ROF de este año, no se haya ninguna unidad referente a los Pueblos Indígenas en ninguno de los órganos de línea del MINSA. Ni aun en las que se refieren a Salud Ambiental, Ocupacional o Comunitaria.

Esta disposición contraviene el artículo 25 del Convenio 169 de la OIT. En esta norma internacional suscrita por el Perú, se señala que “Los servicios de salud (…) deberán planearse y administrarse en cooperación con los pueblos interesados y tener en cuenta sus condiciones económicas, geográficas, sociales y culturales, así como sus métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales”.

Hasta hace un año, la Estrategia Sanitaria Nacional Salud de los Pueblos Indígenas pertenecía al grupo de diez estrategias sanitarias establecidas por el MINSA, según su reglamento. Al igual que las demás, esta estrategia tenía como función la identificación de problemas.

El MINSA había enfatizado esta estrategia en lo que se refiere a mortalidad infantil, mortalidad general, desnutrición y morbilidad por enfermedades emergentes y reemergentes.

“Todas las acciones a desarrollarse se enmarcan en el respeto a los patrones culturales propios de los Pueblos Indígenas, por lo cual la perspectiva de acción es la interculturalidad en salud”, indicaba el sector.

La Dirección de Pueblos Indígenas tenía entre funciones acciones de monitoreo, seguimiento y evaluación de las intervenciones estratégicas orientadas a la prevención, control y reducción de los riesgos y daños a la Salud de los Pueblos lndígenas. Todo ello se coordinada desde el sector Salud con otros sectores del Estado y la sociedad civil, a fin de mejorar o rediseñar las políticas en salud pública dirigidas a esta población.

Para la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz) el retiro de la Dirección de Pueblos Indígenas constituye un gravísimo retroceso en el camino hacia la inclusión y la aplicación de criterios de pertinencia cultural como base de las políticas públicas.

“En un contexto de álgida conflictividad socioambiental, a causa de la afectación directa al medioambiente y a los territorios donde habitan comunidades campesinas andinas y nativas amazónicas; decisiones como éstas no hacen más que agudizar el desencuentro y la percepción de abandono y exclusión hacia esta población”, manifestó Fedepaz, miembro de la RED MUQUI.

Fuente / foto: MINSA / Fedepaz

ANTE CORTE SUPREMA

  • Minera pidió anular fallo que impide desalojar campesina Máxima Acuña

La empresa minera Yanacocha intentó convencer a la Corte Suprema de Justicia, de que Máxima Acuña y su familia cometió delito de usurpación agravada, luego de mostrar una foto captada desde una satélite, que presentó como nuevo elemento probatorio.

Con esta supuesta prueba, el abogado de Yanacocha, Eduardo Alcocer, intentó demostrar que el terreno en litigio le pertenecía a Yanacocha desde antes que llegara Acuña y su familia al lugar.

Durante la audiencia, Alcocer reiteró que los Chaupe Acuña a Tragadero Grande, de manera violenta, golpeando a policías y vigilantes privados, y así lograr apoderarse del terreno.

En respuesta, Walter Gutiérrez Roque, abogado de los campesinos, desestimó las pruebas presentadas por la minera, debido a que carece de «fuerza probatoria» y porque además no fue incluida al inicio del proceso que duró entre el año 2011 y 2014.

Gutiérrez explicó que se pueden presentar nuevas pruebas durante el proceso, pero hay que demostrar que recién se ha tenido acceso a ellas. Según dijo, Yanacocha no ha podido hacerlo.

“La empresa no ha mostrado ningún argumento fuerte. Yanacocha aduce que durante el proceso (2011-2014) no se recusó a un juez que aparentemente tenía vínculo con rondas campesinas, y tampoco se les había aceptado otros elementos de prueba”, comentó Gutiérrez a RED MUQUI, al término de la diligencia.

Mecánica del proceso

En esta audiencia convocada por la Sala Penal permanente de la Corte Suprema, Yanacocha hizo una exposición oral de la casación que había formulado. Por su lado, la defensa de los Chaupe Acuña debía rebatir lo argumentado por la minera.

“Hubiera sido importante que la señora Máxima esté en la audiencia y sea escuchada, porque el trámite casatorio indica que después que abogados dan cuenta de un informe, la parte afectada tiene oportunidad de hablar”, comentó el letrado.

Porqué se admitió la casación

La casación es factible como recurso extraordinario con el fin de que la Corte Suprema pueda observar las sentencias previas.

“Hemos solicitado que se confirme la sentencia de la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, y que la casación sea declarada infundada e improcedente”, informó Gutiérrez.

La intención de la minera es que la Sala Penal Permanente declare nulo un fallo dictado en segunda instancia que declaraba inocente a Acuña y su familia por el presunto delito de usurpación del terreno, y que más bien prevalezca la sentencia en primera instancia, donde fueron declarados culpables.

La defensa insistió que Corte Suprema vea que el tipo penal no se ha cumplido, ya que no ha habido violencia por parte de la familia, porque el predio siempre ha estado en posesión de la señora Máxima. “Lo que se tiene es solo el ejercicio normal de la posesión por parte de ella”, dijo Gutiérrez.

En esta oportunidad, la sala, presidida el juez supremo Josué Pariona en reemplazo de Javier Villa Stein, quien renunció al cargo hace unos días.

Ahora la Corte Suprema en lo Penal, debe emitir una resolución de casación que da por finalizado el trámite casasorio. La decisión de la Sala se conocerá este 12 de abril desde las 8:30 de la mañana.

Nuevo precedente

En opinión del abogado Walter Gutiérrez, en este caso la causal es generar doctrina jurisprudencial.

“Se podría sentar un precedente respecto al delito que se le está imputando a Máxima Acuña. La usurpación agravada necesitaba antes de alguien que para que uno usurpe, además de desposeer e ingresar directamente, también tendría que haberse demostrado que ejerció violencia. Que es lo que no hubo en este caso”, explicó a RED MUQUI.

Es decir, que, a partir de este caso la doctrina va a indicar que para que exista usurpación agravada debe cumplirse todos estos factores en un mismo momento, incluso violencia.

“De salir favorable la sentencia, podríamos revertir muchas otras correspondientes a otros procesos que mantiene la familia”, señaló.

DATOS:

Máxima Acuña, su familia y su abogada Mirtha Vásquez, no pudieron estar presentes en la audiencia, debido a que no pudieron abordar el avión que los iba a traer a Lima. La aerolínea tomó esta determinación debido al mal tiempo y a las lluvias al norte del país.

Mientras se desarrollaba la audiencia, hubo un plantón de solidaridad a las afueras del Palacio de Justicia por parte de Fenmucarinap, Amnistía, CNDDHH, DEMUS y RED MUQUI.

Fuente: RED MUQUI / EFE

Fotos: Wayka / RED MUQUI

RED MUQUI, colectivo nacional de 29 instituciones de 11 regiones del Perú que acompañamos a comunidades y poblaciones que habitan en zonas mineras, en la defensa y promoción de sus derechos, nos dirigimos a la opinión pública para declarar lo siguiente:

1.       Mostramos nuestra preocupación por las declaraciones del Ministro de Energía y Minas, Gonzalo Tamayo, durante la inauguración del stand de Perú durante la Convención de Exploración Minera PDAC 2017 que se desarrolla entre los días 05 y 08 de marzo en Toronto Canadá, y el contexto en que las ha planteado.

2.       El Ministro Tamayo ha señalado que “el gobierno viene desarrollando estrategias para impulsar el desarrollo minero que comprenden la simplificación de trámites para operaciones mineras, la actualización normativa para las actividades exploratorias, y la puesta en marcha del Adelanto Social; así como la aplicación de estrategias diferenciadas para cada proyecto”.

3.       Está claro que las “estrategias” del Ministro y del gobierno, están contenidas en los cambios normativos realizados recientemente, por el actual gobierno, con los decretos legislativos, que se complementan con los paquetazos del anterior gobierno y con otras normas que de manera sinérgica han eliminado garantías a las tierras de las comunidades campesinas y nativas, han reducido los estándares ambientales que tendrán ahora criterios económicos y políticos, y no técnicos para su establecimiento, han reducido las funciones de la ya frágil institucionalidad ambiental, han formalizado actividades mineras informales sin exigir medidas ambientales y sociales necesarias, entre otras. En suma, han preparado el camino para facilitar aún más la minería, sin mayores exigencias, con los riesgos que ello conlleva, como generar una mayor conflictividad social en el país.

4.       Se evidencia que todos éstos cambios obedecen a las presiones ejercidas por los grupos de poder económico a los gobiernos de turno, que en el caso actual pretenden impulsar nuevos proyectos mineros con el solo “adelanto social”, es decir con la “plata por delante”, sin considerar que antes que el dinero que es importante, están pendientes temas de fondo de las poblaciones, que deben ser abordados en espacios de diálogo previo e informado, que brinden asesoramiento independiente a los afectados, en procesos de consulta previa adecuados, y en el respeto a los derechos de las personas y los derechos colectivos, y no actuar como ha ocurrido en Apurímac con la imposición de Estados de emergencia y la suspensión de derechos, para poder realizar operaciones mineras que de esa manera, sólo generarán mayor conflictividad social.

5.       La reciente creación del Viceministerio de Gobernanza Territorial, el pasar a un segundo plano el rol de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad a cargo de Rolando Luque, que tenía una perspectiva de diálogo previo muy marcada por su experiencia en la Defensoría del Pueblo, y muy diferente a la declaración de Estados de Emergencia que se ha empezado a utilizar en el caso Las Bambas, deja sólo dudas respecto al interés del gobierno por dialogar para prevenir, y más queda la perspectiva de la imposición para sacar adelante los proyectos que hoy se “ofertan” en Canadá.

6.       No podemos dejar de mencionar a los países de origen de las empresas, entre ellos Canadá, que promueve la feria en cuestión. Existen emprendimientos mineros en nuestro país que son impulsados por sus empresas, entre ellos muchos en proceso de exploración minera, que es lo que el Ministro Tamayo anuncia se va a impulsar en su gestión. Éstos países deben asumir su responsabilidad también frente a la presión que ejercen sus empresas en nuestro país, y establecer reglas claras para dicho accionar debiendo exigir que apliquen los mismos marcos normativos que en sus países.

Finalmente, esperamos que los cambios anunciados por el Ministro Tamayo sobre la aprobación de un nuevo Reglamento para la Exploración Minera, no sólo consideren como ha adelantado, “modificaciones de simplificación administrativa y reducción de trámites”, sino también mecanismos de participación ciudadana y consulta previa adecuados, con asesoramiento técnico que limite las asimetrías, zonas de exclusión minera que respeten los recursos hídricos y los ecosistemas que son sus fuentes de generación, así como las zonas de importancia agro ecológica para mantener los recursos que son necesarios para nuestra seguridad y soberanía alimentaria.

 

Lima, 06 de marzo de 2017