Ante la creciente ola de protestas que se desarrolla en la provincia de Islay, departamento de Arequipa, contra el proyecto minero Tía María. Manifestamos  nuestro apoyo a los hermanos de Arequipa por la lucha que realizan para proteger sus recursos naturales y el respeto de sus derechos como ciudadanos peruanos de aceptar o rechazar las actividades económicas impuestas por el Estado que destruyen su modo de vida

Una vez más, se ha demostrado la intolerancia de representantes del Estado, el abuso de autoridad ejercida por la policía nacional frente a los agricultores en el Valle del Tambo en complicidad con la prensa que demuestran que el gobierno junto con la empresa Southern están atropellando los derechos de los campesinos solamente para acumular más ganancias

Realidad  parecida a la ocurrida en el 2008 y 2009 donde los pueblos amazónicos luchamos para defender nuestros territorios y proteger la vida de nuestros  hijos ante el desprecio de un Estado que nos catalogaba de “Perros del Hortelano”. Hoy en el Valle del tambo se ha calumniado  de “Terroristas antimineros” a agricultores que solo luchan por su sobrevivencia.

Los Amazónicos  sentimos y entendemos la violencia  que sufren nuestros hermanos de Arequipa pues vivimos una realidad similar o peor en la Amazonía, pues los llamados Estudios de Impacto Ambiental (EIA) son cada vez superficiales e inútiles ante nuevas normas como el proyecto de ley 3941 y la ley 30230, que en vez de exigir que los controles  ambientales se cumplan, el Estado prefiere obviarlos o minimizarlos en cuanto que solo brinde mejores facilidades para los inversionistas.

La lucha de nuestros  hermanos del Tambo es para evitar que  les abran inmensos tajos abiertos; se contaminen las aguas subterráneas; circulen centenares de camiones y toneladas de polvo tóxico, y así salvar el empleo, la vida y la tranquilidad de un valle próspero produciendo cebollas, ajos, arroz, papas, pimiento, camarones.

 

Lee el pronunciamiento completo

 

Fuente: Aidesep

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos en nombre de los setentiocho organismos que la conforman y que en su conjunto promueven los derechos fundamentales de la persona, ante los graves acontecimientos que vienen sucediendo en la provincia de Islay, Valle de Tambo y en particular en los distritos de Cocachacra, Dean Valdivia, El Fiscal, El Arenal, Punta Bombón, entre otros, de la región Arequipa, señala lo siguiente:

1.- Lamentamos profundamente la muerte del señor Victoriano Huayna Nina (61 años), natural de El Arenal, Islay, durante las protestas contra el proyecto minero Tía María y hacemos llegar nuestras condolencias a sus familiares, amigos y a la población de toda la zona. La confusión en torno a las causas de la muerte del señor Huayna ha levantado un tema recurrente en los conflictos sociales de nuestro país: el abuso de la fuerza de parte de la Policía Nacional del Perú – PNP. Saludamos la reacción rápida del Ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, de relevar a los mandos de la zona, pero a su vez nos llama profundamente la atención que no se haya destituido al General Luis Blanco Ridoutt, el responsable principal de la violenta represión, quien el día 22 de abril mintió sobre las causales de le muerte del señor Huayna, negando un hecho posteriormente probado con la necropsia de ley.

2. Solicitamos a las autoridades gubernamentales la atención de todos los heridos y de sus familiares que se han trasladado a la ciudad de Arequipa y Mollendo, así como realizar todos los esfuerzos necesarios para su pronta recuperación. De la misma manera, exigimos que todos los detenidos tengan acceso a un debido proceso con la celeridad respectiva. Denunciamos el uso del derecho penal para criminalizar la protesta social como estrategia sistemática del Estado peruano (Conga, Espinar, Cañaris, Barranca, Sechura, Pichanaki, entre otros).

3.- Consideramos que luego de 32 días de protestas está claro que el proyecto minero Tía María de la empresa Southern Perú Cooper Corporation no tiene la licencia social necesaria para la implementación de cualquier actividad extractiva, en particular minera, en las cercanías de un valle agrícola altamente productivo.

4.- Creemos que el Poder Ejecutivo se ha mostrado incapaz de reconocer esta situación y por lo mismo, sin escuchar a las autoridades locales (Poder Judicial Ministerio Público, Gobierno Regional), ha llevado adelante una mesa de desarrollo excluyendo a los actores principales del conflicto: dirigentes de la Junta de Usuarios como alcaldes distritales. Esta estrategia ha sido acompañada de un discurso deslegitimando la protesta, a los dirigentes y desoyendo a la población en general, justificando de esa manera el uso de armas de fuego contra la población desarmada, que habían sido expresamente prohibidas por el Ministerio del Interior. Este discurso abona el lamentable adjetivo de los directores de la empresa al calificar a los agricultores que protestan como “terroristas antimineros” sin reconocer la necesidad de un diálogo transparente y auténtico.

5.- Que durante el gobierno del Presidente Ollanta Humala a la fecha se ha producido la muerte de 47 personas, 41 de ellas por uso excesivo de la fuerza, por lo que exigimos una investigación profunda sobre los responsables de la muerte del Sr. Victoriano Huayna, así como de las personas heridas. Requerimos que el Ministerio del Interior apoye al Ministerio Público con la información necesaria, para de esta manera romper con el cordón de impunidad que, hasta la fecha, impide sancionar a un solo efectivo por estas 41 muertes.

6.-Exigimos al Estado el respeto a la población de Islay y a su derecho a decidir sobre el modelo de desarrollo que se va a implementar en los lugares donde ellos residen, así como establecer los canales democráticos para sacar adelante un diálogo auténtico y así llegar al entendimiento necesario que permita  retomar la calma en todo el Valle de Tambo.

Lima 23 de abril del 2015

Secretaría Ejecutiva
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Sobre la responsabilidad social de los medios y las estrategias de desinformación.

El caso del agricultor Antonio Coasaca, al que un grupo de policías le “sembró” una prueba durante el paro contra el proyecto Tía María (Arequipa), para involucrarlo en un grave delito que conlleva prisión efectiva, ha derivado en la asunción de responsabilidades por el medio que publicó la foto que expresaba gráficamente la burda maniobra, y en el pronunciamiento del periodista autor de la fotografía, Julio Angulo, y del medio para el que laboraba en ese momento.

En un primer efecto, un editor y una periodista del medio que publicó la ahora famosa fotografía a la que acompañaron con un titular represivo han dejado sus puestos. El periodista Angulo ha debido dejar la ciudad de Arequipa por temor a las amenazas de un grupo radical que se opone a Tía María, en tanto que el medio para el que trabajaba el reportero gráfico ha derivado el caso al Consejo de la Prensa. Los dos primeros han ofrecido disculpas.

Desde el lado de la policía, hay una investigación en marcha por este caso y han sido removidos varios jefes policiales. En el caso de la prensa, es evidente que las explicaciones formales son insuficientes, a pesar de la entereza de Angulo, que ha reconocido un error inicial de compartir la fotografía con una persona que no respetó el acuerdo de no usarla periodísticamente. En este caso, además, debe protegerse su vida, en cualquier circunstancia.

Lo que se debate es la publicación de un medio de un documento gráfico escondiendo su origen, o sin saber con certeza la fuente, y/o sin señalar que efectivamente se carece de información sobre esta; el uso de ese instrumento para inferir responsabilidades de los ciudadanos; y las conexiones de los periodistas con los intereses específicos de las partes de una controversia.

Esta discusión no se refiere, exclusivamente, al manejo de las fuentes y al derecho de la prensa de informar por escrito o por imágenes lo que ocurre al margen de las consecuencias que puedan tener las informaciones. Se refiere a la responsabilidad social de los medios en cualquier circunstancia, con mayor razón en situaciones límites o de tensión. Más allá de que una foto pudo llevar a un ciudadano injustamente a la cárcel, es importante que los medios aborden el problema de la desinformación, un tópico referido a la  independencia frente a las estrategias de los actores públicos.

Es preciso recordar que en la prensa nacional y arequipeña a raíz del conflicto alrededor de Tía María se desató una campaña homogénea en los contenidos y en la vocería a cargo de supuestos especialistas que luego se revelaron como operadores de uno de los bandos en pugna, y que un grupo denominado Colectivo por el Desarrollo de Islay ha terminado siendo poco menos que un organismo generado empresarialmente a cargo de campañas que un sector de la prensa recoge sin escrúpulos informativos. Como lo ha señalado este diario ayer, es injusto que los arequipeños vivan en medio de un conflicto social y de otro, el de la desinformación.

Finalmente, quizás sea conveniente recordar que la autorregulación opera como una condición crucial de la libertad de expresión y, al mismo tiempo, como un poderoso instrumento que garantiza la calidad de la información.

http://www.larepublica.pe/politica/editorial-29-04-2015

Se ha difundido a través de Youtube un video del momento en el que un poblador de nombre Antonio es detenido y llevado por varios policías durante la protesta en Islay contra el proyecto minero ‘Tía María’ el día 22 de abril en Valle de Tambo.

En el vídeo se puede observar como un Policía corre hacia el hombre y le «siembra» un objeto en la mano, el poblador resistiéndose tira el objeto, siendo el mismo policía quien lo recoje y lo vuelve a poner en las manos del poblador.

Todo parece indicar que un miembro de prensa estaba esperando ese momento ya que el fotografo aparece corriendo y enfocando directamente la mano del detenido el cual estaba siendo presionado por el policía. La foto posteriormente fue publicada en el diario. Lo que genera que en el video se denuncie una supuesta complicidad con el periodista gráfico.

También se puede observar que la polícia trata de asustar al poblador dentro de una camioneta policial increpándole por haber tenido, supuestamente, el objeto en la mano, a lo que él responde entre lágrimas que no le pertenecía.

Una persona falleció durante el Paro en rechazo al proyecto Tía María de la minera Southern Copper en la ciudad de Islay – Arequipa, informó el director de la red de salud local, Walter Vera.

La víctima se trata de Victoriano Huayna Mina de 61 años, quien presentó una lesión en el miembro inferior derecho por perdigones, en una zona cercana a la ingle, según informe de la autoridad de salud.

Huayna Mina, llegó herido al puesto de salud local y luego fue transferido al hospital Juan José López Pari de la ciudad de Mollendo, donde falleció.

«La policía ha disparado, la gente ha encontrado casquillos de bala. Lamentablemente se han hecho las llamadas a las autoridades de Lima, pero nadie nos contesta», mencionó Elard Valencia, alcalde del distrito de Cocachacra, epicentro del conflicto, en declaraciones a la televisora N.

Al final de la tarde de noche se habla de más de 12 heridos en el Valle el Tambo entre los cuales 6 se encuentran actualmente hospitalizados por perdigones, bombas lacrimógenas, y se menciona del uso del uso de armas de fuego (balas) producto de la represión policial. Habría más heridos entre, pero lamentablemente muchos de ellos no acuden a los centros de atención por temor a ser detenidos por la policía la cual se encuentra ubicada en dichos lugares con ese fin.

Tras confirmarse el fallecimiento de Huayna Mina en Islay un grupo de manifestantes llegaron a la Plaza de Armas de la ciudad Arequipa para realizar una vigilia de apoyo a los familiares del fallecido y en rechazo al proyecto Tía María.

La población frente a la Basílica Catedral, llegaron con carteles y velas, donde se informa que seis mujeres, entre ellas, una joven, fueron agredidas por la Policía Nacional.

“Si la orden del Ministerio del Interior es no usar balas, ¿por qué el General Blanco no está cumpliéndolas? ¡Ni un muerto más! No se puede disparar a la población civil desarmada solo porque protestan”. Declaro Roció Silva Santisteban, Presidenta de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

En la ciudad de Lima, jóvenes de diversas partes de la ciudad realizaron un plantón en la Plaza de Armas frente a Palacio de Gobierno y en las puertas de la compañía minera Southern Perú, quienes también sufrieron de la represión policial.

Según información de una radio local de Valle de Tambo, se menciona que el poblador Juan José López Mamani se debate entre la vida y la muerte en sala de emergencia del hospital Honorio Delgado. Sus familiares informan que se encuentra en coma y hasta el momento no reacciona “una bala le habría ingresado por un costado del abdomen con perforación del hígado”.

En mayo de 2012 en la Provincia de Espinar tras el conflicto socio ambiental, se suscitaron graves hechos de violencia y criminalización de líderes y dirigentes. Hecho que género indignación de la población, debido a la prepotencia con la que actuaron la empresa minera Xstrata Tintaya y la Policía Nacional de parte del Estado.

El caso de Espinar continua vigente con los juicios seguidos a Oscar Mollohuanca, ex alcalde de la provincia de Espinar, Herbert Huamán presidente de la FUDIE – Frente Único de Defensa de los Intereses de Espinar y Sergio Huamani, integrante de la FUDIE y la FUCAE – Federación Única de Campesinos de Espinar. Los procesos judiciales evidencian la persecución a líderes sociales por parte del Estado y la criminalización de la protesta en especial en casos relacionados con la defensa del medio ambiente; Por otro lado se evidencio la relación de la policía con la empresa minera Xstrata Tintaya.

Respecto a esto último, se sabe que El ministerio público habría suscrito una serie de convenios entre la Policía Nacional del Perú  y el proyecto minero Xstrata Tintaya, información que ha sido reiteradamente solicitada por la defensa colegiada de los dirigentes actualmente enjuiciados, información que la Región Policial Sur Oriente hasta el momento se ha negado entregar.

En ese sentido, Derechos Humanos Sin Fronteras, institución que trabaja en torno al tema de la criminalización de la protesta y el cuidado y defensa del medio ambiente, entre otros temas, en amparo del Derecho a la Información Pública, ha presentado una Demanda de Habeas Data reiterando el pedido de los convenio suscritos o lo que hubieren entre las empresas Mineras y la Policía Nacional del Perú, entre los años 2010 – 2013 en la región Cusco al jefe de la Región Policial – Sur Oriente.

La audiencia de dicho pedido tendrá lugar el día miércoles 22 de abril en el Primer Juzgado Mixto de Wanchaq al promediar las 12:30 pm, en la que se presentaran las motivaciones de la Demanda de Amparo y en la que además se deberá hacer presente los representantes legales de ambas partes implicadas, en este caso, Derechos Humanos sin Fronteras y La Región Policial Sur Oriente.

Derechos Humanos Sin Fronteras.

Atravesando un paisaje lunar a través de las pampas de La Joya, en un camino de herradura, una se encuentra con una puerta: es la entrada al Proyecto Minero Tía María. Para pasar es necesario pedir permiso al vigilante de la empresa. No, no es agresivo como los de Yanacocha, simplemente apunta en un papel y deja pasar a los transeúntes. Más adelante 20 policías caminan bajo el tórrido sol con una especie de cascos con tapaorejas de tela. Sudados y sedientos. Nos miran alejarnos.

A los dos lados de esa pista afirmada vemos que hay piedritas puestas como si fueran pequeñas apachetas: no son dos, ni decenas, son miles de piedritas durante varios kilómetros. ¿Quién se ha tomado tremendo esfuerzo? Nos dicen que la empresa Southern se gana el “cariño” de la gente contratando a pobladores para poner, literalmente, piedras al costado de la vía. Un trabajo inútil, improductivo, pero de salario seductor. Sobre la siguiente curva vemos el cerro de cobre: ese será el tajo al que muchos temen y otros desean. Un par de vueltas más y la aridez se corta de porrazo: un valle hermoso, verde, impregnado de arroz y árboles frutales, salta a la vista. Desde hace cien años, agricultores y campesinos, le han ganado la batalla a pulso contra la tierra seca: granadas y membrillos que penden de los árboles imponen su presencia y su victoria.

Hoy el distrito de Cocachacra está concesionado al 108%, ¡¿cómo es posible?! Hay concesiones sobre concesiones producto del relajamiento del ordenamiento territorial durante el gobierno aprista. Hoy, para las empresas mineras es un derecho legítimo otorgado por el Estado peruano. En su carrera loca por conseguir inversiones como sea, el gobierno de AGP concesionó todo el valle del Tambo. Por eso, no se trata de cuestionar por cuestionar el proyecto sino por la posibilidad de la entrada de otras empresas.

Incluso, el tajo de Tía María no sería tan problemático si no incluyera el tajo La Tapada, cuyo perímetro de influencia llega casi a orillas del río. Se ha solucionado con el levantamiento de observaciones el problema del agua superficial con las posibilidades de desalinización del agua de mar (pequeño dolor de cabeza para los veraneantes de Mejía que también se oponen al proyecto), pero ¿y la contaminación de la napa freática en cada uno de los dos tajos? ¿por qué el Estado no acepta el pedido de los alcaldes y los miembros de las juntas de usuarios para que UNOPS revise si sus observaciones fueron levantadas o no con el segundo EIA?

El día jueves 16 de abril una misión de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, la Red Muqui y Cooperacción llegamos a Cocachacra invitados por su alcalde, Elard Valencia, con la finalidad de recoger información sobre violaciones de derechos humanos en el contexto del conflicto. En el año 2011, durante su primera escalada, murieron tres personas por impactos de arma de fuego de la PNP y hoy hay decenas de heridos de perdigones o gases lacrimógenos. Sí, la gran diferencia entre usar balas y perdigones implica la vida de los seres humanos, felizmente eso lo sabe el actual ministro del Interior Pérez Guadalupe. Sin embargo las lágrimas que corrían por los rostros de esos agricultores trejos cuando nos narraban sus historias están vinculadas con el dolor moral: la indignación. “¡¿Por qué, doctorita, creen que somos ignorantes y nos dejamos arrastrar por cuatro dirigentes?, ¿por qué nos llaman terroristas antimineros?! Somos gente honrada que vive de la agricultura, y lo único que queremos es vivir en paz!”.

Mientras tanto el gerente de la Southern Copper que acusa a la población inocente de ser terroristas, Óscar González Rocha, es procesado por contaminación del aire y arrojar arsénico al mar de Ilo. ¿Quién es el delincuente?

 

Fuente: La República

La CNDDHH y las instituciones que conforman el Grupo de trabajo sobre Pueblos Indígenas expresamos nuestra preocupación sobre la delegación que ha aprobado el Poder Legislativo de  otorgar al Poder Ejecutivo facultades para legislar en materia administrativa, económica y financiera, específicamente, sobre nuevos procedimientos para desarrollar centrales de generación eléctrica, además de proponer la modificación de la Ley General de Minería. Estas modificaciones y proyectos podrían afectar derechos colectivos de las comunidades y los pueblos indígenas en general.

El gobierno del Presidente Ollanta Humala inició en el año 2013 una estrategia política-legal para reactivar la economía en base a privilegiar la inversión privada y pública, especialmente en infraestructura e industrias extractivas, como  factor fundamental del crecimiento económico por eso ha sancionado paquetes de normas y leyes “flexibilizadoras” que forman parte de esta estrategia.

En este escenario, el Congreso de la República viene cumpliendo el rol de facilitador, aprobando en forma expeditiva y sin un adecuado debate público, las normas propuestas por el Poder Ejecutivo. En este caso incluso a través de decretos supremos se modifican normas con rango de ley de forma inconstitucional. El resultado de estas medidas, además de la trasgresión a la Constitución, es el debilitamiento de la seguridad jurídica y la reducción de los estándares de respeto a los derechos humanos, sociales, ambientales y, en particular, derechos de los pueblos originarios y comunidades indígenas. El mensaje gubernamental es que la inversión es prioritaria y debe promoverse a cualquier costo, aunque se vulneren derechos.

Una consecuencia de las normas que se vienen aprobando e implementando es la agudización de la conflictividad socioambiental que se expresa en 211 conflictos, de los cuales 142 (67%) son socio-ambientales; 107 protestas sociales, con manifestaciones muy críticas en Arequipa, Cajamarca, Loreto, Puno, Junín, Apurímac, Arequipa, entre otras zonas, mostrando  a falta de estrategia del Gobierno o de voluntad política para abordar los conflictos y darles una solución democrática. ¿Acaso no es posible promover el crecimiento y el desarrollo respetando los derechos de todas y todos y no únicamente los del inversionista?

¿A qué niveles de conflictividad podemos llegar si el gobierno continúa aprobando normas como el D.S. 054-2013-PCM sobre el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) que la Corte Superior de Lima ha declarado inconstitucional por atentar contra el patrimonio arqueológico y los recursos naturales?

¿A qué nivel de conflictividad podemos llegar con normas como el D.S. 060-2013-PCM que establecía que las entidades públicas tienen un plazo no mayor a 30 días hábiles para otorgar sus opiniones y observaciones sobre un Estudio de Impacto Ambiental al Ministerio de Energía y Minas? Asimismo el polémico D.S. 001-2015-MEM, redactado de manera más que dudosa, promueve que las decisiones fundamentales de enajenación de tierras de las comunidades sean aprobadas solo por la junta directiva y no por la asamblea comunal.

A estas normas del Ejecutivo, se suman las dos leyes promulgadas por el Congreso que disminuyen los estándares ambientales y afectan los derechos colectivos de las comunidades. Nos referimos a la Ley 30230 de julio de 2014 y a la Ley 30327 de mayo de 2015. La Ley 30230 debilita de manera considerable el funcionamiento del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y su capacidad de sancionar, burocratiza y politiza decisiones técnicas como el establecimiento de Zonas Reservadas o la Política de Ordenamiento Territorial se dé por decreto supremo con el voto de todo el Consejo de Ministros, y establece procedimientos especiales de saneamiento físico legal para áreas de influencia de proyectos de inversión.

De otro lado, la Ley 30327, faculta a que, en tanto se implemente el SENACE, los sectores promotores de la inversión sean jueces y parte ya no solo en la promoción de actividades económicas sino también en su certificación ambiental y en el otorgamiento de los permisos asociados incluso los que no son de su sector. Esta ley permite que sobre los terrenos destinados a derechos de vía o servidumbre no puede otorgarse ningún título de propiedad ni emitir autorizaciones de ocupación, con lo cual se traba la titulación de comunidades y la formalización de la propiedad rural. Al afectar derechos colectivos de pueblos indígenas,  tanto la Ley 30230 como la 30327 son normas debieron ser sometidas a CONSULTA PREVIA, hecho que no sucedió.

La sociedad civil, entre quienes se encuentran los pueblos originarios y las diferentes comunidades del Perú, defendemos la legalidad por caminos democráticos y no violentos. A fin de frenar y responder a la estrategia político-legal e inconstitucional en curso, hemos presentado:

Una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 30230, por debilitar los estándares de protección y la institucionalidad ambiental, no respetar los derechos de los pueblos indígenas y poner en serio peligro su derecho al territorio.
Una demanda de acción popular contra el DS 001-2015-EM,  por no respetar el derecho a la consulta previa, interferir en la autonomía de las comunidades campesinas y vulnerar el principio constitucional de jerarquía de normas.

La demanda de inconstitucionalidad se encuentra respaldada por más de 7 mil firmas de ciudadanos y ciudadanas. Ambas cuentan con el apoyo solidario de miles de personas, redes y organizaciones sociales nacionales e internacionales. Invocamos a las autoridades, a la representación nacional y a la ciudadanía en general a reflexionar y vigilar hacia dónde nos conduce este camino sin control, de expedir y aprobar leyes inconsultas y parcializadas a favor de intereses privados que vulneran el derecho a la propiedad y la seguridad jurídica de los territorios de los pueblos indígenas, comunidades y pequeños propietarios.

Lima, 19 de junio de 2015

Grupo de Trabajo sobre Pueblos Indígenas
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos

Son más de 550 millones los agricultores familiares en el mundo. Están presentes en los cinco continentes, y en todos ellos conforman la más numerosa y principal fuente provisora de alimentos. Va creciendo un consenso global acerca de que, en un futuro lleno de incertidumbres, la agricultura familiar (AF) está del lado de las soluciones.

En el Perú, la AF predomina sobre las otras formas de agricultura: agrupa alrededor del 97 % de las 2 213 000 unidades agropecuarias (UA) registradas por el último Censo Nacional Agropecuario (IV Cenagro). Cerca de los dos tercios están en la sierra, pero su número es también muy importante en las otras dos regiones (ver tabla 1)

Su presencia es tan abrumadora, que no puede concebirse el desarrollo rural —la manera más eficaz para combatir la pobreza en el campo— sin que ella desempeñe un papel central. Además, dado el peso de lo rural en la mayor parte de las regiones, el fomento y el progreso de la agricultura familiar serían un impulso importante para el desarrollo descentralizado del país y de cada una de las regiones.

¿Qué es la agricultura familiar?

Aunque hay matices en su definición, hay consenso internacional en cuanto a que una definición operativa de la AF debe contener, al menos, tres elementos comunes: i) la conducción directa del predio y el uso preponderante de la fuerza de trabajo familiar; ii) el acceso limitado a los recursos, sobre todo, tierra y capital; y iii) la estrategia de supervivencia de ingresos múltiples (por tener recursos limitados, las familias requieren diversificar sus fuentes de ingresos con actividades económicas extraprediales).

Aun participando de estos elementos comunes, el universo de la AF es muy heterogéneo. Reconocer esta heterogeneidad es muy importante, pues, cuando se trata de definir políticas, estas tienen que adecuarse a los diferentes tipos de AF; sería un error pensar que una política puede ser común a todos ellos. A esta tipología se dedica lo que sigue de este artículo.

La heterogeneidad de la agricultura familiar

Para dar cuenta de la heterogeneidad de la AF y elaborar los tipos de AF existentes, utilizamos la información de la base de datos del IV Cenagro y tomamos en consideración dos variables: i) el tamaño de la UA en hectáreas, adoptando como extensión máxima 10 hectáreas estandarizadas (2); y ii) el nivel tecnológico de la UA: la ausencia o presencia de riego y el uso de semillas certificadas (3). Excluimos como parte de la AF a toda UA que emplea asalariados permanentes.

La tipología resultante es la siguiente:

– Agricultura familiar de subsistencia (AFS). Incluye aquellas UA menores de 2 hectáreas estandarizadas y que pueden, o no, hacer uso de ambas tecnologías (riego o semillas certificadas). Aun contando con un nivel tecnológico adecuado, su aprovechamiento enfrenta severas restricciones debido al limitado acceso a la tierra. Tomando en cuenta la variable de control tecnológica, este tipo puede subdividirse en dos grupos:

o  Agricultura familiar de subsistencia crítica. Está conformada por aquellas UA que cuentan con menos de 2 hectáreas estandarizadas, pero no tienen riego y no hacen uso de semillas certificadas. Se consideran en estado crítico, puesto que poseen escasas tierras y su nivel tecnológico —en términos de los dos indicadores estudiados— es nulo.

o  Agricultura familiar de subsistencia no crítica. Está compuesta por UA con extensión menor de 2 hectáreas estandarizadas y que hacen uso de por lo menos una de las dos tecnologías analizadas. Si bien algunas pueden tener un nivel tecnológico adecuado, su limitada extensión restringe las posibilidades de expansión de la producción, lo que hace extremadamente difícil un nivel de capitalización que supere la sola reproducción familiar.

– Agricultura familiar intermedia (AFI). Comprende a todas las unidades agropecuarias de 2 a 5 hectáreas estandarizadas y que pueden, o no, hacer uso de ambas tecnologías. Al igual que en el caso anterior, podemos subdividirla a partir de la variable de control tecnológica:

o  Agricultura familiar intermedia con menor potencial. Reúne a aquellas UA de entre 2 y 5 hectáreas estandarizadas4 que no tienen acceso al riego y no usan semilla certificada; es decir, tienen escaso potencial tecnológico.

o  Agricultura familiar intermedia con mayor potencial. A diferencia de la anterior, aquí las UA usan al menos una de las dos tecnologías (riego y semillas certificadas). La combinación entre mayores recursos naturales (tierra) y tecnológicos abre la posibilidad de superar los requerimientos de la reproducción familiar, aunque, dada la escasa dotación de tierras, con dificultades.

– Agricultura familiar consolidada (AFC). Comprende las UA con extensiones de 5 a 10 hectáreas estandarizadas5. Todas estas UA utilizan al menos una tecnología considerada, aunque con frecuencia las dos. Estas condiciones necesarias son coherentes con la mayor estabilidad de las UA pertenecientes a este segmento y que poseen un mayor grado de capitalización y de acceso a recursos.

¿Dónde están? Distribución de la AF por tipo según regiones

La AF es, como se ha visto, absolutamente mayoritaria en el Perú. La mayor parte —el 88 %— es AF de subsistencia, porcentaje que en su mayor parte está en situación crítica. Apenas el 2.1 % de la AF está consolidada, y el 10 % está en una situación intermedia. Esta distribución varía entre las regiones: en la sierra, el 95 % de las UA son AF de sobrevivencia, y apenas el 1.2 % son consolidadas. En la costa, la importancia de la AFC es mayor, pues representa el 10.4 % de las UA de esa región, pero las de sobrevivencia son casi dos tercios del total regional (tabla 2).

Reflexiones finales

Poca duda cabe acerca de que las necesidades de, por ejemplo, una AFS crítica ubicada en las zonas altas de los Andes son diferentes de las de una AFC localizada en la costa. Mientras que esta última puede aprovechar mejor políticas sectoriales que contribuyan a mejorar su actividad productiva agraria, la primera —dado lo limitado de sus activos— encontrará mejores oportunidades en actividades económicas extraprediales más dinámicas en su distrito o provincia, promovida por los gobiernos regionales o locales y en una perspectiva multisectorial. De ahí la relevancia de tomar en cuenta los tipos de AF: medidas que son apropiadas para un tipo de AF, pueden no serlo para otro tipo. Así, el hecho de que la inmensa mayoría de las unidades agropecuarias familiares son de subsistencia (con escasa tierra y bajos niveles tecnológicos) implica que las políticas orientadas a ellas no pueden limitarse a la actividad agraria: tienen que ser multisectoriales.

Por otro lado, la heterogeneidad de la AF no se limita a las diferencias en el tamaño del predio o en el nivel tecnológico. En el Perú, un porcentaje apreciable de la AF forma parte de comunidades campesinas y nativas. Los diversos entornos institucionales y culturales también deben ser tomados en consideración, pues ellos influyen, por ejemplo, en los comportamientos de las familias, en sus prácticas productivas y en la forma en que usan los recursos. Estas particularidades también tienen que ser consideradas en el momento de diseñarse políticas que pretendan apoyar a la AF, el sector social —con largueza— más importante del campo.

Notas

(1)  Sociólogo. Director de La Revista Agraria y presidente del Cepes / Economista. Investigador del Cepes.

(2)   Puesto que no toda tierra tiene la misma significación económica, para comparar diferentes tipos de tierra es necesario aplicar un coeficiente de estandarización. Este toma en cuenta las diferencias en términos del acceso al riego (distinción entre UA bajo riego y en secano), la localización de las UA (costa, sierra y selva) y el tipo de tierra que compone la UA (tierras con cultivos, pastos naturales, manejados, etc.). Ver José María Caballero y Elena Álvarez, Aspectos cuantitativos de la reforma agraria 1969-1979, apéndice 1, «Metodología para el cálculo de los coeficientes de estandarización de tierras», IEP.

(3)  De una lista extensa de indicadores tecnológicos, se escogieron solo dos: la presencia de riego y el uso de semillas certificadas, pues consideramos que son los principales indicadores del nivel tecnológico de las UA. En el caso del acceso al riego, su importancia es indiscutible en la medida en que es considerado el primer y más importante cambio técnico en la agricultura. En el caso del uso de semilla certificada, lo consideramos un indicador tecnológico clave, puesto que supone el acompañamiento de otras tecnologías (paquete tecnológico), como plaguicidas, insecticidas, fertilizantes, etc.

(4)  En este grupo también están incluidas las UA mayores e iguales a 5 hectáreas estandarizadas que no cuentan con ninguna de las dos tecnologías de estudio. Solo el mayor acceso a la tierra no garantiza que la UA sea categorizada como de agricultura familiar consolidada, pues ese mayor acceso debe ser combinado con un nivel tecnológico adecuado.

(5) Una excepción a esta regla es el caso de las UA que, aun teniendo una extensión mayor o igual a las 10 hectáreas estandarizadas, son consideradas dentro de la AF (consolidada). Este es el caso de las UA, de diez hectáreas a más, cuya fuerza de trabajo no está compuesta por trabajadores remune-rados (eventuales o permanentes), sino solo por mano de obra familiar.

 

Fuente: CEPES

Durante los últimos dos años del gobierno de Ollanta Humala se han aprobado por el Congreso de la República o mediante decretos supremos cuatro “paquetazos ambientales”, a fin de atraer la inversión y reactivar la economía a través de la flexibilización de los estándares ambientales y sociales. Para el Ejecutivo estas medidas no han sido suficientes, por lo que viene pidiendo al Parlamento facultades especiales para legislar en materia económica, este cheque en blanco sigue apuntando a proyectos extractivistas, pues propone “eliminar trabas que desalienten la inversión”. Diversos expertos afirman que con las normativas ya aprobadas se abren las puertas  para  vulnerar los derechos de las comunidades nativas y campesinas, porque son una amenaza a la propiedad comunal.

Estas leyes dispersas son piezas de un rompecabezas que al unirlos terminan siendo un conjunto de normas articuladas que buscan debilitar la regulación, especialmente, en dos temas considerados obstáculos por el sector privado: la propiedad y posesión de tierras comunales y  el sistema de gestión ambiental; quitando rigurosidad a los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y debilitando a la fiscalización ambiental, advierte Ana Leyva de CooperAcción.

La alerta a la inseguridad territorial de las comunidades se deben a que según cifras del Instituto del Bien Común (IBC), aún quedan por titular casi 4.000 comunidades: 666 comunidades nativas y 3.303 comunidades campesinas. Las comunidades ocupan casi un tercio del territorio nacional y albergan a doce millones de peruanos. El 47,8% del territorio de las comunidades campesinas está superpuesto por concesiones mineras, mientras el 75% de la Amazonía tiene concesiones petroleras. Es decir las leyes aprobadas garantizan a las grandes inversiones pasando por encima de los derechos territoriales de estas poblaciones.

“Este paquete de proyectos es la amenaza más grande desde la Constitución de 1920 contra la propiedad comunal, con la idea de que todas las tierra rurales deben estar en el mercado, y el que paga más se queda con las tierras. Con estas medidas desaparecerán las comunidades indígenas y parte de nuestra identidad, alerta Richard Smith, director del IBC.

“El Ejecutivo no ha hecho una reflexión en cuanto a los temas centrales de los conflictos Conga y Tía María, en estos proyectos el problema ha sido la luz verde de los EIAs en zonas de ecosistemas frágiles. En ambos casos hay una preocupación central de las poblaciones por el agua, y lo que se hace es actuar de manera pragmática, modificando procedimientos para bajar los estándares ambientales y sociales, favoreciendo así  a las empresas. Estos paquetes normativos -con  énfasis en el sector ambiental-  han sido formulados  por una comisión promovida por el Ministerio de Economía y Finanzas pasando por encima de las competencias del Ministerio del Ambiente (MINAM). Aunque ha sido el titular de esta cartera, Pulgar Vidal, quien, lamentablemente,  ha salido a defenderlos”, señala Leyva.

César Ipenza, especialista en Derecho Ambiental, cuestionó el progresivo debilitamiento que está sufriendo el MINAM, y sostiene que este Ministerio “no está para garantizar la inversión, sino para garantizar que los ecosistemas sean viables”. Ipensa citó el caso del Parque Nacional Cerros de Amotape, en Tumbes, como ejemplo del debilitamiento al que ha sido sometido el sector ambiental, al pretender recortar hectáreas de esta área para que pasen a formar parte de un proyecto de irrigación. Esto es posible desde el momento en que la Ley 30230 permite al Consejo de Ministros legislar sobre áreas naturales protegidas.

“Estos paquetazos se orientan a las comunidades campesinas  y a las tierras eriazas, ya que flexibiliza la toma de decisiones en el interior de las comunidades para disponer (y poder vender) las tierras, sostiene Silvana Baldovino de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA).

Así, estas normativas vulneran los derechos de los pueblos indígenas como el territorio, el aprovechamiento de sus recursos naturales y a la autodeterminación, por lo que debieron ser consultadas, cumpliendo con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y con la Ley de Consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, promulgada en 2011.

En cuanto al impacto económico, el ex presidente de Petroperú, Humberto Campodónico señala que la alta dependencia que tiene la economía peruana de la exportación de las materias primas favorece el rentismo o la “pereza fiscal” –desde todos los niveles de gobierno no existe preocupación por generar recursos propios, pues reciben unos ingresos fijos por estas actividades extractivas-, inflación, concesión de las tierras del país, generando conflictos. “No hay instituciones sólidas para una gobernanza de los recursos naturales”, afirma.

La economía peruana es dependiente de la exportación de las materias primas que alcanza hasta el 65%. Supera ampliamente lo que señala el Fondo Monetario Internacional (FMI), “cuando un país depende por encima del 25% de su economía de la exportación de los “commodities” (productos básicos) es considerado como un país dependiente”. Campodónico cuestiona estas medidas facilistas, y recomienda abandonar este modelo primario exportador para pasar a una economía que apueste por la diversificación productiva y la industrialización.

Paquetazos: tierras a disposición de inversionistas

El primer paquetazo corresponde al Decreto Supremo 054-2013-PCM, publicado en mayo del 2013, que atenta contra la protección del patrimonio cultural arqueológico y el derecho a la propiedad de los pueblos indígenas. Es el caso del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA). Por medio de éste se aplica silencio administrativo positivo para asuntos medio ambientales y patrimonio cultural en el procedimiento de aprobación del estudio de impacto ambiental (EIA) del sector de energía y minas si desde el Ministerio de Cultura no emiten dicho certificado en un plazo no mayor de 20 días hábiles.

El Decreto Supremo 060-2013 PCM, publicado en mayo de 2013, aprueba disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos administrativos y otras medidas para impulsar y agilizar la ejecución de proyectos de inversión pública y privada.  Reduce el procedimiento de evaluación de impacto ambiental de 120 a 83 días en el sector de energía y minas.

La Ley 30025, que  modifica la Ley General de Expropiaciones. Esta ley faculta al inversionista privado a gestionar la adquisición por trato directo de los inmuebles requeridos para la ejecución de obras de infraestructura y, de fracasar en estas gestiones, iniciar un procedimiento de expropiación. Dispone que los predios y edificaciones de propiedad estatal, requeridos para la ejecución de obras de las infraestructura señaladas en esta Ley, serán transferidos a título gratuito y automáticamente al sector o al gobierno regional- local al cual pertenece el proyecto, por el solo mérito de la resolución que emita la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales (SBN), en un máximo de 45 días. El SBN tiene un plazo de 30 días, desde la vigencia de la resolución para desalojar y entregar la posesión de los citados bienes.

El segundo paquetazo corresponde a la Ley 30230, aprobada en junio de 2014. Organizaciones indígenas y de la sociedad civil presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra esta normativa. El Título III de la ley permite al Estado, mediante “procedimientos especiales”, entregar tierras a proyectos de inversión, en la ubicación y cantidad que estos requieran para sus actividades, ignorando los derechos de propiedad que asisten a sus propietarios legítimos. Están sujetos a estos procedimientos especiales todos los predios, siendo tierras privadas o estatales, ya sea que estén respaldadas por títulos saneados o certificados de posesión.  A pesar de que el borrador del reglamento de la ley 30230 excluye a las tierras de las comunidades campesinas y nativas, deja abierta la posibilidad de que las tierras no tituladas y eriazas sí estén sujetas a lo dispuesto por esta ley. “Hemos recomendado cambiar la expresión que usan para que se exceptúe a todos los territorios de las comunidades”, precisa Smith.

Con esta ley se debilita la institucionalidad ambiental y se  recorta a las entidades de fiscalización y regulación ambiental sus funciones. Y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) no podrá sancionar o multar a empresas contaminantes por tres años, favoreciendo una mayor permisividad con la contaminación.  Se reduce a la mitad las multas que deben pagar los que dañan el ambiente, con ello los  fondos de la OEFA. También, se reduce el tiempo de análisis de los estudios de impacto ambiental, entre otras disposiciones.

Al respecto, la Defensoría del Pueblo señala que la interpretación o aplicación de cambios normativos sobre la propiedad comunal sin un proceso de consulta previa sería incompatible con la Constitución Política.

El tercer paquetazo es el Decreto Supremo 001-2015-EM,  aprobado en enero de 2015, el cual otorga competencia a las Juntas Directivas Comunales a disponer de las tierras comunales, pasando por encima de la Asamblea General. Está dirigido a facilitar la compra de tierras por parte de las mineras, vulnerando la autonomía comunal y modificando mediante una norma de menor jerarquía lo dispuesto por la Ley N° 24656, Ley General de Comunidades Campesinas.

El cuarto paquetazo,  Ley 30327 “Ley de promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible”. Flexibiliza procedimientos para crear servidumbres en tierras eriazas del Estado, derechos de vía y expropiación.  Al no tener claro cuáles son las tierras eriazas, ni contar con registro ni catastro de estas tierras, imponerse  servidumbres para proyectos de inversión podría generar conflictos territoriales. Las tierras eriazas no están registradas ni saneadas y muchas de estas pertenecen a las comunidades nativas pero al no tener un título puede generar controversia.

Asimismo, se estaría atentando contra la autonomía de algunos gobiernos regionales, entre los que se encuentran Arequipa, San Martín y Amazonas, que según la Ley 27867 tienen la potestad para gestionar los terrenos eriazos ubicados en sus jurisdicciones pero que con esta nueva norma pasarían a ser administrados nuevamente por el gobierno central a través de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.

Otro punto que marca los lineamientos de esta norma es el de la certificación ambiental. A través de la creación de una ventanilla única se busca reducir sustancialmente el tiempo para la entrega de certificaciones ambientales así como la aprobación de los EIA.

Normativas son  una ‘bomba de tiempo’  

“Muchos de los conflictos socioambientales tiene que ver con la presencia de industrias extractivas en tierras comunales. Saltarse las normas que establecen la consulta previa, obviar que un 74% de las tierras de las comunidades campesinas y nativas no están georeferenciadas, y que puedan decir que son del Estado, alimenta la conflictividad”, explica Laureano del Castillo, director de CEPES.

Hay una población rural e indígena que está dispuesta a protestar, a cuestionar, y es muy crítica a estos intentos de quitarles las tierras para dársela a inversionistas. No va a haber paz social si se sigue bajo esta lógica, van a estallar más conflictos”, sostiene el director del IBC.

Uno de los detonantes de la tragedia en Bagua fue el Decreto Legislativo 1090, denominado ley de la selva, lo que generó la muerte de 33 personas, entre policías y civiles, durante el segundo gobierno de Alan García, quien se declaró contrario a la pequeña agricultura y contra las comunidades campesinas y nativas, por ser “el símbolo del atraso” y  favorecer a los grandes inversionistas.  Durante su gobierno se aprobaron 26 decretos legislativos que expresan la decisión política de transferir recursos naturales a grandes empresas. Nueve de ellos perjudican directamente a las comunidades campesinas y nativas (cuatro decretos fueron derogados por la presión social).

Hay que recordarle al presidente Humala que esta masacre fue debido a la promulgación de estos decretos legislativos que impulsaban la inversión sin escuchar las demandas de los pueblos indígenas; y el rechazo a este andamiaje normativo impulsados desde el Ejecutivo se harán escuchar en el paro nacional el 22 y 23 de junio, promovido por la Confederación Nacional Agraria, donde participarán comunidades indígenas del interior del país.

Por Magaly Zevallos
Publicado en Diario 16