El día de mañana, viernes 17 de enero, será la última audiencia en el Juzgado Penal Colegiado Supranacional B de Cusco que preside la jueza Yépez Provincia, en la cual se desarrollarán los alegatos finales de la Fiscalía, la empresa minera Anabi, y los dirigentes sociales acusados, tras las protestas desarrolladas en defensa del territorio ante la contaminación ambiental del río Yahuarmayo y las afectaciones causadas por el paso de camiones mineros de gran tonelaje de la empresa minera Anabi.

Los delitos que se le imputan a los dirigentes sociales son: secuestro; robo agravado, daño agravado; entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, entre otros.

Historia de la protesta

En el año 2011, las comunidades campesinas originarias del distrito Llusco, provincia de Chumbivilcas, acudieron ante el Estado para denunciar la contaminación ambiental por parte de la empresa minera Anabi SAC. Pese a múltiples pedidos, los dirigentes no fueron escuchados. Sin embargo, ante las movilizaciones desarrolladas posteriormente, el gobierno instaló una mesa de diálogo en enero del 2012. Esta mesa en la que estuvieron el presidente de la PCM, el Ministerio de Energía y Minas, la Autoridad Nacional del Agua, autoridades locales y regionales, la empresa minera Anabi y la población, llegó al acuerdo de realizar monitoreos ambientales en la zona impactada, cuyos resultados serían presentados públicamente ante la población de Llusco; cosa que nunca pasó.

Debido al incumplimiento, la población volvió a la protesta, y en el contexto de las movilizaciones, la empresa denunció que el 05 de febrero del 2012 habían incendiado su campamento minero. Tras ese hecho, la empresa denunció a varios dirigentes por diversos delitos; y la Fiscalía, sin hacer mayor investigación penal, formalizó la denuncia contra nueve hombres y una mujer.

No hay pruebas

Frente a las acusaciones de la Fiscalía, cabe señalar que en el transcurso de la investigación no se han presentado fotos, videos u otra prueba que demuestre que los dirigentes sociales fueron los responsables del incendio del campamento minero. Solamente se han presentado como prueba, las declaraciones de ex trabajadores de la empresa minera. Contradictoriamente la misma jueza no quiere aceptar como medio probatorio las declaraciones de los dirigentes sociales acusados.

Sentencia

Las y los defensores están en grave peligro de ser encarcelados por 20 años o más, considerando que esta es la pena mínima por el delito de secuestro. La fiscalía ha pedido 30 años de cárcel. El elemento común entre los acusados es su condición de dirigentes de organizaciones sociales y/o autoridades; pues no existe evidencia de su participación en los actos.

Uno de los abogados de los 10 dirigentes acusados, Ramiro Llatas, de la institución Derechos Humanos Sin Fronteras de Cusco, miembro de la Red Muqui, lamenta que la jueza Yépez Provincia haya rechazado el Amicus Curiae presentado por el Instituto de Defensa Legal (IDL).

Amicus Curiae rechazado

El abogado relata que la jueza rechazó de plano el Amicus Curiae presentado por mesa de partes, señalando que el plazo para presentar aportes probatorios ya pasó. Confundiendo que el Amicus Curiae es un derecho constitucional que pretende aportar al razonamiento jurídico para la fundamentación de la sentencia y no un medio probatorio

La jueza no ha valorado el Amicus Curiae. “Están procesando a defensores del ambiente y el territorio. Ellos estaban ejerciendo derechos constitucionales y no estaban ahí para cometer delitos”, señala el abogado, sobre el contenido del Amicus Curiae.

Audiencia final

Finalmente, el abogado agregó que la jueza se ha mostrado reticente a valorar las declaraciones de 5 de los 10 dirigentes acusados, señalando que las declaraciones no tienen valor probatorio, ante la solicitud de que el día de mañana, además de los alegatos finales a presentarse, también puedan ser escuchados 5 dirigentes sociales acusados. A pesar de la actitud de la jueza, los dirigentes acusados hablarán en defensa propia y colectiva. ”Lo que tendría que hacer la jueza es demostrar que los dirigentes no están diciendo la verdad, no señalar que sus declaraciones no tienen valor probatorio”, finalizó Ramiro Llatas.

Durante la reciente conferencia que acaba de realizar el ministro de Energía y Minas, Juan Carlos Liu, ante la Asociación de Prensa Extranjera en la sede del ministerio; acaba de anunciar que el proyecto minero tía maría de la empresa Southern Copper, perteneciente al Grupo México, no va a iniciar operaciones antes del 2024. “Eso nos da 5 años para que el Estado haga el cierre de brechas”, añadió el ministro.

De acuerdo a los tweets de la periodista Jacqueline Fowks, el ministro afirmó que primero construirán el hospital de los distritos de Cocachacra y de Mollendo y realizarán el estudio de agua y desague del Valle de Tambo.

 

 

«El Ministerio se va a hacer presente en el valle de Tambo para ‘cerrar brechas’. Eso nos da 5 años para fomentar el diálogo y alejar preocupaciones. Esto empezó con reclamos hídricos», añadió el ministro Liu.

Asimismo, también anunció que este año empezará a operar Mina Justa en Marcona (Ica), que inicialmente produciría aproximadamente 100.000 toneladas de cobre al año a partir de las operaciones de dos minas a cielo abierto.

Justicia en México

Mientras el gobierno anuncia, a través de su ministro de Energía y Minas, la estrategia para que el proyecto minero tía maría se implemente en Arequipa después del 2024; en México, la empresa transnacional dueña de Southern Copper, Grupo México, acaba de recibir una sentencia desfavorable de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al tener que reabrirse el fideicomiso que había destinado para la reparación ambiental, social y en materia de salud de las personas afectadas el 2014, o definirse nuevos mecanismos de remediación y reparación de los daños generados tras el derrame de 40 millones de litros de sulfato de cobre acidulado en los ríos Sonora y Bacanuchi. En estos días se hará pública la sentencia.

La denuncia de los afectados organizados en los Comités de Cuenca del río Sonora, señala que la reparación implementada por el Grupo México y el gobierno de Peña Nieto a través del fideicomiso, fue fallida, mal implementada y sin participación de los afectados en el Comité Técnico. Por ejemplo, hasta ahora no se construye el centro de salud especializado para la atención de los afectados por metales tóxicos y no se ha realizado la remediación ambiental completa de la cuenca del Sonora.

El día de ayer, jueves 9 de enero, a partir de las 10am, se desarrolló en las instalaciones de El Sindicato Único de Trabajadores de la Empresa del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – Sutesal- en Breña, el Foro Electoral: Pacto por el agua. La apertura del Foro electoral estuvo a cargo de la secretaria general de Sutesal, Luisa Eyzaguirre y contó con la participación de diversos candidatos de los partidos políticos postulantes: Juntos por el Perú, Podemos Perú, Apra, Perú Libre, Frente Amplio, Unión por el Perú, Renacimiento Unido Nacional, Alianza para el Progreso.  El foro lo organizó el Frente Pueblos en Defensa del Agua, la Vida y Sedapal, que impulsa el sindicato de trabajadores de Sedapal (Sutesal), el Frente Unitario de los Pueblos del Perú y diversos colectivos que luchan por el agua como bien común.

Compromiso de los candidatos

En la presentación, los candidatos tuvieron 4 minutos para expresar su compromiso con la agenda de la defensa del agua, debido a que actualmente existe el peligro de la privatización de Sedapal a través del Decreto Supremo 214-2019-EF, emitido por el presidente Vizcarra en julio del año pasado, que promueve la venta de hasta 100% de las acciones de la empresa pública.

Asimismo, algunos candidatos señalaron su compromiso en la lucha por la remediación de pasivos ambientales, debido a que en la cuenca alta del río Rímac, existen relaves mineros en Tamboraque, Chinchán, y San Mateo, que aún no han sido remediados y son un peligro para el agua que toman los limeños.

Posteriormente, se realizaron preguntas y comentarios del público dirigido a los partidos políticos presentes en el debate. Entre los candidatos más conocidos y que pudieron contestar las preguntas en representación del partido, estaban la ex congresista aprista Nidia Vilchez, el ex congresista Manuel Dammert por Juntos por el Perú y Samuel Yáñez del Frente Amplio. También contestaron los candidatos de Perú Libre, Podemos Perú, RUNA, y Unión por el Perú

Firma del pacto

El Foro culminó con la firma del pacto por los candidatos, en defensa del agua, de Sedapal, y EPS como bien común y de servicio público, que entre los 11 puntos resalta el compromiso en “defender el agua como derecho humano y bien público, en que el Estado tiene la obligación de resguardad el derecho a la vida y la salud de millones de peruanos, mediante el fortalecimiento de políticas públicas de saneamiento en donde el eje principal sea el factor humano, la vida”; y, que “a la fecha la ciudad de Lima y Callao cuentan con serias amenazadas de contaminación de las cuencas y ríos por implementación de operaciones mineras”, en referencia al proyecto minero Ariana que pone en peligro el agua para Lima; y, agrega, “así como la presencia de relaves mineros que afectarían las cuencas y ríos que abastecen de agua en la capital, poniendo en serio riesgo la vida de millones de personas”.

Como se recuerda, durante los últimos meses se ha presenciado en lima grandes movilizaciones en defensa del agua frente a la posibilidad de privatización de Sedapal, y por consiguiente del agua. Asimismo, parte de la plataforma de las movilizaciones ha sido el rechazo al proyecto minero Ariana, que se ubicará a pocos metros del Túnel Trasandino Cuevas Milloc, que transporta el agua de la laguna Marcapomacocha hacia la cuenca del Rímac, para finalmente abastecer de agua a las y los limeños.

Pacto por el agua

El día de hoy por la mañana, 9 de enero, se desarrolló el paro de más 12 comunidades de Espinar, que posteriormente levantaron a las 6pm, pertenecientes a los distritos de Condoroma, Ocoruro, Pallpata, Alto Pichigua y Pichigua, entre las que se encuentras las comunidades de Huacroyuta Marquiri, Huarcapata, Chorrillo, Antacama, Pallpata, Canlletera, Cruz Pampa, Pirhuayani, Mamanocca, Jaruma Alccasana, Kanamarka y Molloccahua. Las comunidades de Espinar señaladas exigen la anulación de la resolución del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) que aprueba la Modificatoria de Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero Coroccohuayco, que es la ampliación del proyecto minero Tintaya-Antapaccay perteneciente a la empresa minera suiza Glencore. Se estiman 25 años de vida del proyecto minero Coroccohuayco, sumado al proyecto minero en funcionamiento actual, Antapacay, que también operará 25 años.

¿Por qué exigen la anulación?

Las comunidades en protesta no han sido consideradas dentro de la Modificatoria de Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) del proyecto minero, por lo que no existen medidas de mitigación de los impactos ambientales, económicos, sociales y en materia de salud, que sufrirían cuando se desarrolle el proyecto minero, que se desarrollará en los territorios que se encuentran frente a ellos, cruzando el río salado. El río salado divide a estas comunidades de las otras comunidades que sí son consideradas parte del área de influencia directa e indirecta de la mina. ¿Por qué estas comunidades no han sido consideradas parte del área de influencia indirecta? No hay una respuesta clara de la empresa Glencore y de SENACE.

En comunicación con el presidente del Comité de Lucha, Fredy Llaique, señaló que, en anteriores mesas de diálogo con el Estado en Espinar, las comunidades habían presentado estudios técnicos que mostraban que también serían afectados por la actividad minera.

Por estos motivos, las 12 comunidades mencionadas iniciaron protestas en rechazo a la aprobación de la MEIA y de la consulta previa que pretende realizar el gobierno a las otras 13 comunidades que sí son consideradas parte del área de influencia directa e indirecta de la ampliación del proyecto minero; que tampoco conocen las implicancias de la MEIA, al no haberse realizado audiencias públicas por el SENACE para dar a conocer el MEIA del proyecto minero Coroccohuayco, tal como lo mandata la ley, y finalmente se puedan hacer objeciones y correcciones.

¿Cuál es la estrategia del gobierno?

El 8 de enero, el director general de la Oficina de Asuntos Socio-Ambientales, Hernán José Cuba Chávez, haciéndose enterado del paro del día de hoy, envió una carta al alcalde distrital de Pallpata, Alfonso Villagra, planteándole una reunión técnica en la que el SENACE daría a conocer el resultado de la evaluación del MEIA del proyecto minero Coroccohuayco para el lunes 20 de enero.

Pero lo que las comunidades están exigiendo es la nulidad de la MEIA que fue aprobado el 17 de diciembre. Al respecto, el presidente del Comité de Lucha, Fredy Llaique, señaló que levantaron el paro para dar una tregua al gobierno y den respuesta a la impugnación que estaban presentando junto al alcalde de Pallpata en rechazo a la aprobación de la MEIA. Precisó que la carta enviada por el MINAM hasta ahora no llega formalmente y que evaluarán junto a los presidentes de las comunidades si acuden o no a esa reunión.

Consulta previa en cuestión

A la par que el gobierno ya tenía conocimiento del reclamo de estas comunidades que rechazan el MEIA aprobado por SENACE; el gobierno está ya desarrollando reuniones con las otras 13 comunidades para implementar la consulta previa sobre el inicio de operaciones del proyecto minero Coroccohuayco.

El próximo 29, 30 y 31 de enero, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) sostendrá una reunión con representantes de las 13 comunidades consideradas como parte del área de influencia directa e indirecta en la que se presentarán propuestas de planes de consulta y luego se consensuará y aprobará el plan de consulta previa.

Lo llamativo del acta aprobada el 19 de diciembre para sostener esta reunión, es que en el acta se menciona la resolución ministerial emitida ese mismo día, RM 403-2019 MINEM, que precisa en el artículo N°3 Oportunidad de la Consulta Previa: “el proceso de consulta previa puede ser iniciado luego de la admisión a trámite del instrumento de gestión ambiental necesario para los procedimientos identificados (..)” en los que corresponde realizar el proceso de consulta previa, en la que se incluye la autorización de las actividades de explotación.

Ello quiere decir, tal como ya lo han denunciado varias instituciones, que se restringe el derecho a la consulta previa al imposibilitar que las comunidades puedan ser consultadas antes del otorgamiento de una concesión minera, antes de la exploración minera y respecto a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y Modificatoria de Estudio de Impacto Ambiental (MEIA) aprobados.

 

 

9 de enero 2019

El día de hoy, miércoles 8 de enero, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México emitirá sentencia sobre la responsabilidad del Grupo México (dueño de Southern Copper en nuestro país – Perú-), y el Estado mexicano en la fallida reparación integral a los afectados por metales tóxicos y la falta de remediación de la cuenca del Sonora, a través del Fideicomiso que crearon con un fondo de 2 mil millones de pesos (360 millones de soles aproximadamente), que solo implementaron un poco más de la mitad de acuerdo a la investigación de la institución Poder y el Comité de Cuenca Río Sonora,  tras el derrame de 40 mil metros cúbicos de sulfato de cobre en la cuenca del río sonora en agosto del 2014 que afectó la salud de 381 personas, la calidad del agua que reciben 22 mil personas en el área de la cuenca del Sonora, y la actividad agropecuaria que desarrollan.

Las medidas de amparo

La sentencia que emitirá la Corte mexicana se basará en tres amparos interpuestos por los Comités de Cuenca del Río Sonora, que cuestionan la forma en cómo operó el fideicomiso desarrollado por la empresa y funcionarios mexicanos (amparo en revisión 384/2018); la falta de apoyo al Proyecto de Reactivación Agropecuaria para la región (amparo en revisión 927/2018); y la finalización intempestiva del Fideicomiso Río Sonora, junto a la conclusión del Programa de Remediación Ambiental (amparo en revisión 640/2019).

El Fideicomiso

La creación del Fideicomiso se dio meses después del derrame tras un acuerdo entre el Gobierno Federal del ex presidente Enrique Peña Nieto y la minera Buenavista del Cobre del que el Grupo México es dueño, sin la participación de los afectados, y sin un debate público sobre cómo debía darse la reparación integral. El Grupo México puso el dinero para “reparar” el daño que había generado y no le quiten la concesión, entre otras sanciones. Para la implementación del dinero del Fideicomiso se creó una Comisión Técnica que la presidió el subsecretario de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Rodolfo Lacy Tamayo, junto a otros 4 miembros; la mayoría colocados por la empresa, sin la participación de ningún representante de los afectados por el derrame.

En los años siguientes, el Grupo México siempre señaló que como el origen de los fondos eran privados, dado que provienen de las empresas que provocaron el derrame, el fideicomiso era privado, y como consecuencia no tendrían que rendir cuentas a nadie.

Sin embargo, es materia de la sentencia establecer si el fideicomiso tuvo carácter público o privado y señalar el cumplimiento o no con lo estipulado en el contrato del fideicomiso entre la empresa y el Estado mexicano, estableciendo responsabilidades de los actos y omisiones.

Exigencia de afectados

La exigencia central de los afectados de los Comités de la Cuenca del Río Sonosa a la Corte es que ese Fideicomiso con el comité técnico sea considerado autoridad responsable equivalente a una secretaría u otra autoridad federal, y que el Fideicomiso se reabra y sea obligado a reparar completamente los daños, con la participación de los afectados.

Informe revelador

De acuerdo a la investigación mencionada, “Análisis del Fideicomiso Río Sonora. Simulando la remediación privada en un Estado capturado”, y la última nota informativa emitida por Poder; señalan que “entre los gastos realizados destacan la entrega de sumas de dinero, supuestamente a personas afectadas, la compra e instalación de tinacos (bajo la promesa que servirían para guardar agua potable que nunca llegó), la obra negra de un centro de salud de especialidades que quedó inconcluso y gastos de publicidad cuatro veces mayores a los destinados a la atención en salud, para mejorar la imagen de la empresa”. Entre las irregularidades que señala el informe se encuentran los recursos asignados por el Comité Técnico del Fideicomiso para la compra de los tinacos a la empresa Rotoplas, debido a que el dueño de la empresa es familiar del dueño del Grupo México, Germán Larrea.

Por estas razones, el día de hoy es fundamental porque se sentaría un precedente en la lucha contra la impunidad de las empresas mineras mexicanas, que tendrán que rendir cuentas respecto a sus acciones; y el Estado, asumir su rol garante de derechos de las poblaciones, comunidades y ciudadanos. Tal como ocurre en nuestro país, Perú, en que el Estado ha olvidado su rol de representación de las poblaciones; y es facilitador de la inversión privada minera, sin garantizar los derechos de las poblaciones a un ambiente saludable con desarrollo sostenible.

Dato: Los Comités de Cuenca Río Sonora, Poder, y otras organizaciones mexicanas enviaron una carta al presidente Vizcarra en la víspera de la decisión del Consejo de Minería respecto a la ratificación de la licencia de construcción del proyecto Tía María; señalando los atropellos que estaba cometiendo el Grupo México en su país, que es la empresa mexicana que tiene la mayoría de acciones de Southern Copper Corporation.

Pronunciamiento del Colectivo Santiaguinos en Acción

Ante la presencia de la Empresa Minera Barrick Misquichilca S.A., nos dirigimos a los santiaguinos residentes en nuestra Provincia y las diferentes ciudades de nuestro Perú y el mundo, para manifestar lo siguiente:

  1. El agua es un derecho constitucional. La ley de Recursos Hídricos, en su Art. 75, señala: “El Estado reconoce como zonas ambientalmente vulnerables las cabeceras de cuenca donde se originan los recursos de una red hídrica”. Por tanto, necesitamos conservar las cabeceras de cuencas, especialmente Huacamarcanga – Miaco, por ser zonas de recarga hídrica para la siembra, cría y cosecha del agua; elemento fundamental para todo tipo de vida.
  2. Mediante Resolución Directoral N° 165 – 2019 / MINEM – DGAAM del 26 de setiembre del 2019 se aprueba la Ficha Técnica Ambiental (FTA) del proyecto de exploración “Antonio de Chuco” presentada por Minera Barrick Misquichilca S.A. Proyecto minero ubicado en la microcuenca Huacamarganga – Miaco, zona de recarga hídrica fundamental para las actividades agropecuarias y para el consumo humano de las diferentes poblaciones aguas abajo. Debemos cuidar nuestra microcuenca Huacamarcanga – Miaco, por ser la única fuente que abastece de agua a los diversos caseríos y la ciudad de Santiago de Chuco. Permitir la instalación y explotación minera es condenar a la desaparición de Santiago de Chuco y sus comunidades aledañas. Señalamos que dicho proyecto propone construir 20 plataformas de perforación con sondajes de 5720 metros en total (286 metros de profundidad cada una aproximadamente). Estas perforaciones no sólo alteran el curso de los canales de agua subterráneos; sino, lo preocupante es que las perforaciones liberan sustancias y elementos químicos presentes en la tierra que utilizan para sus estudios, los cuales modifican o desaparecen los manantiales y los contaminan.
  3. Sin exageración, no está demás dar a conocer que el Perú está identificado como un país que ha comenzado a presentar una preocupante situación de estrés hídrico. Son 4 países latinoamericanos con este problema: Chile, México, República Dominicana y Perú. Asimismo, estudios de la propia Autoridad Nacional del Agua (ANA) muestra que 129 de las 159 cuencas hídricas tienen graves problemas de contaminación. Es nuestra obligación cuidar y defender nuestra microcuenca Huacamarcanga – Miaco.
  4. La minería utiliza de manera intensiva grandes cantidades de cianuro, sustancia sumamente tóxica, y significa la remoción de la capa superficial de la tierra para hacer accesibles los extensos yacimientos de mineral; por lo que, puede calificarse a esta actividad extractiva como una de las más agresivas con consecuencias nefastas en el área ambiental, social y cultural, pues genera grandes impactos: en la superficie, en el paisaje natural y cultural, contaminación del aire, afecta aguas superficiales, subterráneas o freáticas, impactos considerables en flora y fauna, en el micro clima y en las poblaciones, crea conflictos sociales que llevan a la muerte de personas que defienden el agua, en su mayoría, y de algunos que defienden los intereses de estas empresas que poco aportan la economía. Barrick es la sexta compañía con más deuda a la SUNAT: 260 millones de soles que no paga.
  5. Los proyectos mineros traen graves problemas de contaminación alterando y modificando las formas locales de producción de alimentos, las relaciones entre organizaciones sociales, agudizando la pobreza, el incremento de la desigualdad y la corrupción: Es una gran mentira que trae desarrollo, por el contrario tenemos pueblos arrasados, medio ambiente contaminado y comunidades que han perdido sus fuentes de agua y al retirarse dejan una enorme pobreza, ejemplo de ello es Quiruvilca que con más de 100 años de minería y sigue tal cual lo describe César Vallejo.
  6. Hacemos un llamado a las organizaciones de base y a las autoridades a la unidad para hacer una defensa cerrada de nuestra microcuenca Huacamarcanga – Miaco. Porque de lo contrario Santiago de Chuco y sus comunidades están condenados a desaparecer.

Sí al agro. Sí a la vida.

Enero 2020

Artículo de asesor de Red Muqui: Ing Juan Aste Daffós

Cabe preguntarle al Director General de Minería, Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz: ¿cómo así el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), a través de la Dirección General de Minería (DGM), no se percató que Southern Peaks Mining (SPM), a través de su subsidiaria Minera Quiruvilca Limited, compró primero en junio 2012 la totalidad de la unidad minera Quiruvilca a la canadiense Panamerican Silver, propietaria de Cía Minera Quiruvilca, y luego SPM se la venda a ella misma a través de otras de sus subsidiarias, primero a Sociedad Minera Quiruvilca Inversiones SAC, en julio 2015, y luego a Cía Minera Quiruvilca, regresando al punto inicial; para en diciembre 2017 declararse en quiebra, dejando de operar desde enero 2018 en que abandonó la mina, con lo cual dejaba de cumplir con el plan de cierre?

La ejecución inmediata de la garantía vigente que mandata la Resolución de la Dirección General de Minería N° 0066 del 05 de marzo del 2018 al declarar el incumplimiento del plan de cierre de minas de la unidad minera Quiruvilca de la Cia Minera Quiruvilca SA, significaba el cobro del monto de la carta fianza y que la DGM se encargue de ejecutar el plan de cierre, sin embargo, este monto al ser insuficiente para cumplir con el plan, implicó un beneficio para la empresa SPM y un perjuicio para el Estado Peruano. ¿Quién calculó el monto de este plan y el de la carta fianza?: La Dirección General de Minería.

Para la empresa era mejor que le ejecuten la carta fianza porque se ahorraba dinero y la responsabilidad de asumir la remediación del pasivo ambiental, que, por lo que ocurrió, era de gran dimensión y riesgo ambiental, comprobado con el impacto ambiental del ingreso de mineros informales y con la rotura de los diques de las relaveras, en un breve tiempo luego que la empresa SPM, a través de Cía Minera Quiruvilca, abandonó la mina. Así, con suma facilidad, el plan de cierre pasó a ser un compromiso del Estado financiado en gran parte por todos los peruanos, y cuya elección de la empresa ejecutora se habría concretado desde la DGM a través de adjudicaciones directas (sin concurso) para el tratamiento de las aguas ácidas. Lo peor han sido las lamentables consecuencias de la contaminación de la cuenca del río Moche que condujo a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) a declarar en emergencia esta cuenca. ¿Quiénes ganaron? Saquen sus conclusiones.

Pero, ¿quiénes son los representantes en el Perú de la empresa Southern Peaks Mining (SPM) cuyos capitales son del paraíso tributario de la isla Gran Cayman? Esta empresa es gestionada en el Perú principalmente por Enrique Ramírez Ostolaza, y Adolfo Vera Fernández, ex funcionarios de Volcan Cía Minera y de Cía Minera Quiruvilca, antes en manos de Panamerican Silver, y hoy SPM es la propietaria de Ariana Operaciones Mineras SAC, titular del proyecto Ariana. Las preguntas que se caen de maduras son ¿Cómo hizo SPM para que el 2016 MINEM le apruebe el EIA del proyecto Ariana ubicado entre las fuentes de agua para Lima ubicadas en la cabecera de la cuenca del Atlántico y que se derivan hacia la costa del pacífico mediante un túnel trasandino?

Agua de Lima en riesgo

Ello porque existe un alto riesgo de ingreso de material del relave a través de la boca del túnel y porque precisamente el EIA aprobado no contempla estaciones de monitoreo ambiental en la entrada y en la salida del túnel. Todos los componentes del proyecto han sido diseñados dentro de la huella colectora del Sistema Marca, por lo que cualquier derrame va a ir directo a los canales de coronación del sistema y de inmediato ingresará al túnel trasandino.

Lo cierto es que hay demasiadas coincidencias en favorecer a la empresa SPM que demandan una seria investigación y revisión del traslado y la responsabilidad del plan de cierre de la unidad Quiruvilca al Estado, así como, del proceso de aprobación del EIA del proyecto Ariana y los permisos. Al respecto, en la fundamentación de la aprobación del EIA, Informe 385-2016-MEM/DGAAM/DNAM/DGAM/D del 29 de abril 2016, se afirma que “(…) la propuesta de localizar el depósito de relaves colindante al túnel trasandino debe ser descartada y adjuntar otras alternativas viables para su ubicación (…)”, lo cual ha sido ratificado en la aprobación del EIA y consentido por la empresa minera, sin embargo, esta última insiste en construir la relavera en el mismo lugar, desacatando lo establecido en dicho informe de la certificación ambiental. La DGM no realizó un análisis de riesgo, incumpliendo con lo establecido en el anexo 07 del reglamento de seguridad minera del MINEM.

Por lo señalado, no hay las garantías del caso en el proyecto Ariana, y el sindicato y el directorio de Sedapal tienen razón en estar preocupados y alertas. Habría que saber quiénes son los verdaderos dueños de SPM y quiénes son los funcionarios que le han facilitado las cosas aun a riesgo de afectar a toda la población de Lima porque un aumento de la contaminación del agua para la ciudad capital del Perú se traduce en un mayor costo del procesamiento para obtener agua potable en la planta de La Atarjea, y esto presionaría al alza la tarifa pública del agua.

Preguntas: ¿Por qué la DGM no alertó del perjuicio para el Estado Peruano y el país en los casos de la unidad minera Quiruvilca y del proyecto Ariana? ¿Por qué se aprobó el EIA del proyecto Ariana sabiendo las implicancias de la contaminación y el costo de la disponibilidad del agua para la población de Lima? ¿Por qué la DGM no devolvió el expediente a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) para que esta revise la inconsistencia identificada en el EIA? ¿Qué garantías ofrece hoy SPM en el proyecto Ariana frente a la evidencia de hechos inaceptables para el país?

El debate electoral: Propuestas ante la problemática minera en el Perú se desarrolló el miércoles 11 de diciembre a las 6pm, en la sala de conferencias del Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica del Perú, con la presentación  inicial de dos casos emblemáticos de la problemática minera en nuestro país, que fueron parte de los ejes de debate de los candidatos al Congreso: Salud ambiental y humana; territorio – concesiones, recursos naturales (agua) y ordenamiento Territorial; criminalización de la protesta; y alternativas al desarrollo (minería).

Casos emblemáticos

Yolanda Zurita, vocera de la Plataforma Nacional de Afectados por Metales Tóxicos, desarrolló su presentación señalando a los candidatos que se encontraban escuchándola: Manuel Dammert de Juntos por el Perú; Rocío Silva Santisteban del Frente Amplio; Juan Gálvez de Acción Popular; y Pedro Gamio del Partido Morado; que sus partidos políticos y de ser electos como congresistas, incidan ante la PCM en la conformación de la Comisión Multisectorial que permita la articulación de diferentes ministerios para que haya políticas de prevención, remediación y atención integral en salud a las y los afectados por metales tóxicos, que actualmente se encuentran en una situación muy difícil al no tener medicamentos y atención especializada.

Yolanda Zurita expone las propuestas de la Plataforma de Afectados por Metales Tóxicos

Yolanda Zurita expone la problemática y propuestas de la Plataforma de Afectados por Metales Tóxicos

Asimismo, que recojan los proyectos de ley impulsados, como el de Salud Integral Ambiental y Humana, Registro Nacional de afectados/as por metales tóxicos, y el proyecto de modificación de la Ley de Pasivos ambientales.

Pasivos Ambientales

A su turno, el representante de la Plataforma por la Defensa y Promoción del Medio Ambiente de la Cuenca Alta del Río Rímac, Genaro Aguilar, recalcó, sobre los pasivos ambientales (PAMs); que una muestra de la poca remediación de los PAMs en nuestro país, es lo que se ve con Tamboraque. “638 mil toneladas de residuo tóxico siguen al borde del río Rímac sin ser trasladados y remediados. Hace más de 10 años la PCM declaró en emergencia Tamboraque y hasta ahora nada”. De haber un fuerte sismo, los residuos tóxicos caerían al río Rímac y afectaría el agua que toman los limeños.

Genaro Aguilar, vocero de la Cuenca Alta del Río Rímac presenta la problemática de los pasivos ambientales

Entre las propuestas que señaló el vocero de la Cuenca alta del río Rímac, fue la defensa estricta de los ríos, manantiales, ecosistemas frágiles que se encuentran amenazados por los pasivos ambientales, actividades mineras en operación, hidroenergía, etc. “El Congreso debe exigir a la Autoridad Nacional del Agua que cumpla con establecer los criterios pendientes para la delimitación de las cabeceras de cuenca a ser protegidas, como un proceso de ordenamiento hídrico. Este proceso es parte de la aplicación de la Ley de Protección de Cabeceras de Cuenca aún pendiente de ejecutar”.

Agenda de Red Muqui

Añadiendo al desarrollo de los casos expuestos; el secretario ejecutivo de Red Muqui, Javier Jahncke, señaló la agenda prioritaria de la Red para el nuevo período político con el nuevo congreso. “La aplicación del Ordenamiento Territorial, que tiene un proyecto de ley archivado en el Congreso, tiene que basarse en las visiones de futuro y modos de vida de los actores sociales, y buscando la decisión que brinda mayor sostenibilidad; y no en el ordenamiento del territorio para beneficio principalmente de las empresas mineras”.

Asimismo, enfatizó, igual que el vocero de la Cuenca alta del río Rímac, que el Congreso debe exigir a la ANA, que se dicte la metodología de aplicación de los criterios para el establecimiento de las cuencas que deben ser protegidas, como parte del cumplimiento de la Ley de Protección de cabeceras de cuenca que hasta ahora no se ejecuta.

Javier Jahncke, secretario ejecutivo de Red Muqui.

En materia de criminalización de la protesta, el vocero de Red Muqui señaló que los futuros congresistas deben plantear la derogatoria de los marcos normativos que permiten la criminalización de la protesta social, el uso desproporcionado de la fuerza y la impunidad de las fuerzas armadas en los “actos en el ejercicio de sus funciones”. Agregó, por ejemplo, que se debe derogar la ilegal ley de “Activos Críticos” que permiten la intervención de las fuerzas armadas en apoyo a la policía en situación de conflictos social en que estén involucradas con el desarrollo estratégico del país. Esta ley incluso plantea el apoyo de fuerzas internacionales en apoyo a situaciones de riesgo de los “activos críticos”.

Y, en materia ambiental, remarcó que se deben revisar los marcos normativos dictados en el Congreso que han afectado derechos fundamentales y colectivos, y limitado las funciones de la institucionalidad ambiental.

Terminada la 1era parte, inició el debate de candidatos al Congreso con la moderación del periodista Glatzer Tuesta; quien planteó los ejes del debate a los candidatos y preguntó y repreguntó para que las y los candidatos tengan respuestas concretas a los ejes presentados.

Debate de candidatos

Roció Silva Santisteban, candidata del Frente Amplio.

Respecto al eje de salud ambiental y humana, la candidata número 2 del Frente Amplio, Rocío Silva Santisteban, señaló que no se oponen a la minería en todo el Perú, sino que son antiextractivistas por los efectos que genera en la población. “El estado debe cumplir con su deber de atención a la salud con una comisión de alto nivel multisectorial”, precisó.

A su turno, el candidato número 15 del Partido Morado, Pedro Gamio, señaló: “se necesita mayor predictibilidad y establecer líneas de base en salud en los estudios de impacto ambiental (EIA). Para eso se necesitan reformas”, enfatizando en la necesidad de la prevención para que no haya más personas enfermas por exposición a metales pesados en sus territorios.

Ordenamiento Territorial

Manuel Dammert, candidato de Juntos por el Perú.

Respecto al eje de ordenamiento territorial; el candidato número 2 de Juntos por el Perú, Manuel Dammert señaló: “Hay que buscar fuentes alternativas de energía en el sur del Perú; debido a que el gas lo están quemando para la minería. El sur es fuente de alimentos y no puede ser destruido. O el gas sirve para la agricultura o sirve para que lo rematen afuera”.

Rocío Silva Santisteban señaló: “Para nosotros la propuesta es un cambio constitucional, en lo ambiental los conflictos que se vienen dando son ecoterritoriales como en el Valle de Tambo donde los agricultores defienden su tierra y defienden su valle que es fértil. Por ello la licencia social debe estar incorporada en los Estudios de Impacto Ambiental (EIA)”

Pedro Gamio, candidato del Partido Morado

Pedro Gamio enfatizó: “El ordenamiento territorial debe ser vinculante. El país debe tener planeamiento estratégico de lo que se puede hacer con sus recursos. Actualmente no tenemos política rural. No podemos seguir tan pasivos con el tema de la minería ilegal”

Juan Gálvez, candidato número 19 de Acción Popular, precisó que es necesario “una ley marco del ordenamiento territorial. El ordenamiento tiene que asegurar una gestión integral de los recursos hídricos y debe garantizar la participación de las comunidades y garantizar su salud”

Criminalización de la protesta

Respecto a la criminalización de la protesta; Rocío Silva señaló que en el país se criminaliza la disidencia. Es una estrategia del Estado usar figuras del derecho penal para castigar a las organizaciones sociales, por eso hay que derogarla Ley 30251, derogar las normas que permiten los convenios entre empresas y la PNP”

En su intervención, Pedro Gamio precisó “es cierto que hay que garantizar el derecho a la protesta, pero hay un límite, no puede afectar otros derechos. Hasta en la guerra hay límites.

Manuel Dammert señaló que el fondo del asunto es la soberanía del Estado. “Se deben rechazar los convenios privados entre la minería y la PNP, y se debe garantizar el derecho a la protesta”.

Juan Gálvez, candidato de Acción Popular

Juan Gálvez, agregó: “El estado utiliza la fuerza para amedrentar. La PNP tiene un rol que le otorga la constitución. El estado debe ponerse los pantalones y hacer que la actividad minera sea en beneficio de las comunidades”.

En el último eje de debate, el periodista Glatzer Tuesta señaló que la corrupción era hoy uno de los grandes temas en el Perú, y preguntó, cuál era la opinión de los candidatos frente a este tema.

Al finalizar el debate, en representación del Consejo Directivo de Red Muqui, Nury García dio el agradecimiento a los candidatos por haber presentando sus propuestas y enfatizó que en el Perú no todo puede verse como mercancía que hay que vender y comprar. Por ello, como Red Muqui, señaló, continuarán acompañando a las organizaciones, comunidades y poblaciones, en defensa de sus derechos frente a un modelo de desarrollo que privilegia el desarrollo de la actividad minera y no de otras actividades económicas que la gente desarrolla de manera sostenible.

Ver video del debate, 1era parte 

Ver parte final del debate

RESOLVIÓ PODER JUDICIAL EN PUNO

  • Fallo histórico deja precedente al hacer prevalecer derechos comunales de comunidades campesinas
  • Corte superior indica que INGEMMET debe respetar Convenio 169 antes de otorgar concesiones mineras en Puno

La Primera Sala Civil de Puno dispuso que el Ministerio de Energía y Minas (MEM) no puede otorgar ninguna concesión minera, sin que se lleve a cabo un proceso de Consulta Previa a las comunidades campesinas propietarias de los territorios ancestrales sobre las que se superponen estas actividades extractivas, informó Derechos Humanos y Medio Ambiente de Puno (DHUMA), organización miembro de la RED MUQUI.

Esta orden judicial recae directamente sobre el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET), que en el futuro no podrá otorgar concesiones mineras, si antes no realiza un proceso de Consulta Previa a las comunidades campesinas que podrían afectadas, de acuerdo al convenio 169 suscrito con la Organización Internacional de Trabajo (OIT).

Cristóbal Yugra, director de DHUMA, indicó que la sentencia indica que, en adelante, se le podrían aplicar restricciones al INGEMMET, en caso no cumpla en aplicar proceso de consulta previa a las concesiones mineras.

“Esta ordena al Ministerio de Energía y Minas, así como al INGEMMET, a no volver a incurrir en la inobservancia del Convenio 169, bajo apremio de aplicar las medidas coercitivas que prevé el artículo 22 del Código Procesal Constitucional (Ley N° 28237), sin perjuicio de las responsabilidades penales que hubiera lugar”, señaló en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

Últimas en enterarse

En este caso, el sector Energía y Minas impuso la actividad minera en Atuncolla, al autorizar la concesión del 100% de los territorios de estas comunidades campesinas, que además nunca fueron notificadas al respecto.

En ese sentido, la Sala Civil de Puno también reconoce que las concesiones mineras se expiden de espaldas a las comunidades campesinas.

«Concesionan territorios comunales de las demandantes, sin que éstas tengan conocimiento alguno y con la mera posibilidad de realizar consulta previa, una vez que la concesionaria de inicio propiamente a la actividad minera de exploración y explotación», refiere la Corte Superior.

Por su parte, DHUMA y el Área de Pueblos Indígenas del Instituto de Defensa Legal (IDL) han insistido en que esta forma de emitir estas concesiones, por parte del INGEMMET, es casi clandestina, con el fin de que las comunidades campesinas no se enteren a tiempo, y no puedan actuar mediante recursos legales, en caso decidan oponerse a la actividad minera.

“Nunca hay una notificación impresa y concreta en el domicilio de la propia comunidad, solo publicaciones a través de avisos en diarios locales que jamás leen los que deberían hacerlo. De tal manera, en los hechos las comunidades campesinas no tienen manera de saber que se ha expedido una concesión, y que hay una concesión en su territorio. Todo ello deja en indefensión y en desprotección el derecho al territorio y a la propiedad de las comunidades campesinas”, asevera tanto DHUMA, como IDL.

Cristóbal Yugra agregó que el INGEMMET no había tomado en cuenta que las comunidades campesinas existentes en Puno tienen un reconocimiento formal, e inscrito en Registros Públicos. Es decir, el MEM ignoró a estas personas, así como a los derechos que los asisten como pueblos indígenas. De esta manera, se violaron los artículos 15 y 16 del Convenio 169, lo cual resulta inconstitucional.

“En uno de sus argumentos de sentencia, la sala señala que el Estado peruano no puede justificar el incumplimiento de los tratados internacionales con leyes internas. Esta sentencia es valiente e histórica en razón de que es la primera sala que se da en Puno, donde el Poder Judicial exige que se cumpla el Convenio 169”, refirió.

Según el artículo 6, inciso 1, del Convenio 169 de la OIT: “Las concesiones mineras deberán ser consultadas si es que se acredita que afectan directamente a las comunidades campesinas”. A ello se suma, que, conforme a la Convención de Viena, el Estado no puede alegar normas de su derecho interno para incumplir tratados internacionales vinculantes y de carácter constitucional, como el Convenio 169.

INGEMMET responde

Por su parte, el INGEMMET se justifica aduciendo que no debe consultarse la emisión de concesiones mineras, ya que la expedición de las mismas no autoriza la realización de exploración; en consecuencia, no afecta a las comunidades campesinas.

No obstante, la Primera Sala Civil de Puno, rebate este argumento al señalar que ello no exonera al Gobierno de realizar la consulta previa con las comunidades afectadas.

Esta sentencia se expidió en el marco de un proceso de amparo presentado por las 11 comunidades campesinas del distrito de Atuncolla (provincia y región de Puno), contra el MEM y su organismo público descentralizado, INGEMMET (Expediente N° 01846-2012).

Poder Judicial puede evitar conflictos socioambientales

Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) enfatizó en que este fallo, evitará que las comunidades opten por medidas de protesta como el aymarazo. Como abogado defensor, destacó que las comunidades han dado un claro ejemplo, sobre cómo este tipo de procesos deben ser resueltos por la instancia judicial.

“Esta resolución demuestra que el Poder Judicial tiene un papel que jugar, en los conflictos socio ambientales, cuando se afectan derechos fundamentales o los tratados internacionales de derechos humanos de rango constitucional. Esto sienta un histórico precedente de protección al territorio ancestral de los pueblos indígenas en el Perú”, remarcó Ruiz Molleda.

DATO:

Comunidades de Atuncolla: Palcamayo, Trinidad de Moyogachi, Colca, Patacancha, Ticani Pampa, San José de Principio de Santa Cruz, Virgen de Soledad de la Cochela, San Jerónimo de Ullagachi, Micaela Bastidas de Yanamojo, San Antonio de Umayo y Jipa Grande y Chico.

Fuente: Justicia Viva / SERVINDI / Ideele Radio / Correo

Fotos: Comunicaciones RED MUQUI

En diversos diarios de Piura y en las redes sociales de la empresa minera china Río Blanco Cooper, apareció un comunicado de la empresa el día 9 y 10 de noviembre, en que dan a entender que sostuvieron una reunión e iniciaron una ruta de diálogo con los ronderos y población de Ayabaca que se oponen al proyecto minero, para lograr fines comunes como la protección del medio ambiente y el desarrollo de las comunidades.

Sin embargo, lo que señalan es falso y es desmentido por un comunicado y videos que ha circulado la Central Única de Rondas Campesinas de Ayabaca – Sede Hualcuy y el Colectivo por Ayabaca.

Empresarios chinos irrumpieron en asamblea interna rondera

Lo que en realidad ocurrió el 9 de noviembre, en momentos en que los ronderos de Ayabaca desarrollaban un taller interno en el auditorio del hotel Aypatiq de Ayabaca; es que el gerente de la empresa minera Río Blanco, Du Chengxiang; su traductor; y el director social, Juan Aquino, irrumpieron intempestivamente, sin haber sido invitados, a la reunión ronderil. Al querer imponer su discurso apenas ingresaron, fueron rápidamente invitados a retirarse de la reunión ronderil al tratarse de un evento interno y al no haber sido invitados.

Inmediatamente, al percatarse de la manipulación informativa que estaba realizando la empresa minera en diversos medios; la Central Única de Rondas Campesinas de Ayabaca – Sede Hualcuy y el Colectivo por Ayabaca se pronunciaron:

•             La Central Única de Rondas campesinas de Ayabaca Sede Huaycuy y el Colectivo por Ayabaca, denuncian de manera categórica la intromisión de agentes de Rio Blanco a una asamblea organizada por la dirigencia de la ronda , realizada en el auditorio del Hotel Aypatic de la ciudad de Ayabaca.

•             Sin pedir permiso tres integrantes de la empresa minera Río Blanco( el gerente de Rio Blanco, el abogado y un traductor ) de manera desesperada entraron sin respetar la reunión para pretender imponer su discurso y entregar una carta escrita por el gerente de la empresa, demostrando con ello una total falta de respeto a la institución ronderil. Ante su intromisión se les invitó a retirarse y se les pidió respetar la privacidad de un evento gremial.

•             Las organizaciones y la población de Ayabaca rechazamos contundentemente la presencia de la empresa minera Río Blanco quien viene desde hace tiempo corrompiendo y dividiendo a varios dirigentes; engañando con regalos, dinero y prevendas a la población; usando fundaciones como fachadas para ingresar a nuestros territorios.

•             Asimismo rechazamos las aseveraciones hechas por dicha empresa, aludiendo a un supuesto diálogo con la dirigencias ronderiles; ante ello, les decimos que no ha habido ni habrá diálogo con una empresa que no ha respetado la decisión de la población que el año 2007 le dijo NO A LA MINERÍA en una histórica Consulta Vecinal, NO a una empresa que quiere destruir las fuentes de agua de la sierra piurana, NO a quien quiere destruir nuestros páramos y bosques de neblina(nacientes de agua), No a quien ha provocado víctimas y denuncias.

•             Finalmente exigimos a la empresa minera Río Blanco el retiro de sus oficinas clandestinas de Ayabaca, pues los declaramos como no gratos en nuestros territorios.