Un nuevo caso de criminalización contra defensores y defensores del medio ambiente del Perú se ha producido ayer domingo 30 de julio con la detención del ex alcalde del distrito de Dean Valdivia, Jaime De la Cruz Gallegos. El también defensor ambiental y ex dirigente de Valle de Tambo – Arequipa fue detenido en su domicilio, ubicado en la ciudad de Mollendo, por una gran cantidad de efectivos policiales y llevado a la carceleta del Poder Judicial de Arequipa.

Recordemos que De la Cruz fue sentenciado injustamente el año pasado, a doce años y cuatro meses de cárcel junto con el también ex dirigente de Valle de Tambo, Jesús Mariano Cornejo Reynoso (sentenciado a siete años de prisión). Ambos ex dirigentes fueron acusados de generar disturbios, entorpecimiento al normal funcionamiento de los servicios públicos y motín en el marco de las protestas del 2015 contra el proyecto minero Tía María, propiedad de la empresa Southern.

Pobladores de la provincia de Islay vienen protestando contra el mencionado proyecto porque éste pone en riesgo más de 13 mil hectáreas de cultivos del Valle de Tambo, que abastece a más de 4 millones de peruanos y peruanas, además, el proyecto podría contaminar los recursos hídricos de la región de Arequipa.

Jaime De la Cruz representa un caso más en que el gobierno, en vez de proteger los derechos de las personas defensoras de derechos humanos y del medio ambiente, busca criminalizarlas por ejercer su derecho a la protesta y realizar acciones para defender la vida, la agricultura y el territorio.

Durante su traslado de la comisaría de Mollendo a Arequipa, el sentenciado expresó su inocencia: “No he matado ni violado a nadie, violaron mi domicilio, abusaron con mis familiares, yo me he entregado”. De la Cruz Gallegos está ahora a disposición del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, que lo sentenció en primera instancia.

Video del momento en que Jaime De la Cruz es llevado a la carceleta (video)

Al día siguiente de la celebración de los 202 años de la declaratoria de independencia del Perú por José de San Martín, hay otro hito importante en el país que celebra no sólo la comunidad Cruz de Mayo-Caraz. El 29 de este mes, hace casi quince años, la comunidad campesina logró, después de arduas luchas, recuperar el control sobre la gestión de la laguna de Parón. Ubicada a cerca de 4.200 metros sobre el nivel del mar, en Huaraz, Áncash, es el depósito natural de agua dulce más importante de la Cordillera Blanca y una de las lagunas de mayor atracción paisajística de esta región.
Con ello la comunidad campesina volvió a priorizar el uso del agua para consumo humano, riego de cultivos y proyectos de turismo sostenible, ya que es ella la que ahora maneja la compuerta y con ello tiene control de su desfogue. Quién, al contrario, resintió el cambio en el mando de las compuertas del esencial líquido fue la empresa hidroenergética Duke Energy Perú, dueña de la Central Hidroeléctrica Cañón del Pato. Precisamente esta central tenía la licencia de uso del agua de la Laguna de Parón hasta 2008, momento en el que las comunidades se organizaron y recuperaron su control.
Para la generación de energía la empresa depende del caudal del río Santa, uno de cuyos principales tributarios nace en la laguna Parón y consecuentemente con regularidad intenta presionar a la Comunidad Campesina Cruz de Mayo de Caraz, para descargar las aguas de este depósito.
El 14 de julio pasado el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) dispuso suspender de manera temporal las visitas a este atractivo turístico. De acuerdo a una reciente nota en el diario La República la laguna amenaza con desbordarse debido a las lluvias y al rápido descongelamiento de glaciares, con poptenciales efectos devastadores que podrían impactar en las localidades aledañas, entre ellas la ciudad de Caraz.
Según este artículo, el Centro de Operaciones de Emergencia Regional (COER) de Áncash, advirtió el viernes pasado que la laguna habría alcanzado una cota de 4,199.55 metros sobre el nivel del mar. Sin embargo, en conversación con Red Muqui, fuentes de la comunidad desmintieron la información de La República – y explicaron que en dicho caso las aguas ya estarían rebalsando las estructuras de contención de la laguna, lo que a simple vista no está ocurriendo. La comunidad, que para su gestión conformó el Comité de Vigilancia y Monitoreo del nivel del agua de la laguna Parón, mide con regularidad el nivel del agua. Según la fuente consultada, la última vez, este se encontraba cerca de los 4190 msnm, precisamente la cota regular del agua que se ha logrado establecer como nivel deseable con los entes encargados, después de diversas movilizaciones y mesas de diálogo con las autoridades competentes.
En realidad, según los conocedores de esta temática, la advertencia de inminentes avalanchas y rebalses es reiterada cada cierto tiempo y los potenciales riesgos son conocidos desde hace años. Lo que se ha repetido también con frecuencia son las alertas de las autoridades y las suspensiones temporales de las visitas de este atractivo turístico, con la siguiente pérdida de ingresos económicos que dejan los visitantes.
Así, a mediados de junio de 2019, el gobierno del presidente Vizcarra decretó el “Estado de Emergencia de la Laguna Parón ubicada en el distrito de Caraz, provincia de Huaylas, del departamento de Áncash, por peligro inminente ante posible desembalse”.
La comunidad, por ello, advierte que se trata de un nuevo intento de devolverle a la empresa hidroeléctrica el control de un espacio, que gracias al trabajo comunitario ha recuperado su belleza paisajística. Una realidad que la comunidad trata de compartir con visitantes de este atractivo turístico. La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) en 2011 valoró además la lucha de la comunidad campesina al otorgarle el premio Nacional de Derechos Humanos «Angel Escobar Jurado».

Red Muqui presenta observaciones al proyecto de decreto supremo que modifica el reglamento de protección ambiental para exploración minera y pone en riesgo el agua para las comunidades y PPII

El jueves 13 de julio, Red Muqui presentó observaciones a la Resolución Ministerial N° 256-2023-MINEM/DM que dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2017-EM.

El 27 de junio, el Ministerio de Energía y Minas propuso incluir al Reglamento un título adicional denominado “Procedimiento de tramitación simultánea del instrumento de gestión ambiental en materia de exploración minera y los títulos habilitantes en materia de recursos hídricos”, que incluye los artículos 72 y 73, cuyo contenido permite la flexibilización y celeridad en el procedimiento administrativo sobre los títulos habilitantes en materia de recursos hídricos para el desarrollo de los proyectos de exploración minera. Debido a los impactos ambientales negativos graves que podría ocasionar la actividad, tales como la perforación diamantina, la excavación de trincheras y calicatas, y la excavación de túneles, genera una gran preocupación la propuesta de modificación del proceso de certificación ambiental, la cual se pretende alterar una vez más en base a criterios económicos de los privados y no de acuerdo a criterios de protección ambiental de interés público.

Todo ello, en el marco de una promoción de la “reactivación económica” y flexibilización de plazos administrativos que ha iniciado con la suspensión del Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental (PUPCA) del SENACE, cuyo objetivo fue darle protagonismo nuevamente a los Reglamentos de Protección y/o Gestión Ambiental para que puedan aprobarse los EIA de los proyectos económicos en cartera de cada ministerio.

En ese sentido, desde la Red Muqui manifestamos nuestra rotunda oposición a la propuesta modificatoria del MINEM y denunciamos públicamente los riesgos que esta medida puede traer, debido a la evidente amenaza del derecho al agua de las comunidades y pueblos originarios en zonas mineras; así como la desregulación normativa de la certificación ambiental que desnaturaliza su sentido de prevención y precaución frente a impactos ambientales negativos al ambiente y la población.

Opinión Legal sobre la suspensión del PUPCA e impacto en las actividades extractivas, leer aquí: https://bit.ly/3NZvV1L
Alerta legal sobre la publicación de la Resolución Ministerial N° 256-2023-MINEM/DM , ver en: https://bit.ly/3DkhZKw
Aportes de la Red Muqui, disponible en: http://bit.ly/46PjzSm

La delegación multipartidaria del Parlamento Catalán que han visitado recientemente el Perú en una misión de observación sobre Democracia y DDHH ha constatado graves vulneraciones de derechos fundamentales y han observado con especial preocupación la estigmatización y criminalización de los manifestantes con el calificativo de terroristas.
La comisión integrada por los diputados y diputadas Francesc de Dalmases, Jenn Díaz, Susana Segovia y Carles Riera estuvieron en el país desde el 9 hasta el 14 de julio, tiempo en el que visitaron Apurímac, Puno y Ayacucho donde tomaron contacto directo con familiares de víctimas y diversas autoridades estatales.
También visitaron Ventanilla para conocer la situación un año y medio después del peor derrame de petróleo ocurrido hasta la fecha en la costa peruana causado por la empresa española Repsol en la zona.
La visita se basó en una Declaración aprobada el pasado 25 de enero por la Junta de Portavoces del Parlamento de Cataluña en defensa de las movilizaciones sociales y por el fin de la represión en Perú.
En su calidad de vocero de la delegación, Carles Riera secretario tercero del Parlamento de Cataluña, calificó de especialmente grave la disminución en la autonomía y separación de poderes del Estado que constataron en su visita, que repercute a su juicio en el ejercicio de la democracia en el país.
La diputada Jenn Diaz que se reunió con familiares de víctimas en Andahuaylas constató actos de racismo, clasismo y discriminación por género – sesgos aplicados por las instituciones estatales y promovidos por importantes medios de comunicación, que a su vez han sido reforzados por grupos de extrema derecha y fascistas, en lo que calificó de proliferación de discursos de odio. Un fenómeno social que se repite a nivel global.
Francesc de Dalmases que visitó la castigada ciudad de Juliaca, relató que en conversaciones con autoridades escuchó que en la represión ejercida por el Ejército y policía hubo más muertos que detenidos, un hecho que habla de la calidad y de las decisiones políticas sobre cómo enfrentar las protestas. Manifestó además que percibió en muchos testigos la sensación de vivir experiencias de actuaciones estatales que parecían superadas con el fin del conflicto armado interno, en lo que constituye, según él, una verdadera regresión democrática.
Susana Segovia, a su vez, lamentó la persistente criminalización de sujetos y actores de la protestas con el uso generalizado y estigmatizante del adjetivo de terroristas (terruqueo).
En relación a la visita que realizaron durante el primer día a Ventanilla para observar los estragos del desastre que dejó el masivo derrame de petróleo del consorcio español Repsol ocurrido en enero del año pasado, los representantes constataron en terreno la damnificación e indefensión de las comunidades de la zona que viven de la pesca y lamentaron la insuficiente respuesta ante las demandas y faltas de medidas de remediación por parte de la empresa y del gobierno.
Todas estas observaciones estarán plasmadas en el informe final de la investigación en elaboración y que será presentado próximamente al Parlamento de Cataluña.

El miércoles pasado se realizó el conversatorio “Crisis política: Derechos Humanos bajo ataque en el Sur Andino”. En dicho espacio, el abogado Helio Cruz, presentó los principales puntos desarrollados en el informe realizado para la Red Muqui, donde se analizan las ejecuciones extrajudiciales, las lesiones leves y graves causadas y perpetradas por la Policía y el Ejercito, así como las detenciones arbitrarias y actos de tortura y tratos crueles e inhumanos cometidos contra los manifestantes.

En el conversatorio también estuvieron presentes Raul Samillán, quien compartió la postura de la Asociación de Familiares de los Mártires 09 de enero en Juliaca, y exigió que las investigaciones de los asesinatos de sus familiares sean realizadas por la Fiscalía especializada en Derechos Humanos en Juliaca y no sea trasladadas a Lima a cargo del Equipo especial conformado por la Fiscal de la Nación. El dirigente insistió en que el tiempo pasa y no avanzan las investigaciones en favor de los familiares y víctimas de la represión.

Otra de las expertas que expuso, fue Lisbeth Quispe de las brigadas de Salud de Cusco, que compartió su experiencia de atención a la salud en medio de las últimas protestas sociales y resaltó el grado de violencia y arbitrariedad cometidos por la PNP y el Ejército, así como los actos racistas cometidos por habitantes de la zona urbana de Cusco contra campesinos movilizados. Por último, la panelista Indira Huilca, ex congresista de la República, expresó su preocupación por el grado de degradación de la institucionalidad democrática en el Perú, especialmente por la captura de instituciones estatales de los grupos ultraconservadores, con lo que pretenden asegurarse mayores cuotas de poder.
Durante la presentación de los objetivos del conversatorio Jaime Borda, secretario Ejecutivo de la Red Muqui, explicó que es clave entender la relación entre las graves vulneraciones de derechos humanos cometidas por el gobierno de Dina Boluarte y las Fuerzas Armadas, con las políticas extractivistas que se han venido implementando en las últimas décadas en el país donde también se ha ejercido violencia policial y militar contra las comunidades campesinas para asegurar el despojo y la imposición de proyectos mineros.

Es importante mencionar que en el marco del reinicio de las movilizaciones a partir del 19 de julio, que incluye la masiva presencia de delegaciones de comunidades de todo el país en Lima, la situación de los derechos humanos puede agravarse en el Perú. Para ello basta con considerar que la respuesta del Ejecutivo, del Congreso y de las fuerzas policiales ha sido acusar de terroristas a los manifestantes y empezar a prohibir las movilizaciones, el derecho al tránsito, a la libertad de expresión y el derecho a la protesta en el país.

DATO: El informe que presentó Red Muqui cuenta con cuatro partes:
1) Contexto: origen y escenario de la protesta social
2) Graves violaciones de los derechos humanos durante las protestas
3) Lucha contra la impunidad y debido procesos
4) Conclusiones y Recomendaciones

Aquí puede descargar el Informe completo: https://muqui.org/wp-content/uploads/2023/07/Derechos-Humanos-Bajo-Ataque-Sur-Andino-final.pdf

Por: Beatriz Cortez Sánchez
Coordinadora de la Mesa Técnica de Salud Humana y Ambiental

Desde el 07 de diciembre, con la vacancia de Pedro Castillo, el pueblo peruano especialmente del Sur Andino se movilizó masivamente por la defensa del voto popular. Esta lucha contra el sistema político también relevaba un profundo cuestionamiento al sistema económico centralista y privatista que por décadas ha relegado a las regiones y especialmente a los pueblos indígenas y comunidades campesinas. La propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe situacional sobre Perú, señala que la economía peruana está basada en el extractivismo:
“La economía peruana está basada, primordialmente, en un modelo extractivista, cuyas regalías no han contribuido a reducir significativamente la desigualdad ni han traído desarrollo a las regiones donde predominan los pueblos indígenas y las comunidades campesinas.”(párrafo 32)

El modelo económico extractivista peruano trae gravísimas consecuencias para las comunidades. Una de las principales es la afectación a la salud ambiental y humana, que por ende pone en riesgo la vida de las personas. El MINSA en 2020 ya desveló la dramática cifra de 10 millones de personas expuestas a metales tóxicos, en 2018 el MINSA ya había señalado que para la determinación de áreas de peligro de exposición para la población, se tienen en consideración entre algunas de las fuentes de contaminación los pasivos ambientales, las unidades mineras activas y el agua de consumo humano con presencia de metales pesados. [ Documento Técnico “Lineamientos de Política Sectorial para la Atención Integral de las personas expuestas a metales pesados, metaloides y otras sustancias químicas”(Resolución Ministerial N° 718-2018/MINSA.)]

En 2021 la Defensoría del Pueblo emitió un informe donde reafirmaba que el principal grupo poblacional que está expuesto a la contaminación con metales pesados son los niños de 0 a 11 años, por ello enfatizó en la importancia de que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, articule con las carteras de Salud y del Ambiente. Ese mismo año se logró la conformación de la Comisión Multisectorial Temporal de Metales Pesados, Metaloides y otras Sustancias Químicas Tóxicas, por ello ahora tenemos el Plan Especial Multisectorial – PEM (Decreto Supremo N° 037-2021-MINAM).

Si bien la aprobación de este Plan significó un gran avance para las poblaciones afectadas, ahora estamos en un contexto muy adverso para lograr su implementación efectiva. Necesitamos un Estado que opere con perspectiva integral, que sea capaz de articular sectores y niveles de gobierno. Pero, nos encontramos ante un Estado que por años ha estado bajo la influencia de la empresa privada especialmente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE), y que ahora, en manos de una mafia autoritaria busca restaurar el control empresarial de las prioridades del Estado. Por ello, es seguro que desde algunos sectores productivistas se tendrá escasa simpatía por una mirada integral de la protección de la salud humana y ambiental, especialmente desde el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), que durante el funcionamiento de la Comisión Integral que aprobó el PEM, insistió que para la calificación de las zonas afectadas por metales pesados, se tuviera en consideración además los criterios económicos.

¿En qué forma el nivel de riesgo y gravedad de afectación a la vida humana puede medirse en función de lo económico?. Más bien, se evidencia el rol contrario a la protección de la vida que juega el MINEM. Pese a ello, ahora tenemos un Plan y también una Ley ( Ley Nº 31189) , que reconoce varios elementos del Plan, como marco normativo base. Esto, gracias a la organización y presión de la Plataforma Nacional de personas afectadas por metales, metaloides y otras sustancias químicas tóxicas y algunas autoridades aliadas. Por ello, debemos tener muy presente, que para que el Estado pueda actuar de forma efectiva e integral se necesitará siempre la presión y movilización social especialmente desde lo local, ya que se ha demostrado que estamos ante un Estado sumamente centralizado donde las prioridades son ordenadas en función de intereses empresariales.

En mayo de 2023 se publicó el Reglamento de la Ley 31189 (Decreto Supremo Nº 007-2023-SA), Ley para fortalecer la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas. Este Reglamento desarrolla la Ley 31189 aprobada en 2021 que constituye el marco normativo general que tenemos sobre atención a personas afectadas por metales tóxicos y que tiene mayor jerarquía que el Plan Especial Multisectorial- PEM (Decreto Supremo Nº 037-2021-MINAM). Los funcionarios del Estado deberán cumplir sus obligaciones a partir de esta norma.

Es decir, tenemos un marco normativo base, pero como reto debemos fortalecer la organización local para exigir y participar activamente en la implementación efectiva del PEM en conjunto con el desarrollo de los Planes de atención local. Recordemos que la Defensoría del Pueblo en 2021, informó que solo ocho regiones de 25, han tenido experiencias de desarrollo del Plan de Atención en el marco de la Directiva Sanitaria N° 126-MINSA/2020/DGIESP. Por ello es cada vez más necesario reforzar la incidencia local.

Hay que tener en cuenta que el régimen de Dina Boluarte, viene presionando a las organizaciones populares en las regiones para que la respalden. La Plataforma Nacional de Personas Afectadas ha manifestado reiteradamente su rechazo al gobierno de Dina Boluarte por ilegítimo y por las graves violaciones de derechos humanos y masacres cometidas contra el pueblo. De ninguna forma se puede permitir que el Estado sea usado para condicionar la atención de demandas sociales de la población movilizada, en este caso los afectados por metales tóxicos. Por ello es clave tener una postura política clara y autónoma frente a un gobierno que cada vez es más autoritario, sin dejar de exigir el cumplimiento de demandas básicas como las relacionadas con la salud ambiental y humana en el país.

Por DHUMA

El jueves 28 de junio del 2023, los dirigentes de la cuenca de Llallimayo y junto al alcalde provincial de Melgar, alcaldes distritales de Llali, Umachiri, Ayaviri y Cupi. se reunieron con los representantes del Poder Ejecutivo, a la que asistieron el Viceministerio de Minas del MINEM, Jaime Chavez Riva Galvez, Viceministro de Desarrollo Agricultura Familiar e infraestructura Agraria y Riego del MIDAGRI, Christian Barrantes Bravo, Secretaria de Gestión Social y Diálogo de la PCM; Secretaría de Descentralización de la PCM; representantes del Ministerio de Energía y Minas-MINEM, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-MVCS: Ministerio de Salud-MINSA, entre otros representantes del Ejecutivo: ANA, OEFA, AMSAC.

En la agenda de la reunión de trabajo entre la cuenca de la cuenca Llallimayo y los representantes del poder ejecutivo, se venía exigiendo el reinicio e informe del Grupo de trabajo denominada «Mesa Ejecutiva de Trabajo que contribuya a atender y solucionar la problemática socio ambiental de la Cuenca del río Llallimayo que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar del departamento de Puno».

En el espacio de diálogo se llegó a los siguientes acuerdos; el viceministro de Minas acordó presentar una propuesta de articulado al MEF para el proyecto de ley del presupuesto 2024 para financiar el proyecto de inversión para que el tratamiento del recurso hídrico sea apta para el riego. Inversión que requiere de un monto de S/ 4,611,401. Las gestiones tendrían que ser informadas el 7 de julio. Así mismo el Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, preverá tener listo el expediente técnico del proyecto de mejora de la cadena productiva del ganado vacuno lechero de la cuenca del río Llallimayo y la cual considerará la asignación presupuestal de alrededor de 8 millones soles para el año 2024.

Por su parte, los representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento informaron sobre el estado situacional de sus proyectos en la cuenca del río Llallimayo. Además, acordaron brindar asistencia técnica a través del CAC-Puno, que será presentado el 3 de julio de 2023, previa coordinación con dicha institución.

El presidente del Comité de Lucha de la Cuenca Llallimayo, Hernán Nina, junto a los alcaldes, solicitan al MIDAGRI que se adelante información respecto a los dos proyectos mencionados, en la cuenca del Llallimayo. Además espera que el MIDAGRI se pueda contactar con los solicitantes, con el objetivo de reiniciar e informar sobre los avances del mencionado Grupo de Trabajo.

El 27 de junio, a través de la Resolución Ministerial N° 256-2023-MINEM/DM se dispone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2017-EM, cuyo objetivo principal es insertar artículos a fin de acelerar los procedimientos administrativos para la obtención inmediata del título habilitante de la ANA en el proceso marco de la certificación ambiental de la actividad minera.

De acuerdo con la propuesta de modificación, se estaría incluyendo el Título VII denominado “Procedimiento de tramitación simultánea del instrumento de gestión ambiental en materia de exploración minera y los títulos habilitantes en materia de recursos hídricos”, que incluye los artículos 72 y 73 que versan sobre la flexibilización y celeridad en el procedimiento administrativo acerca de los títulos habilitantes en materia de recursos hídricos para el desarrollo de los proyectos de exploración minera.

Un dato preocupante es que se vulnera el principio de precaución y prevención del derecho ambiental debido a que el titular minero podrá optar voluntariamente por iniciar este trámite de manera simultánea que el proceso de evaluación del estudio ambiental conducido por la DGAAM del MINEM, quien se encargará de ser el intermediario para agilizar el acto administrativo que favorece al titular minero, de manera que la certificación ambiental se ve modificada una vez más en base a criterios económicos de los privados y no de acuerdo a criterios de protección ambiental de interés público.

En ese sentido, es necesario contar con una certificación ambiental robustecida para evitar mayores impactos ambientales negativos en el ambiente y consecuentes conflictos socioambientales en los territorios. Así que, mediante el correo electrónico [email protected] , la ciudadanía podrá emitir su opinión respecto al proyecto de decreto supremo en referencia.

por Mayra Zambrano Huarcaya

El 30 de mayo de 2023, a través del Decreto Supremo N° 006-2023-MINAM, se aprobó el “Cronograma de Transferencia de Funciones en materia de fiscalización ambiental de los subsectores Transportes, Vivienda y Construcción, Saneamiento, Comunicaciones, Salud, Defensa, Justicia, Educación y Cultura al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental”, el cual detalla en su cuarta disposición complementaria final la suspensión del Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental (PUPCA) aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2022-MINAM.

Cuarta.- Aplicación normativa de los procedimientos administrativos a cargo del Senace.
Para las etapas, requisitos, plazos y demás aspectos relacionados con el proceso de certificación ambiental a cargo del Senace son de aplicación la normativa vigente en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, incluyendo los Reglamentos de Protección y/o Gestión Ambiental, salvo las disposiciones aprobadas mediante Decreto Supremo N° 004-2022-MINAM, que son aplicadas desde el 01 de enero de 2025. (subrayado agregado)

Al respecto, es necesario precisar que el PUPCA es una herramienta que el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) utiliza para mejorar la predictibilidad y potenciar los procesos de certificación debido a que estandariza las etapas, plazos y requisitos de diez procedimientos administrativos, como la clasificación de proyectos, el plan de participación ciudadana, la aprobación de los estudios de impacto ambiental detallados y sus modificatorias, los informes técnicos sustentatorios, entre otros.

Con los antecedentes del Decreto Supremo N° 004-2022-MINAM (publicado el 26 de enero de 2022) y la Resolución Ministerial Nº 310-2019-MINAM{1} (publicado el 13 de octubre de 2019), observamos que la creación del PUPCA ha sido un proceso que ha tomado varios años de evaluación y gestión participativa para integrar la certificación ambiental en un solo ente del Estado y así poder fomentar la transparencia en los proyectos de inversión.

Tal instrumento busca proporcionar mayor transparencia y seguridad jurídica, así como la comprensión y el acceso a la información relacionada con los proyectos y sus impactos ambientales, permitiendo una mayor participación ciudadana y un mejor control sobre las actividades extractivas; así mismo, promueve una mayor coordinación entre las diferentes instituciones involucradas en la evaluación ambiental, lo que puede mejorar la cooperación y la comunicación entre ellas{2}, facilitando el ansiado intercambio de información para evitar duplicidades y permitir una evaluación más integral y completa de los proyectos.

Así, el PUPCA fue implementado y tuvo vigencia desde el 21 de julio de 2022 de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2022-MINAM; es decir, con menos de un año de soporte a la estrategia, el Decreto Supremo N° 006-2023-MINAM desestabiliza al SENACE al intervenir con una suspensión de la herramienta legal hasta el 1 de enero de 2025. La exposición de motivos no revela completamente la intención de la disposición, sino complica y debilita al Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA) a pesar de que el PUPCA cuente con un análisis previo de impacto regulatorio e indicadores altos de gestión administrativa. Parte de la fundamentación la vemos planteada desde las páginas 14 a la 17 de la exposición de motivos, donde se explica la finalidad de la suspensión: […] que en ese periodo de tiempo suspendido se terminen de definir y establecer los aspectos técnicos sobre admisibilidad, opiniones técnicas, participación ciudadana, entre otros, y de esta manera cautelar el correcto funcionamiento del SEIA brindando predictibilidad, objetividad y seguridad jurídica a los actores involucrados del SEIA. En otras palabras, con ese simple argumento sin fundamento procedimental del tiempo de suspensión, se otorga esa medida; siendo una pregunta constante por qué se decide ahora aplicar los reglamentos sectoriales que no están completamente adecuados al marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y seguir promoviendo una dispersión normativa sobre la certificación ambiental para seguir generando confusión en la sociedad civil y no velar por una adecuada transparencia en los procesos administrativos.


Fuente: Exposición de Motivos del Decreto Supremo N° 006-2023-MINAM, pp.16

Observamos que, de acuerdo con la teoría de los hechos cumplidos y los derechos adquiridos{3}, el PUPCA y la aplicación de los reglamentos sectoriales pueden coexistir a pedido del administrado y seguir el procedimiento de acuerdo al último acto administrativo vinculado, tal como menciona la página 16 de la referida exposición de motivos que faculta que a pedido de parte, se pueda solicitar mantener dichas reglas (las ambientales sectoriales) [y que] dicha solicitud se deberá realizar [al SENACE] antes del inicio del procedimiento […], por consiguiente, habría una carga administrativa complicada, así como una falta de transparencia y comprensión de los múltiples actos administrativos. Lo que podría conllevar a un mayor número de conflictos socioambientales en zonas extractivas, principalmente mineras, ya que se encuentran en constante ampliación por el alza en los precios de los metales en mercados internacionales.

Por tanto, el PUPCA debió ser un instrumento legal reforzado y no suspendido, ya que visibiliza la negligencia en la gestión ambiental en el contexto de expansión extractiva y de los conflictos socioambientales en territorios originarios. De esta manera, la certificación ambiental necesita contar con un componente fuerte de transparencia ambiental, por ejemplo a través del EVA del SENACE u otras plataformas informáticas accesibles al ciudadano; además de evitar una diáspora de normas jurídicas que compliquen la comprensión de las modificatorias a los instrumentos de gestión ambiental.

{1}Donde se dispuso la publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba las Disposiciones para el Procedimiento Único del Proceso de Certificación Ambiental del Senace” en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
{2}Entre el MINAM, PCM, MEF, MINEM, MTC, MINJUSDH, Produce, MINCU, entre otros.
{3}También denominadas teoría de la ultraactividad (derechos adquiridos) y teoría del efecto inmediato (hechos cumplidos). Cuando nos remitimos al primero, trata sobre un derecho que ya fue otorgado y que no se puede revocar, en cambio, el segundo refiere a que cada norma jurídica debe aplicarse a los hechos que ocurran durante su vigencia.

El Colectivo de Abogadas y Abogados del Sur Andino de la Red Muqui Sur se pronuncia ante la grave actuación del Congreso de la República el 21 de junio del 2023, que por mayoría de votos (71 a favor, 15 en contra y ocho abstenciones), aprobó inhabilitar a la exfiscal de la Nación y actual Fiscal Suprema Zoraida Ávalos Rivera por 5 años, además de acusarla constitucionalmente. En la denuncia realizada por Patricia Chirinos (Avanza País) y Gladys Echaíz (RP) se le acusó por “presunto delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales”.
Esto sucedió a raíz de que Ávalos en enero de 2022 le abrió investigación al entonces presidente Pedro Castillo, por los casos “Puente Tarata” y ascensos irregulares en la policía y las FF.AA., investigación que luego ella misma suspendió hasta que terminara su mandato, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 117 de la Constitución.

Esta conducta significó infringir el inciso 4 del artículo 159 de la Constitución Política, para un sector del Congreso, por desconocer la capacidad discrecional en las investigaciones, no sometida a control parlamentario, que tienen los miembros del Ministerio Público, en estricto apego a la Constitución.
Es de público conocimiento que con la inhabilitación aquí señalada, se restituye la composición de la Junta de Fiscales Supremos.

Frente a ello, expresamos nuestro público rechazo, por lo siguiente:

1.- Esta decisión constituye un nuevo golpe a nuestra democracia y copamiento del poder estatal desde el Congreso de la República otorgándole un poder omnímodo a la actual Fiscal de Nación quien tiene entre sus facultades decidir sobre las investigaciones de Congresistas. Además, que viene siendo cuestionada por los familiares de las masacres cometidas por Dina Boluarte y las FFAA, al no garantizar justicia en las investigaciones de los crímenes y graves violaciones de derechos humanos.

2.- Este Congreso nos está llevando hacia el peligro que representa la concentración del poder que se expresa en decisiones arbitrarias, que quiebran la división, equilibrio, independencia y autonomía del Ministerio Público. Con ello el Sistema de Justicia ha entrado en una situación de grave vulnerabilidad, que se expresa en una especie de dictadura de los votos en el Congreso. La decisión obedece al uso arbitrario de sus votos mayoritarios y no al análisis y reflexión pertinentes para estas circunstancias. Ello refleja un grave riesgo para nuestra democracia y por tanto la continua violación de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y los tratados internacionales.

3.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya ha expresado su preocupación por este caso referido a la ex titular del Ministerio Público y las amenazas a los miembros de Junta Nacional de Justicia (JNJ), precisando que los procesos políticos contra la fiscal Ávalos y miembros de la JNJ podrían tener efectos graves para la autonomía judicial en el país y consecuentemente provocar un rechazo absoluto de parte de la población.
Hacemos un llamado a los colegios profesionales, sociedad civil y a organismos defensores de la democracia y del Estado de Derecho a pronunciarse ante estos retrocesos constantes generados desde el Congreso en complicidad con el Gobierno de turno.
Sur andino, 23 de junio de 2023