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Por: Jaime Borda / Secretario Ejecutivo de Red Muqui.

Ante la inminente proclamación de Pedro Castillo como presidente de la República, Keiko Fujimori y sus aliados han salido con otra estrategia: pedir la intervención de la Organización de Estados Americanos (OEA), para lo cual han solicitado que el presidente Sagasti pida una auditoría de las recientes elecciones de segunda vuelta. No contentos con ello, un grupo de “seudo-políticos reciclados” han viajado a las oficinas de la OEA en Washington – EEUU para presentar este pedido, señalando que hubo fraude en Perú pero que no tienen la forma de probarlo. Como era de esperarse, ningún funcionario serio de este organismo los ha recibido, por el contrario, todos hemos podido ver por redes sociales y a través de algunos de sus medios aliados la vergüenza internacional que vienen pasando. Mientras tanto, en nuestro país el JNE ha desestimado la mayoría de recursos y pedidos de nulidad que ha presentado el fujimorismo, por lo que esperamos que en los próximos días se oficialice la proclamación de Pedro Castillo como presidente del Perú.

De otro lado, los aliados del fujimorismo en el Congreso tampoco descansan: estos días las bancadas y congresistas golpistas han promovido por enésima vez una censura contra la mesa directiva del Congreso que es presidida por Mirtha Vásquez, quien viene resistiendo con entereza y fortaleza estos ataques de parte de los desestabilizadores, ya que el día de ayer no han logrado su cometido. Con 85 votos en contra, 20 a favor y 7 abstenciones ha quedado ratificada la mesa directiva. No contentos, los aliados del fujimorismo ahora buscan elegir de manera express a los nuevos miembros del Tribunal Constitucional, el objetivo de esta elección es dejar aliados en el TC para que ante un eventual pedido de vacancia presidencial actúen en favor de quienes los han puesto ahí, es decir las mafias golpistas. El llamado «golpe parlamentario» no ha prosperado, pero está claro que no se van a quedar tranquilos. Seguramente intentarán alguna otra acción desestabilizadora hasta el último día de sus funciones en el Congreso de la República.

Finalmente, un tema no menos importante es lo que viene pasando en el escenario global y tiene que ver con la subida del precio de los minerales, principalmente del cobre, que actualmente se cotiza por encima de los 4 dólares por libra; un precio más alto que el super ciclo minero que tuvimos entre los años 2002 y 2013. Por ello, nos parece imperativo empezar a hablar sobre el impuesto a las sobre-ganancias de la actividad extractiva minera. Una de las primeras medidas que debe encarar el gobierno de Pedro Castillo es la revisión del marco normativo de las regalías mineras, algo que los sucesivos gobiernos no han querido hacer.

Desde Red Muqui creemos que hay un marco normativo en el sector minero que está agotado y que debe ser revisado con la participación de la sociedad civil, esto pasa por cambiar la política de concesiones, revisar los contratos ley de estabilidad jurídica y tributaria con empresas mineras, la gestión de conflictos socioambientales, entre otros. Este es el pedido de las provincias y regiones mineras donde mayoritariamente ha ganado Pedro Castillo.

El pasado 22 de abril del presente año, el pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen de la “Ley que reconoce a los Comités de Autodefensa y desarrollo rural y los incorpora al Sistema de Seguridad Ciudadana”, la norma fue excluida de segunda votación. La aprobación de esta ley contraviene abiertamente las disposiciones de la Constitución Política y los principios que rigen el uso de la fuerza pública. Por ello, desde la Red Muqui señalamos que:

  • Esta ley busca “reconocer legalmente a los Comités de Autodefensa y Desarrollo Rural (CAD) como organizaciones civiles, pacíficas y democráticas de las comunidades campesinas, nativas y centros pobladores rurales” e incorporarlas en el Sistema Nacional de Seguridad Nacional, donde su rol principal sería el apoyo a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. Recordemos que la conformación de los CAD se dio de manera excepcional en la época del conflicto armado interno que vivió nuestro país. Esta ley ahora busca fomentar la conformación de los CAD como un organismo paralelo a las comunidades campesinas, nativas y rondas campesinas; contraviniendo la autonomía, territorio y jurisdicción especial de estas organizaciones originarias que ha sido reconocido en los artículos 88, 89 y 149 de la Constitución Política, al igual que al Convenio 169 de la OIT y otros tratados de derechos humanos; pues, lo que se busca en la práctica es subordinar a estas organizaciones originarias a las Fuerzas Armadas y la PNP.
  • De otro lado, las disposiciones de esta Ley en sus artículos 6 y 8 son de especial preocupación debido a que, en el marco de los Estado de Emergencia decretados por el Poder Ejecutivo (como en los casos de conflictos socio ambientales), los CAD reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas cumplirán con el rol asignado por las FFAA; es decir, impedir las protestas sociales y de ser el caso reprimir las manifestaciones, incluso pudiendo hacer uso de armas de fuego que esta ley les autoriza poder obtenerlas, sea de forma privada o por asignación estatal. Todo esto puede conllevar a fomentar la violencia e incrementar la represión en zonas en conflicto socio ambiental, como en los casos del Corredor Minero del Sur, y en otras regiones mineras del país, que actualmente ya se encuentran militarizadas por los Estados de Emergencia. Esta ley entonces promueve la militarización y la represión estatal en los territorios.
  • La aplicación plena de esta ley y las conformaciones de los CAD en todo el territorio nacional, supone una potencial violación de los derechos humanos, individuales y colectivos; debido a que estas organizaciones podrían hacer uso indiscriminado de las armas de fuego que se les faculta obtenerlas y la promoción y financiamiento que recibirían desde el Estado. Sobre todo, en contextos de conflictividad social, pues se les facultaría a intervenir bajo pretexto de resguardar el orden interno y la seguridad ciudadana; pues no existe ningún control institucional de su actuación. Así mismo basta recordar que la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) ha constatado que, en la época de violencia política, sobre todo en los años 90, los CADs se han resistido a entregar sus armas y existen denuncias de graves atentados a la libertad, a la vida e integridad contra miembros de las mismas comunidades campesinas.

Por todo lo mencionado; desde la Red Muqui hacemos un llamado a las diferentes organizaciones sociales, organizaciones indígenas y originarias, comunidades campesinas y nativas y rondas campesinas a estar vigilantes y levantar su voz de protesta contra esta ley, que pretende socavar los principios democráticos del uso de la fuerza y la autonomía y jurisdicción especial. De la misma forma solicitamos al Poder Ejecutivo observar esta ley por su contenido inconstitucional, como lo ha hecho el MININTER, MINDEF y la Defensoría del Pueblo; y al Congreso de la República archivar esta ley.

Lima, 30 de abril del 2021.

En estas semanas, la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República viene debatiendo la ratificación del tratado de Escazú – “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”[1], adoptado en Escazú, Costa Rica el 4 de marzo de 2018”.

En los últimos meses este tratado ha generado debates e incluso se han desplegado campañas en contra de su ratificación. Desde los sectores conservadores y económicos  que desarrollan actividades de explotación en el territorio nacional liderados por la CONFIEP, su principal argumento es que, con la ratificación del tratado, el Perú somete su soberanía a tribunales internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y les resta competencias a nuestros tribunales nacionales (juzgados y Tribunal Constitucional). Pero debemos preguntarnos, ¿cuán cierto es todo esto?, ¿cuál es el objetivo y contenido del tratado de Escazú? o ¿existe alguna otra intención de estos sectores que se oponen a Escazú?.

Debemos empezar, precisando, en primer lugar, que este tratado tiene cuatro pilares principales: i) el acceso a la información ambiental (art. 5 y 6), ii) participación en procesos de toma de decisiones ambientales (art. 7), iii) acceso a la justicia (art. 8), iv) la protección de defensores ambientales (art. 9); la cual se complementa con disposiciones de fortalecimiento de capacidades y cooperación (art. 10 y 11), entre otros.

En segundo lugar, la soberanía nacional vista desde el acuerdo de Escazú, no se sobrepone a las competencias y decisiones del sistema administrativo y de justicia nacional. Como tratado promueve el respeto por derechos fundamentales, debido proceso, acceso a la información ambiental, mejora en los mecanismos de participación y acceso a la justicia en caso de daños.

Debemos recordar también que, actualmente, nuestro país, como parte de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos[2] y el Estado Peruano reconoce las competencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este sistema ha sido invocado por diversos ciudadanos y sectores de nuestra sociedad, como los pueblos indígenas/originarios que acuden al ámbito de la justicia internacional por graves violaciones de derechos fundamentales y colectivos, sobre todo aquellas relacionadas con las actividades extractivas que afectan el ambiente y la salud de las personas.

Los líderes representantes de comunidades, quienes son defensores de derechos humanos y medio ambiente están reconocidas por nuestra legislación, no es un status nuevo, al igual que la necesidad de proteger su labor e integridad.   El protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de derechos humanos aprobada mediante la Resolución Ministerial N°059-2019-JUS es un importante avance en esta garantía, pero aún insuficiente por el riesgo que significa la defensa del medio ambiente ante la degradación y contaminación de territorios de pueblos originarios, ocasionada por actividades extractivas formales e informales. El acuerdo de Escazú no se pronuncia con especificidad sobre actividades informales porque esta constituye delito y es el Estado en su rol protector, quien debe intervenir a través de sus diversos organismos.

Recientemente la Red Muqui fue convocada por la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la Republica para dar su punto de vista sobre el acuerdo de Escazú, y en ese marco los miembros de la Comisión en reiteradas oportunidades han señalado que, efectivamente, hace falta mejorar la regulación ambiental o en su defecto aclarar los vacíos que existen;  y que, pese a ello, el Perú sería uno de los países que más ha avanzado en la regulación y protección del medio ambiente; lo cual, desde nuestro punto de vista, no es cierto. En el Perú cada vez más se vienen flexibilizando los estándares ambientales a través de las facultades delegadas al Poder Ejecutivo, quienes procurando “destrabar” proyectos de inversión reducen las garantías y exigencias ambientales.

Esta flexibilización ambiental se dio por ejemplo con el Decreto Legislativo 1500, que dispuso la aplicación de mecanismos virtuales para la participación ciudadana en los procedimientos de elaboración y aprobación de EIAs. Con medidas como estas el Estado deja de proteger a los derechos colectivos de los Pueblos Originarios. Hechos como este, desencadena demandas, denuncias, movilizaciones provocadas por el propio Estado y aprovechadas por empresas públicas y privadas.

Le tomamos la palabra a la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, a fin de que inicie un proceso de revisión de las normas que flexibilizan las normas ambientales y la protección a los miembros de las comunidades.

Finalmente, instamos al Congreso de la República a ratificar el acuerdo de Escazú, pues permitirá asegurar que toda persona tenga acceso a la información, participe en la toma de decisiones y acceda a la justicia en asuntos ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano y sostenible de las generaciones presentes y futuras. El acuerdo de Escazú es un tratado a favor de los intereses de los pueblos indígenas y comunidades campesinas que todos estos años han venido recibiendo el embate de las actividades extractivas en su territorio. El Congreso debe sincerar bajo que intereses legislan, todavía están a tiempo de hacerlo en favor de la gente.

[1] Acuerdo de Escazú. https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/43595/1/S1800429_es.pdf

[2] Tratados ratificados por el Perú: https://www.cidh.oas.org/annualrep/2008sp/ANEXO.1.RATIFICACIONES.pdf